lunes, 25 de abril de 2011

ELECCIONES JUDICIALES: ¿Autoridades Indígenas en sitio de preferencia?

Ser ex autoridad indígena pesará en las postulaciones judiciales
Situación. En el MAS afirman que este criterio es determinante en algunos casos


La Razón – 25 de abril de 2011
La experiencia en cargos de autoridad indígena originaria campesina será tomada en cuenta para preseleccionar a los candidatos a las máximas instituciones judiciales. El MAS explica que este requisito es determinante para el control constitucional e importante para el resto de cargos.

El criterio está inscrito en el proyecto de Reglamento Interno de Preselección de Candidatas y Candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo de Justicia, TribunalAgroambiental y el Consejo de la Magistratura, aprobado ayer en su estación en grande en la Comisión Mixta de Constitución.

El documento, al que tuvo acceso La Razón, refiere cuatro criterios generales de evaluación de los postulantes, entre ellos la formación académica, producción intelectual y la experiencia, tanto profesional como “en el ejercicio de cargos de autoridad indígena originaria campesina”.
El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) y presidente de la Comisión de Constitución, Lucio Marca, explicó que la experiencia de haber ejercido la autoridad indígena es de significativa importancia en un Estado Plurinacional en el que se reconoce la justicia comunitaria.
“Esa experiencia nos hace ver que el futuro magistrado tiene el mérito importante de conocer la justicia ordinaria y la comunitaria. El mérito será determinante para postulantes al Tribunal Constitucional... para el resto de cargos será considerado, pero será menos determinante”, dijo.
De hecho, los postulantes al Consejo de la Magistratura y al Tribunal Constitucional pueden ser propuestos por organizaciones de la sociedad civil o de naciones o pueblos indígenas originario campesinos. En el caso de la Magistratura, también pueden ser propuestos por universidades públicas y privadas, asociaciones de profesionales e instituciones civiles.
El senador del MASy presidente de la Comisión Mixta de Constitución, Eugenio Rojas, explicó que el criterio de evaluación en cuestión no se aplicará necesariamente en este proceso, aunque admitió que, para aquellos que la presenten, será una ventaja frente al resto, “porque cumplen uno de los criterios”.
El proyecto también aclara que la Comisión Mixta de Constitución habilitará y evaluará a los postulantes al control constitucional y al Tribunal Agroambiental, mientras que la Comisión Mixta de Justicia se encargará de los aspirantes al Tribunal Supremo y a la Magistratura.
El diputado de oposición Tomás Monasterios afirmó que el tomar en cuenta la experiencia de autoridad indígena responde a la intención del oficialismo de contar con autoridades funcionales al MAS.
El Tribunal Supremo Electoral, a través de su presidente, Wilfredo Ovando, informó que en mayo lanzarán la convocatoria para que 125 preseleccionados postulen para ocupar 56 cargos judiciales. Las elecciones se prevén para octubre.
La lista de preseleccionados será aprobada por dos tercios de votos de la Asamblea Legislativa Plurinacional. El oficialismo cuenta con los dos tercios de votos requeridos, puesto que cuenta con 114. Un total de 111 votos hacen dos tercios.

Plazos para la aprobación
Proceso
Los miembros de la Comisión Mixta de Constitución se reunirán hoy y aprobarán en detalle el proyecto para luego remitirlo al pleno del Legislativo. Una vez que se apruebe la lista de preseleccionados, el Tribunal Supremo Electoral se encargará de difundir los méritos de los aspirantes.  Diseñan estrategia comunicacional
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, informó que diseñan una estrategia comunicacional para difundir los méritos de las personas que serán preseleccionadas para terciar a uno de los 56 máximos cargos judiciales de Bolivia.
“Aparte de recurrir a los medios, habrá afiches, folletos y separatas que mostrarán de forma equitativa todos los méritos de los postulantes al Órgano Judicial”, afirmó la autoridad.
Insistió en que esta labor es de exclusiva responsabilidad del Órgano Electoral. “Acá no debe primar el factor político y evitando que los candidatos hagan campaña electoral se logrará la verdadera independencia del Poder Judicial”, argumentó Ovando.
En mayo se lanzará la convocatoria para las postulaciones, de tal manera que las elecciones se realicen en octubre.
Se presupuestará más de 100 millones de bolivianos para el inédito proceso eleccionario. La mayor parte del presupuesto se volcará a la difusión de los méritos y características de los candidatos en diferentes medios de comunicación.
El lunes empezará el empadronamiento biométrico para los nuevos electores y las personas que cambiaron de domicilio, informó la autoridad.
Aspectos de la norma
-El requisito de hablar dos idiomas oficiales no se tomará en cuenta en este proceso de preselección y elección de autoridades del Tribunal Constitución y Órgano Judicial.
-La Asamblea Legislativa deberá garantizar, en toda lista, la paridad de género y la inclusión de postulantes de origen indígena originario campesino.
-Entre los requisitos está el ser boliviano, haber cumplido el servicio militar (varones), no tener sentencia condenatoria y no tener militancia política al momento de postular.
-Una vez que el Tribunal Electoral lance la convocatoria, se habilitarán 20 días para la presentación de postulaciones. Se publicará toda la nómina de aspirantes.
-La evaluación de conocimientos comprende la CPE, retos de la administración de justicia, normativa procesal constitucional, pluralismo jurídico y derecho autonómico
-Los dos primeros criterios de conocimiento tienen la modalidad de exposición y los tres restantes de preguntas orales en las comisiones mixtas correspondientes.
-La lista de preseleccionados será remitida al Órgano Electoral en el plazo de tres días después de cumplido el proceso legislativo. Las listas se aprobarán con 2/3 de voto.
-En el caso excepcional de declararse desierta la convocatoria, la Asamblea podrá solicitar al Órgano Electoral la modificación del cronograma electoral.

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