lunes, 14 de noviembre de 2011

LIBRO: El Derecho al Medio Ambiente en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia - LIDEMA



El presente ensayo, fue escrito con motivo de los conflictos suscitados por el Proyecto de Construcción de una carretera en el tramo de Villa Tunari – San Ignacio de Moxos, y el firme desacuerdo expresado públicamente por los Pueblos Indígenas Originarios que viven en la zona del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) en Bolivia, ante el peligro inminente de grave afectación al medio ambiente y la biodiversidad existente en el sector, resultando necesario realizar algunas precisiones sobre la jerarquía constitucional del derecho al medio ambiente en Bolivia, a través de la aprobación de la Nueva Constitución Política del Estado en el año 2009, y su configuración como derecho colectivo, para así perfilar los mecanismos jurisdiccionales idóneos, previstos legalmente para su protección efectiva.

En este sentido, el estudio se desarrolla perfilando los principios fundamentales y valores supremos consagrados por la Ley Fundamental, haciendo énfasis en la función esencial del Estado Plurinacional de Bolivia, consistente en promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras, lo que queda confirmado a través de la consagración constitucional del derecho de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, a vivir en un medio ambiente sano, con manejo y aprovechamiento adecuado de los ecosistemas.

Asimismo, se pretende hacer un repaso del derecho al medio ambiente y su avance normativo a nivel nacional e internacional, en concordancia con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los Derechos de la Madre Tierra, y el Bloque de Constitucionalidad en Bolivia, conformado entre otros por el Convenio Nº 169 aprobado por la Organización Internacional del Trabajo, que entre sus normas consagra expresamente el derecho, de los pueblos indígenas y tribales a ser consultados sobre la existencia o no de perjuicio a sus intereses por la explotación de los recursos naturales existentes en sus tierras, así como el derecho a la consulta previa hacia los pueblos interesados, a través de sus instancias representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente, con el fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.

Finalmente, se describe la naturaleza y los alcances del derecho al medio ambiente en la legislación comparada, para perfilar los mecanismos jurisdiccionales idóneos (Acciones de Defensa), previstos legalmente en la misma Constitución, destinados a garantizar el libre y eficaz ejercicio de éste derecho, a través de su tutela inmediata y efectiva protección, para la conservación del medio ambiente, y la biodiversidad en el Estado Plurinacional de Bolivia.

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