Mostrando entradas con la etiqueta CRIMEN ORGANIZADO. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta CRIMEN ORGANIZADO. Mostrar todas las entradas

miércoles, 11 de marzo de 2026

CIDH: Resolución sobre Crimen Organizado y Derechos Humanos


 

CIDH presenta Resolución sobre Crimen Organizado y Derechos Humanos

10 de marzo de 2026

 

Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta la Resolución No. 1/26 sobre Crimen Organizado y Derechos Humanos adoptada con el propósito de proporcionar a los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) un marco referencial actualizado con 50 recomendaciones para abordar este fenómeno de manera efectiva, colocando en el centro a las víctimas y garantizando la protección de los derechos humanos en las políticas de seguridad.

La elaboración de esta Resolución responde a la preocupación de la CIDH por el crecimiento exponencial del crimen organizado en la región y sus profundas afectaciones a las democracias, al Estado de derecho y a los derechos humanos. Frente a la expansión de economías ilícitas, la violencia territorial y la cooptación de instituciones estatales, la Comisión identificó la urgencia de actualizar sus estándares para brindar lineamientos a los Estados que puedan servir de referencia en el diseño de respuestas integrales con enfoque de derechos humanos.

La Resolución reconoce la gravedad, complejidad y carácter multidimensional del flagelo del crimen organizado, así como sus múltiples impactos en la vigencia de los derechos humanos. Por ello, subraya que una gestión eficaz de la seguridad pública exige políticas y estrategias integrales y estructurales que superen enfoques fragmentados, meramente reactivos o excepcionales. Se promueve, en consecuencia, la prevención social, el fortalecimiento y eficacia de la administración de justicia, la participación efectiva de las víctimas y la garantía de la reparación integral.

Solo mediante un enfoque de derechos humanos será posible enfrentar de manera efectiva y sostenible el crimen organizado, proteger y garantizar la protección de las poblaciones en situación de vulnerabilidad y discriminación estructural e histórica, y dar pleno cumplimiento a las obligaciones internacionales en la materia.

Además, toda acción dirigida a combatir este fenómeno debe ajustarse, en primer lugar, al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en particular a los principios establecidos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. También debe realizarse de conformidad con el Derecho Internacional, respetando plenamente la soberanía de los Estados, su integridad territorial, los principios de no intervención y no agresión, y la prohibición del uso de la fuerza.

La Resolución es el resultado de un proceso participativo que incluyó consultas con organizaciones de la sociedad civil, personas expertas, representantes de la academia, así como a Estados miembros y con organismos internacionales con experiencia en la materia. Estos espacios de diálogo permitieron recoger la diversidad de voces y experiencias de la región, incluyendo audiencias temáticas en el marco de diversos periodos de sesiones y aportes escritos que nutrieron el contenido del documento.

La Resolución parte de reconocer que el crimen organizado constituye una de las amenazas más graves para la vigencia de los derechos humanos en las Américas, con afectaciones desproporcionadas sobre poblaciones en situación de vulnerabilidad y discriminación, tanto histórica como estructural.

La Resolución No. 1/26 fue presentada por la CIDH en el marco de su 195 Periodo de Sesiones, en la Ciudad de Guatemala el 10 de marzo en la Ciudad de Guatemala.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región, y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está compuesta por siete miembros independientes, elegidos por la Asamblea General de la OEA en su capacidad personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

 



jueves, 18 de enero de 2024

Ecuador: CIDH y RELE condenan graves hechos de violencia


 

Ecuador: CIDH y RELE condenan graves hechos de violencia cometidos por el crimen organizado

17 de enero de 2024

 

Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) condenan los graves hechos de violencia cometidos por el crimen organizado en Ecuador e informan que continuarán el monitoreo cercano de la situación de derechos humanos en el país

En los últimos años, el crimen organizado ha atentado contra la seguridad ciudadana y la democracia en ese país. Los indicadores reflejan un aumento significativo de la tasa de homicidios, el agravamiento y degradación de la violencia intracarcelaria y el recrudecimiento de la violencia política asociada al narcotráfico, que en su momento fue catalogado por la CIDH como un ataque contra la democracia y el Estado de Derecho. En ese contexto, entre el 8 y 9 de enero, se reportó una nueva escalada terrorista que inició dentro de los centros de privación de libertad. Al menos seis cárceles reportaron amotinamientos en los que al menos 139 agentes estatales fueron tomados como rehenes. Fuera de las cárceles, se registraron actos de violencia y explosiones, incluso una en proximidades de la residencia del Presidente de la Corte Nacional de Justicia.

La ciudad de Guayaquil fue particularmente afectada; los hechos de violencia en esa localidad resultaron en al menos 8 personas asesinadas, y múltiples heridas. Asimismo, un grupo armado irrumpió en las instalaciones del canal TC Televisión y amenazó de muerte a las personas trabajadoras durante una transmisión en directo. La Policía Nacional realizó un operativo oportuno para salvaguardar la vida e integridad física de las personas amenazadas y aprehendió a los responsables. Durante el ataque, habría resultado herido un camarógrafo por cuenta de disparos propiciados por el grupo armado. Asimismo, el Ministerio de Defensa y de Gobierno implementaron un bloque de seguridad para la protección de las personas dentro del canal TC Televisión. La Policía reportó otros operativos para atender la violencia en otros puntos del país.

En respuesta, el Ejecutivo decretó el estado de excepción: primero, por grave conmoción interna. Posteriormente, calificó la situación como un conflicto armado interno; identificó grupos del crimen organizado como terroristas; y ordenó a las fuerzas armadas ejecutar operaciones militares, bajo el derecho internacional humanitario y el respeto a los derechos humanos. Ambos decretos están bajo control de la Corte Constitucional. La CIDH continuará su monitoreo sobre la situación de derechos humanos durante la vigencia de estos decretos.

En los últimos años el crimen organizado viene agudizando la violencia que atenta contra la seguridad, estabilidad y gobernabilidad democrática de los Estados, obstaculiza su desarrollo e impide la vigencia de los derechos humanos de las personas sujetas a su jurisdicción. Esta violencia también se da contra personas que ejercen el periodismo y las instalaciones de medios de comunicación y coarta la libertad de expresión e impide que la sociedad reciba información sobre asuntos de interés público.

La CIDH y RELE condenan la violencia, expresan su solidaridad con el pueblo ecuatoriano e instan al Estado a investigar, juzgar y sancionar todos los hechos con diligencia. Además, reconocen la zozobra generalizada que estos hechos generan en la población ecuatoriana, y reiteran su disposición de cooperación con el Estado para la implementación de estándares interamericanos en las medidas que se adopten para garantizar la seguridad ciudadana, el Estado de Derecho y la protección de periodistas. En situaciones de excepcionalidad institucional, es indispensable garantizar la máxima circulación posible de información. El Estado debe brindar las garantías para que las personas periodistas realicen su trabajo en condiciones de seguridad y sin temor a represalias; las autoridades están llamadas a condenar todo ataque e intimidación en su contra.

Finalmente, la CIDH y su Relatoría valoran la importancia otorgada por los Estados de la región a los hechos recientes en Ecuador. Exhortan a la Organización de los Estados Americanos a continuar dando especial atención a la situación de violencia generada por el crimen organizado transnacional, sus impactos en la democracia, el Estado de derecho y los grupos en situaciones históricas de vulnerabilidad.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con el fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.

No. 017/24

3:55 PM

Datos de Contacto

Oficina de Prensa de la CIDH

cidh-prensa@oas.org

Lista de distribución


Suscríbase a nuestra lista de distribución de correos para recibir comunicaciones de la CIDH