martes, 13 de septiembre de 2011

EL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE EN LA CONSTITUCIÓN BOLIVIANA


Por: Alan E. Vargas Lima

(Para acceder al documento, puedes hacer click en el título)


ONU: Derecho del medio ambiente

La ONU es pionera en la codificación y desarrollo jurídico para la protección del medio ambiente. El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente administra muchos de esos tratados, entre los que mencionamos a continuación:
  • Boletines informativos del GEO-4 (2007)
  • Últimas acciones del Programa Ambiental del Caribe
  • Protocolo de Fuentes Terrestres de Contaminación Marina (1999)
  • Protocolo de Áreas de Flora y Fauna Especialmente Protegidas , SPAW (adoptado en 1990, entrada en vigor en 2000)
  • Convención internacional de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en Africa (1994)
  • Acuerdos de Lusaka sobre operaciones conjuntas de represión del comercio ilícito de fauna y flora silvestres (1994; promovido por PNUMA)
  • Convenio sobre la Diversidad Biológica (1992)
  • Convención Marco sobre el Cambio Climático (1992)
  • Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación (1989) (promovido por el PNUMA)
  • Convenio de Viena sobre la capa de ozono (1985)
  • Protocolo de Montreal (1987) y enmiendas: para preservar la capa de ozono de la atmósfera (promovido por el PNUMA)
  • Convenio de Cartagena (adoptado en 1983, entrada en vigor en 1986)
  • Protocolo de Derrames de Petróelo (adoptado en 1983, entrada en vigor en 1986)
  • Programa Ambiental del Caribe y el Convenio de Cartagena (1983)
  • Convención sobre la contaminación transfronteriza del aire a gran distancia ("Convenio sobre la lluvia ácida) y 4 Protocolos (1979; promovidos por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa para reducir la contaminación atmosférica en Europa y América del Norte)
  • Convención sobre sobre el Comercio Internacional de las Especies amenazadas de Fauna y Flora (1973; promovido por el PNUMA)
  • Convenio sobre las marismas de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas (1972; promovido por la UNESCO)
  • Convenio relativo a la protección de la herencia cultural y natural mundial (1972; promovido por la UNESCO)
  • Convenio internacional sobre cooperación, preparación, y lucha contra la contaminación por hidrocarburos (1990; promovido por la Organización Marítima Internacional u OMI)
  • Convenio internacional sobre prevención de la contaminación marina por los buques (1973; promovido por la OMI)
  • Convenio internacional por lanzamiento de desechos (1972; promovido por la OMI) (Ver Convenios de la OMI; solo en inglés)
  • Convenio internacional sobre intervención en alta mar en los casos de accidentes de contaminación de las aguas por hidrocarburos (1969; promovido por la OMI)
  • Convenio internacional sobre prevención de la Contaminación de las aguas de mar por los hidrocarburos (1954; promovido por la OMI)
  • Convenio de Rotterdam para la aplicación al procedimiento de consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos que son objeto de comercio internacional (1998), permite a los países importadores de esas sustancias decidir que productos químicos desean recibir y rechazar los que no estén en condiciones de manejar de forma segura. (PNUMA/FAO)
El PNUMA también está facilitando la negociación de un tratado jurídicamente vinculante que tienen como finalidad reducir y eliminar el uso de determinados químicos industriales de gran toxicidad y movilidad y que se acumulan en la cadena alimentaria.

Vea los sitios oficiales del PNUMA

ENLACES Y MATERIALES DE INTERÉS SOBRE EL TEMA:

·         CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE:

·         REVISTA ELECTRÓNICA DE DERECHO AMBIENTAL:

·         EL MEDIO AMBIENTE COMO DERECHO HUMANO:

·         EL DERECHO HUMANO A UN MEDIO AMBIENTE SEGURO Y SALUDABLE

·         EL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE

·         EL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE – JURISPRUDENCIA COLOMBIANA

·         EL DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO – MARCO JURÍDICO NACIONAL EN MÉXICO

1 comentario:

Alan E. Vargas Lima dijo...

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