lunes, 13 de octubre de 2014

Exhortación a los Estados Miembros de la OEA a abolir la Pena de Muerte - 2014





La CIDH exhorta a los Estados Miembros de la OEA a abolir la pena de muerte

10 de octubre de 2014

Datos de contacto
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
Tel. (1) 202 370 9000
cidhdenuncias@oas.org

En ocasión del Día Internacional contra la Pena de Muerte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhorta a los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que tienen la pena de muerte a abolirla o a imponer una moratoria a su aplicación como paso hacia la abolición. Asimismo, exhorta a garantizar el pleno cumplimiento de las decisiones de la CIDH en casos relativos a pena de muerte.

Los países de las Américas tienen una larga tradición abolicionista. Venezuela fue el primer país del mundo en abolir la pena de muerte para todos los delitos en 1863, seguido por Costa Rica en tercer lugar en 1877. El sistema interamericano de derechos humanos ha desempeñado un importante rol en el establecimiento de normas internacionales relativas a la aplicación de la pena de muerte. La CIDH fue el primer órgano internacional de derechos humanos en evaluar las consecuencias de la aplicación obligatoria de la pena de muerte en el goce de los derechos humanos, concluyendo que la misma es incompatible con los derechos a la vida, al trato humano y al debido proceso. La Comisión se basó en estándares desarrollados por tribunales nacionales y en principios fundamentales de derechos humanos. Las decisiones de la CIDH y de la Corte Interamericana se han convertido en una guía decisiva en las reformas legales. Tras las decisiones del sistema, la mayoría de los países del Caribe anglófono abolió la pena de muerte obligatoria. Existe una necesidad urgente de que Trinidad y Tobago y Barbados, los dos únicos países de la región que mantienen la pena de muerte obligatoria, la abolan.

Aunque la mayoría de los Estados Miembros de la OEA han abolido la pena capital, una minoría importante la mantiene. Estados Unidos es actualmente el único país de las Américas donde se llevan a cabo ejecuciones a la pena de muerte. No obstante, la CIDH observa que la aplicación de la pena capital en Estados Unidos ha disminuido gradualmente. En 2013 se llevaron a cabo 39 ejecuciones, en comparación con 43 en 2012, y el número de ejecuciones se ha reducido a la mitad en los últimos diez años. Asimismo, en 2013 el apoyo público a la pena capital en Estados Unidos habría alcanzado su nivel más bajo. La Comisión destaca que, tras la abolición de la pena de muerte en Michigan en 1847, diecisiete estados y el Distrito de Columbia han seguido en dicha dirección. Maryland fue el decimoctavo estado en abolir la pena capital en 2013. Otros, como Colorado, Delaware, Oregón y Nueva Hampshire, están dando pasos hacia la abolición. Por otra parte, la inclusión de actos de terrorismo en la lista de delitos pasibles de la pena de muerte en el estado de Misisipi en 2013 constituye un retroceso en la desaparición gradual de la pena de muerte en el país.

Como parte de su mandato de dar seguimiento a la situación de los derechos humanos en Estados Unidos y por medio de su sistema de casos individuales, la CIDH ha recibido preocupante información sobre numerosos defectos en la aplicación de la pena de muerte. Algunos de los problemas más recurrentes son la discriminación racial, la violación del derecho a la notificación y la asistencia consular, la aplicación de la pena de muerte a personas con discapacidades mentales e intelectuales, las condiciones de detención en el corredor de la muerte, defectos en los métodos de inyección letal y la defensa letrada ineficaz. Con respecto a este último punto, la jueza Ruth Bader Ginsburg de la Corte Suprema de Estados Unidos expresó: “Todavía no he visto ningún caso de pena de muerte entre las decenas que llegan a la Corte Suprema solicitando la suspensión de la condena en la víspera de la ejecución, en el cual el acusado haya estado bien representado en el juicio”.

El 2 de mayo de 2014, el Presidente de Estados Unidos, Barack Obama, planteó importantes cuestionamientos sobre la aplicación de la pena de muerte: “Hay grandes problemas con la aplicación de la pena de muerte en este país: sesgo racial, aplicación desigual, casos de personas que estaban en el corredor de la muerte y que posteriormente se determinó que eran inocentes al encontrarse pruebas exculpatorias”. La CIDH observa que 145 condenados a muerte han sido exonerados en Estados Unidos. La última exoneración tuvo lugar en septiembre de 2014 en Carolina del Norte, cuando Henry Lee McCollum, un afroestadounidense con discapacidad intelectual, fue puesto en libertad después de pasar 31 años, esto es, toda su vida adulta, en el corredor de la muerte por un delito que no cometió. Como indicó el gobernador de Connecticut, Dannel Malloy, al promulgar la ley mediante la cual se abolió la pena de muerte en su estado, “abolir la pena de muerte [es] la única forma de que no sea impuesta injustamente”.

La Comisión Interamericana reitera la recomendación formulada en su informe titulado “La pena de muerte en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos: de restricciones a abolición”, publicado en 2012, de que los Estados impongan una moratoria de las ejecuciones como paso hacia la gradual desaparición de esta pena. La CIDH celebra la abolición de la pena de muerte en dieciocho estados y en el Distrito de Columbia y la moratoria impuesta en algunos estados por el gobernador o los tribunales. La Comisión espera que los demás estados sigan estos ejemplos de abolición o moratoria y exhorta a los Estados Miembros de la OEA donde aún existe la pena de muerte a abolirla y a garantizar el pleno cumplimiento de las decisiones de la CIDH relativas a casos de pena de muerte. La CIDH celebra la presentación en la Asamblea Nacional de Suriname de un proyecto de ley para abolir la pena de muerte y espera que el mismo sea aprobado con prontitud. Esto representa una oportunidad única para que los países del Caribe anglófono den un paso importante hacia la abolición de la pena de muerte.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Comunicado No. 115/14

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