FRENTE
A LA CRISIS DE LA DEMOCRACIA EN BOLIVIA 2019
Han transcurrido 10 años desde la aprobación de la Constitución Política
del Estado (2009), y hoy Bolivia enfrenta una profunda crisis política y social
que ha puesto en alerta a los países de la región, debido a serias denuncias de
fraude e irregularidades en los recientes comicios electorales desarrollados el
pasado domingo 20 de octubre del presente año, proceso electoral del cual aún
no se conocen los resultados oficiales reales y fehacientes, pese al tiempo transcurrido.
Estos problemas se remontan a la primera gestión del binomio
presidencial –posesionado en enero de 2006- y a la Asamblea Constituyente
(2007-2008), que aprobó un texto constitucional que de manera expresa prevé en
su artículo 168 lo siguiente: “El
periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o
del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o
reelectos por una sola vez de manera continua.”
Luego de la aprobación de la Constitución Política del Estado (CPE) en
febrero del año 2009, los actuales mandatarios, adelantaron las elecciones para
diciembre de ese mismo año, bajo el argumento que con la nueva Constitución
debía iniciar un nuevo periodo presidencial; de ahí la explicación del tiempo
que permanecen gobernando, y que sea considerado como su primer mandato el de
2009 a 2014 y el segundo de 2014 a 2019.
Años más tarde, la Asamblea Legislativa Plurinacional (de mayoría
oficialista), aprobó la Ley N° 757 de 5 de noviembre de 2015, de convocatoria a
referendo constitucional aprobatorio, “para
que el pueblo boliviano mediante democracia directa y participativa y en
ejercicio de su poder soberano, apruebe o rechace la reforma del art. 168”
de la CPE.
El 21 de febrero de 2016, se convocó a un referéndum constitucional, en
el cual, el 51.3% de la población, decidió
que NO se debía cambiar el tenor del artículo 168 de la CPE, es decir, se
ratificaba la disposición de prohibir la reelección de manera continua de
Presidente y Vicepresidente, decisión popular que el primer mandatario prometió
respetar. Sin embargo en la gestión 2017, mediante la presentación de una
Acción de Inconstitucionalidad Abstracta ante el Tribunal Constitucional
Plurinacional, asambleístas oficialistas solicitaron, entre otros puntos, la
inaplicabilidad de los arts.156, 168,
285.11 y 288 de la CPE, respecto a la limitación de la reelección por una sola
vez de manera continua.
En respuesta a dicha acción, seis Magistrados que conformaban Sala Plena
del TCP, emitieron la Sentencia
Constitucional Plurinacional 0084/2017 de 28 de noviembre, en la cual,
ejerciendo un supuesto control de convencionalidad, determinaron la aplicación
preferente del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos,
por considerarla más favorable en relación a los derechos políticos, sobre varios
artículos entre los que se encuentra el 168, específicamente en la frase “POR UNA SOLA VEZ DE MANERA
CONTÍNUA”.
Con base en dicha resolución constitucional, el Tribunal Supremo
Electoral viabilizó la participación del binomio oficialista, incluyéndolos en
las elecciones primarias –realizadas por primera vez en el país–; pese a que para cada fuerza política no había más
que un solo candidato, hecho que se consideró como una manera de legitimar esa
candidatura y un gasto insulso de los recursos del Estado.
Mediante Resolución del 27 de
mayo de 2019, la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral convocó a la Elección de Presidenta o Presidente, Vicepresidenta
o Vicepresidente, Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, y de
Representantes ante Organismos Parlamentarios Supraestatales del Estado
Plurinacional de Bolivia, para el domingo 20 de octubre de 2019.
La campaña electoral, se vio empañada por la utilización del aparato
estatal y recursos públicos para realizar campaña a nivel nacional a favor del
binomio oficialista, a quienes el TSE no les prohibió la participación en actos
de entregas de obras, pese al silencio electoral y la imposibilidad por ley de hacer campaña 3
días antes de las elecciones.
Con dichos antecedentes, la población asistió masivamente a los centros
electorales para ejercer su derecho al voto en el horario establecido de 08:00
a.m. a 16:00 p.m., momento a partir del cual se esperó el pronunciamiento del Órgano
Electoral con miras a conocer los resultados finales; inexplicablemente la
Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP) que empezó a horas
19:40 pm., se paralizó a las 20:10 pm. del mismo día, sin que medie razón
alguna ni explicación clara del TSE.
Las cifras que se dieron la noche del 20 de octubre sobre el 80 % de las
actas escrutadas, mantenían a los candidatos del MAS-IPSP y Comunidad Ciudadana
en porcentajes similares, siendo previsible la segunda vuelta electoral; sin
embargo, 24 horas después de mantener en suspenso la difusión de resultados, el
TSE presentó datos que hacían evidente un rotundo cambio en la tendencia del
voto, aspecto que alarmó a la población, en especial por la reserva con la que
se manejó la difusión de datos.
La población movilizada detectó varias irregularidades el mismo día y
los posteriores al 20 de octubre que
fueron divulgadas por medios de comunicación y redes sociales, tales como descubrir
material electoral en domicilios particulares, personas ajenas al Órgano
Electoral con gran cantidad de boletas marcadas a favor de un partido o con las
carpetas electorales, manipulación y reemplazo de material y actas oficiales, entre
otros hechos ilícitos.
Las denuncias desarrolladas en torno al
proceso electoral en Bolivia provocaron un paro cívico y protestas permanentes
en todo el país, situación que ameritó la creación de la Coordinadora de la
Defensa de la Democracia, que tiene el objetivo principal de que se cumpla la
voluntad del pueblo expresada en las urnas, vale decir, que se trata de una
instancia creada para "lograr que se cumpla la voluntad popular
de definir la elección presidencial en una segunda vuelta".
Frente a esto, los candidatos oficialistas se
proclamaron ganadores en primera vuelta, llamando a movilizarse a sectores
afines a su gobierno, pese a la probabilidad de enfrentamientos que se puede
generar entre la población civil, además de descalificar el movimiento
ciudadano en defensa del voto.
Ante este escenario crítico, la Asociación
Euroamericana expresa su profunda preocupación, siendo evidente la necesidad de
que el derecho de participación política de los(las) bolivianos(as) en las
urnas, sea garantizada por el Estado, dado que se encuentra en riesgo el
régimen democrático de ese Estado; en consecuencia, las instituciones competentes
deben actuar con transparencia en el proceso eleccionario, debiendo primar el
respeto a la soberanía popular, por lo que, nos unimos al reclamo de que las
autoridades bolivianas depongan actitudes arbitrarias e intolerantes, y actúen de
acuerdo a lo previsto en la Constitución Boliviana.
CONSEJO
DIRECTIVO