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domingo, 19 de agosto de 2012

Debate sobre el Proyecto de Ley de Organizaciones Políticas en Bolivia




Se inició el proceso de elaboración del proyecto de Ley de Organizaciones Políticas que sustituirá la Ley de Partidos Políticos de 1999. El gran reto de esta norma será armonizar las distintas formas de la democracia intercultural.

La Razón / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz
00:04 / 19 de agosto de 2012

Hay que partir de la afirmación de que la democracia boliviana se ha vuelto más de una sola, es decir, una red compleja de relaciones entre distintas democracias.  Haciendo una breve retrospectiva, es una evidencia que la Ley de Partidos Políticos de 1999 únicamente reconocía la existencia de una forma de democracia: la proveniente del liberalismo, conocida como representativa. Esta norma nunca pudo verse en funcionamiento pleno, pues coincidió con el inicio de la   crisis sin retorno de los partidos del tiempo de la democracia pactada, que fue sustituida por la progresiva hegemonía del Movimiento Al Socialismo (MAS), que no necesitó pactar con nadie y que pretende todavía recoger los postulados de la agenda de octubre de 2003, aunque luego se verá si pudo efectivizarla con éxito. En todo caso, la superioridad de llegada del MAS corrió paralela a la decreciente credibilidad de los partidos conocidos como tradicionales.

A partir del producto final de la Asamblea Constituyente (la cual fue precisamente uno de los puntos de la agenda mencionada, aunque empezó a exigirse antes) en Bolivia se reconoce la democracia intercultural que consta de tres formas: Artículo 11. I. “La República de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres. II. La democracia se ejerce de   las siguientes formas, que serán de-sarrolladas por la ley: 1. Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a ley. 2. Representativa, por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto, conforme a ley. 3. Comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a ley”.

Antes, en 2004, surgió la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, que intuye, de algún modo, las dos formas de democracia posteriores: la participativa y directa, y la comunitaria, dando la posibilidad a esos dos conjuntos de formar organizaciones políticas.

Es así que se tienen tres grupos  de organizaciones políticas y tres diferentes formas de democracia.Sin embargo, cada uno de éstos no es privativo de uno de los formatos democráticos, sino que pueden cruzarse e intervenir en uno o en otro, para construir así una compleja red de   relaciones. Precisamente, encontrar    el modo de armonizar esta imbricación es el gran desafío que debe resolver la nueva ley de Organizaciones Políticas, opinan Marco Ayala, vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), y la diputada del Movimiento Sin Miedo (MSM) Marcela Revollo.

El peligro del pluralismo es que devenga en un culto a la diferencia. Para evitar tal, la legisladora considera que “el reto más importante de una nueva Ley de Organizaciones Políticas debe ser armonizar y comunicar la compleja estructura política que existe en el sistema político plural del país”.

Dice que las democracias representativa, comunitaria y participativa tienen la misma jerarquía constitucional, “por eso los cambios que se operaron exigen un nuevo diseño de comunicación y entre ellas”. EL TSE es el que se encuentra trabajando en la redacción del anteproyecto. La Ley de Régimen Electoral determina que es el TSE el que debe elaborar anteproyectos relacionados a temas que tengan que ver con el voto, cuenta el vocal Ayala.

Se ha definido tres fases en la elaboración del proyecto en cuestión. “La primera consiste en aprovisionarse de insumos mediante talleres de temas específicos. Luego se contratará a consultores para la redacción,y la tercera fase será la de socialización. Se tiene la ambición de que se cuente con el anteproyecto listo para ser entregado a la Asamblea (Legislativa Plurinacional) hasta fin de año”, enumera el vocal, que el trabajo se encuentra en la fase inicial.

Indica que el mayor reto de la nueva ley de organizaciones políticas, “dentro del nuevo marco constitucional y legal”, deberá reunir a los tres grandes conjuntos de actores políticos (agrupaciones ciudadanas, partidos políticos y organizaciones indígenas) cada uno con un tratamiento jurídico pertinente para engranar la manera en que sean regulados, lo cual es el desafío último.

Otro gran reto que debe conquistarse es el que apunta Érika Brockmann, expresidenta del Senado, en  el sentido de que se debe rescatar el verdadero sentido del hacer política. La palabra “política” es un sustantivo que inicialmente designa un objeto de estudio de la filosofía y luego una actividad; sin embargo, mediante un uso erróneo se ha difundido su utilización como adjetivo para indicar algo con signo degradado; por ejemplo, para desacreditar un hecho relacionado a algún nivel de la administración pública se dirá: “es una acción política”.

“La nueva norma está llamada a rescatar a la actividad política como un espacio de agregación”, considera Brockmann, quien además señala una paradoja: “se reconoce que los problemas del país son de naturaleza política y al mismo tiempo se entiende el hacer política algo sin credibilidad”.

Ayala se refiere a este mismo aspecto y dice que uno de los “objetivos altos de la ley” será generar condiciones para que la labor política recobre credibilidad y transparencia. En cuanto a las restricciones     burocráticas para formar partidos, agrupaciones ciudadanas u organizaciones indígenas, hay dos visiones encontradas: la del analista político Carlos Cordero y la del experto en  temas electorales Eduardo Leaño.

Para el primero, la nueva norma debería extender y hacer plena “la libertad de asociación en la estructura democrática”. Cita a la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, que, en su opinión, cometió el error de burocratizar el derecho de asociación al poner trabas y requisitos excesivos para poder formar una organización. “Esa vulneración no debe repetirse, bastan dos personas que quieran hacer un frente político para que sea válido”. Según dice, tales limitaciones no existen para el caso de los pueblos indígenas, lo que consiste en una diferenciación negativa con visos de “autoritarismo”.

Al contrario, el modo de ver de Leaño difiere del todo con este último razonamiento, pues al tiempo de expresar su duda sobre si la elaboración de un número de leyes cambie la realidad política del país dice: “creo que la nueva ley de partidos debería estar orientada hacia la consolidación de un sistema moderado de partidos. No es saludable ningún sistema hegemónico, pero tampoco un sistema de partidos exageradamente fragmentado”.

Para conseguir este resultado y que no se llegue a un sistema fraccionado de organizaciones políticas, el especialista apunta a la necesidad de ampliar la barrera electoral de miembros de un grupo para adquirir una personería jurídica. “La nuestra es de 3%; hay países que tienen una barrera electoral de 5% y otros de 7%”.

Por supuesto, otro aspecto que deberá ser encarado por la nueva ley será la democratización interna de las diferentes organizaciones. Al respecto, el vocal del TSE Ramiro Paredes cree que se debe hacer referencia a una ley en la que los partidos constituyan únicamente un elemento junto a otros actores políticos, como las agrupaciones ciudadanas y los pueblos indígenas.

En este marco, en su criterio, unas tendrán vigencia permanente y otras no; entonces, el desafío radica en cómo aplicar principios y regulaciones democráticas comunes a esa variedad de entidades de fines políticos. “En cualquier caso, todas deberán tener una vida interna democrática. La modalidad de las elecciones primarias son aplicables más a los partidos; pero, ¿qué se hace con las agrupaciones y los pueblos indígenas en cuanto a instrumentos políticos?”. Éste es alguno de los retos que la ingeniería de la Ley de Organizaciones Políticas debe considerar, lo cual coincide con la idea de la necesidad de armonizar la intrincada coexistencia de formas de democracia.

Sobre este tema, Revollo señala que la democratización interna es una condición ineludible. “No podemos pretender participación política amplia de la ciudadanía y un fortalecimiento del sistema político si no se establece normas que garanticen la democracia interna en las organizaciones políticas”.

El MSM propone elecciones primarias, elecciones internas implementando el voto directo y secreto, la representación de la pluralidad social de cada organización con el 50% de mujeres, representación de jóvenes, indígenas, sectores de trabajadores, intelectuales, etc.

El abigarramiento de la sociedad boliviana, concepto que sigue siendo uno de los gritos de la moda de la teoría política y que fue recogido y matizado por lo “plurinacional”, se ha filtrado en cada aspecto de la vida del país. Sólo mencionando las más recientes consecuencias de esta red de complejidades están las diferentes formas de democracias, el debate sobre las identidades y el censo, los dos distintos formatos de administraciones de justicia, las nuevas formas de administración territorial y otras más, todas tratando de coordinar y no sobreponerse unas a otras.

‘El desafío es engranar  democracia intercultural’: Marco Ayala es vocal del Tribunal Supremo Electoral

El desafío es engranar todos los elementos de la democracia intercultural. Las nuevas figuras de esta democracia y los tres tipos de organizaciones que participan en la política, es decir, los pueblos indígenas, agrupaciones ciudadanas y partidos políticos, deben armonizar en función de las modalidades mencionadas mediante la nueva Ley de Organizaciones Políticas.

‘Debe organizar nuevo andamiaje institucional’: Marcela Revollo es diputada por el MSM

El sistema político de participación y representación establece la coexistencia de diferentes formas de democracia. La nueva ley debe regular ese nuevo andamiaje institucional desde el cual el sistema de organizaciones políticas debe comunicarse con una sociedad que ha de- sarrollado no sólo pluralidad ideológica, sino organizativa como expresión de la diversidad cultural.

‘El objetivo es crear instituciones fuertes’:  Salvador Romero es expresidente de la Corte Electoral

El objeto que tuvo la Ley de Partidos Políticos de 1999 es similar al que debe tener la nueva Ley de Organizaciones Políticas. Se tratará de crear organizaciones políticas más fuertes, institucionalizadas, democratizadas y transparentes, que contribuyan al fortalecimiento de la democracia. Los principios generales de la ley de 1999 fueron útiles y son una buena base para un nuevo proyecto de ley.

‘Debe garantizar partidos autónomos’: Carlos Cordero es analista político

La nueva ley de Organizaciones Políticas deberá garantizar que los partidos políticos sean del todo autónomos respecto del Estado, para que así no sucedan cosas similares a las que están pasando con el magistrado Gualberto Cusi. Otro aspecto a ser trabajado es desburocratizar los requisitos para formar partidos políticos; es decir, el derecho a la libre asociación.

‘Formas de democracia no deben sobreponerse’: Ramiro Paredes es vocal del TSE

En el marco de la democracia intercultural, las formas democráticas no deben sobreponerse unas sobre otras, sino complementarse armónicamente. El objeto de una Ley de Organizaciones Políticas no son esas modalidades que ya están consagradas en la Constitución, sino definir su naturaleza, sus principios, organización y su funcionamiento.

‘Se está reconfigurando   el sistema político’: Érika Brockmann es analista política

Se vive una reconfiguración del sistema político, se puede decir que ya no existen partidos políticos, sino un sistema hegemónico y oposiciones sin bloque; por eso es imprescindible una nueva Ley de Organizaciones Políticas. Por ejemplo, el MAS no se reconoce como un partido; la nueva ley deberá abarcar formas de control a modalidades organizacionales como las del MAS.

El rol de los partidos en medio del descrédito

Es común señalar que la democracia es un modelo que excede lo meramente electoral y que no puede reducirse a un conjunto de agrupaciones que tienen por objetivo participar en comicios y ganar puestos de poder.Sin embargo, el descrédito de los partidos políticos en el país es tal que el pensar de la gente limita su rol precisamente a lo electoral; al menos eso da a entender Érika Brockmann, expresidenta del Senado, quien dice que existe una mala comprensión del rol de los partidos políticos.

“Desde hace un tiempo la gente ya no quiere militar en un partido político, lo que no quiere decir que no se involucre en la política”, dice, y añade que ahora las personas participan activas en causas políticas concretas y por lo tanto de corto plazo (“efímeras”).

En ese sentido, el expresidente de la Corte Nacional Electoral Salvador Romero dice que los partidos tienen funciones más allá de las puramente electorales, como la formación de militantes para la creación de una visión de país. El rol de los partidos, dice Brockmann, debería encararse en la nueva norma; éstos no pueden quedarse en lo meramente electoral.


lunes, 23 de abril de 2012

Proyecto de Ley contra el Acoso y la Violencia Política en Bolivia



Diez años y una muerte para una ley contra acoso y violencia política a mujeres

La Razón / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz

ANIMAL POLÍTICO / 22 de abril de 2012

Hasta 1952, a una mujer no le bastaba saber leer y escribir para acceder a la prerrogativa masculina del sufragio, aunque un hombre con sólo saber firmar podía hacerlo.Sin duda, el primer éxito en el que las mujeres ganaron un privilegio político fue el 21 de julio de ese año, al obtener el derecho al sufragio, cuando se instituyó el voto universal.

En la historia boliviana, tres fueron los hitos en que las mujeres adquirieron sus derechos políticos. El primero ya fue mencionado. Décadas después, el segundo hecho central se dio en dos momentos distintos y se los considera como parte de la misma victoria de los derechos de género por su similitud cualitativa (aunque con una diferencia cuantitativa). El primero fue en 1997, cuando la llamada “Ley de Cuotas” implantó el 30% de participación femenina en las listas de candidaturas a representantes en el Congreso Nacional.

Sin embargo, esto nunca se tradujo en una presencia de mujeres equivalente en las cámaras. En 2004, siete años después (y aún como parte del segundo hito) salió la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, que incorporó los criterios de “paridad y alternancia” en la conformación de listas electorales entre hombres y mujeres, y definió el 50% de participación para ambos en las listas electorales, lo que constituyó un gran adelanto en relación a todo el continente en relación a la equidad de género y siguiendo la discriminación positiva.

Por años se pensó que con tales normas era suficiente promover los derechos políticos para las mujeres. No obstante, la sociedad boliviana tiene un pensamiento patriarcal que aún no está ni cerca de ser superado, prueba de ello son las 572 denuncias de acoso y violencia política contra mujeres que atendió y dio seguimiento la Asociación de Concejalas de Bolivia (Acobol), aunque sin nunca haber obtenido un solo fallo a favor por parte de la justicia del país hasta hoy. Dichas acusaciones de hostigamiento, en general, señalan la existencia de autoridades que obligan a otras concejalas a renunciar a su cargo para ser ellos los titulares. “Jamás hubo un solo caso sancionado”, cuenta María Eugenia Rojas, directora de Acobol.

La aprobación en detalle de la propuesta coincidió con el reciente asesinato de Juana Quispe (concejala de Ancoraimes, gestora de la futura ley y hoy víctima fatal de las magistraturas consecutivas que ignoraron la norma— quien denunció sin resultados ser objeto de acoso por parte de los concejales y Alcalde de su población), que da la impresión de que si esa ley ha sido aprobada en la Cámara de Diputados y ha llegado a la de Senadores, y será eventualmente una norma estatal, no bastó con más de diez años, sino que tenía que morir una autoridad mujer.

Por otro lado, este proyecto de normativización, temporalmente, es casi inmediato a las coplas de carácter machista que cantaron en el Carnaval algunas ministras y el presidente Evo Morales, “distraídamente”. Adicionalmente, el timing también se ajustó al escandaloso comportamiento sexual de Percy Fernández, quien tocó en partes impropias precisamente a una concejala y luego a una directora de la Alcaldía de Santa Cruz.

La promulgación del Proyecto de Ley Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres, para proteger del acoso y la violencia política a las mujeres candidatas, electas (alcaldesas, concejalas) y designadas (por ejemplo ministras), representará el tercer hito en la lucha de la mujer por sus derechos políticos. Es más, sólo cuando ésta sea aprobada se podrá hablar de una consolidación de las conquistas previas, en un marco en que la idiosincrasia política todavía no se resigna a ceder espacio a ese conjunto poblacional importante en el país, que requiere una representación local, departamental y nacional.

A partir de la nueva Constitución Política del Estado (CPE) ya se pueden especificar cuáles son los derechos políticos de los bolivianos y bolivianas. El Capítulo III, sección II y subtítulo Derechos Políticos en el artículo 26-I se establece que “todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva”. Éstos constituyen tales privilegios de los que no han podido gozar plenamente las mujeres. La eventual ley garantizará el ejercicio de los mismos.

Ley. La propuesta legal, aprobada en su estación en detalle la semana pasada, “crea dos nuevos tipos penales: el acoso y la violencia política contra las mujeres, para la primera falta habrá una pena de dos a cinco años, y para la segunda, de tres a ocho”, explica el presidente de la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Lucio Marca.

“Acoso político” es definido por el proyecto como: acto(s) de presión, persecución, hostigamiento o amenazas cometidos por una persona o grupo (o a través de terceros) contra mujeres (o sus familias) candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función pública con el propósito de limitar, acortar, impedir las funciones de su cargo, obligarla a hacer algo contra su voluntad o incurrir en una omisión.

Por su parte, “violencia política” supone acciones, conductas y/o agresiones físicas, psicológicas y sexuales realizadas por una persona(s) o terceros contra mujeres (o sus familias) candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función pública con el propósito de limitar, acortar, impedir las funciones de su cargo, obligarla a hacer algo o incurrir en una omisión.  “Se han acuñado estas definiciones que no estaban tipificadas en ningún país de la región; en este sentido, si la norma es confirmada, Bolivia será la pionera”, dice Rojas.

Es por demás llamativo que un proyecto de ley de reivindicaciones de género haya tardado más de una década en ver la posibilidad de formar parte de la legislación (recuérdese que Acobol la presentó por primera vez en 2001). “Este planteamiento de norma fue trabajado hace mucho tiempo y nunca tuvo repercusión, sino ahora”, dice Nardi Suxo, ministra de Transparencia y Lucha contra la Corrupción.

El proyecto de ley, además, especifica tres tipos de faltas gravísimas (como obligar a firmar decisiones que sean contrarias a las suyas), graves (como restringir el uso de la palabra en una sesión) y leves (asignarles tareas ajenas a sus funciones).      

 “Ya no podrán mandarlas a la cocina, como solían hacer”, dice con sorna Rojas. El “candado” para evitar que el acoso y violencia política den como resultado la renuncia de una autoridad, candidata, funcionaria designada o electa es la disposición final del proyecto de ley. En ésta se dice que la autoridad mujer debe renunciar personalmente sólo ante el Órgano Electoral Plurinacional. Después, éste debe investigar si la dimisión es voluntaria o bajo presión. Actualmente, hay denuncias de autoridades femeninas que fueron obligadas a firmar papeles en blanco.

Es de esperar que se promulgue la ley, sin embargo, debido a esa prolongada tardanza de años, los acosadores de la difunta concejala Quispe quedarán libres de culpa, pues, no hay ley que sea retroactiva.

No es nuevo el problema, si lo contara Bartolina

En la historia boliviana, Gregoria Apaza y Bartolina Sisa fueron las primeras mártires mujeres con nombre y apellido de una lucha política; sus predecesoras (seguro que las hubo) han quedado en el anonimato. En 1781, ambas participaron del levantamiento de Túpac Katari, que efectivamente fue violento. Luego, Sisa fue tomada prisionera por los españoles y posteriormente fue ahorcada. Una vez sofocados los remanentes de rebeldes indígenas, los españoles dieron con los cabecillas y los ejecutaron, incluyendo a sus descendientes y ascendientes. Apaza fue condenada al suplicio, fue ahorcada y desmembrada.

Muchos años después, tal vez, el ejemplo de acoso político que más se acerca a la idea que de él tenemos hoy sea el que ejerció el cura Francisco Pierini en contra de la poetisa y pedagoga Adela Zamudio, a principios del siglo XX. La escritora era defensora de la institucionalización de una educación laica, del divorcio, del voto para las mujeres y la separación de la Iglesia y el Estado. En las polémicas en la prensa escrita, Pierini se refería a ella siempre haciendo alusión a una supuesta “masculinidad” de Zamudio, en su afán de descalificar sus argumentaciones al decirse de manera irónica que se trataba de la opinión de una mujer y que no tenía la mayor importancia.

Zamudio hacía política transmitiendo sus ideales feministas en el liceo que dirigía, hasta que fue obligada a renunciar, lo cual suena demasiado familiar más de 100 años después.

El activismo de izquierda de los 60 y 70 devino en el terrorismo de Estado. El ejercicio de la violencia política en contra de mujeres fue sistemático y llegaba de parte del aparato estatal. Por dar un ejemplo, tanto Nila Heredia (ex Ministra de Salud) como Loyola Guzmán (exconstituyente) —ambas del Ejército de Liberación Nacional (ELN)— fueron perseguidas ese periodo (la especificidad de la propuesta de Ley 0062 excluiría este tipo de violencia política, protegiendo sólo a la mujeres vinculadas a la representatividad del sistema democrático).

Esta historia de luchas políticas de distintas mujeres, cada cual con sus matices y sus convicciones particulares termina en muerte, o más bien continúa en ella. De la horca a que condenaron a Bartolina Sisa parece no mediar distancia alguna con el asesinato por estrangulamiento de Juana Quispe, integrante de la Federación Departamental de Mujeres Campesinas Indígenas y Originarias de La Paz Bartolina Sisa.

‘La ley garantizará que no haya intimidación’: Gabriela Montaño, presidenta de la Cámara de Senadores

-Es una ley de vital importancia. La cantidad de denuncias de acoso y violencia política de candidatas, concejalas electas y autoridades designadas, que han sido encerradas y obligadas con dinamita a firmar su renuncia, es estremecedora. Esta propuesta tiene un largo transcurso y creemos que garantizará que ya no habrá intimidación; así, las mujeres podrán ejercer su función pública adecuadamente. Se ha tardado mucho tiempo, pues, los derechos de las mujeres fueron relegados hasta la llegada de la nueva Constitución.

‘Si una mujer llegaba a un cargo, lo hacía sola’: María Eugenia Rojas Valverde, directora ejecutiva de Acobol

-Esta ley fue propuesta por primera vez en 2001. El acoso y violencia política es sintomático en toda Bolivia. Por la tardanza de una norma, se puede decir que la ley se ha ido perfeccionando cada periodo. Dos veces llegó hasta el Senado y no pasó de esa instancia: en 2004 y en 2006. Esta ley será más importante que la de la cuota electoral del 50% para las mujeres, pues, las mujeres que llegaban a un cargo (en parte gracias a esa cuota) lo hacían solas y una vez ahí estaban a disposición de nuestra sociedad machista.

‘Ojalá se cumpla y no se quede en el papel’: Felipa Quispe, líder de mujeres campesinas de Bolivia

-Las “bartolinas” hemos analizado la ley. Nosotras siempre manejamos la equidad de género: mujer-hombre y hombre-mujer (chacha-warmi, en aymara). (Creemos) que hay serios problemas en los municipios, pero es  la falta de orientación que es culpa de los neoliberales que han planteado las leyes mal para que así se las manipulen políticamente.  De esa manera, creemos que la ley tendrá importancia, pero ojalá que se cumpla y no sólo quede escrito en el papel y luego no sirva para nada.

‘Mi familia y yo fuimos objeto de acoso político’: Nardi Suxo, ministra de Transparencia y Lucha contra la Corrupción

-Las mujeres que hacemos política hemos sido acosadas permanentemente por la gente que no condice con lo que estamos haciendo. Personalmente, y por la tarea que realizo, que no tiene que ver sólo con el Gobierno, sino con el Estado, tanto mis hijos, mi hermano, gente allegada a mí y yo sufrimos el acoso político desde que era viceministra, y lo seguimos soportando. Incluso, una vez me sacaron una publicidad injuriosa en toda una plana del periódico, luego pidieron disculpas o negaron haber dicho nada.

‘Se crearán dos nuevas figuras penales’: Lucio Marca, presidente de la Comisión de DDHH de Diputados.

-Será una ley que permitirá implementar políticas de prevención y sanción a la persecución que se ejerza contra el uso pleno de los derechos políticos de las mujeres. Se han generado varias conductas como las nuevas figuras penales de “acoso” y “violencia política” especificándose cuáles entran dentro de la categoría. Las concejalas del área rural, sobre todo, han sido víctimas de estos actos, limitándolas o anulándolas su derecho a ejercer sus atribuciones y derechos políticos

FUENTE:


Proyecto de Ley contra el Acoso y la Violencia Política en razón de Género