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martes, 18 de julio de 2023

Día Internacional de Nelson Mandela: un gigante luchador por los Derechos Humanos


 

Día Internacional de Nelson Mandela: un gigante luchador por los Derechos Humanos

Por: Alan E. Vargas Lima

La Paz, diciembre de 2013.

 

Llegó nuevamente el día de los Derechos Humanos, y este acontecimiento se realza ahora con el legado de Nelson Mandela como una de las figuras más sobresalientes, que vivió luchando incansablemente por esos derechos, por encima de cualquier adversidad. 


Mandela (Mvezo, Unión de Sudáfrica, 18 de
julio de 1918 – Johannesburgo, Gauteng, Sudáfrica, 5 de diciembre de 2013), fue un brillante político y Abogado sudafricano, pero sobre todo, un gigante luchador por la justicia, la igualdad y los derechos humanos, tal como lo ha destacado el Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, en una reciente visita a la fundación de Nelson Mandela en Johannesburgo, Sudáfrica. "Su extraordinaria compasión tras su liberación después de 27 años en prisión, condujo a Sudáfrica por un camino de diálogo y reconciliación", recordó. Un camino de diálogo y reconciliación que todos los pueblos de los países latinoamericanos, deben seguir en aras de una convivencia pacífica. 

 

Es importante resaltar el aporte de este hombre extraordinario, pero también es urgente seguir su ejemplo de lucha por aquella “Carta de Libertad” (adoptada oficialmente el 26 de junio de 1955, en el Congreso del Pueblo en Kliptown), que siendo la esencia de la Constitución sudafricana, ahora se convierte en un legado inmortal; mucho más para países como el nuestro, que tienen todavía como asignatura pendiente, la lucha contra el racismo y toda forma de discriminación hacia las personas; condición indispensable para la vigencia efectiva de los derechos humanos de hombres y mujeres, que se encuentran protegidos por la Constitución. 


Ciertamente, los principios que defendía el líder sudafricano -entre ellos principalmente la igualdad para todos los seres humanos-, fueron decisivos para desmantelar el apartheid en su país, y para dar una gran lección a la humanidad entera: que todos/as somos iguales en derechos y deberes, sin importar nuestra condición, o el color de nuestra piel que muchas veces determina nuestra raza. 


Ha sido tan ejemplar la vida del primer presidente de color en Sudráfica, que fue llevada hasta la pantalla grande en filmes como Adiós Bafana” (2007) e Invictus” (2009), entre muchos otros que existen para poder apreciar el verdadero alcance de su legado político. 


“Adiós Bafana” o “El precio de la libertad” (una película dirigida por Bille August), está basada en un hecho real en relación al líder sudafricano Nelson Mandela, y precisamente rescata su lucha incansable en el largo camino hacia su liberación. En ella, James Gregory personifica a un suboficial de gendarmería de prisiones en Sudáfrica, casado con una hermosa mujer, y con dos hijos adolescentes en edad escolar. Gregory, por su perfecto dominio del idioma nativo local, es asignado a una prisión de máxima seguridad en Robben Island donde están confinados varios prisioneros políticos, entre los que se encuentra Nelson Mandela, encarcelado durante la época del apartheid


Es asignado como oficial de censura de la prisión, donde su principal función es averiguar todo lo posible e informar a la superioridad sobre las actividades de Nelson Mandela y sus compañeros de celda -todos líderes del movimiento de libertad que pregona el líder-, y en especial aplicar con todo el rigor posible las duras restricciones carcelarias impuestas a Mandela y su grupo. Esporádicamente llega la esposa de Mandela a visitar a su marido en prisión, derecho que sólo puede tomar cada seis meses y solo tener una conversación en idioma inglés y por un máximo de 10 minutos, bajo la atenta mirada del carcelero. 


James Gregory considera en un comienzo, y en cierto modo, que Mandela y sus acólitos son terroristas sin piedad, pero cuando logra conocer la llamada "Carta de Libertad" que Mandela había publicado, sus ideas pro-apartheid empiezan lentamente a revertirse. De ahí que, Gregory empieza a conocer más de cerca a Mandela, terminando por admirarle y brindarle ciertos favores no permitidos, no sin antes ser amonestado duramente y tratado como un pro-mandelista, lo que le trae muchos conflictos con su esposa y su vecindario, además de ser agredido físicamente, tal como se muestra en la película. 


Aquella Carta de la Libertad (en inglés Freedom Charter) fue una declaración de principios básicos, elaborada por la Alianza de Congresos Sudafricanos, consistente en el Congreso Nacional Africano, y que se caracteriza por su abierta demanda de que "el pueblo se gobierne"


Este documento, es notable por como presenta una demanda y compromiso con una Sudáfrica sin distinciones raciales, aunque también presenta una demanda por democracia, derechos humanos, reforma agraria, derechos laborales, y la nacionalización. Después de que el mencionado Congreso fuera denunciado por traición a la patria, el gobierno sudafricano lo prohibió, arrestando a 156 activistas, entre ellos Mandela, que fue encarcelado en 1962. 


Sin embargo, la carta continuó circulando clandestinamente inspirando a una nueva generación de jóvenes militantes en la década de 1980, hasta trascender a la nueva “Constitución de Sudáfrica” que incluyó en su texto muchas de las demandas que se pedían en la Carta de Libertad. 


Es evidente que casi todos los problemas enumerados en materia de igualdad de raza y lengua se consagraron en la Constitución de la República de Sudáfrica, que fue adoptada por la Asamblea Constituyente el 11 de octubre de 1996, certificada por el Tribunal Constitucional el 4 de diciembre, y firmada por el presidente Nelson Mandela el 10 de diciembre. Desde su aprobación, dicha Constitución ha sido modificada en dieciséis años, más recientemente, en 2009. 


Gracias a Mandela, Sudáfrica tiene una Constitución progresista que garantiza la igualdad para las mujeres, el derecho a vivir libres de violencia y el acceso a derechos socioeconómicos como la vivienda, la tierra, las prácticas laborales justas y la salud. Lamentablemente, hay un gran abismo entre los derechos contenidos en la Constitución y la vida cotidiana de la mayoría de las mujeres sudafricanas; una realidad en muchos países, cuando la Constitución formal (la letra escrita) no corresponde a la Constitución real o material (la que vive en la sociedad). 


En tiempos de crisis de convicción sobre la importancia de los derechos humanos para la pacífica convivencia entre los pueblos, y también para nuestra propia sobrevivencia como seres humanos, me parece indispensable retomar el digno ejemplo de lucha de Nelson Mandela, aprendiendo a superar las barreras de la intolerancia, la incomprensión y el desencuentro que -a pesar de no vivir en un régimen de apartheid- también se percibe en el clima conflictivo que muchas veces reina en Bolivia; sobre todo cuando se alienta la superioridad de determinados sectores sociales, o se da preferencia a unos más que a otros, cuando en realidad todos los sectores sociales, sean o no pueblos indígenas, deben gozar de los mismos derechos y de los mismos deberes, en consecuencia, tener las mismas responsabilidades. 


Aprendamos a convivir juntos en paz, unos con otros, sin diferencias ni prejuicios, sin pretender ser más importantes que el otro, sin querer excluir o anular la existencia del otro, sino más bien, reconociendo que todos somos libres e iguales en dignidad y derechos, sobrellevándonos en medio de un diálogo constructivo, de discusión acalorada probablemente, pero siempre en la búsqueda de consensos y acuerdos, a fin de que nuestras futuras generaciones aprendan que “simplemente hablando se entiende la gente”. 


«Nuestra libertad no puede ser completa, mientras haya otros en el mundo que no la tengan»

 

 

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NELSON MANDELA: EL LEGADO DE UN GIGANTE EN 10 FRASES, Por Daniel Colombo

 

Nelson Mandela fue un líder activista pacifista, abogado y político sudafricano. Nació el 18 de julio de 1918 y falleció el 5 de diciembre de 2013 a los 95 años.

Su labor trascendió las fronteras, y es conocido y recordado, entre otros aspectos, por luchar en forma pacífica contra la segregación racial en Sudáfrica, instaurar un modelo político democrático en ese territorio y ser su presidente entre 1994 y 1999.

§  Historia de vida

 

La frase “El que quiere, puede” sintetiza la vida de Mandela. Nació en una pequeña aldea llamada Mvezo, en una tribu al sur de Sudáfrica. Tras morir su padre, la madre lo puso a cargo de un regente, quien fue responsable del pequeño Nelson hasta que se hizo adulto.

 

Su formación se dio dentro de un internado, y luego, en una universidad de leyes donde primaba la raza negra. A los 23 años decidió mudarse a Johannesburgo, la ciudad más grande de Sudáfrica, y empezó a ser activista pacifista de un partido político que trabajaba por los derechos de la población de raza negra del país en una época de enorme desigualdad, falta de inclusión e inequidad total.

En 1948 un movimiento político llegó gobernar Sudáfrica: eran nacionalistas radicales blancos, que determinaron que las personas de raza blanca tenían supremacía sobre el resto. Mandela, lejos de quedarse quieto, organizó una rebelión no violenta desde su partido que lo contenía.

 

Fueron diez años de lucha incesable contra el apartheid -la segregación racial desde todo punto de vista-. El gobierno defensor de la raza blanca declaró ilegal al partido en el que militaba, y pasó a la clandestinidad.

El 5 de agosto de 1962 fue arrestado por conspiración y otros delitos, y fue a la cárcel 27 años.

§  27 años preso.

 

27 años de ver cómo podía sucumbir su sueño de libertad para los de su raza y para toda Sudáfrica.

Sin embargo, en la década de los ’80 aumentó la violencia racial y se multiplicaron las protestas contra el régimen imperante. El nombre de Mandela fue el estandarte. Esta presión interna, sumada a la de la comunidad internacional, forzó a las autoridades del gobierno a liberarlo el 11 de febrero de 1990. Su fortaleza y su gran meta como guía lo sostuvieron todos esos años tras las rejas.

Su lucha y su sueño no se detuvo ni los 27 años de cárcel hicieron mella en su espíritu de libertad: consiguió que en 1994 se hicieran las primeras elecciones democráticas en la historia de Sudáfrica, siendo el primer presidente negro en liderar los destinos de este país.

 

Nelson Mandela sigue siendo una de las figuras más importantes, representando la lucha por la igualdad racial. Recibió más de 250 premios a todos los niveles entre los que destaca el Premio Nobel de la Paz de 1993.

 

Su estilo pacifista necesitaría ser imitado por los líderes de todo tipo de organizaciones. Sus características de fortaleza interna, conciliación en conflictos, determinación y paciencia, contribuyen a un gigantesco legado para la humanidad en términos de management y conducción de personas.

 


Aquí, una porción de su enorme legado, en algunas de sus frases más significativas.

1.

"Mucha gente en este país ha pagado un precio antes de mí, y muchos pagarán el precio después de mí".

2.

"Si yo tuviera el tiempo en mis manos haría lo mismo otra vez. Lo mismo que haría cualquier hombre que se atreva a llamarse a sí mismo un hombre".

3.

"Me gustan los amigos que tienen pensamientos independientes, porque suelen hacerte ver los problemas desde todos los ángulos".

4.

"Nunca he considerado un hombre como mi superior, ni en mi vida fuera, ni dentro de la cárcel".

5.

"Nunca pienso en el tiempo que he perdido. Solo desarrollo un programa que ya está ahí. Que está trazado para mí".

6.

"La muerte es algo inevitable. Cuando un hombre ha hecho lo que él considera como su deber para con su pueblo y su país, puede descansar en paz. Creo que he hecho ese esfuerzo y que, por lo tanto, dormiré por toda la eternidad".

7.

"Yo no tenía una creencia específica, excepto que nuestra causa era justa, era muy fuerte y que estaba ganando cada vez más y más apoyo".

8.

"Una prensa crítica, independiente y de investigación es el elemento vital de cualquier democracia. La prensa debe ser libre de la interferencia del Estado. Debe tener la capacidad económica para hacer frente a las lisonjas de los gobiernos. Debe tener la suficiente independencia de los intereses creados que ser audaz y preguntar sin miedo ni ningún trato de favor. Debe gozar de la protección de la Constitución, de manera que pueda proteger nuestros derechos como ciudadanos".

9.

"Los verdaderos líderes deben estar dispuestos a sacrificarlo todo por la libertad de su pueblo".

10.

“Si quieres hacer las paces con tu enemigo, tienes que trabajar con tu enemigo. Entonces se vuelve tu compañero”.

 

Fuente: https://www.danielcolombo.com/nelson-mandela-el-legado-de-un-gigante-en-10-frases-por-daniel-colombo/

 

 


martes, 27 de junio de 2023

CIDH presenta Informe Mujeres privadas de libertad en las Américas




 

CIDH presenta Informe Mujeres privadas de libertad en las Américas

 

Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta el Informe Mujeres Privadas de Libertad en las Américas, en el cual se analiza la situación que enfrentan las mujeres encarceladas en la región, junto a los factores que dan lugar a su detención, los obstáculos en el acceso a medidas alternativas, y los desafíos que enfrentan para reinsertarse en la sociedad; con un enfoque particular en países del Norte de Centroamérica.

Este informe constituye el primer estudio regional de la CIDH sobre encarcelamiento femenino, y representa una primera aproximación al tema. Así, propone una conversación interamericana sobre la base de sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones con la idea de que le sirvan de referencia a los Estados de la región al momento de adoptar o revisar medidas de política criminal y penitenciaria que afecten los derechos de las mujeres, en particular, aquellos grupos en especial riesgo.

Como un hallazgo central, el informe da cuenta de un incremento sin precedentes de los índices de privación de libertad de mujeres en la región. Las mujeres encarceladas representan el 8% en las Américas, cifra que se duplicó en los últimos 22 años, en un 56.1%, mientras que la población carcelaria general se incrementó en un 24.5%.

Las causas de la mencionada tendencia se enmarcan en la implementación de políticas de mano dura en materia de drogas, caracterizadas por un enfoque prohibicionista y represivo focalizado en la erradicación del mercado de drogas ilícitas mediante la priorización del encarcelamiento frente a alternativas a la prisión. Por su parte, en los países del Norte de Centroamérica, las políticas de combate contra la criminalidad organizada se presentan como la causa del aumento del encarcelamiento femenino, pues proponen mayores niveles de encarcelamiento como solución a los problemas de inseguridad ciudadana.

El informe también señala que las mujeres privadas de libertad se enfrentan a la falta de políticas penitenciarias respetuosas de la perspectiva de género y medidas diligentes que consideren sus necesidades especiales, lo que impacta en sus vidas de forma desproporcionada y, en consecuencia, se incrementa el riesgo de ser víctimas de actos de violencia y discriminación. Esto principalmente afecta a mujeres en especial situación de vulnerabilidad como las embarazadas, en período de posparto, lactantes, trans; y en las niñas y los niños que conviven con sus madres en prisión.

El informe resalta que, sin perjuicio de los esfuerzos de algunos Estados por incorporar la perspectiva de género en la regulación y aplicación de medidas alternativas, el encarcelamiento sigue presentándose como la respuesta prioritaria frente a determinados delitos. Además, las regulaciones que contemplan alternativas con perspectiva de género no incorporarían este enfoque de manera comprehensiva, dejando fuera algunas de las necesidades específicas que se derivan del género, impidiendo que ciertas mujeres sean beneficiarias.

Por otra parte, frente a la escasez de políticas de reinserción social respetuosas de un enfoque de género, una vez ser puestas en libertad, las mujeres se enfrentan a mayores desafíos para su reinserción en la comunidad en comparación con los hombres, por la profundizada falta de redes de apoyo y discriminación en perjuicio, lo que deriva en desafíos tales como escasez de oportunidades laborales y falta de vivienda. Lo anterior, perpetúa la discriminación estructural tras volver a colocar a las mujeres en una situación de desventaja social y económica.

El Informe se estructura en seis capítulos que incluyen un análisis del encarcelamiento femenino y sus causas, sobre la situación especial de riesgo y afectaciones desproporcionadas de la detención, los desafíos en la aplicación de las medidas alternativas a la prisión, los obstáculos que enfrentan las mujeres para reinsertarse a la sociedad y las conclusiones del informe, con recomendaciones para garantizar los derechos de las mujeres en los sistemas de justicia penal.

Entre las recomendaciones emitidas, se destacan: 1) adoptar medidas para incorporar una perspectiva de género en el juzgamiento de mujeres; 2) implementar políticas penitenciarias con perspectiva de género y respetuosa de los enfoques interseccionales e interculturales que consideren la discriminación, los estereotipos, el riesgo y la vulneración de derechos en detención; 3) incorporar la perspectiva de género y enfoques de interculturalidad e interseccionalidad en la creación de medidas alternativas a la prisión, y en el diseño e implementación de políticas de reinserción social.

La Comisión seguirá realizando un estricto y constante seguimiento acerca de la situación que enfrentan las mujeres privadas de libertad en las Américas, prestando especial atención en las medidas que adopten los Estados de la región para hacer efectivas las recomendaciones señaladas en este primer estudio sobre la temática. En este sentido, destacan y reiteran su entera disposición de cooperar con los Estados en la implementación de dichas recomendaciones.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

 


miércoles, 26 de octubre de 2022

Revista Jurídica TRIBUNALES 12 - Se designa, pero no siempre al mejor


Te presentamos nuestra edición 12ª de la Revista Jurídica Tribunales (@tribunales_bo).

Puedes acceder al formato digital PDF desde el siguiente enlace: bit.ly/tribunales12

La noticia se genera sola, el contexto jurídico lo construimos nosotros.

 

En esta edición podrás encontrar los siguientes artículos:

Entre “dudas” y demoras, la reforma avanza, por Juan Del Granado.

No pedimos aplausos, pero sí respeto (Entrevista a la Jueza Grenny Bolling, Presidenta de AMABOL)

Se designa, pero no siempre al mejor, tema central de la Revista, escrito por Jazmín Serrano Ramírez (editora).

Enfoques diferenciados para determinados grupos de privados de libertad, escrito por Arturo Yáñez Cortes, Presidente de la Academia Boliviana de Estudios Constitucionales.

Una mirada a la Opinión Consultiva  OC-29/22 de la Corte IDH, por Claudia Ximena Saucedo Franco.

Además de una Guía para participar de la primera encuesta virtual para personas LGTBIQ.

¡Te invitamos a leer la Revista!

 

 


 

miércoles, 12 de octubre de 2022

Corte IDH: OPINIÓN CONSULTIVA SOBRE ENFOQUES DIFERENCIADOS RESPECTO DE PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD


 



CORTE INTERAMERICANA EMITE OPINIÓN CONSULTIVA SOBRE ENFOQUES DIFERENCIADOS RESPECTO DE DETERMINADOS GRUPOS DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD


San José, Costa Rica, 10 de octubre de 2022.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha notificado el día de hoy la Opinión Consultiva OC-29/22 sobre Enfoques diferenciados respecto de determinados grupos de personas privadas de la libertad de 30 de mayo de 2022, en respuesta a la consulta realizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

El resumen de la Opinión Consultiva puede consultarse aquí y el texto íntegro puede consultarse aquí.

La Corte reiteró que el respeto a la dignidad humana constituye el principio general del trato debido a las personas privadas de libertad y determinó que daría contenido a dicho principio en conjunto con el principio de igualdad y no discriminación a través de la presente Opinión Consultiva. La Corte determinó que los Estados deben aplicar un enfoque diferenciado en la atención de las necesidades especiales de los distintos grupos poblacionales privados de libertad para asegurar una ejecución de la pena respetuosa de su dignidad humana.

La Corte consideró que la aplicación de un enfoque diferenciado en la política penitenciaria permite identificar de qué forma las características del grupo poblacional y el entorno penitenciario condicionan la garantía de los derechos de determinados grupos de personas privadas de libertad que son minoritarios y marginalizados en el entorno carcelario, así como determina los riesgos específicos de vulneración de derechos, según sus características y necesidades particulares, con el propósito de definir e implementar un conjunto de medidas concretas orientadas a superar la discriminación (estructural e interseccional) que les afecta.

De no hacerlo, los Estados estarían en contravención de lo previsto en el artículo 5.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados específicos, y podría generarse un trato contrario a la prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

En la Opinión Consultiva, la Corte identificó las obligaciones específicas sobre el trato digno que deben recibir los grupos de personas privadas de libertad objeto de consulta a saber: A) mujeres embarazadas, en período de parto, post parto y lactancia, así como cuidadoras principales; B) niños y niñas que viven en centros de detención con sus madres o cuidadores principales; C) personas LGBTI; D) personas pertenecientes a los pueblos indígenas, y E) personas mayores.

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La composición de la Corte para la emisión de la presente Opinión Consultiva fue la siguiente: Jueza Elizabeth Odio Benito, Presidenta (Costa Rica); Juez Patricio Pazmiño Freire, Vicepresidente (Ecuador); Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia); Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México); Juez Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina), y Juez Ricardo C. Pérez Manrique (Uruguay).

La Jueza Elizabeth Odio Benito, así como los Jueces Humberto Antonio Sierra Porto y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, dieron a conocer sus votos individuales.

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El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Para mayor información favor de dirigirse a la página de la Corte IDH www.corteidh.or.cr o envíe o envíe un correo dirigido a Pablo Saavedra Alessandri, Secretario a corteidh@corteidh.or.cr. Para la oficina de prensa contacte a Matías Ponce prensa@corteidh.or.cr

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