miércoles, 26 de octubre de 2022

Revista Jurídica TRIBUNALES 12 - Se designa, pero no siempre al mejor


Te presentamos nuestra edición 12ª de la Revista Jurídica Tribunales (@tribunales_bo).

Puedes acceder al formato digital PDF desde el siguiente enlace: bit.ly/tribunales12

La noticia se genera sola, el contexto jurídico lo construimos nosotros.

 

En esta edición podrás encontrar los siguientes artículos:

Entre “dudas” y demoras, la reforma avanza, por Juan Del Granado.

No pedimos aplausos, pero sí respeto (Entrevista a la Jueza Grenny Bolling, Presidenta de AMABOL)

Se designa, pero no siempre al mejor, tema central de la Revista, escrito por Jazmín Serrano Ramírez (editora).

Enfoques diferenciados para determinados grupos de privados de libertad, escrito por Arturo Yáñez Cortes, Presidente de la Academia Boliviana de Estudios Constitucionales.

Una mirada a la Opinión Consultiva  OC-29/22 de la Corte IDH, por Claudia Ximena Saucedo Franco.

Además de una Guía para participar de la primera encuesta virtual para personas LGTBIQ.

¡Te invitamos a leer la Revista!

 

 


 

miércoles, 12 de octubre de 2022

Revista Jurídica TRIBUNALES 10 - La corrupción nos priva de justicia


Te presentamos nuestra edición N°10 de la Revista Jurídica Tribunales (@tribunales_bo)

Puedes acceder al formato digital desde el siguiente enlace: bit.ly/tribunales10

La noticia se genera sola, el contexto jurídico lo construimos nosotros.

 

En esta edición podrás encontrar los siguientes artículos:

¿Se seguirá torturando?, texto de Marco A. Loayza Cossío.

El colmo del cinismo: Gobierno de Bolivia en contra de la revolución de las mujeres en Irán, texto de Jazmín Serrano.

La corrupción nos priva de justicia, tema central de la Revista, escrito por Jazmín Serrano (editora).

Estudios recientes sobre el Control de Convencionalidad en Bolivia, un relevamiento bibliográfico para conocer el estado del arte, escrito por Alan E. Vargas Lima, Miembro de la Academia Boliviana de Estudios Constitucionales.


¿Qué es el paradigma del ecocentrismo?, texto de Favio Chacolla.

Además de una Guía sobre cómo presentar una denuncia por actos de corrupción en el Tribunal Supremo de Justicia.

¡Lean la Revista!

 


 

Corte IDH: OPINIÓN CONSULTIVA SOBRE ENFOQUES DIFERENCIADOS RESPECTO DE PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD


 



CORTE INTERAMERICANA EMITE OPINIÓN CONSULTIVA SOBRE ENFOQUES DIFERENCIADOS RESPECTO DE DETERMINADOS GRUPOS DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD


San José, Costa Rica, 10 de octubre de 2022.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha notificado el día de hoy la Opinión Consultiva OC-29/22 sobre Enfoques diferenciados respecto de determinados grupos de personas privadas de la libertad de 30 de mayo de 2022, en respuesta a la consulta realizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

El resumen de la Opinión Consultiva puede consultarse aquí y el texto íntegro puede consultarse aquí.

La Corte reiteró que el respeto a la dignidad humana constituye el principio general del trato debido a las personas privadas de libertad y determinó que daría contenido a dicho principio en conjunto con el principio de igualdad y no discriminación a través de la presente Opinión Consultiva. La Corte determinó que los Estados deben aplicar un enfoque diferenciado en la atención de las necesidades especiales de los distintos grupos poblacionales privados de libertad para asegurar una ejecución de la pena respetuosa de su dignidad humana.

La Corte consideró que la aplicación de un enfoque diferenciado en la política penitenciaria permite identificar de qué forma las características del grupo poblacional y el entorno penitenciario condicionan la garantía de los derechos de determinados grupos de personas privadas de libertad que son minoritarios y marginalizados en el entorno carcelario, así como determina los riesgos específicos de vulneración de derechos, según sus características y necesidades particulares, con el propósito de definir e implementar un conjunto de medidas concretas orientadas a superar la discriminación (estructural e interseccional) que les afecta.

De no hacerlo, los Estados estarían en contravención de lo previsto en el artículo 5.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados específicos, y podría generarse un trato contrario a la prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

En la Opinión Consultiva, la Corte identificó las obligaciones específicas sobre el trato digno que deben recibir los grupos de personas privadas de libertad objeto de consulta a saber: A) mujeres embarazadas, en período de parto, post parto y lactancia, así como cuidadoras principales; B) niños y niñas que viven en centros de detención con sus madres o cuidadores principales; C) personas LGBTI; D) personas pertenecientes a los pueblos indígenas, y E) personas mayores.

***

La composición de la Corte para la emisión de la presente Opinión Consultiva fue la siguiente: Jueza Elizabeth Odio Benito, Presidenta (Costa Rica); Juez Patricio Pazmiño Freire, Vicepresidente (Ecuador); Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia); Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México); Juez Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina), y Juez Ricardo C. Pérez Manrique (Uruguay).

La Jueza Elizabeth Odio Benito, así como los Jueces Humberto Antonio Sierra Porto y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, dieron a conocer sus votos individuales.

***

El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Para mayor información favor de dirigirse a la página de la Corte IDH www.corteidh.or.cr o envíe o envíe un correo dirigido a Pablo Saavedra Alessandri, Secretario a corteidh@corteidh.or.cr. Para la oficina de prensa contacte a Matías Ponce prensa@corteidh.or.cr

Puede suscribirse a los servicios de información de la Corte aquí. Para dejar de recibir información de la Corte IDH remita un correo a comunicaciones@corteidh.or.cr. También puede seguir las actividades de la Corte en FacebookTwitter (@CorteIDH para la cuenta en español y @IACourtHR para la cuenta en inglés), FlickrInstagram, Vimeo, Youtube Linkedin y Soundcloud.

 


lunes, 10 de octubre de 2022

CUATRO DÉCADAS DE DEMOCRACIA EN BOLIVIA

 


CUATRO DÉCADAS DE DEMOCRACIA  

                                                                               William Herrera Áñez(*)

El pueblo boliviano celebra este 10 de octubre cuatro décadas de la reconquista del sistema democrático y las libertades fundamentales. La democracia representativa ha convertido al pueblo —titular de la soberanía— en el protagonista de la conformación del poder público y sus múltiples instituciones. La Constitución establece que la “soberanía reside en el pueblo, se ejerce de forma directa y delegada, y de ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público; es inalienable e imprescriptible (art. 7).

Las reglas democráticas constituyen un método para tomar decisiones con unas características muy particulares. El pueblo tiene el legítimo derecho de aceptar o rechazar a las personas que han de gobernarles. En principio, se funda en la hipótesis de que todos pueden opinar y decidir sobre todo, y cada ciudadano es el mejor juez de sus propios intereses, ya que se supone que una persona madura, mayor de edad, sabe muy bien lo que le conviene y adopta sus decisiones responsablemente.

El pluralismo, la democracia política, la crítica, entre otros atributos, resultan imprescindibles para construir cualquier otra forma de democracia como la social, la económica, la cultural, etc. Los problemas de la democracia se resuelven con más democracia, no es perforándola ni poniéndoles palos a la rueda. Los países en los que se han alcanzado mejores niveles de vida, libertad, igualdad, bienestar y prosperidad, son países democráticos.

            En democracia decide la mayoría, siempre y cuando esa mayoría haya respetado las formas y los límites constitucionales. Entre esos límites figura la separación de poderes, el control social, la fiscalización, la transparencia de la cosa pública, la alternabilidad en el ejercicio del poder, el período presidencial de 5 años y una sola relección. El respeto a las minorías, la tolerancia política, el consenso, el diálogo, el debate democrático, la libertad de expresión, son imprescindibles para una verdadera convivencia democrática. Y como el juez tiene que garantizar los derechos fundamentales y los valores democráticos, sin independencia judicial no existe Estado Constitucional de Derecho, ni es posible la verdadera democracia.

En general, las movilizaciones ciudadanas (como el cabildo) tienen que ser una llamada de atención, y constituyen un síntoma de que algo no está funcionando bien y los gobernantes deben tomar muy en cuenta, reflexionar y comenzar a buscar una respuesta satisfactoria. Pero no sólo deben poner atención al reclamo ciudadano, sino fundamentalmente tienen que saber escuchar a esa mayoría silenciosa, que se queda en su centro de confort pero que tiene el poder de hacerse sentir con el voto en las urnas.

El consentimiento de los gobernados es la fuente última de legitimación del poder y ese consentimiento o respaldo no se presume, sino que es verificable fehacientemente, mediante elecciones limpias, fiables y competitivas. Sin embargo, el Movimiento al Socialismo parece decidido a torpedear los valores democráticos e imponer el pensamiento único con la finalidad de eternizarse en el poder.

Con el propósito de cambiar este clima autoritario y polarizado, el gobierno tiene que allanarse a una reforma judicial, transparentar la administración pública, mejorar la gestión gubernamental, combatir la corrupción y generar confianza ciudadana. La transparencia es “el mejor desinfectante” contra la corrupción. Que la mayoría de los ex mandatarios de Latinoamérica, se encuentren sometidos a la justicia por actos de corrupción evidencia, por un lado, que este “monstruo” ha trepado alto y, por otro, la voluntad política de luchar contra este flagelo, que amenaza la institucionalidad democrática.

La democracia en Bolivia se encuentra herida de muerte y sistemáticamente amenazada por el poder político, la cultura de la intolerancia, la censura a los medios de comunicación social, el hiperpresidencialismo, la instrumentación de la justicia, la persecución a los opositores, entre otros factores. Los gobernantes siempre deben tener presente que en democracia las formas, los modos, los procedimientos, los ritos, los gestos, son tan importantes como los contenidos. En fin, la historia de la democracia está llena de pequeñas miserias humanas, de imperfecciones, de frustraciones, pero la historia del fascismo, del comunismo, de los totalitarismos, es sencillamente un horror.

 

 



(*) Jurista y autor de varios libros.


40 años de democracia y un tirano


 

40 años de democracia y un tirano

Por Andrés Gómez Vela

En 40 años, hemos visto que no sólo las armas pueden acabar con la democracia, también los votos manipulados por los responsables de contarlos (Tribunal Supremo Electoral-TSE), controlados por el partido-estado. No sólo un militar puede imponer una dictadura, también un civil que cree tener el derecho humano de ser reelegido indefinidamente. Este 10 de octubre, la democracia cumple 40 años, de los cuales casi 14 fueron de desmantelamiento institucional para imponer una dictadura de partido único, pero resistió.

¿Cómo fue posible que la élite que ingresó a Palacio con una amplia mayoría, en enero de 2006, haya decidido instalar una dictadura de partido único? Paradójicamente, usando las mismas herramientas que le da la democracia. Veamos.

Antes de la gestión del Movimiento al Socialismo (MAS), estaba en el imaginario popular que una dictadura sólo nace de las armas, en los cuarteles y que el dictador es un militar. Los bolivianos que resistieron las dictaduras de los militares Hugo Bánzer, Natush Busch y Luis García Meza en las calles, jamás imaginaron que sus hijos y nietos, 50 y 40 años después, iban a resistir a un civil, auto-identificado como indígena, decidido a instalar una dictadura de partido único.

Sí. Es probable que pienses que un presidente nacido de las urnas imposible que pretenda convertirse en dictador. Sucede y sucedió. Recuerda que un dictador a diferencia de un demócrata gobierna sin límites constitucionales. El proyecto de dictador nacido de las urnas no las rompe como un militar desde un principio y con torpeza, sino que aprovecha las virtudes de la democracia liberal para acceder al poder y desde adentro desmantela toda la institucionalidad para anular esos límites con un barniz legal.

Para este cometido, previamente se propone cambiar las creencias de la opinión pública. Con ese fin, acaba con uno de los baluartes de la democracia: fuentes de información libres del partido-estado y orientadas a formar ciudadanos libres e informados. A contracorriente, controla a los creadores de opinión pública: los medios de comunicación social; y controla a los mensajeros entre gobernantes y gobernados: los periodistas.

La dictadura militar entraba a las radios y canales de televisión metralla en mano. El proyecto de dictadura civil entra con fajos de dólares en mano. Si los propietarios no aceptan, usa los aparatos del Estado: impuestos, ministerio del trabajo, Autoridad de Transportes y Telecomunicaciones (ATT), fiscales y jueces. La dictadura militar controlaba y atemorizaba a los periodistas a bala. Mataba a unos y exiliaba a otros. El proyecto de dictadura civil los controla con premios y castigos usando dinero público en propaganda para beneficio del dictador. Los atemoriza con sus grupos de choque que no sólo ejercen violencia física, sino que despliegan una campaña de desprestigio brutal.

Controlado el 90% de los medios (Evo Morales, en entrevista con El Deber), comienza a cambiar las creencias de la opinión pública: La imagen del dictador aparece en las obras, la propaganda lo deifica (el sol se va a esconder, la luna va a huir), lo pone sobre el resto de los mortales, lo convierte en único, en insustituible. Finalmente, le otorga el derecho humano de ser reelegido indefinidamente. Todo aquel que contradice sufre cárcel, persecución o montaje de casos.

Cabalgando sobre la creencia de que la democracia del dictador es mejor que la burguesa y que la separación de poderes es obra del diablo (imperio), controla los poderes (judicial, electoral y, obvio, el poder militar) y convierte el Estado en policiaco.

Seguro del dominio total, el dictador civil consulta (referendo) al pueblo si lo quiere o no. Cuando la respuesta es NO (21F), a diferencia del dictador militar, no ametralla al pueblo, aunque ganas no le faltan, sino que usa a sus acólitos que puso en los poderes para anular la voluntad del pueblo e imponer su deseo como ley.

Así se explica que los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) hayan inventado el cuento en 2014 de que el paso de Bolivia de República a Estado Plurinacional (2014) daba al tirano el derecho de romper el límite constitucional de una sola reelección.

Del mismo modo se explica que los miembros del TCP hayan declarado inconstitucional a la propia Constitución y convertido al dictador en un ser especial con el derecho humano a ser reelegido indefinidamente. De la misma manera se entiende que los miembros del TSE hayan ratificado el derecho especial de un Presidente a ser dictador.

En 40 años, hemos visto que no solo un militar puede ser un dictador, también un indígena. Pero también hemos visto que un tirano civil termina igual que un militar: echado a patadas del poder por el pueblo que no acepta que ningún gobernante esté por encima del pueblo. Nunca más un dictador de ningún tipo.