Por Eduardo Trigo O’Connor
d’Arlach
(Publicado en Cántaro)
Ciro Félix Trigo fue un destacado
jurista y político boliviano. Sus contribuciones a la ciencia del Derecho han
sido debidamente valoradas en el país y en el exterior.
Nació en Tarija, el 31 de marzo
de 1915. Los estudios de secundaria los realizó en el Colegio Nacional San Luis
de su ciudad natal y en el Colegio La Salle de La Paz. En el primero de estos
establecimientos, aun adolescente, dio inicio a la labor cultural, pues en 1930
fue Jefe de Redacción de “El Colegial”, órgano periodístico del tercer curso.
Los estudios de Derecho los
inicio en Potosí y los concluyó en La Paz en la Universidad Mayor de San
Andrés. Se graduó de abogado en 1940 con la tesis “El conflicto internacional de las leyes”. Mientras realizaba los
cursos de educación superior hizo viajes de estudio a Estados Unidos de América
y Europa. Enrolado en el Ejército Nacional concurrió a la guerra del Chaco.
Trigo, entró en la vida pública
en 1942 al ser elegido diputado nacional por la provincia Arce de Tarija. En
1949 formó parte de la Cámara Baja en representación de la provincia Méndez del
mismo departamento. En ambas ocasiones hizo gala de oratoria vehemente y
apasionada en defensa de los preceptos constitucionales y de las aspiraciones
nacionales y regionales.
Durante la presidencia de Mamerto
Urriolagoitia, régimen del Partido de la Unión Republicana Socialista (PURS),
en enero de 1950, fue designado Ministro de Agricultura, Ganadería y
Colonización; después pasó a ocupar la cartera de Gobierno, Justicia e
Inmigración en un tiempo de fuertes tensiones políticas. En el ejercicio de la
función pública se caracterizó por su capacidad y honestidad.
En el accionar político se
destacó por ser un acérrimo defensor de la democracia. Desde la cátedra
expresó:
“La democracia es y seguirá
siendo el procedimiento racional y mejor para el gobierno libre de los pueblos.
Mas, para gozar de sus benéficos resultados, preciso es salvar vicisitudes y
vencer etapas en las que hay que desechar elementos y factores que conspiren
contra su implementación veraz o adulteran su recta aplicación.
“El problema de la democracia
reside principalmente en la educación de las masas y en la realización de obras
que aseguren el progreso material. Pero además requiere de muchas otras cosas.
Para que un pueblo alcance su madurez política -secreto de la democracia- no
bastan las riquezas materiales ni la instrucción pública. Urge la práctica
continuada de una pedagogía constitucional, la concurrencia de permanentes
fuerzas morales y de una elevada y sostenida ética colectiva, capaces de crear
un clima psicológico propicio al ejercicio del gobierno del pueblo por la
mayoría popular.
“Esta es la meta y omitiríamos
nuestra obligación si en todo momento no persistiéramos en la prédica de la
observancia de nuestros preceptos constitucionales, en la sujeción de la vida
nacional a las normas fundamentales, en el fiel cumplimiento de las
disposiciones legales para regular las relaciones sociales mediante la suprema
autoridad del Derecho”.
Divulgaba su pensamiento: “Convencido que el profesor de derecho es un
educador de conciencia jurídica y de criterio social, pienso que tiene que
cumplir una misión específica, de orden científico y moral, a través de la
cátedra y el libro, adquiriendo así más jerarquía que le es menester”.
Ciro Félix Trigo tuvo una vasta
carrera académica en la Universidad de La Paz. En 1942 fue designado profesor
titular de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas y Sociales, rama jurídica que le cautivó por el resto de su vida
profesional y de la cual fue figura descollante. En 1951 publicó su obra
monumental “Derecho Constitucional
Boliviano”, texto de estudio y consulta en las universidades del país.
Después de dictar la cátedra
durante 15 años y de haber ejercido el cargo de vicedecano de la facultad viajó
a la República Argentina, se radicó en Buenos Aires, en esa ciudad se vinculó
con abogados y académicos de sólido prestigio.
En la capital del Plata, fue Jefe
de Investigaciones en el Instituto de Derecho Político y Constitucional de la
Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires; luego en el
mismo centro de estudios superiores regentó la cátedra de Derecho
Constitucional Argentino y Comparado. Cuando ganó la cátedra, uno de los
oponentes reclamó que como esta materia que era con características cívicas,
pudiera ser dictada por un extranjero, a lo que se le respondió: “el conocimiento no tiene nacionalidad”.
Su producción bibliográfica fue
abundante: “Derecho Constitucional
Boliviano”, “Las Constituciones de Bolivia”, “Derechos Humanos” (en
colaboración con Roberto Pérez Patón), “La
Constitución Argentina” y “La Reforma Constitucional en Bolivia”.
En reconocimiento a sus sólidos
conocimientos y vasta experiencia, el gobierno del general René Barrientos
Ortuño le encomendó que formulara el proyecto de nueva Constitución Política
del Estado que fue promulgada en 1967 y que tuvo vigencia por varias décadas.
Por su invalorable servicio a la
Patria le fue conferida la condecoración del Cóndor de los Andes.
Ciro Félix Trigo incursionó en la
diplomacia, en 1965 se desempeñó como Ministro Consejero de nuestra Misión en
Buenos Aires. En 1966 fue acreditado como Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario ante el gobierno de la República del Paraguay.
Cuando ejercía esa representación
diplomática, falleció el 24 de noviembre de 1967. Sus restos fueron
inhumados en el cementerio de La Recoleta en la capital argentina y más tarde
sepultados en la ciudad de Tarija.
Gonzalo Lema[1], jurista
y escritor tarijeño, se refirió a Ciro Félix Trigo en los siguientes términos:
“sobrio tratadista del Derecho. Su inolvidable libro en materia Constitucional
se estructuró, en mi formación, en la sólida columna vertebral que sostuvo,
para siempre, mi interés por el estudio de esta apasionante ciencia. Guardo por
este intelectual el más profundo y agradecido respeto. Pienso que su labor
pedagógica y de divulgación, tan claramente expuestas en su obra, han de
acompañarme por siempre”.
Fuente:
https://www.elpaisonline.com/index.php/edicion-virtual/item/230254-cantaro-25-de-septiembre-de-2016
“Jurar la Constitución y guardar
fidelidad a sus preceptos, divulgarla y respetarla, es deber ineludible de todo
ciudadano y al que no se puede ni se debe renunciar. Su observancia nos
engrandecerá y el amor que por ella sintamos nos dignificará, convirtiéndonos en
fortaleza inexpugnable a la tiranía y al caos”.
“la Constitución es la ley
fundamental o súper ley conforme a la cual se organizan los poderes públicos,
se regulan los derechos y libertades individuales y se limita la acción del
poder público; es la expresión jurídica del régimen del Estado, sujeto a limitaciones
en el ejercicio de sus poderes y se la concibe como el mejor sistema de
garantías contra la arbitrariedad y el despotismo de los gobernantes”
Disponible en: https://repositorio.umsa.bo/handle/123456789/8551 |
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