domingo, 24 de junio de 2012

CENSO 2012: Lo ‘mestizo’... una expresión de la ‘exclusión inclusiva’



LA CUESTIÓN DE LA AUTOIDENTIFICACIÓN

La Razón / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz
00:05 / 24 de junio de 2012

Tras las declaraciones de la senadora del Movimiento al Socialismo (MAS) Gabriela Montaño en sentido de que la expresión “mestizo” estaría descartada para la boleta del próximo censo por ser “una categoría biológica, somática, racista y discriminadora”, muchas personalidades con acceso  a la opinión en medios de comunicación pegaron un salto indignado aduciendo, en distintos términos, que si se consuma tal omisión entonces se dejará de lado, al menos, a más de la mitad de los bolivianos.

Lo cierto es que ni en el Censo de Población y Vivienda de 2001 ni en el de 1991 se dijo ni media palabra de protesta por la ausencia de tal concepto. Es más, “hay un dato que se tendría que subrayar, la última vez que se preguntó “mestizo” en un censo fue en 1900. Volver a incluir esta figura no es relevante e inclusive sería retroceder”, dice el antropólogo Xavier Albó, quien fue parte de la organización del censo de 2001.

No obstante, el expresidente Carlos Mesa Gisbert descalifica el argumento de Albó, al que señala como un anacronismo: “todas esas categorías eran muy otras en 1900: indígena y mestizo significaban cosas muy distintas ese entonces, por lo que ese dato no es válido”.

Sea como fuere, lo que debería preocupar al Gobierno, entonces, no es tanto la inclusión o no del concepto en el censo, sino que hay personas que blanden la idea de lo mestizo sólo para diferenciarse del Movimiento Al Socialismo (MAS) como un “síntoma” de un fuerte rechazo al discurso del proceso de cambio. El uso de la palabra “síntoma” no es gratuito, hace alusión a que el repudio de estas personas hacia al MAS ha tomado matices enfermizos (prueba de ello es que el término en cuestión está ausente desde hace 112 años y nadie nunca dijo nada), lo cual debería cuestionar al oficialismo cómo es que ha podido generar en tan poco tiempo una resistencia cercana a la aversión en este grupo.

Al encarar el censo hay que partir de la afirmación categórica de que, bajo ninguna circunstancia, éste debe ser una especie de “referéndum” o sondeo de popularidad, sino de una encuesta técnica. Si el uso de la idea de mestizo puede ser justificada técnicamente, entonces tendría que ser incluida sin más en el cuestionario censal; no obstante, el debate de insertarla ha tomado un cariz político que hace que su incorporación sea problemática y pueda llegar a empañar el rigor del proceso estadístico y hacer que devenga en sondeo. Un censo afrontado desde esa perspectiva sería, sin duda, el peor escenario posible.

“Hay mucha gente que usa la categoría ‘mestizo’ para decir ‘no estamos de acuerdo con este Gobierno porque habla de indígenas’, entonces su utilización toma un sentido más político que de análisis para planificar programas de Gobierno, que es la verdadera función de un censo”, reflexiona Albó.

El PhD en Antropología Social Peter Wade —quien ha dedicado parte de su trabajo a la indagación sobre los conceptos de nación, raza y mestizaje en América— problematiza el concepto de lo mestizo referido a la mezcla racial y cultural al enlazarlo con lo ideológico y la “experiencia viva” en su ensayo Rethinking Mestizaje: Ideology and Lived Experience. “La ideología del ‘mestizaje’ en Latinoamérica ha sido frecuentemente vista como un proceso de homogeneización nacional y de ocultamiento de una realidad de racismo y exclusión detrás de una máscara de inclusividad”, escribe Wade.

En Bolivia, esta corriente política fue preconizada por el Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR). Wade apunta cómo el mestizaje ha sido considerado académicamente: “el mestizaje como una ideología nacionalista aparece como un proceso inclusivo en el cual cualquiera puede volverse mestizo, pero en    realidad es exclusivo porque margina lo afro y lo indígena, mientras valora lo blanco”.

Lo anterior es pertinente y da por el piso con la noción en cuanto a su acepción política. Sus connotaciones racial y biológica ya de por sí desacreditan lo mestizo fuera de toda discusión, pues, datan de los delirios relacionados a la superada frenología ligada al liberalismo de principios del siglo XX, la cual no dejaba de medir el cráneo a los indígenas y afrodescendientes.

“Ese proceso se lo vivió en Bolivia a principios del siglo XX con el darwinismo social que ha hecho mucho daño al país. Después de la Revolución del 52 se quiso homogeneizar al país con la idea de lo mestizo. Se tardó más de 50 años para visibilizar a los pueblos indígenas y no se puede retroceder a esta altura y esconderlos nuevamente”, considera la politóloga María Teresa Zegada.

Otro experto en Ciencias Políticas, Fernando Mayorga, hace diferenciaciones en el uso de la palabra mestizo. “Una cosa es el mestizaje del proyecto del nacionalismo revolucionario de los 50 que creía en una síntesis cultural. Esto ya no tiene vigencia, pues, la sociedad ahora es vista como diversa. El término también se ve como una identidad cultural que es en donde se sitúa el debate actual. Lo que señala la Presidenta del Senado es apropiado. No se debería congelar lo mestizo como una categoría racial, sino sociológica”.

Es clara, para Zegada, la vinculación del término “mestizo” con el MNR. “No podemos borrar la historia. Hay muchas cosas que se han heredado del nacionalismo revolucionario. Incluso en el Gobierno se han dado muchas medidas de corte nacionalista como la estatización de las empresas. Hay una gran parte de la población que se siente identificada bajo ese término, sin embargo, lo mestizo no tiene por qué estar en la misma categoría que los pueblos indígenas ni tampoco puede ser borrado un sujeto importante que existe en el país”, compara y afirma Zegada.

Por su parte, el diputado del Movimiento Sin Miedo (MSM) Fabián Yaksic piensa que lo mestizo hoy significa otra cosa que en tiempos del positivismo. “El concepto de lo mestizo vinculado a lo racial ya ha sido superado históricamente. Recupero una de las definiciones de la Real Academia de Lengua Española que dice que lo mestizo tiene que ver con una mezcla de culturas que da origen a una nueva cultura. El concepto ligado a lo racial ha sido superado”, dice.

Para Mesa Gisbert, es una cuestión de predominancia gubernamental. Según el expresidente, si hoy gobernaran quienes hicieron las modificaciones constitucionales de 1994 que incluyeron la pluriculturalidad, seguramente en el censo se preguntaría sobre el tema de lo mestizo. “Lo que sí es evidente es que la Presidenta del Senado se contradice al decir que ‘mestizo’ es una ‘categoría biológica y racista’ cuando cualquier concepto de lo aymara tiene un origen étnico y biológico. Si uno se considera quechua es porque cree que tiene sangre quechua. La categoría menos biológica de todas es la del mestizaje”, concluye.

Montaño recuerda que en el censo del 2001 no estaba la pregunta sobre lo mestizo y que no tendría sentido ponerla ahora porque no serviría para comparar nada para que haya planificación estratégica.

“La pregunta de autoidentificación tampoco tiene ningún sentido para planificar políticas gubernamentales. En realidad, en el censo no se debería preguntar ninguna de las dos cosas, ni sobre lo mestizo ni sobre pueblos indígenas, pero se lo hará para que se sostenga la visión plurinacional del oficialismo”, supone Mesa Gisbert.

Para el sociólogo Esteban Ticona, el cambiar u ocultar un término por otro nunca ha dado buenos resultados. “En el 52 se quiso hacer eso sustituyendo el uso de ‘indígena’ por el de ‘campesino’ y eso no resolvió nada. El indio continuó existiendo”, compara.

La identificación nacional y la bolivianidad también están ausentes de la boleta del censo, asegura Yaksic. “¿Cómo te están contando en cuanto a la nacionalidad? Debería haber una pregunta en ese sentido como primera identidad. Lo de mestizo también debería preguntarse, pero cabe resaltar que debería ser una pregunta aparte de la de los pueblos indígenas, porque no hay que confundirse, no tendrían que estar en un mismo apartado porque son cosas muy distintas”, diferencia.

Este debate político muestra cómo en Bolivia todos los aspectos de la vida tienen un elevado contenido ideológico, cosa que no es negativa. Tan es así, que si la política es capaz de irrumpir hasta en el campo de las estadísticas, entonces cualquier momento la veremos en el lugar menos pensado.

‘Es una pregunta que no es relevante’: Xabier Albó es antropólogo y sacerdote jesuita.

La pregunta no es relevante porque poner “mestizo” es como un comodín donde se puede poner todo y eso no es útil. Queda claro que hay gente que utiliza esta categoría para decir “no estamos de acuerdo con este Gobierno”, entonces su uso toma un sentido más político que de análisis para planificar, que es la verdadera función del censo; ésa es una razón más para no ponerla.

‘Hay que superar conceptos biológicos’: María Teresa Zegada es politóloga.

Hay que desestimar asociaciones étnico-culturales con cuestiones de carácter biológico. Ese proceso era la justificación racial para justificar la explotación a los indígenas. Hay que superar conceptos como “mestizo” que han sido  rebasadas por la ciencia social. Esta categoría tiende a encubrir una realidad muy directa que oculta la diversidad étnica y cultural.

‘El problema es una cuestión política’: Carlos Mesa es ex presidente de Bolivia.

El problema es político en el buen sentido, no se trata de una pregunta que enriquezca un censo. El objetivo está vinculado a un debate histórico que ahora está siendo ganado por quienes consideran que Bolivia es un conjunto de naciones, preguntar sobre lo mestizo debilitaría la lógica de esta visión de varias naciones. Se tratan de conceptos que establecen lógicas políticas.

‘Me reconozco mestizo y voy a ser ninguneado’: Fabián Yaksic es diputado del MSM.

Desconocer el mestizaje, ahora que se ha logrado dar protagonismo a los pueblos indígenas, sería retroceder, más aún después del estudio de la Fundación Unirque revela que el 70% de los bolivianos se considera mestizo. No se puede contar a la población sin tener en cuenta a esta gran parte de la población. Yo me reconozco como mestizo y voy a ser ninguneado por eso.

‘La pregunta debe ser sobre lo cultural’: Gabriela Montaño es presidenta del Senado.

La pregunta del censo sobre autoidentificación debe ser cultural, no cabe una pregunta de otro tipo. La definición en la Constitución de lo que es un pueblo indígena no admite la noción de “mestizo” ni ninguna que hable de cuestiones físicas o del origen de sus padres. Lo mestizo refiere una mezcla racial y biologisista y lo racial está siendo superado en todo el mundo.

‘En realidad, la cuestión es discursiva’: Fernando Mayorga es doctor en Ciencias Políticas.

Hay gente que defiende lo mestizo bajo el argumento de que no hay identidades particulares para así negar la diversidad. Del otro lado, lo plurinacional se quiere defender y decirse “nadie es mestizo”. En realidad, se trata de una disputa discursiva y no tiene pertinencia en términos analíticos. La inclusión o no de este término es una lucha simbólica.

Lo ‘mestizo’ visto por académicos indígenas

Las miradas sobre el tema de lo “mestizo” realizadas por los dos académicos indígenas Esteban Ticona y Simón Yampara (ambos sociólogos) se oponen de manera frontal. De hecho, el segundo es mucho más duro en su forma de percibir este concepto.

“El problema de lo mestizo es que representa una pérdida de identidad. Yo le pondría como un término muy duro: ser ‘mula’, que no tiene fertilidad. Además, hay que reconocer que el mestizo es producto de la violencia sexual del español. Por cualquier lado que se lo vea tiene connotaciones negativas: por un lado, es una pérdida de identidad y, por el otro, es producto de la violación. Por eso hay que tener mucho cuidado con esta noción. Uno tiene muchos reparos”, afirma Yampara.

Ticona piensa que en el censo debería haber el derecho a la autodeterminación y no ser rígidos con las opciones. “Es más, ni siquiera debería haber una lista de opciones, sino un espacio en blanco donde uno pueda autoidentificarse. La misma Constitución nos plantea la posibilidad de autoidentificarse. Nadie tiene que decirnos si algo va o no”, sugiere.

Piensa que lo mestizo siempre ha estado sujeto a distintas acepciones. “Discutiendo esto no se va solucionar nada. No hay que tenerle miedo a la realidad. Somos una sociedad diversa. Para qué restringir una fotografía de nuestra diversidad que es tan rica”, considera Ticona.

Muy diferente es el sentir de Yampara, quien ve como negativo que “siempre gobernaron el país los mestizos. Antes eran mestizos populistas de derecha (Movimiento Nacionalista Revolucionario) y hoy son mestizos populistas de izquierda, más similitudes que diferencias”.


miércoles, 20 de junio de 2012

SENTENCIA CONSTITUCIONAL SOBRE EL CASO TIPNIS EN BOLIVIA



SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2012

Sucre, 18 de junio de 2012


SALA PLENA

Magistrada Relatora:   Dra. Mirtha Camacho Quiroga

Acción de inconstitucionalidad abstracta

Expedientes:                00157-2012-01-AIA
                                      00188-2012-01-AIA (acumulado)
Departamento:             La Paz

En las acciones de inconstitucionalidad abstractas presentadas por: Miguel Ángel Ruíz Morales y Zonia Guardia Melgar, Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1, 3 y 4 de la Ley 180 de 24 de octubre de 2011, alegando la supuesta vulneración de los arts. 7, 11.I y II, 13.I, 17, 18, 19, 20, 30, 35, 36.I, 37, 77.I y 82.I de la Constitución Política del Estado (CPE), así como de los arts. XI y XII de la Declaración Americana de Derechos Humanos; 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y 3, 4, 10 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”, y Fabián II Yaksic Feraudy y Miriam Marcela Revollo Quiroga, Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1, 3, 4 inc. a), 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley 222 de 10 de febrero de 2012, por ser presuntamente contrarios a los arts. 2, 13.I, 14.V, 30.II.15 y III, 108, 403, 410 parágrafo II de la CPE;  26 y 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 23 de mayo de 1969; 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y 19 y 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas…

Para acceder al contenido de la Sentencia, haz click en el siguiente enlace:


Y un breve comentario a esta Sentencia en:




lunes, 18 de junio de 2012

DEMANDA MARÍTIMA: ¿El Tratado de 1904 es revisable?


Bolivia ante el discurso del ‘no’ chileno

EL TRATADO DE 1904 ES REVISABLE; CHILE LO HIZO EN CUATRO OCASIONES


La Razón / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz
00:04 / 17 de junio de 2012

La historia prueba no sólo que los tratados son revisables —como lo demuestra el de 1903 entre Estados Unidos y Panamá, que en 1977 fue modificado para preparar la devolución del Canal de Panamá— sino que el Tratado de 1904 entre Bolivia y Chile, que parece haber sido bautizado con deliberado sarcasmo como “de Paz y Amistad”, fue modificado cuatro veces, cada una de ellas (sorpresa) a petición de Chile, país que ahora postula, haciendo gala de su impostura ante toda la prensa mundial, que el Tratado es inamovible.

Más allá del acierto o no de este  planteamiento revisionista de la Cancillería de Bolivia en la última Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) realizada en Cochabamba —donde la máxima autoridad de la diplomacia boliviana, David Choquehuanca, propuso someter el Tratado de 1904 a una “renegociación”—, lo que queda visiblemente develado es que la posición chilena no es otra cosa que una farsa en el sentido teatral del término; es decir, una pieza teatral de personajes extravagantes que representa situaciones raras, sin embargo, manteniendo  cierta verosimilitud. La comparación puede hacerse incluso con la etimología latina de farsa: farcire, que significa “rellenar”, la diplomacia chilena no hace sino precisamente eso, rellenar, asamblea tras asamblea de la OEA, expresando con argumentos dilatorios una supuesta voluntad de acercamiento hacia un diálogo bilateral, al mismo tiempo que no cumple ni quiere modificar el Tratado de Paz.

En la reciente reunión de la OEA, Chile dijo, a través de su canciller Alfredo Moreno, que el Tratado de 1904 es inamovible; este gesto es también cercano a la farsa, género que gusta de la unión de los opuestos, es decir del grotesco, pues, precisamente fue Chile el que solicitó “mover” el mencionado pacto por cuatro veces en la historia.

Según un boletín del actual Ministerio de Comunicación de Bolivia, el 15 de noviembre de 1904 se firmó el Acta Protocolizada para aclarar el artículo 2 del Tratado de Paz de 1904, con la inclusión de territorios que beneficiaron a Chile en su área fronteriza con Argentina y que anteriormente habían pertenecido a Bolivia. El 16 de abril de 1907, a pedido de Chile, se sustituyó el artículo 12 del Tratado, reemplazando el arbitraje del Emperador de Alemania por la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya. Posteriormente, el 1 de mayo de 1907, una vez más a solicitud de Chile, se efectuó el canje territorial sobre la línea de la frontera entre los trechos del cerro Chipapa y el volcán Olca, y entre el cerro Patalani y el Alto de Panantalla.

Finalmente, el 27 de mayo de 1908, Chile pidió modificar el artículo 3 del Tratado, que versa sobre las garantías crediticias para construcción del ferrocarril.

Por otro lado, es claro que el Tratado tiene un origen viciado por las amenazas chilenas. No hay que olvidar la carta del diplomático chileno Abraham König a Bolivia en 1900, en la que se decía prepotentemente que la armada chilena había aumentado su poderío... En efecto, es cierto que todos los tratados de paz fueron redactados por los vencedores de las guerras y hechos a su gusto, bajo la adrenalina de la victoria; sin embargo, ésa no es una razón para continuar con la apología de la violencia de König, mediando a esta altura tanta distancia temporal del momento bélico.

“El problema es que es un Tratado impuesto por la fuerza, por tanto, el libre consentimiento no existió, eso es cierto. Pero, en oposición a ese argumento, Chile puede decir, ¿por qué entonces lo ratificó el Congreso de Bolivia y se cumplieron todos los pasos posteriores para evitar los vicios que podría tener el Tratado? Ahora todos sabemos que mediaba la violencia y la fuerza, las que llevaron a cumplir todos estos pasos; Bolivia no tenía otro camino. El país se resistió  a firmar, por años, un Tratado leonino como es el de 1904, ése es un contexto que debe ser evaluado”, considera en un análisis con Animal Político el excanciller Javier Murillo de la Rocha.

El precedente de 1977, en referencia al Tratado de 1903 sobre el Canal de Panamá, muestra que los pactos que definen las fronteras son reexaminables. “El antecedente sucedido entre Panamá y Estados Unidos ilustra que las revisiones de tratados limítrofes son posibles. El expresidente de Estados Unidos Jimmy Carter decidió en 1977 devolver el canal a Panamá”, dice el diplomático Andrés Guzmán en coincidencia con el presidente Evo Morales (que se refirió así por última vez el miércoles, a su regreso del exterior), como haciendo notar que el tema de las reexaminación trata de voluntad o de mala voluntad... en el caso chileno.

Según el historiador y diplomático Ramiro Prudencio, Bolivia se esforzó en los años 20 en lograr una revisión del Tratado en la Sociedad de Naciones, sin embargo, —explica— hubo un dictamen de esta institución que decía que tal como estaba planteada la solicitud nacional era inadmisible al ser presentada a una instancia que no tenía competencia para revisar tratados.

Puede colegirse de esta desestimación de la Sociedad de Naciones que las instancias internacionales, cuando se trata de conflictos limítrofes, siempre han preferido obedecer mucho más a argumentos políticos que jurídicos.

Para el ex canciller Armando Loaiza, la búsqueda de la revisión es un anacronismo: “Desde 1895, antes del Tratado, todas las negociaciones (1895, 1975-78 y 1987) —a excepción de 1921, cuando se fue a Ginebra a la Sociedad de Naciones para buscar la revisión y la propuesta boliviana fue desestimada— siempre se han dialogado bajo la hipótesis de un arreglo territorial sobre zonas que no están cubiertas por el Tratado de 1904, vale decir, en las zonas de Tacna, Arica y el norte de Arica. Volver al revisionismo me parece una posición muy añeja que choca con la decisión chilena vista en Cochabamba de no    reexaminar el documento”.

Sea pertinente o no la postura “neorevisionista” de Bolivia frente al tema marítimo, no es fácil aceptar que hubo momentos en que se estuvo cerca de obtener una salida soberana al mar y fue frustrada por los mismos bolivianos, tal es el caso de 1895 que recuerda Loaiza, cuando en la presidencia de Mariano Baptista Chile iba otorgar no solamente un corredor hacia el océano Pacífico, sino toda la zona de Tacna y Arica (alrededor de unos 90 kilómetros precisa el ex canciller), sin embargo, el Congreso boliviano de entonces, de una manera inesperada, se opuso al acuerdo.

Tal vez la derrota boliviana estaba muy fresca (sólo 16 años) y se sentía con más fuerza que se poseía el derecho total del territorio perdido en el conflicto bélico.

A pesar de esto, ésa no es la única manera de resolver el problema, opina Guzmán, pues, puede haber una solución al margen de Tratado. De hecho, las negociaciones más importantes sobre el tema se han realizado con base en posibilidades que no tocan el documento de 1904, porque siempre se habla de territorios al norte de Arica, para lo cual no es   necesario modificar el Tratado.

‘Los tratados se cambian, Chile lo hizo’: Juan Carlos Alurralde, vicecanciller

Los tratados se cambian; Chile lo hizo y nosotros pedimos en la Asamblea de la OEA renegociar respetando el derecho internacional. Si es que ellos no quieren cambiar el Tratado, existe la segunda instancia, que son los espacios internacionales de resolución de controversias por medios pacíficos, y eso también es ser respetuoso  del derecho internacional.

‘El Tratado fue impuesto bajo amenaza’: Evo Morales, presidente de Bolivia

El Tratado de 1904 fue impuesto bajo amenaza de nuevas invasiones; además, es un Tratado incumplido. Los tratados son revisables, Chile ha pedido por cuatro veces la revisión del documento de 1904. Yo no soy jurista, no conozco derechos internacionales, pero puedo entender que este Tratado ya está muerto. [...] No está vigente para mí, porque Chile ha incumplido.

‘Chile pidió cuatro revisiones al Tratado’: Andrés Guzmán, diplomático

Los tratados siempre son revisables, Chile ha pedido por cuatro veces la revisión del documento firmado en 1904. Adicionalmente, ha incumplido los artículos 3, 6 y 8 de este pacto. Sin embargo, para que Chile esté de acuerdo en revisar el Tratado, se tiene que aplicar una política de entendimiento, de otra manera va a ser difícil que la otra parte quiera hablar del tema.

‘Sólo se podría hablar sobre incumplimientos’: Ramiro Prudencio, es historiador y diplomático

El único caso que Bolivia podría llevar como demanda sobre el Tratado de 1904 es sobre ciertos incumplimientos. Se puede argumentar que Chile no cumplió algunos artículos, como con el ferrocarril Arica-La Paz, el cual está parado, o el tema de las aduanas; sin embargo, para qué llevar este tema a una instancia internacional si existe el mecanismo de la agenda de 13 puntos.

‘Sería ideal lograr una revisión del Tratado’: Javier Murillo de la Rocha, excanciller

Sería ideal lograr una revisión del Tratado de Paz y Amistad de 1904; sin embargo, es un camino impracticable, lamentablemente, porque toda reconsideración supone un acuerdo entre las partes involucradas, vale decir, que ninguna revisión puede realizarse unívocamente, cualquiera debe hacerse con el consentimiento de quienes suscribieron el pacto. Ahí existe una dificultad.

‘Demanda de revisión fue rechazada en 1921’: Armando Loaiza, excanciller

Respeto la posición boliviana del neo revisionismo surgido el 23 de marzo del 2011, es una postura que hay que mirar con cuidado porque retrotrae a situaciones como   la de 1921 cuando fue rechazada la demanda boliviana de revisión. Estamos volviendo a épocas del republicano Bautista Saavedra, se está repitiendo a una tesis que hace 90 años ya demostró ser ineficaz.

Un Tratado incumplido excepto en lo territorial

La impostura chilena respecto al Tratado de Paz y Amistad de 1904 raya en la necedad. Chile no quiere mover una coma del pacto y sin embargo tampoco hace nada por cumplir del mismo, sino el artículo 2 que describe el trazado limítrofe que dejó a Bolivia sin acceso al océano Pacífico. Los puntos vulnerados del documento son el 3, 6 y 8.

“El punto 3 es infringido por Chile al no garantizar el libre tránsito del ferrocarril, que en este momento ni siquiera funciona. Adicionalmente, existe una convención de 1905 que obliga a las partes a mantener el libre tráfico de la línea férrea a perpetuidad”, explica el diplomático Andrés Guzmán.

El artículo 6 (que otorga “el más amplio y libre derecho de tránsito comercial a Bolivia”) también está siendo vulnerado, continúa Guzmán, porque se están produciendo constantes paralizaciones en los servicios de los puertos de Arica y Antofagasta. Este artículo está reglamentado por una convención posterior de 1937,que en su punto 1 ratifica que Chile debe garantizar el libre tránsito de Bolivia.

“El artículo 8 dice que Chile debería dar a Bolivia las mismas facilidades que otorgue a cualquier tercer país. Por ejemplo, hay varias facilidades que Chile ha brindado al Perú, como un malecón en Arica, una oficina para su aduana y una estación de tren; sin embargo, estos beneficios no han sido dados a Bolivia”, afirma Guzmán.

Otro aspecto que viola el Tratado en cuanto al libre tránsito, según el ex canciller Javier Murillo de la Rocha, es el hecho de que se hayan privatizado los puertos que utiliza Bolivia, “es el único caso en la historia que obligaciones pactadas en un Tratado de paz y límites son privatizadas”, sostiene.



El posible destino de Bolivia vs. Chile

LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA

La Razón / Carlos Antonio Carrasco / La Paz
00:01 / 17 de junio de 2012

La reciente visita del presidente Evo Morales a la sede de la Corte Internacional de Justicia, en La Haya, ha dado lugar a varios comentarios, entre ellos los más confusos acerca de los alcances y los límites que tiene dicha entidad. Por ello, parece pertinente referirse al tema con un propósito informativo y pedagógico.

La Corte, instaurada en 1946, es la sucedánea de la Corte Permanente de Justicia Internacional establecida en 1920, bajo la égida de la entonces Sociedad de las Naciones. Está instalada en el suntuoso Palacio de la Paz, terminado de construir en 1913, gracias a la donación de un millón y medio de dólares de parte del filántropo americano Andrew Carnegie. Es una bella joya arquitectónica neorenacentista rodeada de jardines que trasuntan reposada tranquilidad al espíritu, necesaria para las serias reflexiones acerca de la paz mundial. Sus cómodos salones y gabinetes de trabajo están circundados por obras de arte obsequiadas por los países miembros, entre los que se destaca un enorme jarrón de jade de 3.200 kilos, regalo del último zar ruso.

El mismo palacio también alberga a la Corte Permanente de Arbitraje y a la Academia de Derecho Internacional. La Corte Penal Internacional ocupa otro edificio en la vecindad. Función de la Corte Internacional de Justicia: resolver, de conformidad con el derecho internacional, las controversias jurídicas presentadas por los estados y emitir opiniones consultivas requeridas por órganos del sistema de Naciones Unidas.

Composición de la Corte: 15 magistrados de diferentes países, elegidos por el término de nueve años por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la ratificación del Consejo de Seguridad, con base en el equilibrio geográfico y a méritos personales. Salario anual: 160 mil dólares. Idiomas oficiales: francés e inglés.

El principio de consentimiento de las partes puede ser por acuerdo especial, por cláusula en un tratado o por declaración unilateral. Agente: es el representante respectivo de las partes (puede ser un embajador, asesor jurídico, etc.) para las dos fases escrita y oral. Memoria, contramemoria, réplica y dúplica: son las presentaciones escritas de las partes en los asuntos contenciosos.

Costo de las actuaciones: son cubiertos por la ONU, salvo los honorarios de agentes y abogados. Los estados pobres demandantes (y demandados) pueden acudir al Fondo Fiduciario (establecido en 1989) para financiar los gastos que incurran en la controversia. Procedimientos incidentales:

— Incomparecencia: no impide que la Corte juzgue al Estado demandado. Pero antes debe cerciorarse de que la reivindicación del Estado demandante está bien fundada.

— Tercería: se acepta que un tercer Estado intervenga en las actuaciones.

— Reconvención: el Estado demandado puede ampliar el objeto inicial de la controversia.

— Acumulación de autos, se estila para concentrar distintas actuaciones y posibilitar un solo fallo.

Decisión final: dura entre tres y seis meses después de terminadas las audiencias.

La obligación de cumplir un fallo de la Corte está basada en el artículo 94 de la Carta de la ONU, que dice “cada miembro de las Naciones Unidas se compromete a cumplir la decisión de la Corte Internacional de Justicia en todo litigio en que sea parte”. Los fallos son definitivos y no son susceptibles de apelación.

En caso de incumplimiento, la parte perjudicada puede acudir al Consejo de Seguridad de la ONU.112 sentencias, desde 1946, han sido dictadas por la Corte sobre fronteras terrestres, delimitaciones marítimas, soberanía territorial, el no recurso a la fuerza, las violaciones del Derecho Humanitario Internacional, la no injerencia en asuntos internos de los Estados, las relaciones diplomáticas, la toma de rehenes, el derecho de asilo, la nacionalidad, la tutela, el derecho de paso y el derecho económico.

Casos pendientes de decisión: son 13 y enfrentan a los siguientes países: Hungría/Eslovaquia, República de Guinea/República Democrática del Congo, República Democrática del Congo/Uganda, Croacia/Serbia, Nicaragua/Colombia, Perú/Chile, Ecuador/Colombia, Bélgica/Senegal, Australia/Japón, Burkina Faso/República de Níger, Costa Rica/Nicaragua, Camboya/Tailandia y Nicaragua/Costa Rica.