Tratados internacionales no permiten la reimplantación de la pena de muerte
16 de Diciembre de 2011
Ante la propuesta presentada en el Encuentro Plurinacional efectuado en Cochabamba, de sancionar con pena de muerte a aquellas personas que incurren en delitos de alto grado, el juez Ricardo Maldonado y el jurista Alain Canedo, afirmaron que ello no está permitido porque existen tratados internacionales, además consideran que tendría que modificarse la Constitución Política del Estado.
“Tendría que cambiarse toda la legislación procesal penal vigente en Bolivia; debería adecuarse a la Constitución. Bolivia es miembro suscribiente de tratados y acuerdos internacionales, por los cuales no está permitida la pena de muerte. Tendríamos que revisar y modificar a legislación penal todo en el marco jurídico nacional e internacional”, sostuvo el juez Ricardo Maldonado.
También indicó que la política criminal internacional ha demostrado que el incremento de penas y aplicación de la pena de muerte o sanciones graves, no han frenado la criminalidad, pues continuaron en otros países de Europa y Estados Unidos.
“Habría que estudiar, la política criminal debe estar destinada a las nuevas generaciones, debe existir un cambio generacional en el modo de pensar y eso será el que determine”, dijo el juez.
Asimismo, Canedo señaló que el problema para poder optar esta determinación, es que Bolivia ha ratificado y adherido en materia de Derechos Humanos y uno de ellos es justamente la aplicación de la pena de muerte para las personas que cometen en delitos graves.
Por otra parte, dijo que no es posible porque la propia Constitución señala expresamente que Bolivia forma parte del bloque de constitucionalidad de todos los tratados, entonces dijo que por norma constitucional Bolivia se encuentra prohibida de ejecutar la pena de muerte para los delincuentes.
Fuente: El Diario