lunes, 30 de abril de 2012

Derechos laborales en Bolivia: avances todavía insuficientes...


Derechos laborales: hay avances, pero todavía son insuficientes



La Razón / Ricardo Aguilar Agramont

ANIMAL POLÍTICO / 29 de abril de 2012

Los derechos laborales de los bolivianos han sufrido tres momentos después del 24 de mayo de 1939, cuando entró en vigencia la Ley General del Trabajo (LGT), que brinda una serie de beneficios a los trabajadores que mantengan una relación de dependencia con un empleador (aunque el abogado experto en Derecho Laboral Raúl Jiménez remonta el inicio a un año antes con la promulgación de la Constitución Política Social de 1938, aprobadas ambas por el presidente Germán Busch), décadas después de la Masacre de Chicago de 1886.

La primera etapa comienza con la norma mencionada y continúa con la Revolución Nacional, durante la cual existió la tendencia a dar mayor protección a los trabajadores en relación de dependencia (que son los beneficiarios de la LGT). Este periodo se extendió hasta el punto de quiebre que significó el Decreto Supremo 21060 en 1885, que instauraba, mediante su artículo 55, la libre contratación. Ese periodo constituye la segunda etapa. A partir de la norma sucedió una seguidilla de decretos guiados a proteger a empleadores por encima de los trabajadores, todo en consecuencia con las políticas neoliberales.

Es con el ascenso a la presidencia de Evo Morales que se intenta volver a las anteriores políticas de protección del empleado. Las medidas de este tipo, adoptadas por el “proceso de cambio”, representan una evolución positiva de acciones políticas para los trabajadores beneficiarios de la LGT; sin embargo, hay especialistas que cuestionan su verdadero impacto; sus argumentos serán expuestos después de señalar los avances en materia de derechos laborales que los trabajadores han ganado desde 2006.

Contratación. En mayo de ese año, Morales abrogó el artículo 55 del Decreto 21060  (lo que se constituye en el tercer momento del panorama de los derechos laborales) mediante el Decreto 28699. “El enunciado anulado se refería a la libertad de contratación por parte de los empleadores, aunque en realidad se trataba de una luz verde a las empresas para que despida a los trabajadores después de tres meses de ser contratados para así evitar que tengan beneficios laborales”, explica Rodolfo Eróstegui, gerente de Labor, una organización no gubernamental dedicada a desarrollar actividades de investigación y promoción en el área laboral.

“El artículo estaba dirigido a la empresa privada. El 21060 fue acompañado, los siguientes años, con una progresiva entrega de las empresas públicas al sector privado”, complementa. Éste es, seguramente, el avance en derechos de los trabajadores más importante de los últimos años, el cual cobró mayor importancia, afirma Bernardo Vargas, jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo, cuando se constitucionalizó en 2009.

Ya con la nueva Constitución Política del Estado (CPE), una de sus normas hace que los beneficios laborales sean imprescriptibles; anteriormente, con la LGT, éstos “caducaban” a los dos años si es que el trabajador no los reclamaba, hace notar Jiménez. Una de las mejoras del último tiempo fue la imposición de una multa del 30% para el empleador en caso de que éste no pagará los beneficios de despido en los 15 días posteriores a un despido.

Adicionalmente, sobre la salud también se registró un avance (Decreto Supremo 0012, del 19 de febrero de 2009). Antes, las trabajadoras embarazadas tenían una protección de un año (no podían ser despedidas), este derecho —que es más bien un derecho a la vida mucho más que laboral— se ha extendido al periodo puerperino (o de posparto) hasta que el infante cumpla un año. Además, la figura de inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo se extendió también para los padres cuyas esposas se encuentren encinta o han dado a luz, y por un periodo de tiempo equivalente.

El viceministro de Trabajo, Rubén Zabaleta, detalla en Animal Político otro logro: “El Decreto 110 modificó el quinquenio. Antes, un trabajador, para tener derecho a sus beneficios de antigüedad, debía esperar cinco años, si se retiraba o era despedido antes los perdía. Hoy, desde los tres meses ya tiene derechos de escalafón. Anteriormente, sólo se pagaba la indemnización si había un despido, ahora uno puede recibir los quinquenios aun retirándose voluntariamente”.

El aspecto sindical es uno de los asuntos laborales más descuidados y en declive, de acuerdo con la investigadora del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA) Silvia Escóbar, y en coincidencia con el dirigente de los trabajadores de Oruro Jaime Solares. En este tema, la protección al líder sindical (que lo resguarda al terminar su gestión de sindicato) se extendió a un año, durante el que queda bajo la categoría de “inamovible”; antes sólo contaba con ese abrigo por tres meses. Ésos son los beneficios concretos para todos los empleados bolivianos, los demás que figuran en la CPE son más bien derechos más generales o abstractos.

Si bien todos estos éxitos de protección son loables y representan un avance y ruptura con el Decreto Supremo 21060, tan nefasto para los asalariados, sigue siendo preocupante la cantidad de ocupados que no cuentan con el amparo de la LGT, como los funcionarios públicos, los de las Fuerzas Armadas, de la Policía y los médicos, ahora en conflicto, según los datos proporcionados por el abogado Jiménez.

De acuerdo con Escóbar, sólo el 33% del total de los ocupados es beneficiario de la LGT. “Las varias normas de protección dictadas desde 2006 contrastan con la falta de fiscalización estatal para hacer que se cumplan”, dice la investigadora.

En cuanto al bajo número de trabajadores cobijados por la LGT, Vargas dice que se trata de una tendencia mundial, pues cada vez son menos quienes mantienen una relación de dependencia laboral formal, y son precisamente éstos quienes tienen el abrigo de esa norma. “Entiendo que el pliego petitorio de la COB para la nueva LGT incluye una visión que considera esa creciente realidad de la economía informal. Por otro lado, también se trabajará para elaborar leyes específicas para normar a las pequeñas y medianas empresas”. En relación con la falta de fiscalización, este funcionario ministerial explica que, al igual que en todas las prestaciones estatales, éstas aún no tienen una presencia nacional, aunque se está trabajando en ello.

Escóbar interpreta que se vive una tendencia a la penalización de las demandas de los trabajadores en términos del cumplimiento de sus derechos, sin embargo, “la existencia de conflictos políticos que atañen a los ocupados en distintos sectores (evidenciados los últimos días) muestra que la violación de derechos laborales sigue siendo cotidiana”, percibe Escóbar.

Eróstegui ve que hay una tendencia a proteger a los trabajadores que son parte de la LGT (“aquéllos contratados por empresas o terceros, menos el Estado”), sin embargo, —contrasta— el Estado, visto como un empleador, no protege a quienes laboran en sus instituciones amparado en el Estatuto del Funcionario Público. “Este grupo de empleados desprotegidos ya está llegando a alrededor del 15% de la población económicamente activa, que no es un porcentaje para menospreciar”, complementa Eróstegui.

Como parte de la deficiente fiscalización puede mencionarse el dato que brinda el gerente de Labor: “Sólo existen juzgados laborales en las capitales de departamento, en El Alto y Riberalta. Si un trabajador tiene un problema, digamos, en Patacamaya, tendrá que ir hasta la ciudad de La Paz o El Alto para poner una demanda.Esta dificultad disminuye la capacidad de cobertura”.

Eróstegui, además, dice que los inspectores laborales “jamás” llegan a ver la situación de los empleados de pequeñas y medianas empresas, sino que alguno que tenga un problema debe ir a sentar una denuncia al Ministerio de Trabajo, cosa que dificulta que se haga efectiva.

Queda esperar la promulgación de la nueva Ley General del Trabajo para ver si habrá cambios fundamentales en cuanto a derechos laborales, aunque para Eróstegui “más que de una nueva normativa, se trata de realizar una mayor fiscalización del cumplimiento de las prerrogativas de los trabajadores a tiempo de ampliar el universo de empleados que se beneficien de la protección”.

‘Los trabajadores están cada vez peor’: Jaime Solares, ejecutivo de la COD de Oruro.

Es un neoliberalismo disfrazado que hace que los trabajadores estén cada vez peor. Por ejemplo, se quiere hacer que trabajen los médicos ocho horas, cuando hace más de 42 años que tienen la jornada de seis. Además, hay violación al derecho a la sindicalización porque muchos compañeros son perseguidos por empresas privadas en confabulación con el Ministerio de Trabajo.

‘El incremento salarial depende del Estado’: Rubén Zabaleta, viceministro de Trabajo y Previsión Social.

Desde 2006, con el gobierno de Evo Morales, el Estado determina incrementos salariales anuales de carácter obligatorio. Ésta es una modificación sustancial porque antes dependía del sector privado mediante negociación de partes, por lo que no había ninguna garantía para el trabajador de que se beneficie de un aumento salarial.

‘Derechos laborales se constitucionalizaron’: Bernardo Vargas, jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo.

El hito en los derechos laborales se da con el decreto de mayo de 2006, que abroga la libre contratación (Decreto 21060). Luego, son constitucionalizados en 2009, lo que representa un gran avance no sólo para Bolivia, sino para el mundo. Esos derechos están garantizados por el Tribunal Constitucional, lo que hace de la nueva CPE una de las más adelantadas en la materia.

‘La libre contratación sigue vigente en el país’: Silvia Escóbar, investigadora del CEDLA.

Nuestros análisis nos han permitido constatar que las políticas de libre contratación siguen vigentes en el país, a pesar de que se ha dictado un conjunto de normas vigentes desde 2006 que pretendían eliminar el artículo 55 del 21060. Como ocurre con muchas leyes, éstas se quedan en el papel y no existe una buena fiscalización por parte del Estado.

‘La Constitución tiende a proteger al empleado’: Raúl Jiménez, experto en Derecho Laboral.

Desde 1938 ha existido una legislación proteccionista del empleado (exceptuando los años del 21060). Actualmente se viene elaborando la nueva Ley General del Trabajo. La COB redactó un proyecto de ley, también lo hicieron la Federación Sindical de Trabajadores Fabriles, incluso yo hice uno. El Gobierno también tiene otro proyecto, estamos a la espera de sus novedades.

‘Crecen los derechos, pero no quien los goza’: Rodolfo  Eróstegui, gerente general de Labor.

Lo que está ocurriendo en el país es, fundamentalmente, un crecimiento de las normas de protección de la estabilidad laboral, pero no hay una ampliación del universo de las personas que pueden gozar de esos derechos laborales, pues no están defendidas por la Ley General del Trabajo, ni tampoco, en el caso de los funcionarios públicos, por el Ministerio de Trabajo.

¿‘Más asalariados, menos salarios’?

La inclinación marcada en estos últimos años, incluido 2011, es de un crecimiento del número de asalariados, aunque el valor de su trabajo está subvalorado, es decir, que los salarios no abastecen para la canasta familiar, según la investigadora del CEDLA Silvia Escóbar, quien se basa en su análisis de 2010 titulado Más asalariados, menos salarios.

“La evolución del empleo asalariado contrasta con el nivel de los salarios que permanecen muy por debajo del valor de la fuerza de trabajo, es decir, del costo de los bienes y servicios necesarios para asegurar la reproducción física y social de los trabajadores y sus familias (alimentos, vestuario, transporte, vivienda, servicios básicos, salud, educación y recreación)”, dice Escóbar.

De acuerdo con la investigadora del CEDLA, la política de incremento salarial en función de la    inflación pasada no se aplicó en todos los sectores, y quedó fuera de su alcance un importante porcentaje de los trabajadores temporales y los remunerados a destajo en el sector privado.

“Esa conclusión, que saca la investigación del CEDLA, señala que el salario ha perdido su poder adquisitivo; sin embargo, se ha visto que la política salarial ha sido la de reponer la pérdida por la inflación y dar un pequeño crecimiento”, argumenta Rodolfo Eróstegui, de Labor.

Las cifras que nos presenta el Instituto Nacional de Estadística (INE), dice Eróstegui, no muestran que se pueda sacar ese tipo de conclusiones. Una de las mejores formas de incrementar el salario es buscando a partir de la negociación salarial (rechazada por la Central Obrera Boliviana), sin embargo, “ésta no tiene que ser necesariamente con el Ministerio de Trabajo”, señala.


lunes, 23 de abril de 2012

Proyecto de Ley contra el Acoso y la Violencia Política en Bolivia



Diez años y una muerte para una ley contra acoso y violencia política a mujeres

La Razón / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz

ANIMAL POLÍTICO / 22 de abril de 2012

Hasta 1952, a una mujer no le bastaba saber leer y escribir para acceder a la prerrogativa masculina del sufragio, aunque un hombre con sólo saber firmar podía hacerlo.Sin duda, el primer éxito en el que las mujeres ganaron un privilegio político fue el 21 de julio de ese año, al obtener el derecho al sufragio, cuando se instituyó el voto universal.

En la historia boliviana, tres fueron los hitos en que las mujeres adquirieron sus derechos políticos. El primero ya fue mencionado. Décadas después, el segundo hecho central se dio en dos momentos distintos y se los considera como parte de la misma victoria de los derechos de género por su similitud cualitativa (aunque con una diferencia cuantitativa). El primero fue en 1997, cuando la llamada “Ley de Cuotas” implantó el 30% de participación femenina en las listas de candidaturas a representantes en el Congreso Nacional.

Sin embargo, esto nunca se tradujo en una presencia de mujeres equivalente en las cámaras. En 2004, siete años después (y aún como parte del segundo hito) salió la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, que incorporó los criterios de “paridad y alternancia” en la conformación de listas electorales entre hombres y mujeres, y definió el 50% de participación para ambos en las listas electorales, lo que constituyó un gran adelanto en relación a todo el continente en relación a la equidad de género y siguiendo la discriminación positiva.

Por años se pensó que con tales normas era suficiente promover los derechos políticos para las mujeres. No obstante, la sociedad boliviana tiene un pensamiento patriarcal que aún no está ni cerca de ser superado, prueba de ello son las 572 denuncias de acoso y violencia política contra mujeres que atendió y dio seguimiento la Asociación de Concejalas de Bolivia (Acobol), aunque sin nunca haber obtenido un solo fallo a favor por parte de la justicia del país hasta hoy. Dichas acusaciones de hostigamiento, en general, señalan la existencia de autoridades que obligan a otras concejalas a renunciar a su cargo para ser ellos los titulares. “Jamás hubo un solo caso sancionado”, cuenta María Eugenia Rojas, directora de Acobol.

La aprobación en detalle de la propuesta coincidió con el reciente asesinato de Juana Quispe (concejala de Ancoraimes, gestora de la futura ley y hoy víctima fatal de las magistraturas consecutivas que ignoraron la norma— quien denunció sin resultados ser objeto de acoso por parte de los concejales y Alcalde de su población), que da la impresión de que si esa ley ha sido aprobada en la Cámara de Diputados y ha llegado a la de Senadores, y será eventualmente una norma estatal, no bastó con más de diez años, sino que tenía que morir una autoridad mujer.

Por otro lado, este proyecto de normativización, temporalmente, es casi inmediato a las coplas de carácter machista que cantaron en el Carnaval algunas ministras y el presidente Evo Morales, “distraídamente”. Adicionalmente, el timing también se ajustó al escandaloso comportamiento sexual de Percy Fernández, quien tocó en partes impropias precisamente a una concejala y luego a una directora de la Alcaldía de Santa Cruz.

La promulgación del Proyecto de Ley Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres, para proteger del acoso y la violencia política a las mujeres candidatas, electas (alcaldesas, concejalas) y designadas (por ejemplo ministras), representará el tercer hito en la lucha de la mujer por sus derechos políticos. Es más, sólo cuando ésta sea aprobada se podrá hablar de una consolidación de las conquistas previas, en un marco en que la idiosincrasia política todavía no se resigna a ceder espacio a ese conjunto poblacional importante en el país, que requiere una representación local, departamental y nacional.

A partir de la nueva Constitución Política del Estado (CPE) ya se pueden especificar cuáles son los derechos políticos de los bolivianos y bolivianas. El Capítulo III, sección II y subtítulo Derechos Políticos en el artículo 26-I se establece que “todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva”. Éstos constituyen tales privilegios de los que no han podido gozar plenamente las mujeres. La eventual ley garantizará el ejercicio de los mismos.

Ley. La propuesta legal, aprobada en su estación en detalle la semana pasada, “crea dos nuevos tipos penales: el acoso y la violencia política contra las mujeres, para la primera falta habrá una pena de dos a cinco años, y para la segunda, de tres a ocho”, explica el presidente de la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Lucio Marca.

“Acoso político” es definido por el proyecto como: acto(s) de presión, persecución, hostigamiento o amenazas cometidos por una persona o grupo (o a través de terceros) contra mujeres (o sus familias) candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función pública con el propósito de limitar, acortar, impedir las funciones de su cargo, obligarla a hacer algo contra su voluntad o incurrir en una omisión.

Por su parte, “violencia política” supone acciones, conductas y/o agresiones físicas, psicológicas y sexuales realizadas por una persona(s) o terceros contra mujeres (o sus familias) candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función pública con el propósito de limitar, acortar, impedir las funciones de su cargo, obligarla a hacer algo o incurrir en una omisión.  “Se han acuñado estas definiciones que no estaban tipificadas en ningún país de la región; en este sentido, si la norma es confirmada, Bolivia será la pionera”, dice Rojas.

Es por demás llamativo que un proyecto de ley de reivindicaciones de género haya tardado más de una década en ver la posibilidad de formar parte de la legislación (recuérdese que Acobol la presentó por primera vez en 2001). “Este planteamiento de norma fue trabajado hace mucho tiempo y nunca tuvo repercusión, sino ahora”, dice Nardi Suxo, ministra de Transparencia y Lucha contra la Corrupción.

El proyecto de ley, además, especifica tres tipos de faltas gravísimas (como obligar a firmar decisiones que sean contrarias a las suyas), graves (como restringir el uso de la palabra en una sesión) y leves (asignarles tareas ajenas a sus funciones).      

 “Ya no podrán mandarlas a la cocina, como solían hacer”, dice con sorna Rojas. El “candado” para evitar que el acoso y violencia política den como resultado la renuncia de una autoridad, candidata, funcionaria designada o electa es la disposición final del proyecto de ley. En ésta se dice que la autoridad mujer debe renunciar personalmente sólo ante el Órgano Electoral Plurinacional. Después, éste debe investigar si la dimisión es voluntaria o bajo presión. Actualmente, hay denuncias de autoridades femeninas que fueron obligadas a firmar papeles en blanco.

Es de esperar que se promulgue la ley, sin embargo, debido a esa prolongada tardanza de años, los acosadores de la difunta concejala Quispe quedarán libres de culpa, pues, no hay ley que sea retroactiva.

No es nuevo el problema, si lo contara Bartolina

En la historia boliviana, Gregoria Apaza y Bartolina Sisa fueron las primeras mártires mujeres con nombre y apellido de una lucha política; sus predecesoras (seguro que las hubo) han quedado en el anonimato. En 1781, ambas participaron del levantamiento de Túpac Katari, que efectivamente fue violento. Luego, Sisa fue tomada prisionera por los españoles y posteriormente fue ahorcada. Una vez sofocados los remanentes de rebeldes indígenas, los españoles dieron con los cabecillas y los ejecutaron, incluyendo a sus descendientes y ascendientes. Apaza fue condenada al suplicio, fue ahorcada y desmembrada.

Muchos años después, tal vez, el ejemplo de acoso político que más se acerca a la idea que de él tenemos hoy sea el que ejerció el cura Francisco Pierini en contra de la poetisa y pedagoga Adela Zamudio, a principios del siglo XX. La escritora era defensora de la institucionalización de una educación laica, del divorcio, del voto para las mujeres y la separación de la Iglesia y el Estado. En las polémicas en la prensa escrita, Pierini se refería a ella siempre haciendo alusión a una supuesta “masculinidad” de Zamudio, en su afán de descalificar sus argumentaciones al decirse de manera irónica que se trataba de la opinión de una mujer y que no tenía la mayor importancia.

Zamudio hacía política transmitiendo sus ideales feministas en el liceo que dirigía, hasta que fue obligada a renunciar, lo cual suena demasiado familiar más de 100 años después.

El activismo de izquierda de los 60 y 70 devino en el terrorismo de Estado. El ejercicio de la violencia política en contra de mujeres fue sistemático y llegaba de parte del aparato estatal. Por dar un ejemplo, tanto Nila Heredia (ex Ministra de Salud) como Loyola Guzmán (exconstituyente) —ambas del Ejército de Liberación Nacional (ELN)— fueron perseguidas ese periodo (la especificidad de la propuesta de Ley 0062 excluiría este tipo de violencia política, protegiendo sólo a la mujeres vinculadas a la representatividad del sistema democrático).

Esta historia de luchas políticas de distintas mujeres, cada cual con sus matices y sus convicciones particulares termina en muerte, o más bien continúa en ella. De la horca a que condenaron a Bartolina Sisa parece no mediar distancia alguna con el asesinato por estrangulamiento de Juana Quispe, integrante de la Federación Departamental de Mujeres Campesinas Indígenas y Originarias de La Paz Bartolina Sisa.

‘La ley garantizará que no haya intimidación’: Gabriela Montaño, presidenta de la Cámara de Senadores

-Es una ley de vital importancia. La cantidad de denuncias de acoso y violencia política de candidatas, concejalas electas y autoridades designadas, que han sido encerradas y obligadas con dinamita a firmar su renuncia, es estremecedora. Esta propuesta tiene un largo transcurso y creemos que garantizará que ya no habrá intimidación; así, las mujeres podrán ejercer su función pública adecuadamente. Se ha tardado mucho tiempo, pues, los derechos de las mujeres fueron relegados hasta la llegada de la nueva Constitución.

‘Si una mujer llegaba a un cargo, lo hacía sola’: María Eugenia Rojas Valverde, directora ejecutiva de Acobol

-Esta ley fue propuesta por primera vez en 2001. El acoso y violencia política es sintomático en toda Bolivia. Por la tardanza de una norma, se puede decir que la ley se ha ido perfeccionando cada periodo. Dos veces llegó hasta el Senado y no pasó de esa instancia: en 2004 y en 2006. Esta ley será más importante que la de la cuota electoral del 50% para las mujeres, pues, las mujeres que llegaban a un cargo (en parte gracias a esa cuota) lo hacían solas y una vez ahí estaban a disposición de nuestra sociedad machista.

‘Ojalá se cumpla y no se quede en el papel’: Felipa Quispe, líder de mujeres campesinas de Bolivia

-Las “bartolinas” hemos analizado la ley. Nosotras siempre manejamos la equidad de género: mujer-hombre y hombre-mujer (chacha-warmi, en aymara). (Creemos) que hay serios problemas en los municipios, pero es  la falta de orientación que es culpa de los neoliberales que han planteado las leyes mal para que así se las manipulen políticamente.  De esa manera, creemos que la ley tendrá importancia, pero ojalá que se cumpla y no sólo quede escrito en el papel y luego no sirva para nada.

‘Mi familia y yo fuimos objeto de acoso político’: Nardi Suxo, ministra de Transparencia y Lucha contra la Corrupción

-Las mujeres que hacemos política hemos sido acosadas permanentemente por la gente que no condice con lo que estamos haciendo. Personalmente, y por la tarea que realizo, que no tiene que ver sólo con el Gobierno, sino con el Estado, tanto mis hijos, mi hermano, gente allegada a mí y yo sufrimos el acoso político desde que era viceministra, y lo seguimos soportando. Incluso, una vez me sacaron una publicidad injuriosa en toda una plana del periódico, luego pidieron disculpas o negaron haber dicho nada.

‘Se crearán dos nuevas figuras penales’: Lucio Marca, presidente de la Comisión de DDHH de Diputados.

-Será una ley que permitirá implementar políticas de prevención y sanción a la persecución que se ejerza contra el uso pleno de los derechos políticos de las mujeres. Se han generado varias conductas como las nuevas figuras penales de “acoso” y “violencia política” especificándose cuáles entran dentro de la categoría. Las concejalas del área rural, sobre todo, han sido víctimas de estos actos, limitándolas o anulándolas su derecho a ejercer sus atribuciones y derechos políticos

FUENTE:


Proyecto de Ley contra el Acoso y la Violencia Política en razón de Género

lunes, 16 de abril de 2012

La verdad sobre el Tratado de 1904


La verdad sobre el Tratado de 1904

Un análisis histórico documentado sobre la coerción de Chile a Bolivia

La Razón / Juan Lanchipa Ponce

ANIMAL POLÍTICO / 15 de abril de 2012

El 8 de abril, en este mismo espacio de prensa, el historiador chileno Cristian Garay publicó el artículo “Despejando mitos en torno al Tratado de 1904”, en el que el autor muestra una vil actitud mentirosa y desleal con la historia y tiende a generar responsabilidades en los bolivianos y excluir de ella a la oligarquía chilena, quienes elaboraron el documento del injusto Tratado de 1904. Nadie puede imaginarse, conscientemente, que un país atente en su contra y provoque su desgracia. En ese sentido, presento las aclaraciones pertinentes de los discutibles argumentos presentados por dicho autor:

Un mito es una narración maravillosa situada fuera del tiempo histórico y protagonizada por personajes de carácter divino o heroico a los que se atribuyen cualidades o excelencias que no tienen. Los mitos tienen como función primordial convertir el “había una vez” en verdades históricas y colocar una aureola sacrosanta alrededor de la “historia oficial” para buscar, en último término, encubrir vergüenzas históricas y legitimar situaciones presentes.
 
Tal definición es llanamente aplicable a gran parte de la historiografía chilena (salvando notables excepciones), pero en especial al artículo de Garay por el cual intenta reforzar el “mito del consentimiento boliviano al Tratado de 1904”, ficción replicable bajo la siguiente evidencia:

a) 20 años de manipulación, traición y asfixia comercial: Los portavoces del Gobierno chileno reiteran hasta el cansancio que el Tratado de 1904 fue suscrito 20 años luego del cese de las hostilidades, pero evitan hablar de lo que sucedió en este ínterin: 1) Al firmarse el Pacto de Tregua de 1884 entre Bolivia y Chile, nuestros diplomáticos Belisario Boeto y Belisario Salinas dejaron constancia de que “Bolivia no puede resignarse a la carencia absoluta de un punto de comunicación con el Pacífico sin riesgo de condenarse a una perpetua clausura y a una existencia penosa, aún en medio de sus grandes elementos de riqueza. Cree que ésta última perspectiva no consultaría el interés de Chile, que dejaría así sembrados para el porvenir elementos de perturbación y de dislocación política continental”. 2) La voluntad insoslayable que llevó a que Chile buscará otorgar a Bolivia una salida soberana al mar desde 1892 a 1898, a través de la cesión de Tacna y Arica a Bolivia por el Tratado de Transferencia de Territorio de 1895, acuerdo que se dilató manipulando las expectativas del país, para finalmente abandonarlo unilateralmente luego de que se distendiera el clima bélico que reinaba entre Chile y Argentina en este mismo periodo y que concluyó en 1899, momento donde descaradamente Chile archivó estos acuerdos. 3) Apaciguados sus problemas con Argentina en 1900, el Gobierno de Chile concibió dar una “solución final” al reclamo de Bolivia a través de dos frentes: desmembrar a Bolivia engulléndola en un festín geófago con los vecinos, y si ello fallaba, intimidarla militar y económicamente a claudicar sus derechos en contubernio con las oligarquías de Bolivia de dicho periodo.

Para lo primero, Chile acreditó en el Perú al embajador Ángel Custodio Vicuña, quien, en enero de 1900, se reunió con exautoridades peruanas para “proponer al Perú la división de Bolivia en tres zonas que se repartirían entre Chile, Perú y Brasil, excluyéndose a la Argentina de toda participación” (Eyzaguirre, Jaime. Chile durante el gobierno Errázuriz Echaurren. Pág. 176).

La divulgación de este plan llegó a los oídos del presidente peruano López de Romaña, quien el 26 de mayo de 1901 emitió una circular diplomática a todos los gobiernos extranjeros denunciando este plan (Archivo MRE Perú), acto que afortunadamente detuvo oportunamente estas nefastas gestiones. Frustrado el plan, ingresó en escena el embajador chileno en Bolivia, Abraham König, quien de manera explícita dio un ultimátum al Gobierno boliviano para acelerar un tratado de “paz”, mediante la nota diplomática de fecha 13 de agosto de 1900, en la que como portavoz del Gobierno de Chile señaló que de insistir en su salida al mar “Bolivia se presentaría en actitud hostil y no tranquila y pacífica, por el hecho sólo de sustentar tan temeraria pretensión”. Explicando luego lo que ocurriría si Bolivia tuviera puerto nuevamente, señalaba: “En tiempo de guerra las fuerzas de Chile se apoderarían del único puerto boliviano con la misma facilidad con que ocuparon todos los puertos del Litoral de Bolivia en 1879. Esto no es un vano orgullo porque sabido es de todos los que conocen los recursos de mi país, que su poder ofensivo se ha centuplicado en los últimos 20 años”. Amenaza por la que el informe al Congreso de Bolivia, emitido por la Comisión Mixta de Negocios Extranjeros de Bolivia en 1904, expresó: “El rechazo del tratado importaría declaratoria de guerra por parte de Bolivia: la insensatez del suicidio: la entrega de todo el territorio nacional a Chile (…) rechazada la paz por Bolivia, Chile desahuciaría el pacto de tregua obteniendo inmediatamente la neutralidad de todas las naciones que nos rodean, (…) cuyo resultado sería la ocupación militar que Chile hiciera, con toda facilidad, de nuestras plazas principales: Oruro, La Paz, Cochabamba”.

Se debe sumar a esta amenaza latente el hecho de que Bolivia estaba exhausta al haber soportado por 20 años el yugo impuesto por Chile en el Pacto de Tregua, por el cual Chile inundó el mercado boliviano con sus productos y se apoderó de parte de sus rentas aduaneras. Todo lo que en suma precipitó la suscripción del Tratado de 1904.

b) La oficiosa visita del embajador Aramayo a Santiago: Garay señala que en abril de 1902 fue el ministro plenipotenciario de Bolivia en Londres, Félix Avelino Aramayo, quien presentó las bases a Chile para llegar a un acuerdo de paz, por la que Bolivia estaba “dispuesta a abandonar toda pretensión de un puerto en el Pacífico a cambio de concesiones comerciales”. Si bien es cierto que dicha reunión ocurrió, lo que desconoce el historiador chileno es que la cita nunca fue autorizada por el Gobierno de Bolivia, tal como queda comprobado en la Nota de 3 de mayo de 1902 dirigida por el canciller de Bolivia, Eliodoro Villazón, al encargado de Negocios de Chile en Bolivia, Julio Valdez, en la que refiriéndose a estas conferencias se dice: “que espontáneamente celebró el señor Aramayo”, se hace constar que “no tenía ningún carácter oficial y que el mismo no revestía comisión para este efecto, siendo por consecuencia su intervención oficiosa y debida al hecho causal de su tránsito por la capital de Chile” (Archivo MRE Bolivia 1902 a 1904).

c) Las negociaciones secretas se realizaron en La Paz, pero el Tratado fue concebido y firmado en Santiago: Se señala que las “negociaciones, que duraron más de año y medio, se llevaron a cabo casi exclusivamente en la ciudad de La Paz”; pero de ser cierto, ¿qué prueba aquéllo?, ¿otorgaba esto algún poder sobrenatural a los negociadores bolivianos para resistir un tratado que había sido concebido y redactado en Santiago de Chile? (Emilio Bello Codesido, Anotaciones para la historia de las negociaciones diplomáticas con el Perú y Bolivia 1900–1904. Chile. 1919. p. 194.)

Como lo reconoce el historiador chileno Cástulo Martínez en su artículo “Razones por las cuales Chile debería ceder un puerto soberano a Bolivia”, publicado en el periódico Hora 25 en La Paz, en su edición febrero-marzo de 2012, el Tratado de Paz de 1904 fue indudablemente redactado en la Cancillería chilena. Para demostrar esta afirmación cita a Francisco Antonio Encina, autor del libro Las relaciones entre Chile y Bolivia, 1841-1963 (Chile, 1963. p. 253), en el que señala lo siguiente: “Al hacerse cargo de la Cancillería (Emilio) Bello Codesido, encontró cuatro borradores de tratados: uno de Paz, Amistad y Comercio; otro de Construcción de Ferrocarril; un tercero de Liquidación de Créditos; y un cuarto de Intercambio Comercial, que su antecesor no había alcanzado a firmar por desacuerdo de detalles. Salvadas las pequeñas divergencias, los refundió en un solo tratado, que firmó como ministro dimisionario el 20 de octubre de 1904”.

d) El nexo entre las oligarquías bolivianas y chilenas: Garay afirma que las autoridades de Bolivia consideraban que conectar Bolivia por medio de ferrocarriles y el libre tránsito era más importante que obtener un puerto en el Pacífico. Sin embargo, debe aclararse que sólo fueron ciertos políticos bolivianos los que por intereses económicos facilitaron este nefasto acuerdo en complicidad con capitales extranjeros, priorizando un ferrocarril sobre el Litoral boliviano.

Entre las pocas autoridades que promocionaron el Tratado de 1904 podemos nombrar al aludido “barón del estaño” Félix Avelino Aramayo, quien tenía intereses directos en la construcción de ferrocarriles para unir sus minas con las costas del pacífico.

e) Tacna y Arica, la puerta al mar: La afirmación de que Bolivia tenía interés en llegar a un arreglo con Chile antes de que éste lo hiciera con el Perú respecto a las provincias de Tacna y Arica, sólo confirma la tesis de que Bolivia tenía derechos latentes sobre esas provincias que Chile le reconoció. Cabe recordar que el compromiso boliviano de colaborar con Chile en la adquisición de esas provincias (acta secreta del Tratado de 1904) tenía como objetivo final que ambas negociaran sobre ellas a posterioridad.

f) ¿Quién premió a los gestores del Tratado de 1904?: Garay señala que los artífices bolivianos del Tratado de 1904 fueron premiados por el pueblo al ser elegidos para ocupar la máxima magistratura del país. La pregunta de rigor es ¿quiénes eligieron a Villazón y Montes para la Presidencia de Bolivia? Al respecto, esta ingenua y trillada afirmación desconoce que en las elecciones de 1909 y 1913, en Bolivia, regía el voto calificado, esto significaba que para votar y ser elegible se requería ser hombre, alfabetizado, tener propiedad privada y gozar de rentas superiores a los 1.000 pesos; democracia discriminadora en la que las grandes mayorías del país estaban ausentes. Para graficar aquello, sólo 37.845 ciudadanos eligieron a Villazón, es decir el 2% de los casi 1,8 millones de habitantes que tenía Bolivia. Al margen de lo anterior, debe recordarse que en 1910, el canciller boliviano Sánchez Bustamante, por instrucciones del presidente Villazón, promovió reclamos ante Chile y Perú por una salida soberana al mar para Bolivia mediante el memorándum de 22 de abril de 1910. En la elección de Montes, se aplicó la misma exclusión electoral agravada por el hecho que participaba sólo un partido político.

Conclusión: Por los hechos reseñados y que cuentan con sustento documental primario, se establece que el Tratado de 1904 fue impuesto a Bolivia luego de 20 años de manipulación, traición y asfixia comercial, y que fue promovido por la oligarquía chilena en complicidad con ciertos políticos bolivianos que buscaron sus intereses por sobre los de nuestro país.

El Tratado de 1904 debe ser visto como lo que es: una “negociación” impuesta en contubernio con grupos oligárquicos de principios del siglo XX, y como lo expresara Eduardo Diez de Medina, excanciller boliviano: “En esta forma nació el pacto de 1904, viciado en su origen porque no respondió a un espíritu de justicia ni consultó los derechos de la nación. Fue realmente suscrito 20 años después de la guerra, esto mismo demuestra que el vencedor se obstinó en imponer una paz injusta”.




Despejando mitos en torno al Tratado de 1904

Análisis de la historia desde la visión chilena

La Razón / Cristian Garay
ANIMAL POLÍTICO / 08 de abril de 2012

Historiadores ligados a instituciones del Gobierno boliviano, como asimismo algunos académicos de este país, han manifestado en varias oportunidades, que el Tratado de Paz y Amistad de 1904 fue firmado bajo la coacción y la amenaza militar de Chile. Dicha aseveración, fuera de ser poco rigurosa, carece de fundamentos sólidos y verificables, y suele efectuarse sin haber acudido a fuentes o documentación del periodo que les otorgue el debido respaldo metodológico e historiográfico.

Los hechos históricos, como los factores que conllevan a dichos acontecimientos, suelen ser bastante  complejos de lo que a simple vista parecen y, por lo general, responden a un conjunto de estímulos e intereses soterrados, válidos y vigentes en determinado momento. Las negociaciones que derivaron en la firma   y ratificación del Tratado de 1904 no son una excepción a ello.

Los intereses que estuvieron presentes en las negociaciones del Tratado de 1904 (más allá de los aspectos jurídicos), aún no han sido del todo develados y posiblemente nunca lo sean. Pero a ojos de un investigador acucioso, se podrían desentrañar muchos pasajes y verdades en torno a dicho acuerdo, que no dejarían de sorprender a todo aquel lector que esté dispuesto a indagar más allá de lo que meramente se reseña en los manuales escolares de historia.

A la espera de que surjan dichas investigaciones, podemos aportar brevemente algunos datos indiscutibles que nos pueden ayudar a despejar aspectos y pasajes concernientes a las negociaciones que derivaron en el Tratado de 1904. Entre los antecedentes citables estarían los siguientes:

a) El tiempo trascurrido para su firma: El Tratado de 1904 fue firmado 20 años después del cese de hostilidades entre Chile y Bolivia (y 23 años después del último combate con las fuerzas bolivianas). A lo largo de la historia ha sido una regla que el Estado vencedor imponga sus condiciones al Estado vencido en el momento de la postración total de este último, con el objetivo de que sus demandas sean aceptadas sin resistencia alguna. A nivel mundial existen numerosos ejemplos que confirman lo anterior. Sólo en el caso de Sudamérica podríamos citar los Tratados de Ancón de 1883 y de Petrópolis de 1903. El caso boliviano fue claramente una excepción a la regla.

b) Bolivia fue el país que presentó las bases para el Tratado: En abril de 1902 fue el ministro plenipotenciario de Bolivia en Londres, Félix Avelino Aramayo, quien, por instrucciones del presidente Pando, presentó las bases a Chile para llegar a un acuerdo de paz. Resumidamente, dichas bases señalaban que Bolivia estaba dispuesta a abandonar toda pretensión de un puerto en el Pacífico a cambio de concesiones comerciales y de la construcción, con financiamiento chileno, de ferrocarriles desde el Pacífico hacia el altiplano. Dichos puntos de acuerdo se mantuvieron inamovibles durante el siguiente proceso de negociación y constituyeron finalmente las bases del Tratado de 1904.

¿En cuántas ocasiones el derrotado ha presentado y conseguido imponer las bases de un Tratado de Paz al vencedor?

c) Las negociaciones se llevaron a cabo en La Paz: La gestión de Aramayo provocó la reanudación del diálogo bilateral, cuyas negociaciones se iniciaron en abril de 1902 y se extendieron hasta diciembre de 1903, fecha en la que se firmó un acta preliminar que sentó las bases del Tratado de 1904. Dichas negociaciones, que duraron más de año y medio, se llevaron a cabo casi exclusivamente en la ciudad de La Paz.¿Qué Estado que desea imponer sus términos aceptaría que las negociaciones se llevaran a cabo en un terreno favorable al Estado perdedor?

d) El interés del Gobierno boliviano de dotar al país de una red ferroviaria y facilidades de libre tránsito: A comienzos del siglo XX, al igual que    en la mayor parte de Latinoamérica, predominaban en Bolivia las ideas positivistas que ligaban el desarrollo de una nación con la construcción de líneas férreas. Muchas autoridades en dicha época estimaban que más importante que obtener un puerto en el Pacífico, era el alcanzar una gran conectividad con el interior (los llamados practicistas), y ello, sólo se podía lograr por medio de la construcción de ferrocarriles y el otorgamiento de libre tránsito de mercancías por parte de Chile. Quien resume este pensamiento fue el senador boliviano José Carrasco, que expresó en 1905:

“El fin que se ha propuesto el Tratado es implementar una red ferroviaria que consideramos urgente e indispensable a nuestro progreso y desarrollo. Implementada ella, la aspiración nacional está satisfecha y el espíritu del Tratado quedaría también realizado”. (José Carrasco, Bolivia y Chile. El Tratado de Paz de 20 de octubre de 1904, página 54).

e) La urgencia de Bolivia por alcanzar un acuerdo conveniente con Chile antes de que éste lo alcanzase con el Perú. En Bolivia existía conciencia  en la necesidad de la búsqueda de un acuerdo rápido y satisfactorio  con Chile (ferrocarriles y libre tránsito por Arica y Tarapacá), antes que se resolviera la “Cuestión de Tacna y Arica”. Si eventualmente las citadas provincias volvían a ser parte integrante del Perú, podría volverse al  estado de situación preguerra de 1879, durante el cual los impuestos   y aranceles peruanos asfixiaban al comercio boliviano.

f) La hegemonía del regionalismo por sobre el nacionalismo en Bolivia: El resultado de la Guerra Federal boliviana tuvo una incidencia directa en la reanudación de las negociaciones entre Bolivia y Chile. En dicho conflicto, La Paz se había impuesto política y militarmente a la ciudad de Sucre.

A partir de 1899 a los paceños y los empresarios vinculados con la minería del estaño sólo les faltaba imponerse económica y comercialmente a los políticos y empresarios sureños de La Plata, y ello, sólo se alcanzaría conectando La Paz con su principal salida natural al comercio internacional, es decir, Arica. Por ende, las bases que presentó Aramayo a Chile en 1902 implicaban la construcción de un ferrocarril que ligara a La Paz con el Pacífico, desplazando con ello a las ciudades de Oruro, Potosí y Sucre, cuyo puerto había sido Antofagasta. Para alcanzar tal objetivo, los paceños y los empresarios del estaño no escatimaron ofrecer el antiguo departamento Litoral a cambio de vías férreas que les otorgaran la indiscutida hegemonía comercial en Bolivia. Al respecto podemos citar al historiador boliviano José Luis Roca: “La República no tenía oídos para los argumentos nacionalistas… los mineros del estaño, quienes formaron aquello que apropiadamente se llamó ‘superestado’ o ‘rosca’ tenían ideas muy distintas sobre el desarrollo de Bolivia, y se lanzaron con ímpetu a construir ferrocarriles hacia la costa del Pacífico, no sin antes haber cedido a Chile ‘a perpetuidad’ todo el Litoral boliviano” (José Luis Roca, Fisonomía del regionalismo boliviano, página 135).

g) El Tratado permitía a los liberales bolivianos la consolidación y seguridad fronteriza del país: A comienzos del siglo XX se impuso en el programa político del Partido Liberal boliviano, la idea de que era preciso realizar ciertos sacrificios territoriales con los vecinos (Argentina, Perú, Brasil y Chile), con el objetivo de alcanzar seguridad y un derecho territorial capaz de ser conservado y defendido en toda su extensión. Según el senador José Carrasco, “nada ha sido más perjudicial para Bolivia, que aplazar indefinidamente la solución de las cuestiones de límites. Cuanto más tiempo ha pasado, las dificultades han crecido cual montañas inabordables, y los resultados han sido nefastos”. ( José Carrasco, Bolivia y Chile. El Tratado de Paz de 20 de octubre de 1904, página 99).

h) Los principales responsables bolivianos del Tratado fueron posteriormente reconocidos y electos a los más altos cargos de la nación: Los principales protagonistas bolivianos en las negociaciones que derivaron en el Tratado de 1904, luego fueron elegidos para ocupar la máxima magistratura del país. Eliodoro Villazón, quien fue el canciller y responsable de la firma del Tratado, fue designado democráticamente Presidente de la República el año 1909, ejerciendo el cargo hasta el término constitucional de su mandato en 1913. Asimismo, Ismael Montes, quien encabezó las citadas negociaciones en su calidad de Presidente de la República en 1904, fue democráticamente reelecto para el periodo en 1913-1917. ¿Qué pueblo suele premiar a quienes supuestamente suscriben un tratado desastroso que compromete el de-sarrollo y la soberanía del país? Al respecto, basta recordar, a manera de comparación, la suerte que les tocó correr a los dignatarios alemanes que firmaron el Tratado de Versalles.

i) No hubo operaciones militares fronterizas chilenas de amedrentamiento: A diferencia de 1884, cuando se firmó el Pacto de Tregua entre Bolivia y Chile, en 1903 y 1904 no hubo ejercicios o acciones de amedrentamiento del Ejército chileno en áreas cercanas al territorio boliviano. No  se realizó acción alguna que pudiese implicar presiones indebidas por parte de Chile a las decisiones que el Gobierno boliviano tomase en torno a las negociaciones que derivarían en el Tratado de 1904.

Conclusión: Por los hechos reseñados y expuestos brevemente, no es difícil llegar a la conclusión de que el Tratado de 1904 fue un texto negociado y consensuado entre los gobernantes de Chile y Bolivia, con la participación de los políticos más sobresalientes de su época, el cual en muchos aspectos fue funcional y favorable a determinados intereses bolivianos. Dicha negociación fue voluntaria e informada a la opinión pública de ambos países, y lo principal, estuvo libre de cualquier tipo de coacción política o militar por parte del Estado chileno.

El Tratado de 1904 debe ser visto de acuerdo con la óptica de los intereses y pensamientos de las autoridades de principios del siglo XX, y en dicho contexto debe ser analizado, desglosado y criticado. En una época en la que era políticamente correcto decir que “la victoria otorgaba derechos”, el Tratado de 1904 no fue ni remotamente un instrumento al servicio de dicho axioma.

Cita a un investigador boliviano

Según el historiador, que resume el espíritu y la negociación en torno al Tratado de 1904, es el boliviano Agustín Echalar, quien en abril de 2001, en la revista académica Nueva Crónica, expresó lo siguiente: “En una época en que los vencedores imponían todas las condiciones y los perdedores pagaban todos los perjuicios y daños, logramos un acuerdo que visto con ojos no bolivianos (y no necesariamente chilenos), no fue nada malo.

Las deudas de guerra, incluyendo la indemnización a los ciudadanos chilenos, fueron condonadas, se recibió una determinada suma, 300 mil libras esterlinas, se garantizó el libre tránsito y el vencedor se comprometió a construir un ferrocarril para beneficios del perdedor. Si comparamos la Paz de Versalles de 1919 y lo que le tocó pagar a Alemania perdedora, hasta podríamos ver en el Tratado de 1904 un documento moderado y ecuánime. Con el Tratado de Paz y Amistad de 1904 nuestros gobernantes de entonces renunciaron permanentemente a una ‘soberanía’ del Litoral que una vez había sido boliviano, pero ganaron un libre tránsito, ante todo para el uso del puerto que nunca fue boliviano (Arica), pero que siempre fue el puerto natural de estas tierras”.