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viernes, 25 de abril de 2025

CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS INTERPRETADA E ILUSTRADA POR Y PARA NIÑOS


 


SE PRESENTA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS INTERPRETADA E ILUSTRADA POR Y PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

San José, Costa Rica, abril 22 de 2025. Hoy la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Conamaj y la Fundación Paniamor presentaron la Convención Americana sobre Derechos Humanos interpretada e ilustrada por y para niños, niñas y adolescentes de América Latina y el Caribe, en la sede de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica. Un esfuerzo colaborativo que concluyó en un documento enriquecedor desde la perspectiva de la niñez y las adolescencias.

La magistrada Damaris Vargas, vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, aseguró que "hoy damos un paso más en la construcción de una cultura de derechos humanos verdaderamente inclusiva, donde las niñeces y adolescencias no sólo son titulares de derechos, sino también protagonistas en su defensa y promoción. Que este documento sea un punto de partida para seguir impulsando espacios donde sus voces sean escuchadas y tomadas en cuenta en la toma de decisiones" durante sus palabras de bienvenida al evento.

Por su parte Milena Grillo, cofundadora y directora de estrategia e innovación de la Fundación Paniamor afirmó que "en un mundo marcado por la polarización, el odio y la exclusión, urge formar generaciones capaces de reconocer la dignidad de todas las personas por igual.” Además, agregó: “educar a las nuevas generaciones en derechos humanos es mucho más que enseñar normas. Es formar personas empáticas, críticas, activas. Es fortalecer la democracia desde sus cimientos.” Como cierre de la presentación la jueza Nancy Hernández López, presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se refirió a la iniciativa como: “Esta publicación es mucho más que una herramienta pedagógica: es un acto concreto de acceso a los derechos y de participación activa. Nos recuerda que las niñas, niños y adolescentes no solo tienen derechos, sino que también tienen voz”.

En el evento se explicó la experiencia y el proceso de creación de esta Convención ilustrada e interpretada, que propone convertirse en una herramienta de defensa y promoción de los derechos humanos, para acercar el universo de derechos a las niñeces y adolescencias de la región, de una manera clara y sencilla. Durante el evento, se celebró un conversatorio con 4 de los más de 70 niños, niñas y adolescentes que participaron de los talleres presenciales realizados en la sede de la Corte Interamericana, moderado por la funcionaria de Conamaj y profesional del Programa de Participación Ciudadana del Poder Judicial, Mayrem Vargas Araya.

Representantes de instituciones naciones y organismos internacionales asistieron a esta actividad donde se presentaron las obras realizadas por las niñeces y adolescencias que dieron fruto a esta Convención que esperamos sea utilizado por las organizaciones que promueven y defienden sus derechos y, especialmente, por las instituciones de los sistemas educativos de nuestra región.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos interpretada e ilustrada por y para niños, niñas y adolescentes de América Latina y el Caribe se encuentra disponible de forma gratuita en el siguiente link: https://www.corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/convencion-ilustrada-nna.pdf.

Consulta el álbum fotográfico aquí.


El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Para mayor información favor de dirigirse a la página de la Corte Interamericana www.corteidh.or.cr o envíe un correo electrónico a Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, a corteidh@corteidh.or.cr. Para la oficina de prensa contacte a Danniel Alejandro Pinilla, Director de Comunicaciones y Prensa, en prensa@corteidh.or.cr.

Puede suscribirse a los servicios de información de la Corte aquí. Para dejar de recibir información de la Corte IDH remita un correo a comunicaciones@corteidh.or.cr. También puede seguir las actividades de la Corte en las siguientes Redes Sociales: FacebookTwitter (@CorteIDH para la cuenta en español, IACourtHR para la cuenta en inglés y @CorteDirHumanos para la cuenta en portugués), InstagramFlickrVimeoYouTubeLinkedIn y SoundCloud.

 



viernes, 2 de junio de 2023

Procedimiento ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

 



Comentario al procedimiento ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

 

Una publicación imperdible que recopila el conocimiento y la experiencia de autoras y autores en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

 

 

Principio del formulario

Final del formulario

"El Comentario al Procedimiento ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) es una obra icónica que tiene como objetivo principal democratizar el conocimiento sobre el acceso a la justicia interamericana. Este es un texto de consulta que comenta artículo por artículo los cinco reglamentos principales de este sistema: Comisión Interamericana, Corte Interamericana, AIDEF y los correspondientes al Fondo de Asistencia Legal.

 

Las autoras y los autores de esta obra tienen amplia experiencia en el SIDH, quienes se han desempeñado y continúan desempeñándose —en algunos casos— como agentes estatales, defensores/as públicos interamericanos, representantes de la sociedad e integrantes de la academia que hace investigación-acción. De esta forma aseguramos que las voces que interactúan en estas páginas tengan una representación plural desde diferentes ángulos, aspecto fundamental para el "Estado de derecho interamericano". Destacamos la participación de nuestra querida colega Elizabeth Abi-Mershed quien nos regala el día de hoy un capítulo en el Comentario sobre el procedimiento de fondo ante la Comisión Interamericana. 

 

Asimismo, con el ánimo de avanzar el estudio del procedimiento ante el SIDH de una manera dinámica, hemos desarrollado dos flujogramas interactivos sobre cómo se lleva a cabo el procedimiento ante la Comisión y Corte interamericanas de derechos humanos. Tenemos el amplio compromiso de seguir avanzando en iniciativas que busquen presentar la información en nuevos formatos acordes a las necesidades de grupos en especial situación de vulnerabilidad y tomando en cuenta los contextos nacionales en los que viven.

 

Esperamos disfruten mucho la lectura y que esta obra sea una caja de herramientas importante para todas y todos ustedes".

 

Miguel Barboza López

Co-editor y coordinador académico del Comentario

 

Publicación disponible en la página web:

https://www.kas.de/es/web/rspla/einzeltitel/-/content/politicas-publicas-y-planes-de-accion-nacionales-sobre-empresas-y-derechos-humanos-en-latinoamerica-1

 

 


viernes, 8 de noviembre de 2019

CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS “Pacto de San José de Costa Rica”

CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
“Pacto de San José de Costa Rica”
Suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos (San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969)
Adoptada en San José, Costa Rica el 22 de noviembre de 1969
Entrada en Vigor: 18 de julio de 1978, conforme al Artículo 74.2 de la Convención
Texto completo disponible en:


COMENTARIOS:

1. KAS, Convención Americana Sobre Derechos Humanos - Comentario, 2ª Ed., Bogotá, 2019

La obra pretende ser una herramienta accesible, para conocer el alcance de los derechos de este instrumento regional; ya que resume, de forma concisa e integral, las interpretaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre cada artículo. Incluye además opiniones académicas relevantes, las referencias al sistema internacional de derechos humanos y de derecho comparado, que pueden ayudar a perfilar y contextualizar el contenido de un determinado precepto.

Segunda edición disponible en los siguientes enlaces:




2. KAS, Convención Americana Sobre Derechos Humanos - Comentario, 1ª Ed., Bolivia, 2014

Primera edición disponible en los siguientes enlaces:



3. KAS, Convención Americana Sobre Derechos Humanos - Comentario, 1ª Ed., SCJN, México, 2014



4. KAS, Convención Americana Sobre Derechos Humanos - Comentario, 1ª Ed., Guatemala, 2013





viernes, 5 de abril de 2019

LA GACETA JURÍDICA - Congreso Boliviano de Derecho Constitucional y Derecho Procesal Constitucional 2019


IV Congreso Boliviano de Derecho Constitucional y Derecho Procesal Constitucional 2019


1. En el marco de la conocida importancia y necesidad del Derecho Constitucional en los Estados modernos, ¿cuál es el objetivo principal y los secundarios de este Congreso Internacional? ¿Por qué se eligió estos propósitos para la discusión y aprendizaje?

La iniciativa de convocar al IV Congreso Boliviano de Derecho Constitucional y Segundas Jornadas Nacionales de Derecho Procesal Constitucional, bajo el título: Reflexiones necesarias a diez años de vigencia de la Constitución y veinte de la Justicia Constitucional; surgió con el propósito principal de analizar y reflexionar, en un escenario eminentemente académico, la realidad y perspectivas del Derecho Constitucional y los avances del Derecho Procesal Constitucional en Bolivia. Para ello, tomamos como punto de partida, la aprobación de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, que fuera refrendada por voto popular en el año 2009, y que al presente, desde su promulgación simbólica en la ciudad de El Alto, ha cumplido diez años de vigencia.

En ese propósito, sin embargo, no pretendemos agotar el análisis y el debate, sólo desde la literalidad y/o normatividad de la Constitución vigente, sino también queremos indagar cuál es la situación actual de Bolivia, y si cumple con los estándares de un Estado Constitucional de Derecho. En efecto, otro de los objetivos es analizar la estructura contemporánea del Estado constitucional de Derecho, y debatir sobre el régimen democrático de gobierno y el respeto a los derechos humanos. Por otro lado, se ha considerado importante también, analizar crítica y valorativamente el estado de la jurisdicción constitucional en el país, respecto a su diseño constitucional y el papel asignado por la Constitución, para luego examinar, desde la perspectiva doctrinal y jurisprudencial, el desarrollo jurisprudencial y los principales problemas en las acciones de defensa previstas en el sistema constitucional boliviano.

Estas son algunas de las inquietudes que nos impulsan a la realización de este importante evento nacional que se llevará a cabo en la ciudad de La Paz – Bolivia, en las instalaciones del Hotel Europa, los días 11, 12 y 13 de abril de 2019.

2. De acuerdo a las características del Estado boliviano en esta temática, ¿qué es lo que se espera de este encuentro en cuanto al desarrollo constitucional y su aplicación en nuestro sistema normativo y en el bloque de constitucionalidad?

Las temáticas referidas al Bloque de Constitucionalidad y la Doctrina Jurisprudencial del Control de Convencionalidad, así como las perspectivas del Diálogo Jurisprudencial que es necesario en Bolivia acorde al contexto interamericano, serán objeto de necesario debate y reflexión en este Congreso Boliviano de Derecho Constitucional; y a este efecto será necesario mostrar el intenso desarrollo doctrinal y jurisprudencial de este tema, partiendo de la premisa esencial de que la actual configuración constitucional del Bloque de Constitucionalidad, constituye una reivindicación de las líneas jurisprudenciales establecidas con bastante anterioridad por el Tribunal Constitucional boliviano desde 1999.

Ello, constituye el punto de partida necesario, para luego examinar el redimensionamiento del bloque de constitucionalidad en el Estado Constitucional de Derecho, siempre a la luz del pluralismo y la interculturalidad como nuevos paradigmas en la interpretación constitucional que se realiza en nuestro país, a través de la inserción de valores plurales y principios supremos rectores del orden constitucional vigente, sin descuidar la especial referencia que merecen los principales pronunciamientos del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, ante su escaso conocimiento por parte de los administradores de justicia, y su nula aplicación en la resolución de conflictos concretos que les son planteados.

En consecuencia, se considera necesario abordar los principales avances y problemas que se han presentado en este aspecto en particular, para poder visibilizar las alternativas de solución más adecuadas que coadyuven a afianzar la efectividad del Estado Constitucional de Derecho.

3. ¿Nuestro sistema constitucional y nuestro derecho constitucional están en un nivel adecuado en comparación con sus similares de la región? ¿Qué se puede decir en comparación con estos sistemas a nivel latinoamericano? ¿Y (tomando sólo algunos ejemplos) a nivel mundial?

Una de las principales temáticas a ser abordadas en este Congreso, es precisamente revisar las tendencias contemporáneas del Derecho Constitucional, lo que incluye por supuesto el fenómeno del nuevo constitucionalismo latinoamericano, que surge a partir de los procesos constituyentes llevados a cabo en Venezuela (1999), Ecuador (2008) y Bolivia (2009), que derivaron en la elaboración de nuevos textos constitucionales aprobados en forma democrática en dichos países, lo que nos lleva a la necesidad de nutrirnos de las experiencias comparadas, a fin de someter al análisis y cotejo de la teoría y la práctica del constitucionalismo nacional, y también rescatar los principales avances, retos y desafíos del constitucionalismo latinoamericano. También hemos visto necesario incluir en este Congreso, uno de los principales temas objeto de análisis a nivel mundial, tanto en Latinoamérica como en Europa, como es el referido al Dialogo Jurisprudencial entre la jurisdicción constitucional y la jurisdicción supraestatal para la protección de los derechos humanos.

Para conocer los alcances jurídicos de estos temas, se ha previsto contar con la presencia de importantes juristas internacionales, que son pioneros en estas temáticas en Latinoamérica; tal es el caso del actual presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor (México); asi tambien contaremos con la presencia de Victor Bazan (Argentina), Carlos Ayala Corao y Jesus Maria Casal (Venezuela), Reyler Rodriguez (Perú), Damian Armijos (Ecuador), Miriam Henriquez (Chile), Juan Cianciardo (Argentina), Roberto Viciano Pastor (España).




4. ¿Qué se espera para nuestro país en estas materias a partir de las conclusiones que se logrará del Congreso?

De acuerdo a los alcances del Estado Constitucional de Derecho, que es la temática central que dirige este Congreso Boliviano de Derecho Constitucional, y acorde a la variedad de ejes temáticos que se ha visto por conveniente analizar en este evento, será de mucha utilidad conocer las visiones no solo de los juristas internacionales que nos acompañarán en estas jornadas para compartirnos sus experiencias, sino también las reflexiones y aportes que realizarán todos los juristas nacionales que han sido convocados expresamente para este Congreso, además de otros profesionales y estudiantes de Derecho, que a través de las ponencias y comunicaciones que han remitido, nos podrán dar a conocer la realidad y los verdaderos avances del Derecho Constitucional en el país, lo que es importante para analizar la situación actual de la disciplina, y perfilar las principales aristas y problemas por los que atraviesa, para su perfeccionamiento en el tiempo.

5. ¿Cuál es el estado general de nuestro Derecho Constitucional a 20 años de creación de Tribunal Constitucional, hoy Plurinacional? ¿Cuál es la situación de esta especialidad a 10 años de la Constitución de 2009?

Uno de los aspectos que conviene resaltar en la Constitución Política del Estado, puesta en vigencia el año 2009, es precisamente el modelo sui generis de Estado que ha implantado el constituyente, por lo que, y a modo de rescatar las disposiciones más relevantes que contiene el nuevo texto normativo fundamental, debemos señalar que respecto a la nueva configuración del Estado Boliviano, el artículo 1º constitucional lo caracteriza como un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías, que se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.

Entonces, resulta necesario analizar algunos de los elementos que componen este nuevo modelo de Estado en Bolivia, haciendo énfasis esta vez en el significado del Estado Constitucional de Derecho, bajo la premisa establecida por la jurisprudencia constitucional, en sentido de que el modelo de Estado asumido en Bolivia, se constituye en un verdadero Estado Constitucional de Derecho, establecido sobre valores universales y el principio fundamental de legalidad, sin desechar los principios generales de soberanía popular en el ejercicio del poder público y reforzando el principio de respeto y vigencia de los derechos humanos; pues se establece un amplio catálogo de derechos fundamentales, garantías constitucionales, principios y valores; además, se señalan como fines y funciones del Estado, entre otras, el garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución (art. 9.4 de la CPE), se señalan como deberes de los bolivianos y bolivianas el conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, conocer, respetar y promover los derechos reconocidos en la Constitución, y la práctica de los valores y principios que proclama la Constitución (art. 108 numerales 1, 2 y 3), así como también consagra de manera expresa el principio de legalidad y supremacía constitucional en el art. 410.I de la CPE.

Por otro lado, además de ser un Estado Constitucional de Derecho, el Estado boliviano también tiene carácter Plurinacional (art. 1 de la CPE), por el cual se quiebran los fundamentos del Estado-nación caracterizado por el monoculturalismo y el monismo jurídico, y se reconoce a los pueblos indígena originario campesinos como naciones, con capacidad política para definir sus destinos, aunque en el marco de la unidad del Estado, conforme lo determina el art. 2 de la misma CPE. En consecuencia, la vigencia o no de estos aspectos y su forma de plasmarse en la realidad, serán objeto de debate y reflexión en el Congreso Boliviano de Derecho Constitucional.

Finalmente, habiendo transcurrido 20 años (1999-2019) de la existencia de la jurisdicción constitucional en Bolivia, se ha visto como necesario e indispensable, propiciar un espacio de debate doctrinal y académico sobre la realidad, avances y perspectivas del Derecho Constitucional boliviano y del Derecho Procesal Constitucional; más aún si se considera que actualmente se ha puesto en vigencia la Ley N° 1104 de 27 de septiembre de 2018, que tiene por objeto crear “Salas Constitucionales” dentro de la estructura de los Tribunales Departamentales de Justicia, con dependencia funcional del Tribunal Constitucional Plurinacional; a cuyo efecto, y actuando como tribunales de garantías constitucionales, son competentes para conocer y resolver: a) Acción de Libertad; b) Acción de Amparo Constitucional; c) Acción de Protección de Privacidad; d) Acción de Cumplimiento; e) Acción Popular; f) Otras previstas en la Ley N° 254 que aprueba el Código Procesal Constitucional, para jueces y tribunales de garantías.

6. ¿En qué ámbitos del Derecho Constitucional y del Derecho Procesal Constitucional el país puede sentirse orgulloso como para compartir en un evento internacional como éste? ¿En qué otros debemos mejorar con urgencia?

Como se ha señalado, la Constitución Política del Estado, puesta en vigencia el año 2009, tiene como una de sus principales características, el haber establecido un amplio catálogo de derechos fundamentales, garantías constitucionales, principios y valores; además, señala como fines y funciones del Estado, entre otras, el garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución (art. 9.4 de la CPE), y señala como deberes de los bolivianos y bolivianas el conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, conocer, respetar y promover los derechos reconocidos en la Constitución, y la práctica de los valores y principios que proclama la misma Constitución.


En consecuencia, es importante brindar un panorama general del texto constitucional, para dar a conocer el desarrollo doctrinal y los avances de carácter jurisprudencial, acerca de la aplicación práctica de los principios y valores supremos establecidos en la Constitución, su influencia en la realidad cotidiana, así como los mecanismos jurisdiccionales establecidos para la protección efectiva de los derechos humanos y fundamentales en Bolivia. Estos aspectos serán objeto de debate y reflexión en el Congreso Boliviano de Derecho Constitucional, para verificar sus avances y retrocesos, así como plantear alternativas para su mejoramiento.


martes, 28 de enero de 2014

Declaracion de Montevideo: III Conferencia de los Estados Parte de la Convención Americana de Derechos Humanos





Países de la Convención Americana de DD.HH. ofrecen a la CIDH albergar sesiones

Miércoles, 22/01/14 - 19:38

Montevideo, 22 ene (EFE).- La III Conferencia de Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos concluyó hoy con una oferta de los países participantes a la CIDH para albergar alguno de sus períodos de sesiones, con reservas de cuatro naciones sobre la representatividad de la cita y una baja asistencia de ministros.

La Declaración de Montevideo, que se firmó al finalizar la reunión iniciada el martes en la capital uruguaya, no logró avances significativos en la propuesta de los países de la Alianza Bolivariana para las Américas (ALBA) de efectuar un planteamiento conjunto para mudar de Washington la sede actual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), impulsada por Ecuador.

El argumento ecuatoriano es que resulta incongruente que el organismo tenga sus instalaciones en un país como Estados Unidos, que no ha suscrito el Pacto de San José, principal instrumento sobre los derechos humanos en el continente.

De concretarse, la propuesta de los miembros de la ALBA (Bolivia, Venezuela, Cuba, Ecuador, Nicaragua, Dominica, San Vicente y las Granadinas y Antigua y Barbuda), el proyecto podría presentarse en la 44ª Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), en junio en Paraguay.

En la II Conferencia de Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, celebrada en la ciudad boliviana de Cochabamba en 2013, se acordó la conformación de un Grupo de Trabajo formado por Ecuador y Uruguay para elaborar un informe sobre la propuesta.

El documento final de la reunión celebrada esta semana en Montevideo sugirió "profundizar" en ese informe "en sus aspectos jurídicos, políticos, presupuestarios, reglamentarios y funcionales" y "analizar las mejores alternativas" para "dimensionar las consecuencias y requisitos de un eventual cambio de sede".

También "solicitó" a los Estados Parte de la convención "expresar su interés en hospedar de forma permanente la CIDH" e "invitar" a ese organismo a "celebrar sus períodos de sesiones" en esas naciones.

La cita de Montevideo contó con la participación de solo cuatro de los 23 ministros de Relaciones Exteriores convocados y estuvo marcada por el retraso en la redacción de la declaración, ya que "hubo muchas puntualizaciones al texto original", según relató a Efe una fuente del encuentro.

México, Costa Rica, Panamá y Paraguay lograron que se incluyera al final del texto una nota según la cual "se reservan su posición sobre los puntos contenidos en la presente Declaración hasta que sean examinados por los órganos competentes de la OEA, especialmente en los aspectos presupuestarios". 

(Agencia EFE)


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Lunes, 27 de Enero de 2014 21:07


TERCERA CONFERENCIA DE ESTADOS PARTE DE LA CONVENCION AMERICANA SOBRE  DERECHOS HUMANOS
DECLARACIÓN DE MONTEVIDEO

22 DE ENERO DE 2014 (hora 13.05 AM)

Reafirmando la voluntad política que inspiró las Declaraciones de Guayaquil y Cochabamba, adoptadas el 11 de marzo de 2013 y el 14 de mayo de 2013 respectivamente y  comprometidos con el espíritu de profundizar el proceso de fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos;

LOS ESTADOS PARTE

TOMANDO EN CUENTA: el proceso de reflexión iniciado y los avances registrados a partir de 2013 con el propósito de consolidar y mejorar la estructura de funcionamiento sobre la que se basa el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

RECONOCIENDO: la oportunidad y conveniencia de optimizar la estructura y funcionamiento de los órganos existentes, de acuerdo a sus actuales circunstancias, y adoptar las transformaciones necesarias que encaminen a mejorar y volver más accesible la protección de los derechos humanos de todas las víctimas.

SUBRAYANDO: el importante consenso existente entre los Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, respecto de la necesaria universalización del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, logrando un justo y equilibrado balance entre derechos y responsabilidades de todos los Estados Miembros de la OEA.

REAFIRMANDO: también nuestro firme compromiso por la promoción y protección de los derechos humanos de los pueblos de nuestro continente, desde una perspectiva integral y con base en los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia.

DESTACANDO: el compromiso con el desarrollo progresivo de los derechos humanos y con el Sistema Interamericano como una expresión genuina de dicho proceso de evolución.

DECIDIMOS:

Reafirmar los acuerdos alcanzados en la Primera y Segunda Conferencia de Estados Parte llevadas a cabo en la República del Ecuador y en el Estado Plurinacional de Bolivia y acordar las siguientes acciones:

  1. Recibir y agradecer el Informe del Grupo de Trabajo para el cambio de sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), elaborado por el Gobierno de la República del Ecuador y la República Oriental del Uruguay, que fuera presentado preliminarmente y debatido en el transcurso de la III Conferencia de Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
  2. Profundizar el referido informe en sus aspectos jurídicos, políticos, presupuestarios, reglamentarios y funcionales, entre otros y analizar las mejores alternativas para, en consonancia con el marco normativo existente, dimensionar las consecuencias y requisitos de un eventual cambio de sede.
  3. Solicitar a los Estados Parte a expresar su interés en hospedar de forma permanente a la CIDH.
  4. Invitar a la CIDH a celebrar sus periodos de sesiones en los Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
  5. Readecuar la integración de la Comisión Especial de Ministros de Relaciones  Exteriores en representación de las siguientes regiones: Sudamérica (Uruguay y Ecuador), Caribe (Haití), Centroamérica (Guatemala) y Norteamérica (México, a confirmar) que, con la asistencia de la Secretaría General de la OEA, cumpla con el cometido de acercarse a los Estados que no son Parte de la Convención Americana,  con miras a buscar alternativas que posibiliten la adhesión al Pacto de San José de Costa Rica. La citada Comisión será coordinada por Uruguay hasta la celebración de la IV Conferencia de Estados Parte, debiendo proponer acciones  prácticas para lograr la universalización del Sistema.
  6. Profundizar, por parte de la Comisión Especial de Ministros de Relaciones  Exteriores, el diálogo con los Estados Miembros de la OEA no Parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y a tales efectos, continuar especialmente los contactos iniciados con la Presidencia Pro Tempore del CARICOM con vistas a buscar alternativas para su incorporación al referido Sistema.
  7. Encomendar a la Secretaría General de la OEA la realización de un estudio, con el fin de analizar los impedimentos jurídicos de los Estados no Parte de la Convención para su incorporación al Sistema Interamericano y plantear posibles soluciones prácticas.
  8. Proseguir los esfuerzos iniciados a efectos de ampliar la consulta a los restantes Estados Miembros no Parte del Sistema Interamericano y a la sociedad civil organizada tal cual fuera previsto por el párrafo dispositivo 1 de la Declaración de Guayaquil.
  9. Continuar el diálogo para el fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, de forma que permita alcanzar la equidad e indivisibilidad en la promoción, monitoreo y garantía de los derechos humanos reconocidos en el Protocolo de “San Salvador”. 
  10. Conformar un Grupo de Trabajo de composición abierta, que identifique y recomiende una nueva institucionalidad para el actual esquema de Relatorías de la CIDH.
  11. Recomendar a los Estados Parte, miembros de UNASUR, a presentar un informe de los avances alcanzados en las Conferencias de Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos durante la próxima reunión de Jefas y Jefes de Estado de la UNASUR y otras reuniones de Jefes de Estado.
  12. Postergar el tratamiento del punto referido al Reglamento de la Conferencia de Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en oportunidad de la próxima Conferencia.
  13. Saludar la iniciativa de la República de Haití para ser sede de la IV Conferencia de Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Las Delegaciones de México, Costa  Rica, Panamá y Paraguay se reservan su posición sobre los puntos contenidos en la presente Declaración hasta que sean examinados por los órganos competentes de la OEA, en especial en los aspectos presupuestarios.