lunes, 20 de junio de 2011

Ley de Clasificación de Impuestos...?

EL PUNTO SOBRE LA I
Ley de Clasificación de Impuestos, jaque a las autonomías municipales

La Asamblea Legislativa debate otra polémica norma
La Razón – 19 de junio de 2011 – ANIMAL POLÍTICO
La Asamblea Legislativa Plurinacional considera la futura Ley de Impuestos de las autonomías. El proyecto, que, según el Gobierno, reafirma la posibilidad de que los municipios creen sus impuestos, es cuestionado como atentatorio a la autonomía local.

Por estos días, en la Asamblea Legislativa Plurinacional, está en elaboración la futura Ley de Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la Creación y/o Modificación de Impuestos de Dominio de los Gobiernos Autónomos. Aprobado por la Cámara de Senadores el viernes 10 de junio, el proyecto pasó a la Cámara de Diputados. 
Esta ley es apurada porque se pretende cumplir el plazo que la Ley Marco de Autonomías dio al respecto: que la norma debe ser promulgada dentro del “año posterior a la aprobación de la Ley Marco”. Así, el plazo vence el 19 de julio.
Con el proyecto de la Ley de Impuestos, sin embargo, se ha reavivado el debate sobre el alcance y los límites efectivos de las actuales autonomías departamental y municipal.
En declaraciones a La Razón (del 11 de junio), el ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce Catacora, señaló que a partir de la Ley de Impuestos, “los gobiernos departamentales y los gobiernos municipales van a tener la capacidad y potestad de crear impuestos, modificarlos, suprimirlos; atribución que hasta hoy no la tenían”.
Del lado de la Asociación de Municipalidades de Bolivia (AMB, que agrupa a los municipios de capital), ya surgieron las observaciones; básicamente en sentido de que la futura norma transgrede la autonomía municipal y con la que todavía no se encara el problema de fondo, el actual sistema tributario nacional.

PROYECTO. Enviado a la Asamblea por el Órgano Ejecutivo, el proyecto de la futura Ley de Impuestos aprobado en la Cámara de Senadores consta de dos títulos y 26 artículos.
En el primer título básicamente se establece la clasificación de los impuestos en nacionales, departamentales y municipales. Los tributos están definidos según los “hechos generadores” de cada ámbito territorial, la actividad económica sobre el que se gravará el tributo. Para el caso de los municipios, se mantienen los actuales impuestos a bienes inmuebles, a vehículos automotores, a la transferencia de ambos y al consumo de la chicha, y se añade un impuesto a la afectación al medio ambiente por motorizados. 
El segundo título desarrolla la regulación y procedimientos de cómo municipios y departamentos pueden crear o modificar sus impuestos.
Aquí, un hecho significativo es el establecimiento de una Autoridad Fiscal, que no es otro que el Ministerio de Economía, que como organismo técnico tendrá la potestad de aprobar o rechazar todos los proyectos de creación o modificación de impuestos que provengan de las autonomías.

AUTORIDAD. Es en este tema de la Autoridad Fiscal en el que radica uno de los mayores cuestionamientos de los munícipes: la atribución que se le da a un ministerio de aprobar o rechazar cualquier proyecto de impuesto en los hechos menoscaba la autonomía municipal, insiste la concejala paceña y vicepresidenta de la AMB, Gabriela Niño de Guzmán. “Lo que pretende el proyecto de ley es otra vez centralizar, que todos los gobiernos municipales tengan que depender de un informe técnico”, afirma.
En el proyecto original enviado por el Órgano Ejecutivo, esta Autoridad Fiscal no tiene un plazo para emitir su informe de aprobación o rechazo, pero en la versión aprobada por los senadores se establece un máximo de 30 días para dar su opinión.
El plazo de 30 días, por lo menos eso, de alguna manera es un logro, señala Niño de Guzmán, porque de no cumplir la Autoridad Fiscal con dicho término, se puede aplicar el denominado “silencio administrativo”, procedimiento que da por aprobado aquello sobre lo que no se pronuncia la autoridad llamada a hacerlo.
En lo relativo a la Autoridad Fiscal, el alcalde de Tarija y presidente de la AMB, Óscar Montes, más bien sugiere una salida intermedia: que dicha autoridad técnica esté conformada por los tres niveles de gobierno, el nacional, el departamental y el municipal. “Una especie de órgano rector participativo; pero que de ninguna manera esté a cargo de un solo nivel de gobierno, porque, sin duda, vamos a tener que pasar por ese filtro a la hora de definir políticas tributarias”.
Un organismo, insiste Montes, que sea más de coordinación antes que de filtro o fiscalización. “Para el tema del filtro está la propia Asamblea Plurinacional, que es allá donde por ley se deben definir algunos temas. En nuestro criterio, es un retroceso, para el proceso de desconcentración del país, fijar organismos fiscalizadores que estén a cargo del Gobierno nacional”.
Y es que ya existe una experiencia de control y asistencia técnica del quehacer tributario relativamente exitosa, recuerda Montes: el Registro Único para la Administración Tributaria Municipal (RUAT), entidad descentralizada con autonomía de gestión que vela por los impuestos municipales, y que está conformada por los municipios, la Policía Nacional y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

SISTEMA 86. Pero el cuestionamiento municipal a la futura Ley de Impuestos va más allá del proyecto. Para Montes, impulsar el actual proyecto, tal como está, es perder la “oportunidad de oro” de acometer un debate a fondo del tema mayor, el régimen impositivo que nació de la Ley 843 de Reforma Tributaria: “Se podía haber aprovechado para avanzar más; no hay un retroceso, pero tampoco hay un avance, hay un estancamiento de las cosas así como están, y recordemos que las cosas así como están han sido diseñadas en 1986, como un instrumento de la nueva política económica impuesta por el 21060. No aprovechar esto (la Ley de Impuestos) para avanzar en materia tributaria, después de más de 20 años, nos parece que es perder una oportunidad de oro”.
En este sentido, la futura Ley de Impuestos es contradictoria, pues, estando enmarcada en un sistema del pasado “centralista”, en la Ley de Reforma Tributaria, es una norma que trata de legislar el quehacer de las autonomías, la nueva realidad del Estado Plurinacional, apunta Niño de Guzmán.
Es más, antes de plantear una nueva Ley de Impuestos, en primer lugar se debió empezar a encarar una de las grandes reformas que aún quedan pendientes en la construcción del actual Estado autonómico: el Pacto Fiscal entre los tres niveles de gobierno, recuerda el Jefe de Recaudaciones de la Alcaldía de La Paz, Ronald Cortez:
“Porque el Pacto Fiscal iba a definir cuáles son los recursos que necesitan las entidades territoriales autónomas para ejercer sus competencias. Estamos comenzando de los pies, porque se supone que el pacto fiscal nos debía dar la visión de las competencias autonómicas, y sobre eso hacer un cálculo, un costeo de las mismas, y en base a esto ver cómo se financian los recursos; aquí cabe recién una Ley de Clasificación de Impuestos, entre otros instrumentos”
LIMITACIONES. Si bien el proyecto de Ley de Impuestos señala todo un procedimiento de creación o modificación de impuestos por parte de gobernaciones y gobiernos municipales, para Montes, esta libertad de los gobiernos subnacionales por lo menos es restringida, pues, dicha “creación” es limitada a lo que dispone la misma ley.
“Lo que nos preocupa es que se cierra la posibilidad de que podamos fijar algunos impuestos al margen de lo que actualmente estamos cobrando. Hay temas nuevos que están surgiendo, como seguridad ciudadana, que la gente contribuya para esto, o la lucha contra incendios, entre otros”, señala el también burgomaestre tarijeño.
Una vez que el proyecto establece impuestos municipales que actualmente ya cobran las alcaldías, para la concejala paceña Niño de Guzmán esto es dejar al municipio prácticamente atado de manos.
“En lo que no estamos de acuerdo es que mantengamos las manos atadas para administrar y operativizar esos impuestos: que el gobierno municipal no pueda establecer incentivos o perdonazos tributarios, por ejemplo”, señala.
Con el proyecto, insisten los directivos municipales, tampoco se da paso a la antigua demanda de los municipios, de poder ellos mismos formular su propio cronograma o calendario del cobro de los impuestos, los plazos que se puede dar a los contribuyentes, según la dinámica de funcionamiento de cada alcaldía o región.
Y es que como el Estado más cercano al ciudadano, el municipio debe buscar mejorar lo que se llama “justicia tributaria” con el contribuyente: que se mejoren las condiciones de pago del impuesto, dejando de lado las duras penalizaciones que actualmente se debe ejercer sobre quienes no cumplen con sus pagos.
La Ley de Impuestos era la oportunidad para empezar a enmendar esto, pero es precisamente lo que no se hace, asegura la concejala paceña.

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