lunes, 20 de junio de 2011

Elecciones no resolverán la crisis judicial...

José Antonio Rivera: Elecciones no resolverán la crisis judicial

Por Jenny Cartagena T. - Los Tiempos - 20/06/2011
Para el presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba, José Antonio Rivera, la elección de autoridades judiciales no resolverá la crisis del sistema judicial, por la forma cómo está diseñado el proceso. Pero, considera que aún hay tiempo para mejorar los procedimientos.
Creer que la crisis del sistema judicial y el coteo se van a acabar con la elección de octubre, es una falacia, dijo Rivera en una entrevista con Los Tiempos.
El presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba, José Antonio Rivera, afirmó que la elección de autoridades judiciales del próximo 16 de octubre no resolverá la crisis del sistema judicial, por la forma cómo está diseñado el proceso. Sin embargo, considera que aún hay tiempo para mejorar muchos procedimientos.
Creer que la crisis del sistema judicial y el coteo político en la designación de autoridades judiciales se van a acabar con la elección de los nuevos magistrados son falacias, dijo Rivera en una entrevista con Los Tiempos.
Para el también ex magistrado del Tribunal Constitucional, la elección de autoridades judiciales mediante el voto popular no es inédito, se aplicó en el pasado en algunos países pero no resultó, y por cómo se lo está llevando en el país, solo significará un paso del “coteo político” partidario a una elección “monopolizada políticamente”.

Los Tiempos (LT).- ¿La elección de nuevas autoridades judiciales en las urnas resolverá, en parte, la crisis que atraviesa el sistema judicial boliviano?

José Antonio Rivera (JAR).- Personalmente no creo que sea una solución a la grave crisis que viene enfrentando el sistema judicial en Bolivia y ha dado lugar a la falta de credibilidad de la ciudadanía. Se tiene crisis estructural que tiene diferentes causas y diferentes expresiones.
Entre las expresiones están la falta a un acceso universal a la justicia que se traduce en una sistemática violación del derecho al acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva. Hay ausencia estatal en determinados territorios del país, solo en 180 de los 337 municipios existen juzgados, los trámites judiciales tienen un elevado costo.
Por otra parte, se tiene un sistema judicial con altos niveles de corrupción y con mala calidad del servicio, fallos totalmente inmotivados, que no se ajustan a la Constitución, lo que da lugar a una peligrosa y sistemática violación del derecho al debido proceso, de la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y a ser procesado en un tiempo razonable. Además, como ha advertido la Alta Comisionada de las Naciones Unidas hay una marcada influencia del sistema político en los jueces y los miembros de los tribunales.
Entre algunas causas de la crisis están: la formación profesional de los abogados en las universidades con muchas deficiencias y la legislación extremadamente ritualista que da lugar a incidentes dilatorios y decisiones injustas. Estas causas no han sido encaradas en la reforma constitucional, por lo que la sola modificación del sistema de elección de los jueces no garantiza, por si sola, la superación de estos problemas estructurales.

LT.- ¿Pero el nuevo sistema de elección, puede ser la base de las soluciones?

JAR.- Sería una base si es que este proceso estuviese sustentado en reglas claras, compatibles con la Constitución y estuviese precedido de un proceso de comprobación pública de la idoneidad y probidad de los postulantes. Si estuviese exento de manipulaciones políticas, si respondiera al objetivo por el cual se introdujo este sistema de elección por voto en la Constitución, que por cierto no es el mejor sistema. Si la elección por voto popular de los jueces fuera el mejor, en el mundo entero estarían practicándolo.

LT.- ¿Por qué la elección en las urnas no es el mejor sistema?          

JAR.- Los jueces deben ser independientes e imparciales, porque deben resolver las causas exentos de toda injerencia o presión externa proveniente de los otros órganos del poder público, exentos de interés subjetivo en la causa, por tanto no pueden estar alineados a las mayorías ni minorías, deben estar separados de un sistema electoral que funciona sobre la base de las minorías y mayorías, no pueden estar alineados ni a uno ni otro bando. No se puede pensar que con el voto popular los jueces van a ser absolutamente independientes, por lo contario se corre el grave riesgo de que terminen siendo dependientes de quienes los eligieron.
Entonces, no se puede esperar que con la sola elección se resuelva la crisis del sistema judicial ni siquiera que sea un paliativo, más aun cuando las reglas que se que se están utilizando no garantizan una verdadera elección por voto popular. Los ciudadanos irán a votar pero no a elegir, pues la verdadera designación será política en la Asamblea Legislativa y los ciudadanos solo validarán esa designación. Se criticó el anterior sistema de coteo político partidario en el Congreso, donde los partidos proponían nombres y se ponían de acuerdo. Hoy se pretende eliminar este sistema con los dos tercios de voto del partido que tenga mayoría en la Asamblea Legislativa, no a partir de los mejores seleccionados en un concurso de méritos y examen de competencia, sino entre aquellos que tengan mayor afinidad con el partido, frente o alianza en función de gobierno, no solo del actual, sino a futuro de cualquier otro gobierno que tenga esas perspectivas.

LT.- ¿En que varia el coteo político de la elección por voto?

JAR.- Yo creo que al final de este proceso de elección, si no se cambian las reglas de juego, vamos a tener la figura de que la Asamblea Legislativa, por dos tercios de voto, va imponer su voluntad política de quienes deben ser los magistrados, y los ciudadanos avalarán esa decisión en las urnas, de manera que vamos a tener el mismo resultado del pasado, ya no coteado, sino monopolizado políticamente con el aval del pueblo boliviano.
Para una elección democrática se requiere la condición del pluralismo, igualdad de posibilidades de participación, amplia información de manera que el ciudadano libremente pueda tomar decisión en función a la mejor oferta, condiciones que no existen en el actual proceso. Cómo el ciudadano va tomar la mejor decisión si no hay una comprobación de la idoneidad de los candidatos, cuándo se excluye a unos y se permite pasar a otros, violando los derechos humanos de aquellos abogados excluidos por el solo hecho de haber defendido a una persona acusada de narcotráfico.
Se tienen que corregir las reglas de juego y permitir la amplia difusión de información, pues si se sigue restringiendo la libertad de información, de pensamiento y expresión sobre y a los candidatos, los que no puedan hacer conocer su pensamiento jurídico, terminaremos votando por una designación política tomada en la Asamblea Legislativa.

LT.- ¿Hay tiempo todavía para reencauzar el proceso de elección?

JAR.- Si creo que si, si hay voluntad política hay posibilidad de corregir el procedimiento, se tienen los elementos, por ejemplo el hecho de que en Chuquisaca sólo se haya una mujer postulante, rompe la equidad de género lo que debió dar lugar a la anulación de la convocatoria y realizar otra, ajustando las reglas de juego para tener un proceso transparente e inédito como quieren que sea, y se pueda decir caramba, había sido bueno el sistema sigamos. Si no se quiere corregir, subyace la intención no de superar la crisis de la justicia y de tener una justicia al servicio de un proceso de transformación, con jueces que no cumplan con su rol de ejercer el control judicial, sino estén al servicio de una causa. Así no tendremos una justicia independiente e imparcial.

CUATRO SISTEMAS DE ELECCIÓN

De acuerdo al presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba, José Antonio Rivera, una de las grandes preocupaciones de los Estados del siglo XIX y XX, en el constitucionalismo clásico y contemporáneo, ha sido como lograr un sistema de selección y designación de jueces y magistrados que garantice verdadera independencia e imparcialidad, por lo que se ensayaron varios sistemas, sin que alguno sea considerado perfecto.
En la Francia postrevolucionaria se introdujo la elección por voto popular, al igual que en la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, pero no funcionó y tuvieron que reformar.
Actualmente, dice que hay cuatro formas de designación. Una es la designación por el Presidente del Estado o titular del Ejecutivo, que puede ser una decisión única y exclusiva del mandatario o de nóminas propuestas por los órganos legislativos o consejos de magistratura, pero también previo al aval de una de las cámaras, como es el caso de Estados Unidos, donde el Presidente designa con el voto afirmativo del Senado.
El segundo sistema es la designación por el Legislativo, ya sea por las dos cámaras.
El tercer sistema es mixto, una parte de la designación la realiza el Legislativo o bien el Ejecutivo y otra parte el Órgano Judicial.
El cuarto sistema es la coaptación, es el propio Órgano Judicial que a través del consejo de la magistratura y el órgano judicial que hace la designación, es el caso de Colombia.

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