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martes, 24 de enero de 2023

Revista Jurídica TRIBUNALES 20 - Caso Angulo Losada Vs. Bolivia



Te presentamos la edición 20° de la Revista Jurídica Tribunales (@tribunales_bo).

Puedes acceder al formato digital PDF desde el siguiente enlace: bit.ly/tribunales20

La noticia se genera sola, el contexto jurídico lo construimos nosotros.

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En esta edición podrás encontrar los siguientes artículos:

Viva Bolivia Plurinacional, diversa y laica, por Denilson Montaño Segovia.

Bolivia es responsable por desaparición forzada, comunicado de la Corte IDH.

El sistema judicial, el otro agresor de Brisa (Caso Angulo Losada Vs. Bolivia), tema central de la Revista:

“El sistema judicial, al incumplir su deber de la debida diligencia reforzada y de protección especial, fue el otro agresor de Brisa y también lo es en relación a tantas niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual, peor aún en relación a aquellas que, desde un enfoque interseccional, están en una posición de mayor vulnerabilidad”.

Escrito por María Elena Attard.

La lucha de las mujeres durante la colonia, escrito por Claudia Miranda Díaz.

La presidencia y la igualdad de garantías para su juzgamiento, escrito por Carlos Bellott.

Además de una Guía sobre ¿Cómo obtener la autorización de uso de vidrios oscurecidos?

¡Te invitamos a leer la Revista!

 

 

lunes, 16 de enero de 2023

Reforma de la justicia, la gran batalla de 2023


 

Reforma de la justicia, la gran batalla de 2023

 

Por Editorial de Página Siete

 

A contramano de lo que dicta el sentido común, la urgente e impostergable reforma de la justicia en el país será el conflicto que signe el recién iniciado 2023; y tendrá que darse a pesar del Gobierno, no liderada por éste, como corresponde.

 

Siendo, como claramente es, la justicia el problema estructural más serio del país, por el que pasa desde el respeto a los derechos humanos de los ciudadanos, hasta la seguridad jurídica e incluso la gobernabilidad política; y siendo que el actual Gobierno había hecho el compromiso de priorizar su impulso para luego dilatarlo, no queda menos que avizorar que será un parto difícil y tortuoso.

 

Recordemos que éste es el año de la realización de nuevas elecciones judiciales, cuyas dos versiones anteriores fueron cuestionadas por sus resultados con mayoría de votos nulos y blancos. Los años pasados han sido abundantes en pruebas de la insostenibilidad de continuar con el actual esquema de administración de justicia, y eso pasa, por supuesto por la forma en que se selecciona a los candidatos, que luego son avalados -a como dé lugar, según hemos visto- en las urnas.

 

La apuesta del MAS es proceder a una nueva elección sin resolver los problemas de fondo, lo que nos condenaría a repetir la historia y, lo que es peor, profundizar los problemas que no sólo están dañando el concepto mismo de la administración de justicia en el país a todo nivel, sino que está afectando la convivencia social y la democracia misma.

 

Por otro lado, el MAS no cuenta ya con el rodillo parlamentario, que en otros tiempos le aseguraba el expediente fácil de seleccionar a los candidatos a los cargos judiciales según su predilección. Con la división dentro del propio MAS habrá que ver qué tipo de acuerdos se logran generar en el Legislativo para concluir con qué tipo de elección de quienes tendrían que ser las futuras cabezas el órgano judicial. (Ojo que la división del MAS tampoco quiere decir que una de sus facciones vaya a optar por mejorar los mecanismos ni ennoblecer las razones por qué se elige y a quienes en esta instancia).

 

Del otro lado, fracasados varios intentos, ha tomado cuerpo una iniciativa de los denominados “juristas independientes”, quienes abogan por una reforma judicial vía reforma parcial de la Constitución Política del Estado, que deje sin efecto el papel del Legislativo en la selección de candidatos a autoridades, poniendo en manos de una comisión independiente de notables la selección de las ternas que luego serán aprobadas por la Asamblea para pasar al voto popular.

 

Esta iniciativa está en fase de preparar la firma de libros por los ciudadanos -prevista para el 25 de enero de 2023-; esto daría pie a la solicitud del referendo, que podría realizarse entre julio y agosto de 2023. La pregunta es, en el caso hipotético de que este proyecto concluya, ¿se postergarían las elecciones judiciales?

 

Es difícil preverlo, sobre todo porque para el Ejecutivo, como hemos visto, la nueva elección judicial parece ser un trámite más que cumplir, cambiando actores sin cambiar nada.

 

Lo preocupante es que difícilmente ésta será una determinación aceptada obedientemente por la ciudadanía. Ya hemos hablado de la iniciativa de los juristas independientes, pero también los cívicos del país -en apronte recientemente por la fecha del censo y ahora por la detención del Gobernador de Santa Cruz y la persecución política- han anunciado que la reforma de la justicia es su principal demanda.

 

Estamos, pues, a punto de inaugurar un nuevo escenario de pugnas y ésta puede ser la madre de las batallas. Resulta claro que este Gobierno, como los anteriores, de éste y otros partidos, no renunciarán fácilmente al control de la justicia para sus fines, aunque ellos mismos se vean perjudicados por las deplorables acciones de sus administradores. El cáncer en el que se ha convertido la justicia boliviana es funcional al poder político, pero con la misma facilidad se rinde ante el poder económico, del narcotráfico, de la delincuencia y de todo tipo de vicios.

 

Publicado en Página Siete, el domingo, 15 de enero de 2023

 


sábado, 28 de febrero de 2015

Estudios recientes sobre la crisis judicial en Bolivia



Estudios recientes sobre la crisis judicial en Bolivia - La Razón

Por: Alan E. Vargas Lima





El polémico tema de la crisis judicial en Bolivia, ha motivado en los últimos años, la realización de varios estudios y análisis de diversos expertos, en búsqueda de las principales causas y las soluciones factibles para contrarrestar los efectos perniciosos que conlleva, y que genera descontento en la población boliviana.

Una muestra de ello, fue el libro denominado: “El Estado de la Justicia Boliviana. Del Estado Republicano al Estado Plurinacional” (2013), del Dr. William Herrera Áñez, quien brindó sorprendentes resultados de encuestas realizadas sobre la justicia en Bolivia[1].

Así por ejemplo, a la pregunta de si consideraban que nuestros tribunales respetan la garantía del debido proceso, el 82,74% respondió que no y sólo el 17,26% que sí. Consultados sobre si la elección de las autoridades judiciales mejoró la administración de justicia, el 80,14% dijo que no y sólo el 19,86, que sí. Para el 75,2% de los encuestados no existe respeto al principio de igualdad jurídica, ya que la justicia discrimina a las personas por razones económicas, relaciones de poder o presiones políticas. Preguntados sobre el grado de representación de las autoridades judiciales electas por voto, después de casi dos años de ejercicio de sus cargos, el 0,8% de los encuestados respondió que se sintieron muy representados,  el 10% representado, el 45,06% poco representado y nada representado el 44,12%. Indagados sobre las causas por las que no acuden a la administración de justicia, el 30,3% dijo que por factores económicos, el 13,62% por desconocimiento de procedimientos, el 21,24% por desconfianza en el sistema judicial, el 6,64% por discriminación, el 24,42% por retardación y el 3,76% por temor a represalias.

¿Existe corrupción en el sistema? Sí dijo el 95,88% y no el 4,12%. ¿Tiene confianza en el Órgano Judicial? Sí dijo el 22,16% y no el 77,84%. ¿Existe respeto de la independencia judicial? Para el 30,5% sí y no para el 69,5% (el peor grado de confianza 77,9% está en la sede del órgano: Sucre). Una buena noticia, fue que el 64,06% cree que la justicia boliviana mejorará en el futuro, aunque de los análisis y cifras que presenta el mismo libro, se evidencia que la asignación presupuestaria destinada a la justicia, en vez de mejorar, rebajó sistemáticamente entre 2002 y 2012, dado que por cada 100 bolivianos proyectados en el PGE se destinaron 1,7 bolivianos a la justicia.

Asimismo, el autor en su estudio, se muestra crítico al actual sistema de justicia, porque en su criterio existe “mucho Gobierno y poco Estado”, lo que no permite la consolidación de un Órgano Judicial, independiente, imparcial, creíble y fortalecido, debiendo considerarse que la condición esencial de un Estado de Derecho, es precisamente que no exista ninguna forma de sumisión al poder político.

Por otro lado, el analista Henry Oporto, el pasado año nos mostraba una radiografía del sistema judicial boliviano colapsado, en su artículo denominado: “La Justicia se nos muere” (2014), mediante el cual, advertía el fracaso de la política judicial, así como los efectos deplorables de la elección popular de magistrados, lo que ha derivado en el desmoronamiento del sistema judicial, y el inevitable colapso de la administración de justicia.

En este sentido, el autor hizo notar el crecimiento de la moral judicial, dado que según datos oficiales, las causas resueltas en todas las materias, apenas alcanzaban al 31% de las causa ingresadas, mientras que las causas pendientes llegaban al 69%. Por otro lado, y en cuanto a la sobrecarga procesal en los juzgados, hizo notar la brecha existente entre el aumento de las causas y el reducido número de juzgados. Así, advertía que el promedio nacional en materia de medidas cautelares, era de aproximadamente 2.470 casos por Juez de Instrucción Penal, y que además, en las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz, este promedio llegaba incluso a una cantidad de 3.000 casos por Juez, en un solo año.

Sin embargo, no debe perderse de vista que –según el autor– la acumulación de la carga judicial, es también efecto de la persecución judicial contra opositores políticos y funcionarios de anteriores gobiernos (calificados de “neoliberales”), siendo causas que llevan años de trámite, tanto para mantener la presión sobre ellos, como también por el temor de los jueces, de cerrar o archivar esos casos.

Asimismo, también se evidenció la existencia de jueces y fiscales saturados, siendo que el drama de falta de jueces, también se reproducía en el Ministerio Público; y es que, entre los años 2008 y 2011, el número de fiscales en todo el país creció en apenas 2%, un incremento insuficiente frente al crecimiento de las causas que en ese mismo período aumentaron a cerca de un 13%. Así, entre los años 2008 y 2012, el número de causas por fiscal (como promedio nacional) en las nueve capitales de departamentos, había aumentado de 165 a 179 causas.

Otro de los problemas advertidos en aquel estudio, fue el de los presos sin sentencia, dado que haciendo una comparación con los datos de la gestión 2010, las imputaciones formales presentadas durante ese año, alcanzaron a más de 20.000 en todo el país; en cambio, las sentencias dictadas por los tribunales fueron apenas 874, y esa cifra, representaba un escaso 4% del número de imputaciones, lo que evidencia la falta de justicia para miles de personas y familias involucradas.

Finalmente, cabe señalar que el problema del hacinamiento en las cárceles, tiene como causa la falta de sentencia de los tribunales, lo que aumenta la cantidad de presos sin una sentencia ejecutoriada. Ello, considerando que la población carcelaria en Bolivia, hasta el año 2011, alcanzaba a más de 13.000, de los cuales, la mayoría eran detenidos sin una sentencia en su contra, lo que constituye una violación de los derechos humanos. Entonces, la enorme cantidad de privados de libertad, sin sentencia ejecutoriada, y que no deberían estar en las cárceles, es –según ese estudio– una de las causas principales de la sobrepoblación carcelaria.





En este último tiempo, se ha publicado un nuevo y minucioso análisis sobre la crisis judicial en Bolivia. Se trata de la obra de Pamela Delgadillo y Rogelio Mayta, denominada: “laberinto.bo Notas para un diagnóstico de la justicia y algunas propuestas” (2015)[2], y se trata de un trabajo que básicamente parte de una realidad innegable: Bolivia nunca pudo consolidar una administración de justicia creíble, independiente, eficiente y democráticamente justa; sin embargo, es aceptada todavía tal como nos fuera legada por la colonia, con una estructura jerárquica, pesada, ritualista y discriminadora.

La importancia de este trabajo, radica en su intención de aportar al análisis, mostrando una perspectiva general del problema, pero además, planteando posibles soluciones, a cuyo efecto, sistematiza los principales problemas de la administración de justicia y su complejidad, como base para repensar algunas alternativas de soluciones propuestas por los autores, cuyo meritorio esfuerzo debe reconocerse.

Es así, que los principales problemas que atraviesa la administración de justicia, y que se identifican en este estudio, se agrupan en cuatro ejes:

a) la inexistencia de una reflexión (seria y objetiva) sobre la justicia, a cuyo efecto repasan las experiencias de las reformas judiciales de los años 90’s, que según los autores, no consideraron las características socioculturales del país, lo que no permitió “trascender los limites de un ajuste que no cambia nada”. Asimismo, hacen referencia al “fetichismo legal” que hasta ahora padecemos, y que nos hace creer que todos los problemas de la sociedad, y los de la administración de justicia, se pueden resolver básicamente con leyes[3].

b) la ineficiencia del sistema judicial, para lo cual, los autores revisan la sobrecarga procesal existente en varios juzgados y tribunales, considerando que el año 2012 los tribunales penales emitieron sentencia sólo en el 0.4% de los casos atendidos, mientras que los juzgados laborales resolvieron cerca del 43% de los casos que conocieron. Asimismo, muestran también la carga de trabajo en el Ministerio Público, como complemento indispensable para el desenvolvimiento del sistema de justicia penal. Sin embargo, también se pone en evidencia la débil gestión institucional que ha sido incapaz de diseñar un plan de acción para resolver los problemas existentes.

c) las limitaciones reales y aparentes de independencia e imparcialidad, para lo cual, debiera comenzarse por la despartidización en la elección de las altas autoridades judiciales, ante la evidencia de sus limitaciones y fracasos. Pero no sólo aquello, sino que también está presente el problema endémico de la corrupción judicial, ante el cual, las soluciones legales han resultado ineficaces, siendo evidente la necesidad de cambiar la perspectiva, para abordar de mejor manera ese problema, dado que no se trata de la falta de leyes, sino de falta de voluntad en los operadores de justicia para cambiar sus actitudes.

d) las barreras del acceso a la justicia, que básicamente se tratan de barreras económicas de las personas que por falta de recursos económicos suficientes, no pueden acceder libremente al sistema judicial, o al menos permanecer allí hasta encontrar una solución efectiva; barreras originadas por la discriminación, que a pesar de las políticas nacionales impulsadas para erradicarla, aún perviven en la conducta de muchos servidores judiciales; y las barreras originadas por la insuficiencia de juzgados y tribunales, que tiene que ver con la baja asignación presupuestaria que le corresponde al Órgano Judicial en su conjunto.

Esto último, no hace más que poner en evidencia una vez más, que la justicia en nuestro país, sigue siendo excluyente y privilegiada, dado que está claramente reservada sólo para quienes tienen las posibilidades económicas para lograr un resultado favorable en estrados judiciales, en tanto que los demás, impedidos por sus limitaciones económicas, muchas veces deben conformarse con no ver materializados sus anhelos de justicia, lo que genera esa desconfianza ciudadana en la justicia boliviana.

Finalmente, lo interesante del estudio, son las propuestas de los autores, tanto para superar la falta de reflexión sobre la justicia, para mejorar la eficiencia del sistema judicial, para superar las limitaciones de independencia y corrupción, así como para lograr un mayor acceso a la justicia; a cuyo efecto, señalan una diversidad de objetivos, factibles de traducirse en acciones concretas, y que debieran ser parte de una política judicial de reestructuración integral e institucionalización de todas las dependencias del Órgano Judicial.

Con este trabajo, que básicamente se trata de una propuesta integral de acciones concretas para mejorar y optimizar el sistema de justicia en el país, los autores demuestran claramente que como sociedad boliviana, merecemos que se nos brinde una mejor administración de justicia, y en ese propósito, el libro no se agota en la reflexión sobre la justicia y sus estadísticas, sino que da un paso más allá, al proponer alternativas de solución, que es precisamente lo que debe llamar la atención de las autoridades gubernamentales en general, y de las autoridades judiciales en particular, dado que ellos tienen la responsabilidad de implementar mejoras e innovaciones en el sistema judicial, a la mayor brevedad posible.
En definitiva, se trata de una obra encomiable, y de consulta indispensable para repensar nuevas formas de lograr una organización adecuada y funcionamiento efectivo del Órgano Judicial en su conjunto, con propuestas razonables de solución, acordes a la magnitud del problema.


[1] Asimismo, la ONU, a través de Denis Racicot, en el Informe sobre Derechos Humanos en Bolivia (2014), alertó que la crisis de la justicia en Bolivia se profundizó y se caracteriza por el retraso, insuficiente cobertura, corrupción, impunidad y falta de recursos económicos. El reporte de la ONU, también advirtió sobre la persistencia del problema estructural del sistema penitenciario, tal y como reflejan el hacinamiento, el "uso excesivo de la detención preventiva, que asciende al 83,3 % de la población penitenciaria”, y la situación de los niños y niñas que viven en las cárceles.
[2] Esta nueva producción bibliográfica, también se encuentra disponible para descarga en formato PDF, en el sitio web: www.justicia-bolivia.info
[3] Este es un aspecto que hemos venido criticando desde hace bastante tiempo atrás, y recientemente, cuando en esta columna abordamos la necesidad de leyes de calidad (y no por cantidad) en Bolivia, señalamos que: “Ello no significa que se requieren más cantidad de leyes, porque ya estamos abarrotados de muchas de ellas, y no es con leyes escritas que se va a transformar (como por arte de magia) el sistema judicial, sino con leyes operativas, es decir, con leyes que tengan objetivos específicos y finalidades concretas; leyes que establezcan instrucciones claras y directas (libres de ambigüedades) a los operadores de justicia (para evitar tergiversaciones), respecto a su forma de proceder en los procesos judiciales, a fin de contrarrestar viejas y malas prácticas formales o ritualistas, que sólo perjudican a los ciudadanos que acuden a los estrados judiciales en busca de justicia.”

sábado, 31 de enero de 2015

¿Reformar la Constitución para reformar la justicia?








Es la segunda vez que el presidente del Estado, Evo Morales, se refiere duramente a la justicia boliviana. En la primera oportunidad señaló que los ponchos y polleras que ocupan las magistraturas judiciales se habían aplazado. Recientemente, no ha reparado en anunciar un referéndum como único camino para mejorar la justicia, ya que sigue sumida en corrupción y retardación.

La Razón (Edición Impresa) / Ariel Néstor Flores Mamani*
00:00 / 30 de enero de 2015

Sobre el tema, el mandatario sentenció que, “si se tiene que hacer una reforma de la Constitución, hay que hacerla”, a pesar de que el Vicepresidente del Estado afirmara, antes de las elecciones generales 2014, que no estaba en los planes de gobierno modificar la Constitución (Animal Político 28-09-2014).

Justificado o no, el anuncio de reformar la Constitución ha provocado una seguidilla de anuncios de respaldo por parte de diferentes autoridades del Ejecutivo, de denuncia y alarma en lo que queda de la oposición política y, al menos, de sospecha e incertidumbre entre la ciudadanía en general.

¿Será necesario abrir/reformar la Constitución boliviana de 2009 para mejorar la justicia en Bolivia?, ¿es la elección directa y popular de magistradas y magistrados la causa principal del estado de crisis en el que se encuentra la justicia?

La situación en la que se encuentra el Órgano Judicial es ciertamente de “crisis”, pero, contrariamente a lo que podría imaginarse de un modo optimista, no se trata de una crisis de cambio, de transformación o transición, sino una crisis que evidencia ser de decadencia.

Las causas de este padecimiento (estructurales o superficiales, funcionales o presupuestarias, éticas o normativas, epidémicas o sintomáticas) ya han sido denunciadas y ampliamente descritas en diferentes gobiernos.

Elementos para debate

Con tal intensidad se repiten estos males (corrupción, retardación, burocracia, discrecionalidad, prevaricato, anomia, formación pleitista, etc.) que el propio Presidente, después de dos periodos de gobierno, ha tenido que convencerse por sí mismo de esta peligrosa e insostenible situación.

Sin embargo, no todo lo que se señala es viejo debate. Las elecciones judiciales, la forma de designación de autoridades judiciales mediante sufragio universal, es un elemento nuevo en el debate de este tiempo. Sobre éste proceso “inédito” –no en el mundo, sino en Bolivia– se han concentrado, a manera de eje sobre el cual giran las principales críticas, las causas que habrían generado, incluso profundizado, el estado de crisis que hoy aqueja al Órgano Judicial. 

Lo interesante del asunto es que todos los argumentos vertidos hacen referencia a males ya conocidos por todos en esta coyuntura y en otros gobiernos. Lo lamentable reside en que se haya optado por identificar y condenar, como único responsable de esta situación de “crisis”, al proceso de designación popular de magistradas y magistrados, establecido por mandato de la Constitución boliviana.

Es cierto que la designación de jueces por sufragio popular, como nos advertía el profesor Alipio Valencia, “…compromete grandemente su imparcialidad y su independencia y, por eso, no es aconsejable ese sistema”. Sin embargo, estos posibles peligros no significan que el camino boliviano sea equivocado.

Esta innovación constitucional no era por sí misma una fórmula mágica que generaría transformaciones inmediatamente. En todo caso, si alguien creyó que esto resolvería la profunda crisis que arrastra el Órgano Judicial desde su nacimiento, simplemente, estaba equivocado.

Suponer que el cambio en la “forma” de elegir a las máximas autoridades podría resolver los problemas de “fondo” en este importante órgano de administración de justicia, es un error de cálculo político.

El problema de la justicia boliviana no es uno, son varios. Por tanto, frente a esta multiplicidad de problemas se hace necesaria una multiplicidad de soluciones que pasan por diferentes niveles de intervención y acción (desarrollo legislativo, nuevas políticas judiciales, procesos de institucionalización, sólidos criterios meritocráticos, sistemas de control y transparencia, fomento a la cultura jurídica, actualización curricular en las universidades, etc.).

Elección y garantías

Es cierto, y de consenso casi generalizado, que el proceso de preselección de candidaturas por parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional (Constitución Política del Estado (cpe), artículo 158.I.5) se ha prestado a maniobras políticas y no ha contribuido a despolitizar o, al menos, arrancar este proceso de selección del “tradicional cuoteo político”; sin embargo, es necesario reconocer y rescatar el principio invulnerable de que “la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano…” (cpe, artiuclo 178.I).

Por tanto, la elección directa y popular de magistradas y magistrados de los más altos tribunales de justicia del país está íntimamente ligada a la soberanía popular de la que nacen los poderes del Estado y a las bases dogmáticas que hacen a la estructura del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario. Y en ese sentido, el camino boliviano no sería del todo equivocado.

Se trata, en el fondo, de un importante “experimentalismo constitucional” que merece corregirse/ajustarse como toda innovación original y otorgarle, eso sí, las más amplias garantías de su independencia en el ejercicio del mandato popular que tiene. Condición vital si se pretende una verdadera revolución judicial.   

La independencia judicial se constituye en un “presupuesto”, en una “precondición” para la imparcialidad de los jueces, es decir, la independencia judicial es una herramienta para garantizar la imparcialidad.

Los órganos jurisdiccionales en Bolivia (Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional) solamente pueden ser independientes cuando juzgan y deciden los procesos a ellos sometidos sin interferencias indebidas de ningún otro órgano, autoridad o persona, sino únicamente de acuerdo a los hechos probados del caso y en aplicación estricta del Derecho.

La independencia judicial

El concepto de independencia judicial remite, entonces, a una actuación funcional del juez, que no se subordina a órdenes o presiones indebidas de ninguna clase ni de ningún sujeto público o privado. Como se ve, se trata de un concepto negativo (la ausencia de subordinación o vínculos indebidos), por lo que, por su propia naturaleza, es difícil identificar y medir la independencia judicial (o su contrario, la dependencia o subordinación).

De allí que, por contraste y para mayor claridad, se suele decir, en positivo, que los jueces independientes solamente están sometidos al Derecho que deben aplicar para decidir los litigios (1).

“La independencia judicial (…) es, pues, sometimiento pleno a la Constitución, a la ley y al resto del ordenamiento jurídico (…)”; sin embargo, en contrapartida, también es “ausencia de sometimiento a las partes y a las presiones de cualquier poder, público o privado, externo al Poder Judicial, e incluso a cualquier otro órgano interno, pues ese poder se organiza de forma horizontal y difusa y se armoniza y mantiene unido mediante un sistema judicial de recursos y no a través de instrucciones jerárquicas” (2). 

Si un juez o tribunal no consigue ser imparcial, su accionar carece de un marco apropiado que le garantice su imparcialidad; y si no existe independencia judicial, no existen posibilidades de viabilizar una profunda reforma en la justicia; y si no existe una verdadera revolución judicial, como lo ha manifestado firmemente el presidente Evo Morales Ayma, entonces, el proceso de cambio iniciado hace nueve años habrá demostrado su mayor debilidad y, por tanto, sus limitaciones.

El “talón de Aquiles” de la gestión del gobierno que se ratifica por tercera vez consecutiva parece ser, entre lo fundamental, la cuestión del Órgano Judicial. Sin embargo, la respuesta no parece encontrarse en la reforma constitucional. Insistir en esta posibilidad, sin reflexionar seriamente sobre el carácter “multidimensional” del problema, podría empeorar aún más la situación.

La justicia boliviana atraviesa por un momento determinante, no es la primera vez que se intenta superar el estado de “crisis” en el que se encuentra; sin embargo, hoy es diferente, pues se cuenta con la voluntad política necesaria y suficiente.

Notas
1. Siles Vallejos, Abraham, “Manual para el Fortalecimiento de la Independencia y la Transparencia del Poder Judicial en América Central”, Fundación para el Debido Proceso, 2011.
2. Ferrer Mac-Gregor (Coord.), “Diccionario de Derecho Constitucional y Convencional”, Tomo II, CJF, UNAM, México, 2014.

*    El autor es abogado constitucionalista.