LIBROS JURÍDICOS QUE TODO ABOGADO(A)
BOLIVIANO DEBERÍA LEER
Por: Alan E. Vargas Lima
Docente Universitario
En mayo
del año 2016, el profesor Miguel Carbonell, escribió en el portal web de “La
Silla Rota”, un artículo titulado: “10
libros que todo abogado debe leer”, partiendo de la evidencia de que en el mundo jurídico cada año se publican miles de
nuevos libros y, en gran medida, el conocimiento de los Abogados se adquiere
leyendo, de modo que la oferta editorial en nuestro campo es verdaderamente
abrumadora. Sin embargo, advertía también que no todo lo que se publica merece
nuestra atención y nuestro tiempo, porque ser selectivo en las lecturas que
hacemos es importante en un mundo en el que todos estamos ocupados atendiendo
los muchos pendientes que debemos desahogar.
En ese
contexto, Carbonell decidió compartir con sus lectores, diez sugerencias de
lecturas que, en su experiencia, son muy formativas para todo abogado.
Ciertamente, “se trata de libros que nos
aportan una visión general de los fenómenos jurídicos; ninguno de ellos se
refiere a una rama del derecho en particular, sino a cuestiones estructurales
del conocimiento jurídico, que deben ser conocidas por cualquier abogado.”
Y a continuación hizo un listado de diez de las publicaciones -a su juicio- más
importantes, incluyendo entre ellas: 1)
“El Federalista”, John Jay, Alexander
Hamilton y James Madison; 2) “La democracia en América”, Alexis de
Tocqueville; 3) “Sobre la libertad”, John Stuart Mill; 4) “Teoría de la justicia”,
John Rawls; 5) “Vigilar y castigar”, Michel Foucault; 6) “Introducción al análisis
del derecho”, Carlos Santiago Nino; 7)
“Teoría de los derechos fundamentales”,
Robert Alexy; 8) “Justicia”, Michael Sandel; 9) “Principia
iuris. Teoría del derecho y de la democracia”, Luigi Ferrajoli; 10) “Estudios
sobre la interpretación jurídica”, Riccardo Guastini.
Indudablemente
que este listado contiene las obras más representativas en el ámbito jurídico
universal, y son de obligatoria lectura para comprender diversas problemáticas
desde una perspectiva estrictamente jurídica (con un matiz histórico, en
algunos casos), lo que por supuesto enriquece nuestros conocimientos y nuestra
formación profesional en la Abogacía.
Luego de conocer
este interesante relevamiento de publicaciones jurídicas importantes en el
contexto internacional, personalmente me pregunté: ¿Cuáles serían al menos diez libros jurídicos indispensables que todo
abogado boliviano debería leer?
Y es por ello que –aprovechando la
celebración del Día Mundial del Libro– me parece oportuno compartir con ustedes,
una selección mínima de las publicaciones más importantes que he podido
encontrar entre la más reciente producción bibliográfica que circula en
Bolivia, y que particularmente considero de consulta indispensable, por su
amplio contenido e innegable utilidad para mantener actualizados nuestros
conocimientos (en diversas disciplinas), acorde a la normativa últimamente
puesta en vigencia en nuestro país.
1) JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL.
Procesos Constitucionales en Bolivia (José Antonio Rivera Santivañez. Grupo
Editorial Kipus, 2011)
Considero
importante destacar que uno de los trabajos más completos sobre Derecho
Procesal Constitucional, han sido elaborados por el distinguido académico y ex Magistrado
del Tribunal Constitucional de Bolivia, Dr. José Antonio Rivera Santivañez,
quien ha desarrollado los tópicos esenciales para el estudio de la disciplina en
su obra: “Jurisdicción Constitucional.
Procedimientos Constitucionales en Bolivia” (cuya primera edición data del
año 2001),
en donde se exponen claramente las nociones generales e indispensables para la
comprensión del contenido y alcances de la materia, así como también analiza
las reglas de procedimiento correspondientes a los distintos recursos
constitucionales que se encontraban regulados por la Constitución Política del Estado
hasta ese tiempo, es decir, que desarrolla los aspectos mínimos que son objeto
de estudio de ésta disciplina.
Al
presente (después de una década de haberse agotado la primera y segunda ediciones)
cabe resaltar que esta magnífica obra ha llegado a su tercera edición (2011),
actualizada de acuerdo a las disposiciones previstas por la Constitución
Política del Estado Plurinacional de Bolivia, aprobada en el año 2009, y en
concordancia con las normas de la Ley Nº27 del Tribunal Constitucional
Plurinacional (que se mantiene parcialmente vigente); manteniendo su estructura original, con
notable ampliación de algunos de sus capítulos esenciales a criterio del autor,
acorde a los avances de la jurisprudencia constitucional en Bolivia. Esta
edición incluye los principales Tratados y Convenciones Internacionales sobre
Derechos Humanos.
Así por ejemplo, a tiempo de abordar el
tema de las diversas denominaciones propuestas para esta nueva disciplina
jurídica, el autor señala que son básicamente dos sobre las que se ha centrado
el debate en los últimos tiempos: Derecho
Procesal Constitucional y Derecho
Constitucional Procesal, existiendo inclusive algunos autores (entre ellos,
el profesor peruano Domingo García Belaunde) que consideran irrelevante el
debate porque dichas denominaciones parecerían un “juego de palabras”; sin embargo, aclara también que no se trata de
un mero juego de palabras, porque no constituyen una sola disciplina jurídica,
sino dos diferentes, aunque con un matriz común: el Derecho Constitucional, y
un objeto de estudio común: el estudio sistemático de las instituciones
procesales, pero desde distintas perspectivas. En este sentido, se puede
precisar que “el Derecho Procesal
Constitucional es una disciplina jurídica ubicada en el ámbito del Derecho
Procesal que se dedica al estudio sistemático de las instituciones y órganos
encargados del control de constitucionalidad, así como de los procedimientos
establecidos para tal efecto. (…) En cambio, el Derecho Constitucional Procesal
se ocupa del estudio de las instituciones o de las categorías procesales
establecidas por la Constitución”[3].
Entre la diversidad de temas que
contiene esta obra –para esta tercera edición actualizada al cumplirse una
década de su aparición–, que han sido desarrollados por el autor con bastante
apoyo de la doctrina constitucional contemporánea, siempre atento a los avances
de la jurisprudencia constitucional boliviana y comparada, conviene anotar que
se halla dividida en dos partes: una primera parte que expone una Teoría
General sobre Jurisdicción Constitucional, y una segunda parte dedicada a
desarrollar los Procesos Constitucionales en Bolivia; a cuyo efecto se
desarrollan las temáticas siguientes: Nociones generales del Derecho Procesal Constitucional, Marco
conceptual del Control de Constitucionalidad, así como el desarrollo del Control
de Constitucionalidad en el Derecho Comparado, la Interpretación
Constitucional, las Sentencias en la Jurisdicción Constitucional, el Control de
Constitucionalidad en Bolivia, el Control Preventivo (a priori) y el Control Correctivo (a posteriori) de Constitucionalidad.
Por otro
lado, entre los Procesos Constitucionales vigentes en Bolivia, se desarrollan
los siguientes: Consulta sobre la Constitucionalidad de Proyectos de Ley,
Consultas de las Autoridades Indígena Originario Campesinas sobre la aplicación
de sus normas jurídicas a un caso concreto, Consultas sobre la
Constitucionalidad de Tratados o Convenios Internacionales, Consulta sobre la
Constitucionalidad del Procedimiento de Reforma Parcial de la Constitución, Consulta
sobre la Constitucionalidad de las preguntas del Referendo, Consulta sobre la
Constitucionalidad de Proyectos de Estatutos o Cartas Orgánicas de Entidades
Territoriales, la Acción de Inconstitucionalidad (Abstracta y Concreta), el
Recurso contra Tributos, la Acción de Conflicto de Competencias, el Recurso
Directo de Nulidad, la Acción de Libertad (antes denominado Recurso de Habeas
Corpus),
la Acción de Amparo Constitucional (antes denominado Recurso de Amparo),
la Acción de Protección de Privacidad, la Acción de Cumplimiento, la Acción
Popular, y el Recurso contra Resoluciones Legislativas.
Como se
puede apreciar, se trata de una obra de indispensable consulta para conocer y
comprender el marco doctrinal necesario acerca de la Constitución y los
Procesos Constitucionales vigentes en el país, así como la evolución y el
desarrollo de la jurisprudencia constitucional boliviana.
2) TEORÍA DEL DELITO (Carlos Parma y Marcelo
Parma. Ulpiano editores, 2017)
Indudablemente
la noticia con la que cerramos el año 2017, fue la publicación del nuevo
“Código del Sistema Penal” aprobado mediante Ley N°1005 de 15 de diciembre de
2017 (cuya vigencia estaba prevista dentro de 18 meses posteriores a su
publicación); mismo que, con virtudes y defectos, contenía muchos avances
rescatables en esa materia (y algunas de sus características más relevantes
fueron detalladas en una nota de Página Siete publicada este año, bajo el
título: “Los diez cambios de fondo en el
nuevo Código del Sistema Penal”, disponible en: http://bit.ly/2EbGsRQ).
Sin
embargo, ante la ola de protestas y conflictos sociales que provocó su
contenido, y toda la serie de observaciones que se difundieron por su
aprobación de manera apresurada e inconsulta, se decidió finalmente dejar sin
efecto todas sus disposiciones, emitiendo al efecto la Ley Nº1027 de Abrogación
del Código del Sistema Penal, de 25 de enero de 2018.
No
obstante, y ante la necesidad de contar con una nueva Ley Penal acorde a la
realidad boliviana, resulta necesario repasar algunos conceptos doctrinales afines
a las nuevas tendencias existentes en la materia, y para llevar adelante una
adecuada actualización de nuestros conocimientos, considero importante
recomendar esta brillante publicación boliviana de los profesores argentinos
Carlos y Marcelo Parma, quienes básicamente hacen un repaso general de las
bases de la Teoría del Delito:
Causalismo, Finalismo, Funcionalismo; así como los principales conceptos
penales que explican el delito: Teoría de la imputación objetiva, Autoría y
Participación (en el Código Penal boliviano), Delitos de peligro, Omisión,
Error, Legitima defensa, Concurso de delitos, Dolo, Tentativa, Culpabilidad y
Teoría de la pena. Asimismo, incluye un capítulo especial sobre Bolivia y el
Derecho Penal Internacional: Extradición, Refugio y Estatuto de Roma.
Se trata
de una obra de innegable utilidad, y que se destaca por su amplio contenido que
incluye capítulos que hacen especial referencia a la normativa penal boliviana,
brindando información actualizada acerca de los principales temas de debate
entre los autores más representativos de la dogmática penal contemporánea.
3) CÓDIGO PENAL BOLIVIANO COMENTADO (Jorge
José Valda Daza. Editorial El Original, 2017)
En
materia penal, una de las obras de indispensable consulta para conocer y
comprender la naturaleza jurídica de la Ley Penal y el alcance de los delitos sancionados
por ella, siempre fue aquel clásico Código Penal Boliviano (con sus reformas y
leyes conexas), que desde los años 70’s había publicado el notable penalista boliviano
Dr. Benjamín Miguel Harb(†); y que por su innegable utilidad llegó a una de sus
últimas ediciones en pleno siglo XXI, siendo de consulta constante en la
mayoría (si no en todas) de las Universidades del país. Sin embargo, de un
tiempo a esta parte, el texto había quedado desactualizado frente a las
constantes reformas que se han venido insertando al Código, aspecto que no pudo
remediarse a tiempo, ante el sensible fallecimiento
de su autor (2008).
Entonces,
era necesaria la publicación de un nuevo texto comentado del Código Penal
vigente en el país, que pudiera analizar con detalle cada uno de sus artículos,
explicando sus fundamentos, sus alcances y las reformas que ha venido
atravesando hasta el presente, sin descuidar los avances de la jurisprudencia
en el esfuerzo por interpretar la dimensión de sus principales contenidos
normativos.
Es por
ello que resulta satisfactoria la aparición del “Código Penal Boliviano” comentado por el profesor universitario Jorge
Valda Daza quien, desde el año 2012 hasta el presente, ha llegado a publicar la
sexta edición de su texto, con concordancias, anotaciones doctrinales y
jurisprudenciales, actualizado con las últimas reformas legislativas, lo que
demuestra su enorme utilidad.
Cabe resaltar
que esta obra surge, ante la innegable realidad de que “nuestra legislación lejos de estar sistematizada y compilada
uniformemente, es muy dispersa y ante numerosas reformas que cambian contenido
y forma del Código Penal, nos dejan un cuerpo normativo desordenado y poco
convencional que hacen cada día más complicada la labor del cumplimiento obligatorio
y estricto, por la desinformación, la desorganización y la anarquía legislativa
que suele presentarse en las normas complementarias que reforman y reacomodan
la ley sustantiva penal general o especial”.
De ahí
que, el noble propósito del autor de esta obra, es precisamente intentar “ordenar sistemática y metódicamente, las
normas jurídico penales en un solo texto ordenado, concordado con el texto
constitucional y la legislación vigente, con comentarios e interpretación
doctrinal, numerosas citas bibliográficas, jurisprudencia tanto de la Corte
Suprema de Justicia (actualmente Tribunal Superemos) como del Tribunal
Constitucional”; todo ello, sin perjuicio de constituirse en un interesante
instrumento de consulta para el estudioso del Derecho Penal, sea estudiante o profesional,
para lograr conocer y aprender con facilidad, el sentido y alcance de todas y
cada una de las disposiciones contenidas en el Código Penal vigente en Bolivia.

4) ANÁLISIS DOCTRINAL SOBRE EL NUEVO
CÓDIGO PROCESAL CIVIL. Tomos I, II, III, IV (Gonzalo Castellanos Trigo, 2015)
Se trata
de una magnífica obra dividida en cuatro tomos, en donde el autor realiza un
análisis doctrinal detallado, minucioso y muy bien informado, acerca de todos
los artículos que componen el nuevo Código Procesal Civil, promulgado
mediante Ley Nº439 de fecha 19 de noviembre de 2013, que consta de 509
artículos (menos que el Código anterior que tenía más de 700), 10 Disposiciones
Transitorias (entre las cuales se preveía el día 6 de agosto de 2014 como fecha
de su entrada en vigencia, siendo que algunas de sus normas tendrían vigencia
anticipada desde el momento de su publicación: 25 de noviembre de 2013), 3
Disposiciones Adicionales y 3 Disposiciones Finales, en donde además declara la
abrogatoria del Código de Procedimiento Civil promulgado por “Decreto Ley
Nº12750” (sic) de 6 de agosto de 1975, puesto en vigencia el 2 de abril de
1976, y elevado a rango de Ley en el año 1997; ello a momento de su entrada en
vigencia plena, una vez culminada la vacatio
legis prevista por la misma norma.
En el primer tomo, que analiza los artículos 1 al
109 del nuevo Código Procesal Civil, se refiere
a las disposiciones fundamentales, las autoridades judiciales, la función
jurisdiccional, la jurisdicción y competencia, los conflictos de competencia,
los poderes, deberes y responsabilidades de la autoridad judicial, las partes
procesales, la apoderada o apoderado judicial, el litisconsorcio, la
intervención de terceros, la intervención voluntaria principal y accesoria, la
intervención forzosa, los deberes y responsabilidades de las partes y
representantes, la actividad procesal, los actos procesales, los memoriales, el
domicilio procesal, el régimen de comunicación procesal, la citación,
notificación, plazos procesales, audiencias, expedientes y lo referente al
régimen de la nulidad de los actos procesales.
En el
segundo tomo, que aborda los artículos 110 al 192 del nuevo Código Procesal
Civil, se refiere a los actos de proposición, vale decir, la forma y contenido
de la demanda y sus modalidades, la citación y emplazamiento, la forma y
contenido de la contestación de la parte demandada, la forma y contenido de la
reconvención y su trámite, la prueba sujeta al principio de verdad material, la
prueba documental y su valor probatorio, la confesión, su clasificación,
alcances y requisitos, las declaraciones de testigos, sus tachas y su recepción
en audiencia, la declaración de autoridades jerárquicas, la inspección y
reconstrucción de hechos, con su procedimiento.
En el
tercer tomo, que analiza los artículos 193 al 304 del nuevo Código Procesal
Civil, se refiere a la prueba pericial, la prueba por informe, las
presunciones, los procedimientos posteriores para la producción de prueba, las
resoluciones judiciales, las providencias y autos, la sentencia, auto de vista
y auto supremo, las costas y los costos, la aclaración, enmienda y
complementación, la eficacia de las resoluciones, los medios extraordinarios de
conclusión del proceso, como la transacción, la conciliación, el desistimiento,
la extinción por inactividad, los medios de impugnación de las resoluciones
judiciales, el recurso de reposición, el recurso de apelación, el recurso de
casación, la compulsa, el recurso extraordinario de revisión de sentencia.
Luego de ello, también analiza el desarrollo de los procesos, comenzando con
los procesos preliminares, la conciliación previa, así como la exención de
costos y costas.
En el
cuarto y último tomo, que aborda los artículos 305 al 509 del nuevo Código
Procesal Civil, se refiere en concreto a las diligencias preparatorias y su
procedimiento, el proceso cautelar, las medidas cautelares genéricas y
específicas, como la anotación preventiva, el embargo preventivo y secuestro,
la intervención judicial, la inhibición de bienes, las prohibiciones de innovar
y contratar, los procesos incidentales, los incidentes especializados como la
acumulación, las recusaciones y excusas, así como el procedimiento incidental
de la recusación y los casos especiales, la rendición de cuentas, las tercerías
e intervención de terceros. Luego de ello, ingresa al análisis del proceso de
conocimiento, el proceso ordinario y extraordinario, el proceso de estructura
monitoria, el proceso ejecutivo, y otros procesos monitorios, así como los
procesos de ejecución: ejecución de sentencias, ejecución coactiva de sumas de
dinero, y ejecución de otras obligaciones, los procesos concursales, y el
procedimiento de los concursos, los procesos voluntarios, el proceso sucesorio,
la desaparición y presunción de muerte, así como otros procesos voluntarios,
para finalizar con la cooperación judicial internacional y la ejecución de
sentencias dictadas en el extranjero.
Para el manejo adecuado de la obra, el autor advierte
algunas pautas sobre su contenido: así por ejemplo, en su explicación previa
nos señala que la primera parte del Libro, contiene un resumen ejecutivo del nuevo Código Procesal Civil, con
indicación de los artículos, para una rápida búsqueda de las normas jurídicas;
la indicación del artículo con arreglo a la edición oficial; la concordancia de
cada artículo con las disposiciones de la Constitución Política del Estado, el
Código Civil, y otros cuerpos legales, teniendo en cuenta que en el concordado
se enuncian distintas disposiciones legales que solo tienen por objeto guiar al
respecto. Por otro lado, incluye también la explicación doctrinal y detallada
de la norma jurídica en análisis, con opiniones personales y de los principales
estudiosos del Derecho en Latinoamérica; además de algunas referencias de
legislación extranjera, con cita de sus artículos en casos determinados, con el
objeto de ilustrar la doctrina y la norma legal; dichas cualidades que lo sitúan
como un material de consulta indispensable para comprender las instituciones
principales del nuevo Código Procesal Civil.

5) CURSO SOBRE EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL
(Jorge Mostajo Barrios, 2016)
Se trata
de una obra que, tan solo en el primer año de su publicación, llegó a su
segunda edición. Lleva el prólogo del maestro italiano Michele Taruffo,
profesor de Derecho Procesal Civil de la Universitá degli Studi di Pavia.
En este
volumen, se pueden encontrar distintos ensayos sobre temáticas específicas,
escritos por los propios miembros de la Comisión de Revisión del Código
Procesal Civil. Así por ejemplo, el profesor boliviano José César Villarroel
Bustios, se ocupa de analizar los Principios del Proceso Civil, bajo la premisa
de que “los principios procesales son las
directivas u orientaciones generales en que se inspira cada ordenamiento
procesal” (Aldo Bacre); a cuyo efecto, justifica la importancia de su
estudio y su aplicación, para luego desarrollar un análisis crítico de los
distintos principios (no todos, sino los más trascendentales) inscritos en el
Código Procesal Civil.
Por su
parte, el profesor Mario Masciotra (El Salvador), aborda el análisis serio y
objetivo de los poderes y deberes de la autoridad judicial, a cuyo efecto
analiza la necesidad de consagración legislativa de los poderes-deberes del
juez, la situación de la autoridad judicial en el nuevo ordenamiento procesal
boliviano, la potestad de rechazar in
limine las demandas e incidentes, la potestad judicial de reconducir
postulaciones, la actividad esclarecedora, la iniciativa probatoria de la
autoridad judicial, la potestad de rechazar pruebas inadmisibles, inconducentes
o prohibidas, así como el poder-deber de coerción.
De igual
manera, el profesor Ignacio M. Soba Bracesco (Uruguay), realiza una breve
reseña y comentario del Título III del nuevo Código Procesal Civil boliviano,
referido a los sujetos del proceso (las partes), a cuyo efecto analiza la
capacidad en el proceso, la sucesión de partes, la representación, los
apoderados judiciales, el litisconsorcio e intervención (voluntaria y forzosa)
de terceros, así como los deberes y responsabilidades de las partes,
representantes y otros sujetos.
A su
turno, el profesor boliviano Andres Baldivia Calderon de la Barca, se refiere a
los actos procesales, abarcando en su análisis a las partes y los terceros en
el proceso, el litisconsorcio facultativo y necesario, la intervención de
terceros (voluntaria principal y accesoria), la intervención forzosa, las
citaciones y notificaciones, los plazos procesales, las nulidades procesales, y
el proceso por audiencia.
Asimismo,
el profesor boliviano Israel Ramiro Campero Méndez, aborda el análisis de la
prueba, bajo la premisa de que “las
aportaciones de pruebas son actos de las partes destinados a convencer al juez
de la verdad de un hecho afirmado” (Goldschmidt). A este efecto, comienza
su análisis sobre la prueba y las teorías de la verdad, la clasificación de las
pruebas, algunas consideraciones sobre el sujeto y objeto de la prueba, los
principios que rigen la prueba (y que tienen relación con el proceso), los
hechos evidentes y los hechos presumidos legalmente, la prueba del derecho, el
rol del juez y de las partes en la determinación del derecho, el procedimiento
para la acreditación del derecho, la producción y el rechazo de la prueba.
Por otro
lado, la profesora Silvia Barona Vilar (España), aborda un tema de su
especialidad: el proceso cautelar; a cuyo efecto, analiza la regulación en el
Código Procesal Civil, de la tutela cautelar, describiendo los elementos
personales del proceso cautelar, las características y naturaleza jurídica de
las medidas cautelares, sus requisitos y procedencia, para luego analizar las
medidas cautelares en concreto: anotación preventiva de demanda, embargo
preventivo, secuestro, intervención y administración judicial, inhibición de
bienes, prohibición de innovar, de contratar, y otras medidas. Así también,
analiza con visión crítica el procedimiento cautelar, su resolución, y la
relación de dependencia entre la tutela cautelar y el proceso principal, entre
otros aspectos importantes.
Luego,
nuevamente el profesor boliviano José César Villarroel Bustios, se ocupa de
analizar los procesos incidentales, examinando brevemente los conceptos de
proceso, procedimiento, e incidente, para luego analizar con detalle el régimen
general de los procesos incidentales, la nulidad procesal y sus efectos, la
acumulación procesal y los requisitos para su procedencia, así como el régimen
legal de las recusaciones y excusas, entre otros procesos incidentales. Así
también, el profesor boliviano Jorge Mostajo Barrios, se ocupa de diferenciar
el proceso monitorio y el proceso ejecutivo, analizando la naturaleza jurídica
del proceso o procedimiento monitorio, y del proceso ejecutivo, desentrañando
sus características y los documentos que sirven de base necesaria para su
procedencia, así como el proceso ordinario posterior al ejecutivo y los
procesos monitorios no ejecutivos.
Por su
parte, el profesor Adolfo Armando Rivas (Argentina), aborda un interesante
análisis sobre los medios de impugnación de las resoluciones judiciales, haciendo
referencia a la teoría de la impugnación, la teoría general de los recursos,
los principios de la impugnación recursiva, los principios con relación al
impugnante y al medio impugnatorio , los principios con relación a las
decisiones, el recurso de reposición, el recurso de apelación, la apelación por
nulidad, el recurso de compulsa, el recurso de atentado y el recurso de
casación.
De igual
manera, el profesor Walter D. Guerra Pérez (Uruguay), realiza el análisis de
los procesos concursales, sus antecedentes en el proyecto de Código Procesal
Civil Modelo para Iberoamérica, las distintas especies de procesos concursales,
los sujetos del proceso concursal, seguido ello de un análisis exegético de las
disposiciones del Código Procesal Civil.
A su
turno, el profesor Carlos Esplugues Mota (España), analiza el tema de la
Cooperación Judicial Internacional, a la luz del Derecho Internacional Privado,
y haciendo especial referencia a las soluciones previstas por el Código
Procesal Civil boliviano en relación con las situaciones que presentan un
elemento de extranjería, así como el régimen del reconocimiento y ejecución de
resoluciones judiciales extranjeras en Bolivia.
Estos y
otros estudios similares, así como algunos resúmenes de precedentes
constitucionales y jurisprudencia ordinaria civil, pueden encontrarse en esta
obra colectiva que reúne importantes contribuciones de autores nacionales e internacionales,
para comprender los alcances del nuevo Código Procesal Civil boliviano.
6) CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL.
DOCTRINA, LEGISLACIÓN COMPARADA Y JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL (ABDPC. Segunda
edición, Editorial Kipus, 2017)
Habiendo transcurrido cinco años desde la puesta en
vigencia del Código Procesal Constitucional de Bolivia, resulta importante destacar
la importancia del reciente aporte académico de la flamante Asociación
Boliviana de Derecho Procesal Constitucional (ABDPC), plasmado en la
publicación de este Libro colectivo que, habiéndose agotado a nivel nacional,
ahora ha llegado a su segunda edición.
La reaparición de este Libro colectivo de comentarios al
Código Procesal Constitucional de Bolivia, como un aporte al desarrollo del
Derecho Procesal Constitucional, se justifica por la necesidad de su análisis y
estudio integral, a fin de comprender el marco normativo procesal que delinea
las nuevas reglas de juego para la sustanciación de las Acciones de Defensa y
los Procesos Constitucionales, cuya importancia radica en que están dirigidos
al resguardo de la supremacía constitucional y la protección de nuestros
derechos y garantías constitucionales.
La obra está destinada a proporcionar a los
investigadores, abogados litigantes, docentes y alumnos universitarios, un
material que les permita una fácil comprensión y adecuado manejo del Código Procesal
Constitucional; a cuyo efecto, reúne los comentarios y criterios jurídicos de
distinguidos constitucionalistas bolivianos que se han sumado a esta iniciativa
académica, con la única finalidad de desentrañar el sentido y alcances de todas
y cada una de las disposiciones contenidas en el Código, describiendo algunas
novedades que propone este nuevo cuerpo legal, esclareciendo probables
deficiencias normativas que pudieran afectar su aplicación, e identificando
futuros escenarios de conflicto que podrían derivar de la interpretación de sus
normas, pero sobre todo, proponiendo posibles soluciones, sea por vía de
interpretación o modificación legislativa, para su efectiva aplicación, todo
ello en el marco de los avances de la legislación y la jurisprudencia
comparadas, así como de los entendimientos jurisprudenciales establecidos por
el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Esta obra colectiva que ahora reseñamos, se adecúa
estrictamente a la sistemática del Código Procesal Constitucional de Bolivia,
adecuadamente organizado en siete Títulos que contienen: Disposiciones Generales,
Facultades Especiales del Tribunal Constitucional Plurinacional, Resoluciones,
Efectos y Ejecución; Acciones de Defensa; Acciones de Inconstitucionalidad;
Conflictos de Competencia; Control Previo de Constitucionalidad y Consultas de
Autoridades Indígena Originaria Campesinas sobre la aplicación de sus normas
jurídicas a un caso concreto; Recursos ante el Tribunal Constitucional
Plurinacional; y la Constitucionalidad del Procedimiento de Reforma Parcial de
la Constitución Política del Estado; además de cinco Disposiciones Finales y tres Disposiciones
Transitorias para efectivizar en alguna medida su aplicación.
En este sentido, el Título I, referido a las
Disposiciones Generales Facultades
Especiales del TCP, Efectos y Ejecución de las Resoluciones Constitucionales,
además de las normas comunes en las Acciones de Inconstitucionalidad,
Conflictos de Competencias, Consultas y Recursos, ha sido abordado por los
Doctores William Herrera Añez y Alan E. Vargas Lima. El Título II,
referido a las Normas Comunes de Procedimiento en Acciones de Defensa
presentadas ante Juezas, Jueces y Tribunales, Revisión de las Acciones de
Defensa ante el TCP, además de los
Capítulos específicos dedicados a la Acción de Libertad, Acción de Amparo
Constitucional, Acción de Protección de Privacidad, Acción de Cumplimiento y
Acción Popular, ha sido abordado por los Doctores Ciro Añez Núñez y Soraya
Santiago Salame.
El Título III, que está dedicado a regular las Acciones
de Inconstitucionalidad, en cuanto a su objeto, su tipología (de carácter
abstracto y de carácter concreto), la legitimación activa, los aspectos
procedimentales, así como el contenido y efectos de la Sentencia que se emita
tanto en el caso de la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta, como en la
Acción de Inconstitucionalidad Concreta, son temas cuyo análisis ha sido
abordado de manera integral por el Dr. Horacio Andaluz Vegacenteno. El Título
IV del CPCo, básicamente desarrolla las normas previstas por el artículo 202 de
la Constitución boliviana, referidas a las atribuciones del TCP (en cuanto a
los Conflictos de Competencia), en las cuales se asigna a éste órgano, entre otras,
las siguientes competencias: conocer y resolver los conflictos de competencias
y atribuciones entre órganos del poder público, los conflictos de competencias
entre el gobierno plurinacional, las entidades territoriales autónomas y
descentralizadas, y entre éstas, además de los conflictos de competencia entre
la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria y
agroambiental. El análisis de éste título ha sido abordado por el Doctor José Antonio Rivera S., y su hija,
la Doctora Marilyn Carol Rivera P.
El Título V, está dedicado a regular el Control Previo de
Constitucionalidad y las Consultas que se pueden realizar ante el TCP, y
comprende el Control Previo de Constitucionalidad en la ratificación de
Tratados Internacionales, las Consultas sobre la Constitucionalidad de
Proyectos de Ley, el Control de Constitucionalidad de Proyectos de Estatutos
Autonómicos o Cartas Orgánicas de Entidades Territoriales Autónomas, así como
las Consultas sobre la Constitucionalidad de preguntas para Referendo; temas
cuyo análisis ha sido abordado de manera conjunta por los Doctores Ricardo Sotillo Antezana y Boris Arias Lopez. El
Título VI, que está dedicado a regular las Consultas de Autoridades Indígena
Originario Campesinas sobre la aplicación de sus normas jurídicas a un caso
concreto, y todo lo referente a su objeto, la legitimación, el procedimiento
ante el TCP, el contenido mínimo de la Consulta, así como la Declaración
Constitucional y sus efectos, son temas cuyo análisis ha sido abordado de manera
integral por la Dra. Gabriela Sauma Zankys.
El Título VII, establece los Recursos Constitucionales
que pueden presentarse ante el TCP, comenzando por el Recurso contra Tributos,
Impuestos, Tasas, Patentes, Derechos o Contribuciones Especiales, así como el
Recurso contra Resoluciones del Órgano Legislativo, y el Recurso Directo de
Nulidad. Estos temas han sido analizados por parte del Dr. Ivan Sandro Tapia
Pinto, quien comienza señalando algunos hitos históricos en la configuración de
los recursos constitucionales en Bolivia, para luego realizar algunas
precisiones en cuanto al objeto, procedencia, legitimación activa y/o pasiva,
según corresponda, la sentencia y sus efectos, en cada uno de los referidos
Recursos. El Título VIII, y último que contiene el CPCo, está dedicado a
regular la Consulta sobre la constitucionalidad del procedimiento de reforma
parcial de la Constitución Política del Estado, que como atribución asignada al
TCP, ha sido abordada en su análisis por el Dr. Héctor Arce.
En definitiva, y considerando el importante aporte
realizado por la docena de autores que han aunado sus mejores esfuerzos
intelectuales para llevar adelante el comentario integral, exhaustivo y lo más
completo posible sobre el Código Procesal Constitucional de Bolivia, es
evidente que esta obra se constituye en una de indispensable consulta en el
país, no por ser perfecta o definitiva, sino porque se trata de un trabajo
perfectible en el tiempo, tanto por los avances que seguirán surgiendo a través
de la evolución de la jurisprudencia constitucional boliviana y comparada, como
por el constante desarrollo de la sociedad boliviana y su realidad siempre
cambiante que dará lugar a la aparición de nuevos casos; un fenómeno al cual
las disposiciones legales deben adaptarse a fin de ser útiles al propósito para
el que fueron diseñadas. He ahí, la trascendencia del aporte bibliográfico de
la flamante Asociación Boliviana de Derecho Procesal Constitucional (ABDPC).

7) SISTEMATIZACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2012-2015.
Tomos I, II, III, IV. (Tribunal Constitucional Plurinacional, 2016).
Este
brillante y amplio trabajo de sistematización jurisprudencial de los
pronunciamientos emitidos durante la primera época del Tribunal Constitucional
Plurinacional (en el período comprendido desde enero de 2012 hasta junio de 2015),
constituye una notable iniciativa de dicha institución a través de su Academia
Plurinacional de Estudios Constitucionales, y que contó con la participación de
distinguidos juristas y especialistas en la materia, tales como: Maria Elena
Attard, Monica, Gabriela Sauma, Soraya Santiago Salame, Maria Elena Negron,
Mirtha Loayza Viera, Patricia Serrudo, Gustavo Medinacelli, Jorge Escobar
Pacheco.
Para
comprender la dimensión del trabajo, cabe tener presente la siguiente tipología
de las sentencias constitucionales, que pueden ser fundantes, moduladoras, mutadoras, reconductoras o confirmadoras de
línea jurisprudencial. Las sentencias fundantes plasman un primer
entendimiento jurisprudencial que generan precedentes vinculantes que son
fuente directa de derecho y deberán ser aplicados a casos futuros con identidad
fáctica; las sentencias moduladoras son aquellas que agregan o desarrollan de
manera más extensiva entendimientos jurisprudenciales vinculantes; las
sentencias mutadoras son aquellas que cambian los precedentes; las sentencias
reconductoras implican un cambio de línea a un anterior entendimiento
jurisprudencial; y finalmente, las sentencias confirmadoras son aquellas que a
partir de la vigencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, asumen
entendimientos que ya fueron desarrollados por el Tribunal Constitucional de
los diez años, y por el Tribunal Constitucional de transición.
En ese
contexto, las sentencias identificadas como relevantes, fueron sistematizadas a
partir de fichas jurisprudenciales que contienen lo siguiente: a) la máxima,
que es un resumen del precedente vinculante; b) la síntesis del caso concreto,
que plasma los problemas jurídicos que plantea el caso; c) el extracto del
precedente, que es una copia textual del precedente vinculante consignado en la
sentencia constitucional; d) el extracto de la ratio decidendi, que contiene la aplicación del precedente al caso
concreto; e) la contextualización de línea, en la cual se consigna la historia
de la línea en un análisis dinámico, que contempla la evolución de la línea de
pensamiento jurisdiccional desde el Tribunal Constitucional de los diez años,
hasta el mes de junio de 2015; f) la síntesis de la ratio decidendi, que es un resumen de la aplicación del precedente
en el caso concreto; y g) el estándar más alto, que luego del análisis dinámico
de la línea jurisprudencial, identifica la sentencia más favorable y progresiva
que genera el precedente.
En el
Tomo I, se ha sistematizado la jurisprudencia constitucional sobre la base de
ejes temáticos referentes a: Derecho Comunitario, Derecho Constitucional,
Derecho Jurisprudencial y Derecho Procesal Constitucional; desarrollando
algunos lineamientos sobre las siguientes problemáticas: Conflictos laborales
en organismos comunitarios, Bases fundamentales del Estado y Principios,
valores, fines del Estado, Principio de igualdad material, Valores que
sustentan el Estado, Competencias del Órgano Legislativo y garantía de no aplicación
de la detención preventiva, Competencias del Tribunal Constitucional
Plurinacional y conflictos de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la
jurisdicción agraria, Competencias del Órgano Electoral Plurinacional y la
intervención a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático
en el proceso de consulta previa, Atribuciones del Defensor del Pueblo y su
participación en investigaciones y procesos penales, Procuraduría General del
Estado y su no procesamiento penal, Revocatoria de mandato de autoridades
indígenas, Estructura y organización territorial del Estado, cláusula de
supletoriedad y diseño autonómico, Supremacía constitucional, jerarquía
normativa y reforma de la Constitución, Servidoras y servidores públicos
provisorios que no gozan de estabilidad laboral, naturaleza jurídica de las
normas constitucionales y directa aplicación de la parte dogmática de la
Constitución, Requisitos para la invocación y aplicación del precedente,
Validez de la jurisprudencia constitucional anterior a la vigencia de la
Constitución, Valor normativo de la jurisprudencia constitucional y su carácter
vinculante, Técnica de identificación del precedente constitucional en vigor y
estándar más alto de protección, Jurisprudencia en el tiempo, etc., entre otros
temas importantes.
En el
Tomo II, se ha sistematizado la jurisprudencia constitucional sobre la base de
ejes temáticos referentes a: Interpretación de la Constitución y de las normas
del bloque de constitucionalidad, Derecho Procesal Constitucional, Derechos
Fundamentales y garantías jurisdiccionales en la Constitución y en el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos; desarrollando algunos lineamientos sobre
las siguientes problemáticas: Presentación de la Acción de Amparo
Constitucional fuera del plazo de seis meses, Flexibilizacion del plazo,
tratándose del derecho a la jubilación, Subreglas jurisprudenciales para la
denegatoria de la acción, Autorrestricciones en la Acción de Amparo
Constitucional, Objeto y naturaleza jurídica de la Acción de Cumplimiento,
Causales de improcedencia, Acción Popular y el carácter de cosa juzgada formal
de la resolución que deniega la tutela, Ámbito de protección de la Acción
Popular, Subreglas procesales específicas y Audiencias públicas ante el
Tribunal Constitucional Plurinacional, Acción de Libertad y comparecencia de
terceros, Subsidiariedad excepcional de la Acción de Libertad, Efectos de las
resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, Normas especiales en el
procedimiento de la Acción de Libertad, Subreglas jurisprudenciales para
denegar la Acción de Amparo, Causales de improcedencia en la consulta de
autoridades indígena originario campesinas sobre la aplicación de sus normas
jurídicas a un caso concreto, Subreglas procesales para denegar la tutela en
Acción Popular. Así también: Características esenciales y criterios de
interpretación de los derechos, eficacia horizontal de los derechos civiles y
derechos políticos, interpretación favorable, interpretación conforme a los
tratados sobre derechos humanos, Principio, valor y derecho a la igualdad y no
discriminación, Aplicación de los estándares normativos y jurisprudenciales
internos e internacionales, Derechos de las Naciones y Pueblos Indígena
Originario Campesinos, etc., entre otros derechos humanos y garantías
fundamentales importantes.
En el
Tomo III, se ha sistematizado la jurisprudencia constitucional sobre la base de
ejes temáticos referentes a: Interpretación de normas infraconstitucionales
desde y conforme a la Constitución, Derecho Municipal, Derecho Administrativo,
Derecho Aduanero, Derecho Agroambiental, Derecho Arbitral, Derecho Autonómico,
Derecho Bancario, Financiero y de Cooperativas, Derecho Civil, Derecho de
Ejecución Penal, Derecho de Hidrocarburos, Derecho de la Niñez y Adolescencia,
Derecho de las familias y del proceso familiar, Derecho de seguridad social, Derecho
del Trabajo, Derecho electoral, Derecho Indígena originario campesino;
desarrollando algunos lineamientos sobre las siguientes problemáticas:
Ordenanzas Municipales y su eficacia legal en definición de área urbana,
Suspensión, destitución y elección de Alcaldes y Concejales, la facultad de
fiscalización del Concejo Municipal en relación a contrataciones públicas, la
reconsideración y el plazo de su resolución, Elección de directiva de los
Concejos Municipales, Procesos disciplinarios y requisitos de la resolución
jerárquica, Notificaciones y citaciones, y las irregularidades en los actos
comunicacionales con los requisitos para su tutela, Actos administrativos y la
prohibición de revocatoria unilateral, Procesos disciplinarios en sector salud
y competencia de los Servicios Departamentales de Salud por mala praxis médica
en el ámbito de su jurisdicción, Principio de legalidad en materia disciplinaria
y la necesidad de que la sanción de destitución deba estar expresamente
establecida en la norma, Ley de Administración y Control Gubernamentales y la
imprescriptibilidad de las deudas por daño económico causados al Estado,
Mecanismos de impugnación del acto administrativo y las condiciones para presentar recursos administrativos por correo
electrónico o fax, así como la presentación de recursos administrativos ante
notarios de fe pública, Régimen de contrataciones de bienes y servicios,
Derecho aduanero y detención preventiva, abandono de mercancías, Debido proceso
aduanero, Procesos de saneamiento de vehículos, Derecho Agroambiental y
saneamiento de la propiedad agraria, Función económica social y su
incumplimiento cuando existan relaciones servidumbrales u otras formas
análogas, Derecho Autonómico y reserva de ley, Finalidad del régimen de
autonomías, Bases de la organización territorial, Repartición competencial,
Suspensión temporal y destitución de autoridades electyas departamentales,
regionales y municipales, etc., entre otros temas importantes.
En el
Tomo IV, se ha continuado sistematizando la jurisprudencia constitucional sobre
la base de ejes temáticos referentes a: Interpretación de normas
infraconstitucionales desde y conforme a la Constitución y al Bloque de
Constitucionalidad, Derecho Procesal Civil, Derecho Procesal del Trabajo,
Derecho Procesal Penal, Derecho Tributario, En foque intercultural, de género,
generacional y grupos de atención prioritaria, Adultos mayores, Enfoque
intercultural, Mujeres, Niñas, Niños y Adolescentes, Personas con capacidades
diferentes, Personas privadas de libertad; desarrollando algunos lineamientos
sobre las siguientes problemáticas: Principio de verdad material, Medios de
impugnación de resoluciones judiciales, Recurso de Apelación, Recurso de
Casación, Procesos interdictos, Procesos ejecutivos, Procesos laborales,
apremio y arraigo, Procedimiento para la reincorporación de trabajadores,
Garantía del debido proceso penal y derecho a la defensa material y técnica,
Garantías de la víctima, Imputado, rebeldía y aprehensión, Medidas cautelares
de carácter personal, Detención preventiva, medidas sustitutivas y cesación,
Etapa preparatoria de juicio, excusa y recusación, Sobreseimiento, Deber de
celeridad procesal, Suspensión condicional de la pena, Derecho tributario y
formas de extinción de la obligación tributaria y de la obligación de pago en
aduanas, Impugnación de los actos de la administración tributaria, Proceso
contencioso tributario, Delitos tributarios, Excusas y recusaciones de
magistradas y magistrados, vocales, juezas y jueces, Sanciones a autoridades
jurisdiccionales. Así también, se ha reunido la jurisprudencia relevante sobre:
Adultos mayores y criterios específicos de interpretación de los derechos
humanos, interpretación favorable, protección reforzada en la justicia
constitucional, Principio de interculturalidad, Perspectiva intercultural en la
administración de justicia, Derechos humanos y fundamentales en clave
intercultural, protección reforzada en la justicia constitucional de mujeres,
Mujeres embarazadas, Mujeres víctimas de violencia familiar, Discriminación,
Sujetos de protección reforzada y personas que tienen bajo su dependencia a
personas con capacidades diferentes, Inamovilidad laboral, Personas privadas de
libertad y condiciones de detención, etc., entre otros temas importantes.

8) COMENTARIO A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
(Cfr. STEINER,
Christian, y URIBE, Patricia (editores). Convención
Americana Sobre Derechos Humanos (Comentario). La Paz, Bolivia: Fundación
Konrad Adenauer – Plural Editores, 2014. Disponible en: http://www.kas.de/rspla/es/publications/38682/
)
Siendo evidente el tratamiento diferenciado que la
Constitución boliviana otorga a los Tratados Internacionales sobre Derechos
Humanos, ello constituye el punto de partida que justifica la necesidad de
estudiar la naturaleza jurídica y los alcances precisos del control de
convencionalidad y su aplicabilidad en el contexto boliviano.
De ahí que, es importante poner de relieve la publicación
auspiciada por la Fundación Konrad Adenauer, denominada: “Convención Americana sobre Derechos Humanos. Comentario”, que
reúne las contribuciones y la experiencia de diversos jurisconsultos y expertos
latinoamericanos. Se trata de una publicación que es el resultado de un
proyecto de reflexión de largo plazo, siendo que los contenidos del Comentario
a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) reflejan la
jurisprudencia más relevante que viene desarrollando la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (hasta por lo menos el segundo semestre del año 2012), incluyendo
además la valoración de la coyuntura de reforma del Reglamento de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos.
En esta obra, se destaca principalmente la doctrina del Control de Convencionalidad que viene
desarrollando la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
como un control complementario a los controles de derecho interno, y que surge
en el caso “Almonacid Arellano contra
Chile”, desarrollado posteriormente en el caso “Trabajadores cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) contra Perú”,
además de otros 13 casos adicionales referidos en el análisis del Preámbulo de
la Convención que ahora se publica.
Se debe considerar que esa doctrina, ha tenido amplia
acogida particularmente en Estados que tienen un control difuso, como el que incursionó México con las reformas de
10 de junio de 2011 a su Constitución Federal, que comprende un reconocimiento
amplio de la internalización del derecho internacional de los derechos humanos.
Asimismo, otros países latinoamericanos han recogido y reconocido en sus
Constituciones la preeminencia constitucional de esos Tratados Internacionales
de Protección de los Derechos Humanos; tal es el caso del Estado Plurinacional
de Bolivia, que en la Constitución Política del Estado aprobada el 7 de febrero
de 2009, ha dispuesto en su artículo 410.II, que: “El bloque de
constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales
en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados
por el país”.
Por otro lado, es importante tener en cuenta que han
pasado más de cuarenta años desde la creación, y más de tres décadas de la
entrada en vigor, de la CADH. Este instrumento internacional contiene un catálogo
de derechos y obligaciones inviolables para la persona humana, a la vez que
instaura un sistema de protección regional de los derechos fundamentales de las
personas, que comprende la Comisión IDH y la Corte IDH. Al presente, son varios
los Estados que han ratificado la CADH y han aceptado la jurisdicción de la
Corte, entre ellos: Argentina, Barbados, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile,
Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá,
Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Uruguay, y por supuesto, nuestro
país Bolivia.
Ahora bien, en cuanto se refiere concretamente a este
Comentario a la CADH, se trata de una obra colectiva que tiene como objetivo central,
brindar una herramienta accesible para
conocer el alcance de los derechos de este instrumento regional. Es así que,
resume de forma concisa e integral la interpretación realizada sobre cada uno
de los artículos del referido instrumento internacional, por parte de la Corte
IDH, como órgano del sistema interamericano facultado para ello, incluyendo
además las opiniones académicas relevantes, las referencias al sistema
internacional de derechos humanos y de derecho comparado, que puedan ayudar a
perfilar y contextualizar la interpretación de sus preceptos.
Esta obra, como ya se dijo, es el esfuerzo colectivo de varios
expertos internacionales de todo el continente, el cual inició en diciembre de
2011, cuando la Fundación Konrad Adenauer seleccionó a un grupo de destacados
juristas, para participar en este material inédito. Es así que, entre los
expertos que participan en esta publicación se encuentran por ejemplo: Carlos
Ayala Corao, José Luis Caballero, Jesús María Casal, Christian Courtis, Eduardo
Ferrer Mac-Gregor, Claudio Nash, Carlos Pelayo, Oswaldo Ruiz, Néstor Pedro
Sagüés, Luz María Sánchez, Rodrigo Uprimny, y muchos otros destacados juristas internacionales,
que han dedicado parte importante de sus obras, al análisis y reflexión crítica
de las disposiciones de la CADH y su aplicación práctica en cada uno de los
casos resueltos por la Corte IDH.
Es importante destacar, que 25 naciones americanas han
ratificado o se han adherido a la CADH, y este hecho, revela que la gran
mayoría de los países en el continente se han comprometido en ser parte de un
instrumento regional de protección de los derechos humanos, de adecuar su
conducta y desplegar su aparato gubernamental en dar eficacia a los objetivos y
valores consagrados en la Convención. Por otra parte, es importante poner de
relieve el movimiento de reformas constitucionales en algunos Estados, con
tendencia a abrir los caminos necesarios para la sólida recepción nacional de
los instrumentos internacionales, así como la reconfiguración del bloque de
constitucionalidad consagrado ya en las Constituciones de otros países.
Sin embargo, se debe considerar también que al interior
de los países, los operadores jurídicos nacionales no suelen contar con una formación
especializada en derechos humanos y, no obstante, deben asumir los desafíos
jurídicos que representan, por ejemplo: un litigio en el que se invoquen
instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, la aprobación en
su país de una reforma constitucional en derechos humanos o, el bloque de constitucionalidad ya
incorporado en su máximo ordenamiento legal, lo cual les obliga a interpretar
las leyes a la luz y en conformidad con los derechos humanos, como normas
básicas que rigen la relación Estado-ciudadano y, en algunos casos, también la
relación entre privados (conocido como eficacia horizontal de los derechos).
Ante este panorama, resulta satisfecha la imperiosa
necesidad que existía de contar con una publicación especializada, como
instrumento eficiente para facilitar la consulta de la jurisprudencia interamericana,
a todos los operados jurídicos de la región, incluidos los abogados litigantes,
defensores de derechos humanos, autoridades públicas y operadores de justicia
en Bolivia.
Por
ahora -y para no cansar al lector-, aquí se suspende este recuento bibliográfico
hasta el próximo año, para que juntos podamos llegar a conocer los diez o más libros jurídicos que todo Abogado(a) boliviano debería leer para
mantenerse mínima-mente actualizado.
Atte.
Alan E. Vargas Lima
La
Paz, Día Mundial del Libro 2018.