Centenario del
nacimiento del Dr. Pablo Dermizaky Peredo
José
Antonio Rivera S.
Miembro
de la Academia Boliviana de Estudios Constitucionales
A
tiempo de expresar mi agradecimiento a las autoridades de la Universidad
Privada de Santa Cruz de la Sierra, destaco la feliz iniciativa del Decano de
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de organizar esta actividad; es
poco frecuente en nuestro país rendir homenaje a las y los ilustres ciudadanos
que aportaron desde el ámbito de sus conocimientos
y actividades a la creación y fortalecimiento del Estado democrático constitucional.
Me
han pedido dictar esta conferencia sobre el Centenario del nacimiento del Dr.
Pablo Dermizaky Peredo, un ilustre y destacado ciudadano, profesional,
escritor, docente universitario y magistrado; para mí es un inmenso honor cumplir
el cometido, porque fue mi maestro y mentor.
Como
un justo homenaje a su destacada trayectoria personal y profesional, y para
mantener vivo su aporte invaluable al fortalecimiento del Estado democrático
constitucional de Derecho, realizaré una semblanza desde tres perspectivas, la
profesional, la académica y la jurisdiccional.
Dr. Pablo Dermizaky Peredo como persona y profesional
Nació el día
24 de marzo de 1923 en la ciudad
de Trinidad – Beni; cursó sus estudios de
bachillerato entre los años 1929 a 1940 en su ciudad natal.
Sus estudios
de profesionalización fueron cursados en la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas de la UMSS – Cochabamba, habiendo obtenido el título de Abogado el
año 1947.
Como
profesional se desempeñó en el ámbito diplomático, en la actividad privada
corporativa, en el académico y el jurisdiccional.
Fue
un ser humano extraordinario, que cultivó en su vida cotidiana los principios éticos
y los valores morales; llevó una vida ordenada, disciplinada, discreta y sin
ostentaciones; fue muy respetuoso de las personas, sus derechos y libertades,
de las reglas y normas preestablecidas para la convivencia pacífica en una
sociedad democrática.
En el ámbito diplomático el Dr. Pablo Dermizaky Peredo desempeñó las
siguientes funciones:
Secretario
de la Delegación de Bolivia a la Asamblea General de las Naciones Unidas, en
los años 1947, 1948 y 1951.
Delegado
a la Asamblea General de las Naciones Unidas en los años 1969 y 1970.
Primer
Secretario de la Embajada de Bolivia en Francia y Encargado de Negocios en los
años 1950 a 1952.
Cónsul
General de Bolivia en Nueva York en los años 1969 a 1971.
Embajador
de Bolivia en Bélgica y ante la Comunidad Económica Europea en los años 1979 – 1980.
Delegado
de Bolivia a Conferencias Internacionales de la OIT, de la OEA y de la Cuenca de
la Plata.
Asesor
del Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia entre los años 1983 – 1989.
Miembro
del Consejo Consultivo Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores en
los años 1993 a 1997.
En el ámbito privado
el Dr. Pablo Dermizaky desempeñó las siguientes funciones:
Asesor
Jurídico y Gerente de Relaciones Industriales en la Empresa Manufacturera
Boliviana S.A. (MANACO) entre los años 1957-1969.
Gerente
de la Fábrica de Textiles de Capinota TEXTICA en los 1971 – 1972.
Gerente
General de la Cervecería TAQUIÑA S.A. entre los años 1972 – 1977.
Presidente
del Directorio de la Empresa Manufactura Boliviana S.A. MANACO entre los años 1976
– 1992.
En el ámbito académico
desempeñó las funciones de:
Catedrático
de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo en la Facultad de Ciencias Jurídicas
y Políticas de la Universidad Mayor de San Simón.
Fue
profesor de Sociología y de Geopolítica en la Escuela de Comando y Estado Mayor
del Ejército.
Como
resultado de su labor docente y de investigador del Derecho, escribió y publicó
los siguientes libros:
ü Derecho
Constitucional (diez
ediciones)
ü Derecho
Administrativo (cinco
ediciones)
ü Ciencias de
la Administración
ü La Justicia
Constitucional
ü Constitución,
Democracia y Derechos Humanos
ü Constitución
Política del Estado, anotada, comentada y concordada (dos ediciones)
ü
Geopolítica y Relaciones
Internacionales
También
ha publicado numerosos ensayos y artículos sobre Derecho Constitucional,
Derecho Administrativo, Derechos Humanos, Derecho Procesal Constitucional y
otros, publicados en Revistas Especializadas de España, Francia, México, Chile
y Bolivia.
En el ámbito jurisdiccional el Dr. Pablo Dermizaky
Peredo, desempeño las siguientes funciones:
Magistrado
Alterno del Tribunal Andino de Justicia entre los años 1983 – 1989.
Presidente
del Tribunal de Honor del Colegio Departamental de Abogados de Cochabamba en
los años 1995 – 1997.
Conjuez
de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba en los años 1997 – 1998.
Magistrado
y primer Presidente del Tribunal Constitucional en los años 1998 – 2002.
El aporte invaluable del Dr. Pablo Dermizaky Peredo
en el ámbito académico
En
el ámbito académico, el Dr. Pablo Dermizaky Peredo fue uno de los más
destacados y prestigiados, tanto en el desempeño de la labor docente, como la
investigación y producción literaria.
Como
docente de las asignaturas de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo de
la carrera de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la
Universidad Mayor de San Simón, forjó varias generaciones de profesionales
abogados de sólida formación, generó un importante grupo de constitucionalistas;
enseñó con su ejemplo, valores como la responsabilidad, disciplina,
puntualidad, condiciones para el logro del éxito profesional.
Utilizando
la metodología de la exposición dialogada, enseñó el Derecho Constitucional en
sus tres ramas clásicas, como Derecho Constitucional General, Derecho
Constitucional Especial o particular y Derecho Constitucional Comparado; con
una presentación debidamente sistematizada, con un enfoque crítico valorativo,
incentivando la participación de las y los estudiantes; abordaba el análisis de
los diferentes institutos jurídicos constitucionales con mucha prolijidad y profundidad,
partiendo de un marco conceptual, para luego examinar su naturaleza, los
elementos constitutivos, incentivando en los estudiantes el diálogo y el debate.
Tuvo
la virtud de complementar la exposición dialogada con la metodología del
autoaprendizaje a través de la investigación bibliográfica realizada por los
estudiantes en torno a los temas sugeridos por él en su condición de
facilitador del auto aprendizaje; tuvo la virtud de revisar los trabajos
presentados haciendo conocer a los autores los aciertos así como los errores,
con la finalidad de lograr que, sobre esa base los estudiantes profundicen sus
aciertos y corrijan sus errores.
Desde
las aulas universitarias, el profesor Dermizaky fue identificando las
limitaciones, contradicciones y omisiones de la Constitución de 1967, dejando
constancia que dicha norma suprema del ordenamiento jurídico del Estado, hasta
el establecimiento del régimen de gobierno democrático en octubre de 1982, no
había tenido una vigencia material y aplicación real.
Sobre
la base de un análisis doctrinal de la democracia como régimen de gobierno y un
análisis crítico de la vigencia de este régimen en la historia institucional de
Bolivia, generó una conciencia crítica sobre la democracia representativa
anotando que, por las permanentes interrupciones al gobierno democrático por la
instauración de las dictaduras militares y civiles, este régimen de gobierno se
redujo a una democracia formal procedimental, en la que los ciudadanos votaban
pero no elegían, que los mandatarios y representantes nacionales no consultaban
ni informaban al pueblo; sobre la base de ese análisis crítico planteó de
manera reiterada la necesidad de cualificar el régimen de gobierno adoptando la
democracia participativa.
También
fue muy crítico con el modelo americano de control de constitucionalidad, conocido
clásicamente como el control difuso de constitucionalidad, identificando la
ineficacia del modelo en la defensa y protección de la Constitución frente a
las reiteradas infracciones de sus normas y la sistemática violación de los
derechos fundamentales; con una sólida argumentación propuso la adopción del
modelo europeo de control de constitucionalidad, conocido como control
concentrado de constitucionalidad; tanto en las aulas universitarias y en
diferentes palestras académicas propuso la creación de un Tribunal
Constitucional con la función de ser el guardián y último intérprete de la
Constitución y protector jurisdiccional de los derechos fundamentales y
humanos.
Asimismo,
fue crítico del modelo de Estado Unitario centralizado, con sólidos fundamentos
demostró que ese modelo no cumplió con las finalidades fijadas al adoptarlo;
pues no garantizó la integridad territorial, el desarrollo humano con igualdad,
ni logró construir la unidad nacional; por ello planteó con argumentos sólidos
la necesidad de adoptar un nuevo modelo de Estado, el unitario descentralizado,
de manera que se distribuya territorialmente el ejercicio del poder político.
No
solo en sus clases, sino en las conferencias, seminarios, foros debates,
identificaba como una de las limitaciones de la Constitución el reconocimiento
de solo una parte de los derechos humanos; pues criticó el reducido catálogo de
derechos fundamentales; por ello, propuso la ampliación del catálogo respecto a
los derechos civiles y políticos, así mismo el reconocimiento de los derechos
económicos, sociales y culturales, y la inclusión de los derechos colectivos o
de los pueblos.
Como
se podrá advertir, fue un profesor no solo crítico sino propositivo, su
inquietud incesante fue el consolidar y fortalecer el Estado Democrático de
Derecho; a ese efecto, a través de sus libros, ensayos y artículos publicados
en revistas especializadas, formulaba planteamientos concretos para una reforma
constitucional.
Tuvo
la firme convicción sobre la necesidad de enseñar el Derecho Constitucional,
más allá la carrera de Derecho; él proponía enseñar esta disciplina a la
población en general, con la finalidad de generar una cultura constitucional y
lograr que toda persona conozca sus derechos para ejercerlos y exigir su
respeto; textualmente manifestaba lo siguiente:
La enseñanza del Derecho Constitucional y de los preceptos
constitucionales, es una necesidad vital no sólo para los juristas y para los
estudiantes de Derecho, sino para la población en general. Un pueblo que
desconoce sus derechos, no puede invocarlos. La educación es, por ello, el
principal instrumento de defensa que tiene el hombre común contra la
arbitrariedad de los poderosos.
El
profesor Dermizaky tuvo el mérito de haber combinado su actividad docente con
la investigación permanente del Derecho Constitucional, el Derecho
Internacional Público y el Derecho Administrativo; el resultado de esa
actividad es su amplia producción bibliográfica, de la que destaca su libro
Derecho Constitucional; pues en dicha obra desarrolla el Derecho Constitucional
desde la perspectiva, general, comparada y especial, en esta última parte
realiza un análisis descriptivo, crítico – valorativo del sistema
constitucional boliviano en su parte orgánica y dogmática.
Debo
señalar que en la docencia y su obra Derecho Constitucional, el profesor
Dermizaky realizó el desarrollo del Derecho Constitucional desde la perspectiva
de la corriente del positivismo; ello se constata, en la caracterización que
realiza del Derecho Constitucional como una disciplina que que determina la organización jurídica y política
del Estado, así como los derechos y deberes de los ciudadanos; lo que refleja
que el objeto de estudio del Derecho Constitucional abarca el ámbito orgánico y
dogmático del sistema constitucional, no hacía referencia ni lo aborda el
ámbito axiológico del sistema constitucional del Estado, referido a los valores
supremos y los principios fundamentales.
Sin
embargo, en el desempeño de la labor jurisdiccional como magistrado del
Tribunal Constitucional fue avanzando hacia la corriente del principialismo;
ello se refleja en su obra Jurisdicción Constitucional, en la que refleja su
pensamiento desde esa perspectiva; pues en el capítulo titulado «legalidad y
moralidad», hace referencia a la necesidad de que los juristas y aplicadores
del Derecho tengan no sólo una formación jurídica, sino también cultural, ética
y social, haciendo una referencia breve a las relaciones entre el Derecho y la
moral en la filosofía griega, en el pensamiento jurídico romano y en el
pensamiento de San Agustín y Santo Tomás; asimismo, haciendo referencia a los inicios
del constitucionalismo norteamericano; para finalmente concluir con una defensa
de la idea del profesor Ronald Dworkin de hacer una lectura moral de la
Constitución como una parte de la interpretación constitucional.
Debo
destacar que, el profesor Dermizaky se constituyó en un verdadero ícono del
Derecho Constitucional en Bolivia, conocido y reconocido a nivel iberoamericano
a partir de la década del 80 del Siglo XX; cabe recordar que en la historia del
constitucionalismo en Bolivia, durante las últimas décadas del Siglo XIX y
primeras del Siglo XX destacaron con su aporte al desarrollo del Derecho
Constitucional los juristas Luis Velasco, José Manuel Gutiérrez, Luis Paz, José
Carrasco (este último con su obra “Estudios Constitucionales” en 4 tomos), José
María Gutiérrez y Tomás Monje; a partir de la década del ’50 del Siglo XX destacó
el aporte del profesor Ciro Félix Trigo desde la cátedra universitaria en la
UMSA y con sus excelentes obras: “Derecho Constitucional Boliviano” y “Constitución
Política del Estado”; la primera, constituida en la principal fuente
bibliográfica para la enseñanza del Derecho Constitucional hasta la década de
los ’80; también destacar el aporte de los profesores Alipio Valencia Vega con
sus obras: “Manual de Derecho Constitucional” y “Desarrollo del
Constitucionalismo”; el profesor René Canelas López con su obra “Nuevo Derecho
Constitucional Boliviano”; el profesor Ernesto Daza Ondarza con su obra “12
temas de Derecho Constitucional”; y el profesor Alcides Alvarado con su obra “Del
Constitucionalismo liberal al Constitucionalismo Social”. El aporte académico
del Profesor Dermizaky, desde las aulas universitarias, su producción
bibliográfica, los seminarios y conferencias, complementó ese desarrollo, fue un
aporte muy fecundo y productivo que sentó las bases para una nueva era de
desarrollo del Derecho Constitucional en Bolivia; por ello, su obra perdurará
en el tiempo.
Otro
ámbito en el que destaca el aporte académico del profesor Dermizaky es en el
Derecho Administrativo; pues desde la cátedra impartida en la Facultad de
Ciencias Jurídicas y Políticas de la UMSS y su destacado libro “Derecho
Administrativo” (cuya primera edición es de 1985) aportó al desarrollo académico
del Derecho Administrativo en un ámbito de formación ius privatista de los abogados. En el Libro Derecho Administrativo,
primera edición, se desarrolló con apoyo bibliográfico los temas referidos a la
Ciencia de la Administración, la Administración Pública y Privada, el Derecho
Administrativo, la Personalidad de la Administración, la Responsabilidad del
Estado y de la Administración, la Organización Administrativa, la Competencia y
Jerarquía Administrativas, la Centralización y Descentralización Administrativa
en Bolivia, la Organización Administrativa en Bolivia, los Actos
Administrativos, los Contratos Administrativos, los Servicios Públicos, la
Función Pública, la Carrera Administrativa, el Dominio Público, la Función
Jurisdiccional de la Administración, los Recursos, Procesos y Procedimientos
Administrativos; se trata de un abordaje didáctico y con el uso de un lenguaje
sencillo de fácil comprensión, y que fue actualizando en sucesivas ediciones
hasta incluir, en la quinta edición, el capítulo sobre el Sistema de Regulación
Sectorial. Fiel a su estilo fue crítico ante las omisiones y falencias
regulatorias de la administración pública, extrañaba la no existencia de una
Ley completa sobre organización de la administración pública, sobre el proceso contencioso-administrativo,
y actos y contratos administrativos; pero no se detuvo en la mera crítica,
siempre fue propositivo.
Se
trata de un libro útil,
práctico y didáctico que permite una fácil comprensión del Derecho
Administrativo por los estudiantes universitarios, y dado su lenguaje sencillo
también por los ciudadanos; se trata de un texto de consulta obligada por
docentes, universitarios y profesionales abogados que trabajan en el ámbito
administrativo.
El grandioso aporte del Dr. Pablo Dermizaky Peredo
en la implementación y consolidación del Tribunal Constitucional
En
el ámbito jurisdiccional el profesor Dermizaky no solo desempeñó con sobrada
solvencia profesional la labor de Magistrado del Tribunal Constitucional de
Bolivia, sino fue la pieza clave para la configuración y puesta en
funcionamiento de dicho órgano constitucional; pues en su condición de primer
Presidente de aquella institución, junto al resto de los magistrados titulares
y suplentes -equipo del que tuve el honor de formar parte-, trabajó de manera
denodada y silenciosa para organizarlo administrativa y jurisdiccionalmente;
con un presupuesto limitado y prescindiendo de asesores o consultores.
Lideró
a los diez magistrados (cinco titulares y cinco suplentes) en la construcción y
puesta en marcha del Tribunal Constitucional, elaborando los reglamentos,
alquilando un inmueble y dotando de equipamiento, seleccionando y designando al
personal de apoyo administrativo y jurisdiccional, sobre la base de la
comprobación pública de la idoneidad y probidad de los postulantes. Concluida
las labores de organización y conscientes de la falta de resguardo y defensa de
la Constitución y protección de los derechos fundamentales, elaboraron y
tramitaron una Ley que, modificando la vacatio
legis prevista por la Ley Nº 1836, posibilitó adelantar el inicio de las
funciones jurisdiccionales del Tribunal Constitucional; pues las labores
jurisdiccionales que debieron iniciarse el 05 de agosto de 1999, con esa
modificación propiciada por los magistrados, a la cabeza del Dr. Dermizaky, se
iniciaron el 01 de junio de 1999.
En
el tiempo que presidió al Tribunal Constitucional, le dio su sello personal de
transparencia, mística de trabajo y responsabilidad.
En
el discurso de inauguración dejó en claro el camino que recorrería el Tribunal
Constitucional; pues dijo lo siguiente:
“El Tribunal hablará a
través de sus fallos y no hará declaraciones que no sean constitucionales.
Estará atento a las inquietudes políticas y sociales que tengan relación con su
labor, pero no aceptará presiones interesadas ni críticas subjetivas. Se
colocará por encima de las pasiones, de las rencillas parroquiales y de los
intereses subalternos. Será austero y discreto; pero reclamará el sitial que
corresponde a la dignidad de la Constitución. A la legalidad de su elección
tratará de agregar la legitimidad de su actuación, para merecer la confianza de
las sociedades política y civil, requisito indispensable para cualquier obra de
trascendencia nacional. Puesto que tenemos una misión muy alta que cumplir, nos
revestiremos con la humildad del misionero; pero seremos inflexibles en el
cumplimiento del deber. Y como esta misión será ardua y compleja, es posible
que nos equivoquemos; pero no nos desviaremos. En otras palabras: puede que no
seamos infalibles; pero seremos insospechables”
Cuidó
celosamente que el Tribunal no incurriera en retardación de justicia,
controlando personalmente el despacho de las causas.
Defendió
con firmeza y convicción la independencia del Tribunal y los magistrados; pues
no dudó un segundo en rechazar una convocatoria efectuada por el Presidente del
Congreso Nacional, de ese entonces, a una reunión con los Vocales de la Corte
Nacional Electoral que enfrentaba ante el Tribunal un Recurso Directo de
Nulidad, recordándole a la autoridad legislativa la importancia del respeto a
la independencia judicial.
Cuidó
celosamente la imparcialidad con la que debieron obrar los magistrados al hacer
cumplir la prohibición de recibir en audiencias privadas a las partes que
intervenían en un proceso constitucional; así, por ejemplo, no tuvo ningún
reparo en rechazar al Alto Mando de las Fuerzas Armadas una solicitud de
audiencia privada que efectuaron trasladándose personalmente hasta las oficinas
del Tribunal Constitucional; recuerdo que dichas autoridades tuvieron que
retornar a su sede de funciones expresando su enfado por no habérseles recibido
en audiencia privada. Con su ejemplo enseñó a sus colegas y funcionarios la
responsabilidad, mística y amor al trabajo.
Como
dijo Bertolt Brecht “Hay hombres que luchan un día y son buenos. Hay otros que
luchan un año y son mejores. Hay quienes luchan muchos años, y son muy buenos.
Pero hay los que luchan toda la vida, esos son los imprescindibles”; el Dr.
Pablo Dermizaky luchó toda su vida por la preservación del Estado
Constitucional de Derecho y la protección de los derechos fundamentales de la
persona, por ello, como le dije cuando me comunicó de su renuncia a la
Presidencia del Tribunal, es un hombre imprescindible; por eso lo tendremos siempre
en nuestra memoria con cariño y gratitud, y su obra perdurará en el tiempo.