viernes, 31 de enero de 2020

CORRUPCIÓN Y DERECHOS HUMANOS - Informe CIDH 2019

Disponible en: https://bit.ly/3Y3tXBT


Derechos humanos y corrupción: Algunos aspectos relevantes del reciente informe publicado por la CIDH

Claudio Nash*
El tema de la corrupción ha ido ganando un espacio propio en la discusión de derechos humanos (DDHH) a nivel internacional y el Informe sobre “Derechos Humanos y Corrupción” de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es el esfuerzo más completo de abordaje integral del tema que haya hecho por un organismo internacional a la fecha.

La clave para valorar los alcances del informe está en la completa caracterización del fenómeno de la corrupción en las Américas que formula la CIDH y las consecuencias multidimensionales que de ahí deriva para la protección de los derechos humanos. A partir de este enfoque integral se puede configurar una nueva forma de enfrentar la corrupción desde una perspectiva de derechos humanos a nivel nacional e internacional. Ese es el principal aporte del informe.

En el cap. 2, la CIDH describe la corrupción que sufre la región como un fenómeno que tiene características estructurales, donde concurren elementos institucionales (concentración de poder, discrecionalidad, ausencia de control, impunidad) y culturales (tolerancia a la corrupción) que explican las distintas formas de corrupción presentes en el continente. Así, encontramos corrupción generalizada en actos cotidianos junto a casos de gran corrupción sistémica o macrocorrupción, que en algunos países llega a niveles de complejas formas de captura del Estado, cooptación de instituciones e incluso desviación institucional con fines delictivos.

Sostiene el informe que la preocupación de la CIDH por la corrupción surge por el impacto negativo que tiene dicho fenómeno en la democracia, el estado de derecho y los derechos humanos. Esto claramente es una visión más amplia que un entendimiento de la corrupción solo como un tema económico y justifica que los órganos de protección internacional lo incorporen como una temática de preocupación regional.

Para la CIDH, la corrupción puede estar ligada a las violaciones de derechos humanos como la causa directa de ilícitos internacionales atribuibles al Estado; en otros, será un antecedente necesario, previsible y suficiente para que se produzca su violación. Asimismo, en un enfoque novedoso, se analiza la manera en que los distintos tipos de corrupción presentes en la región se vinculan con contextos de violaciones de derechos humanos (masivas y sistemáticas, individuales y estructurales), lo que constituye un insumo interesante para una mirada estratégica por parte de las ONGs dedicadas a estas materias.

Como era de esperarse, porque es un acercamiento que está presente en toda la literatura sobre corrupción y derechos humanos, el informe desarrolla (en forma algo desordenada, pero de todas maneras comprensible) algunos temas que han tenido especial presencia en el trabajo de la CIDH y que dan cuentan de situaciones donde la corrupción está teniendo un gran impacto en el goce y ejercicio de derechos en la región. Así, se analiza el impacto en materia de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y sobre la libertad de expresión.

Más interesante es que el informe desarrolla, ampliamente (cap. 3), la relación entre las obligaciones generales en materia de derechos humanos (respeto, garantía y no discriminación) y el fenómeno de corrupción, para clarificar cuándo este debe ser considerado un antecedente para configurar responsabilidad internacional del Estado, cómo se configura el daño y el surgimiento de la obligación de reparación integral a víctimas directas y la sociedad en su conjunto. Este es un aporte sustancial ya que permitirá construir las argumentaciones para futuros casos sobre corrupción ante el sistema internacional y recoger la argumentación de la CIDH para configurar los estándares que obligan a los Estados.

Un aspecto medular del informe es el impacto de la corrupción en materia de administración de justicia (cap. 4). La CIDH destaca el rol de la administración de justicia en la lucha contra la corrupción, tanto como uno de los instrumentos para enfrentar y corregir situaciones de corrupción y también como un poder estatal que tiene que controlar la actividad de los otros poderes en el marco de una sociedad democrática. Se concluye que la administración de justicia puede ser víctima de actos de corrupción, con lo que se afecta su necesaria independencia; y, también puede ser un agente de corrupción, donde se ve afectada la correcta administración de justicia a los ciudadanos que acceden a ella.

Un aspecto novedoso en esta materia es que la CIDH da una serie de ejemplos concretos de formas en que la corrupción impacta el ámbito de la administración de justicia y las medidas que se han tomado para controlarla (independencia institucional y personal), poniendo énfasis en los peligros de crear condiciones de corrupción interna. Asimismo, se analiza la forma en que el ejercicio de derechos humanos vinculados con el debido proceso puede ayudar a controlar la corrupción judicial limitando los espacios de discrecionalidad y asegurándose de formas de control. De igual forma, en este apartado, se analizan las medidas que los Estados deben tener en consideración para no deslegitimar la necesaria lucha contra la corrupción, en particular, se profundiza en los estándares en materia de debido proceso respecto de personas acusadas de actos de corrupción.

Junto con la administración de justicia, la CIDH trata, también dentro del Fortalecimiento Institucional, el rol que tiene el aparato electoral en la lucha contra la corrupción. El objetivo general de este apartado es analizar el impacto multidimensional de la corrupción en materia de financiamiento, de los derechos políticos y, particularmente, los derechos político-electorales (corrupción política en un sentido amplio). En este apartado la CIDH trata con especial detalle el tema del financiamiento de la política, poniendo énfasis en los riesgos de corrupción y su impago en el sistema democrático y en el principio de igualdad.

Luego, en el capítulo 5, la CIDH realiza un completo análisis sobre el impacto de la corrupción sobre personas y grupos de especial preocupación, sean porque estamos ante víctimas de la corrupción o grupos que se encuentran afectadas por dicho fenómeno en forma agravada y desproporcionada en el goce y ejercicio de sus derechos humanos.

Un primer análisis está dirigido a la situación de personas que están en contextos de riesgo atendida su labor en la lucha contra la corrupción (defensores de derechos humanos y medioambientalistas, periodistas y personas que trabajan en medios de comunicación). De la misma forma, dedica un apartado para analizar el impacto que tiene el fenómeno de la corrupción respecto de quienes denuncian actos de corrupción. La recomendación primordial de la CIDH es proteger adecuadamente a estos actores relevantes en la lucha contra la corrupción bajo estándares propios de la protección de defensores/as de DDHH. Una especial preocupación manifiesta la CIDH en relación con operadores de justicia que sufren amenazas en el cumplimiento de sus funciones; así, el informe recuerda las medidas cautelares que ha dictado para proteger a jueces y juezas en Guatemala y El Salvador y subraya la importancia de que los Estados creen un entorno seguro para los operadores de justicia a través de medidas preventivas y cambios estructurales cuando sea necesario.

En segundo lugar, el informe aborda el impacto diferenciado que tiene el fenómeno de la corrupción respecto de distintos grupos que se encuentran en situación de vulnerabilidad en el goce y ejercicio de sus derechos, sea por razones de discriminación histórica (mujeres, población LGTBI, niñas, niños y adolescentes, afrodescendientes, pueblos indígenas y tribales y personas mayores) sea por situaciones particulares en las que se encuentran los titulares de derechos (situaciones de movilidad humana, discapacidad, y de privación de libertad). Se pone énfasis en las afectaciones desproporcionadas y diferenciadas de la corrupción en estos grupos y la necesidad de mitigar dichos efectos negativos.

En el capítulo final (cap. 6), se analiza el enfoque de derechos humanos en las políticas públicas de lucha contra la corrupción. En este apartado se desarrollan los principios que deben estructurar un enfoque desde una perspectiva de derechos humanos para enfrentar el fenómeno de la corrupción y se propone un conjunto de medidas que deben adoptar los Estados para dar concreción a estos principios en pos de lograr erradicar la corrupción que impide el pleno goce y ejercicio de derechos humanos en la región.

La idea que guía este apartado sobre políticas públicas anticorrupción con perspectiva de derechos humanos es que el fenómeno de corrupción estructural que sufre la región, que tiene consecuencias negativas para el sistema democrático, el estado de derecho y los derechos humanos, requiere esfuerzos proporcionales al problema. La CIDH plantea que los Estados están obligados a adoptar todas las medidas legislativas y de otro carácter para garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos para no incumplir sus obligaciones internacionales en la materia. La recomendación del informe  es que estas medidas deben ser integrales y coordinadas para alcances efectivamente dicho fin.

En síntesis, estamos ante un esfuerzo serio por parte de la CIDH para abordar el tema de la corrupción desde una perspectiva de derechos humanos. El informe recoge parte importante de las demandas de la sociedad civil en esta materia. Ahora, lo que viene, es verificar que este informe se transforme efectivamente en un punto de partida para adoptar un nuevo enfoque en materia de lucha contra la corrupción y que los órganos de derechos humanos de la región (Comisión y Corte) avancen en la implementación de un control internacional de los DDHH que haga realidad esta nueva perspectiva que propone el informe.

*Académico, Universidad de Chile




Disponible en: https://bit.ly/3qdcIMO




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