sábado, 31 de marzo de 2012

El impacto del cambio climático en los derechos humanos en América Latina




El impacto del cambio climático en los derechos humanos en América Latina











La amenaza del cambio climático crece en América Latina. Los científicos prevén una dramática reducción de la cantidad de agua dulce debido a que los glaciares se están derritiendo de forma muy acelerada, los ecosistemas que capturan agua están disminuyendo y los patrones climáticos se vuelven más erráticos. Tormentas e inundaciones están destrozando hogares y cultivos. La elevación del mar destruirá ecosistemas y asentamientos costeros, y causará la muerte de poblaciones de peces que alimentan a miles de comunidades. Las sequías e incendios se intensificarán haciendo que el acceso a la comida y a un hogar sea más difícil y aumentando las temperaturas, lo que contribuye a la aparición de enfermedades transmitidas por vectores. Combinados, estos impactos tendrán un profundo efecto en Derechos Humanos fundamentales como el derecho a un ambiente sano, a comida, a agua, a un hogar y a una vida digna.

El informe de AIDALos Impactos del Cambio Climático en los Derechos Humanos en América Latina”, describe estos efectos y explica cómo dañarán a los Derechos Humanos de la región. El informe tiene como objetivo ayudar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la investigación del vínculo entre los Derechos Humanos y el cambio climático global. El informe también se entiende como una llamada de atención a los gobiernos para cumplir las obligaciones internacionales de los Derechos Humanos y como recomendación a todos los actores regionales para incorporar asuntos de energía en los Derechos Humanos y políticas referentes a cambio climático.

El informe muestra el impacto que sufrirá la población de países en vía de desarrollo a pesar de ser los que menos han contribuido al cambio climático. Comunidades vulnerables, incluyendo pobres, mujeres, niños, grupos étnicos marginados y ancianos, están a menudo, afectados de forma desproporcional en desastres naturales y desastres provocados por el cambio climático. Personas con una culturatradicional, indígenas y granjeros rurales son especialmente vulnerables porque basan su subsistencia, su vida y su cultura, de forma más dependiente, en sistemas naturales.

En marzo de 2011, AIDA presentó este informe de principales impactos a la CIDH. Pensamos en usar este informe para fomentar el debate en la región. En diciembre de 2011, AIDA presentó un informe a delegados de varios países en la Conferencia sobre el Cambio Climático de las Naciones Unidas en Durban, Sudáfrica.

Respetando el Derecho Internacional, los gobiernos tienen la obligación de proteger los Derechos Humanos de todos aquellos que estén bajo su jurisdicción y de evitar actividades que perjudiquen a otros países. Por esta razón, todos los gobiernos están obligados a combatir los impactos del cambio climático en los Derechos Humanos. Por otra parte, los países desarrollados que han contribuido en mayor medida al cambio climático deberían asumir una mayor responsabilidad y ayudar a los países en vía de desarrollo a adoptar medidas contra el cambio climático.
(PARA MAYOR INFORMACIÓN, HAZ CLICK EN EL TÍTULO Y EN LOS INTERESANTES  HIPERVÍNCULOS DE ESTA NOTA).

viernes, 30 de marzo de 2012

Apuntes sobre la Reivindicación Marítima en la Constitución Boliviana







Apuntes sobre la Reivindicación Marítima en la Constitución










 “Durante los álgidos días en que Chile y Argentina se disputaban la soberanía del Canal Beagle, un diario chileno publicó un artículo titulado ‘Julio Verne, Testigo de Chile’, donde se citaba un párrafo de la novela ‘Los Náufragos del Jonathan’, en el cual este escritor declaraba que las islas en disputa pertenecían a Chile. Para destacar lo importante que era para Chile la opinión de Julio Verne, el artículo en este diario chileno expresaba lo siguiente: La imaginería de Julio Verne no fue nunca solamente literaria. Su especial oniromancia marchó siempre del brazo por sus libros con una rigurosa exactitud histórica y geográfica. Julio Verne sabía historia y sabía geografía (…). La honestidad intelectual de Julio Verne surge como un vigoroso antecedente a favor de la causa de Chile en el  Canal Beagle. Nadie podría jamás acusar al escritor francés de ignorar la geografía o inventarla. Todo lo que él dijo en este ámbito fue siempre exacto y verdadero. Pues bien, si Julio Verne fue tan valioso testigo para Chile en el pleito con Argentina por su ‘honestidad intelectual’ y su ‘rigurosa exactitud histórica y geográfica’, seguramente esas virtudes seguirán vigentes cuando el gran escritor francés se pronuncia también sobre el pleito entre Chile y Bolivia. En efecto, en su obra ‘Un Capitán de Quince Años’, capítulo 15 de la segunda parte, se relata que el barco en el cual viajaba un grupo de aventureros encalló en el paralelo 25 (¡justo en el punto donde Don Alonso de Ovalle declaró que comenzaba Chile!). Los viajeros no sabían con exactitud dónde se encontraban. ¿Estaban acaso en las costas del Perú? Un desconocido que llega en ese momento, les aclara: ‘No, amiguito, no; un poco más al sur. Han encallado ustedes en la costa boliviana. Es más, están ustedes en esa parte meridional de Bolivia, que confina con Chile’. No es necesario seguir acumulando evidencias -de toda índole- para llegar a la única gran conclusión: Chile le debe un puerto a Bolivia” (MARTÍNEZ, Cástulo. El Mar de Bolivia. Reflexiones de un Ciudadano Chileno. Tercera Edición revisada y aumentada. La Paz (Bolivia): Librería Editorial Juventud, 2003. Págs. 144-145).


ANTECEDENTES SOBRE EL DESIERTO DE ATACAMA Y EL REINO DE CHILE

Debemos señalar, que de acuerdo a los fundamentos expuestos en el Alegato Histórico sobre los Derechos de Bolivia al Pacífico (que abarca tres grandes períodos: el Imperio Incaico antes de 1530, la Audiencia de Charcas de 1530 hasta 1825, y la República de 1825 hasta 1842), respecto a los antecedentes precolombinos del Desierto de Atacama, se ha puesto en evidencia: que geográficamente el Desierto de Atacama, se extendía de 80 a 100 leguas de costa, desde el río Loa hasta Copiapó, abrazando la tierra de mar a cordillera, y que los dueños del Desierto, en la prehistoria, fueron los Linka-Antai o atacameños, de tipo racial andino y que señorearon, principalmente, el territorio en que florecieron las grandes civilizaciones de los chullpas, los aymaras y los quechuas; sin embargo, en la época del Inca Tupac Yupanqui (siglo XV) los atacameños ya habían desaparecido como unidad étnica.
Por otro lado, también se ha puesto en evidencia que antes de verificarse la conquista incásica del Reino de Chile, el Desierto de Atacama era “res nullius”, es decir que no pertenecía ni al Imperio del Cuzco, ni al país de los Araucos; empero, posteriormente, y producida la conquista de Chile por los Incas, el Desierto de Atacama, perdiendo su carácter de tierra sin dueño, pasó a formar parte indisoluble del Tahuantinsuyo, entendiéndose por “Chile”, según los cronistas de Indias, a partir de Copiapó, habitado por una tribu de escaso o ningún desarrollo cultural, de origen diaguita, del norte argentino. Asimismo, se ha dado a conocer que la expresión “Chilli” era relativa solo al valle que riega el río Aconcagua, siendo extendida por los conquistadores peruanos hasta el primer pueblo que encontraron en su marcha hacia el sur, el de Copiapó, situado a la altura del Paralelo 27.
Finalmente, y desde que los Incas descubrieron y ocuparon el Desierto, que tomó su nombre del pueblecito de Atacama en el confín del Imperio, por Atacama se entendió en lo sucesivo, todo el inmenso despoblado, a lo largo y ancho de los dos caminos imperiales, el de la Costa, y el de la Sierra; he ahí la tradición y la situación jurídica del Desierto de Atacama que encontraron los españoles cuando arribaron al Perú y Chile.
Como se puede ver –y de acuerdo a las conclusiones a las que se arribó en el Alegato Histórico–, el Desierto de Atacama, perteneció al Imperio del Cuzco a título de dominio auténtico, pero luego pasó a integrar la circunscripción territorial de la Gobernación del Perú primero, y de la Audiencia de Charcas después, desde la Conquista española hasta la independencia. En efecto, el 21 de julio de 1529 Su Majestad le otorgó a Don Francisco Pizarro, veinte (20) leguas de Costa, desde el pueblo de Tenempuela (que se llamó Santiago) hasta el pueblo de Chincha, y posteriormente, el 4 de mayo de 1534 le fueron ampliadas setenta (70) leguas más de costa, llamándose Gobernación de Nueva Castilla que se extendía desde los 1º 20’ hasta los 14º 05’ 43’’ de latitud sur. Luego, por provisión de 21 de mayo de 1534, se le adjudicaron a Don Diego de Almagro 200 leguas de Costa, a continuación de la Gobernación de Pizarro, tomando el nombre de Gobernación de Nueva Toledo, y abarcando geográficamente sobre la Costa, el Desierto de Atacama, Tarapacá y Arica, hasta medio grado al sur de Cuzco.
Al año siguiente, por el Tratado de 12 de junio de 1535 celebrado con Pizarro, Almagro emprendió la conquista del Reino de Chile, situado en la Gobernación de Don Pedro de Mendoza, sin título oficial para esa empresa. Almagro castellanizó el vocablo “Chilli”, individualizando la futura nacionalidad chilena, y vuelto al Perú terminó sus días en 1538 en guerra con Pizarro por la posesión del Cuzco. A raíz de este suceso histórico, la Nueva Toledo pasó a depender de la Gobernación de Pizarro, quien a su vez comisionó en abril de 1539 a Don Pedro de Valdivia para proseguir la conquista de Chile, abandonada por Almagro. Años más tarde, en 1541, Francisco Pizarro fue asesinado por los almagristas, sumiendo a la Colonia en plena confusión, por lo que, Don Pedro de la Gasca fue enviado por el Rey, con poderes omnímodos para pacificarla.
Pedro Valdivia regresó de Chile, y combatió contra el rebelde Gonzalo Pizarro que después de la batalla de Jaquijahuana, fue ejecutado el 9 de abril de 1548. Posteriormente, el pacificador, Pedro de la Gasca premió los servicios de Valdivia nombrándole Gobernador de Chile por toda su vida, dicha gobernación fue bautizada con el nombre de Nueva Extremadura. Y como el límite meridional de la Nueva Toledo llegaba a los 25º 31’ 36’’, resulta que Pedro de la Gasca amplió su jurisdicción en 1º 28’’ 35’’ hasta Copiapó, y asimismo desmembró Copiapó de Atacama, señalando los límites de la Nueva Extremadura a las treinta (30) leguas de dicho pueblo, sobre un río (Río Salado) que era en realidad la línea divisoria entre el virreinato del Perú y Chile. Los nombramientos de los sucesores de Valdivia confirman el límite norte del Reino de Chile (Nueva Extremadura), fijado por La Gasca.
Al respecto, se debe considerar que la Audiencia de Charcas o de La Plata, fue erigida por Felipe II el 4 de septiembre de 1559 sobre el territorio de la Nueva Toledo, que le fue segregado a la de Lima, por cuyo motivo nació con todo el amplio Litoral que a aquélla le correspondía, habiéndosele señalado todo el Distrito y jurisdicción de la ciudad de La Plata, con más cien leguas de tierra alrededor por cada parte, demarcación ésta que alcanzaba hasta el Océano Pacífico. Asimismo, la Audiencia de Santiago, fundada el 17 de febrero de 1609 por orden de Felipe III, tuvo por distrito todo el reino de Chile, que histórica y geográficamente comenzaba en Copiapó.

LA RECOPILACIÓN DE LAS LEYES DE INDIAS

La famosa Recopilación de las Leyes de Indias, Código fundamental impreso y publicado en 1681 por orden de Carlos II, en su Ley IX, Título XV, Libro II, que trata de la Audiencia de la Plata, establece los siguientes límites: “por el septentrión (norte), con la Real Audiencia de Lima y Provincias no descubiertas; por el mediodía (sur) con la Real Audiencia de Chile; por el levante y poniente con los mares del Norte y del Sur y línea de la demarcación entre las Coronas de los reinos de Castilla y Portugal…”, es decir que Charcas lindaba con el Atlántico y el Pacífico.
La Ley V de la Recopilación, correspondiente a la Audiencia de Lima, pese a equívoca interpretaciones de los historiadores chilenos, reconoce la soberanía marítima de la Audiencia de Charcas al declarar que aquella limitaba por el mediodía con la de La Plata.
La Ley XIV de la Recopilación, dictada en 1573, por la cual se dividieron los términos del Cuzco entre las Audiencias de Lima y de Charcas, cercenó a esta última una parte de sus costas: la perteneciente al Distrito de Arequipa, quedando su jurisdicción marítima desde el Río Nombre de Dios o Tambopalla, después del cual seguían el Puerto de Ilo, Arica, Tarapacá, etc., hasta el Río de Santa Clara, a treinta leguas de Copiapó, límite entre Chile y Charcas. Posteriormente se le quitaron a Charcas, a favor de la ciudad de los Reyes, las costas de Arica y Tarapacá, quedando el Río Loa como línea divisoria entre ambas Audiencias.

LA INDEPENDENCIA DEL ALTO PERÚ, HOY BOLIVIA

En el Alto Perú, la lucha por la emancipación de América se inició cuando la Audiencia de Charcas se encontraba formando parte del Virreynato de Buenos Aires. Consolidada la independencia del Alto Perú, después de la “Guerra de los quince años”, tanto Lima como Buenos Aires, a cuyos virreinatos perteneció alternativamente la Audiencia de Charcas, y cuyos ejércitos contribuyeron al afianzamiento de su causa, reconocieron la personalidad histórica (y jurídica) de la naciente República.
Una vez liberadas las antiguas colonias españolas en América, acordaron fijar como principio regulador de sus fronteras en su nueva estructura republicana, los mismos límites que poseían bajo la Legislación de Indias. Así surgió la doctrina del “utti possidetis juris” de 1810, destinada a promover la armonía y favorecer la paz en el Continente sobre la base del arreglo jurídico de cualquier controversia territorial. En virtud de aquella norma del derecho público americano, Bolivia, como heredera de la Audiencia de Charcas, nació a la vida independiente con dominio sobre todo el Litoral atacameño, desde el río Loa hasta el Paposo.
En efecto, después del proceso de liberación de la Guerra de la Independencia, al ser establecido el territorio de los nuevos Estados bajo el principio del “uti possidetis” de 1810, la República Bolívar, que devino poco más tarde en República de Bolivia, comprendía toda la antigua jurisdicción de la Real Audiencia de Charcas, la cual, en lo que concierne a su litoral marítimo, fijaba la costa boliviana sobre el Pacífico desde el Río Loa por el norte, lindando con la Provincia Tarapacá del Perú, hasta el Río Salado por el sur, lindando con la República de Chile, es decir hasta el extremo sur del Desierto de Atacama.
La costa boliviana tenía los siguientes puertos marítimos: Antofagasta, Mejillones, Cobija y Tocopilla; y las siguientes caletas: Gatico, Guanillos, Michilla, Tames, Gualaguala, Cobre y Paquica. El Departamento del Litoral o Atacama, con su capital Puerto La Mar, con que fue rebautizada la antigua Cobija, comprendía una extensión aproximada de 158.000 kilómetros cuadrados.
El mencionado estatuto del Litoral boliviano, no fue jamás observado por Chile ni Perú; por el contrario, las Constituciones Políticas de Chile, correspondientes a los años 1822, 1823, 1828 y 1833, reconocieron en forma constante que el límite norte de Chile llegaba hasta el despoblado de Atacama. El Informe de la Comisión Redactora de la Constitución Política chilena de 1828, señalaba: “La Nación chilena se extiende en un vasto territorio limitado al Norte por el Desierto de Atacama”. Así también, el 31 de enero de 1828, al señalarse por Ley la jurisdicción de las ocho provincias en que se dividía Chile, el Artículo 1º de la misma, indicaba así el alcance territorial de la subdivisión política en el norte: “Primera Provincia: desde el despoblado de Atacama hasta la orilla norte del Río Chospa”.
De ahí que Bolivia, en uso de sus derechos soberanos, mantuvo una pacífica posesión de su territorio litoral, autorizando la presencia de Cónsules extranjeros, proveyendo algunas obras públicas, administrando justicia, explotando la riqueza del suelo. Entre dichos actos jurisdiccionales se pueden mencionar los siguientes:

  • Decreto de 28 de diciembre de 1825, firmado por el Libertador Simón Bolívar, disponiendo que en el Partido de Atacama, el Puerto de Cobija sea habilitado como Puerto Mayor con el nombre de Puerto La Mar, en honor del General colombiano José La Mar, héroe de Ayacucho.
  • Decreto de 30 de diciembre de 1832, del Presidente Andrés de Santa Cruz, estableciendo una fortaleza en Cobija, una batería de cañones en el camino a Gatico, y otra en el Morro Blanco, sobre la bahía.
  • Decreto de 17 de julio de 1839, de la Asamblea de Chuquisaca, puesto en vigor por el Doctor José Maria Serrano (Presidente de la misma), por el que se destina fondos para construir edificios públicos, muelles, aduana, faros, etc., en Puerto La Mar, o sea Cobija.

Años más tarde, y a raíz de la primera disputa de fronteras que sostuvo Bolivia con la República Argentina, por la posesión de Tarija, le tocó al Libertador Simón Bolívar defender la soberanía altoperuana de Atacama, frente a las pretensiones del General Arenales, cuyas milicias habían ocupado una parte del Desierto, como contingencia de la guerra emancipadora. Chile, entre tanto, conocedor como la Argentina, que la provincia de Atacama correspondía a Potosí y, por consiguiente, a Bolivia, no formuló ningún reclamo.
Asimismo, los plenipotenciarios argentinos, Albear y Vélez, acreditados ante el Gobierno de Bolívar, declararon carecer de instrucciones para reclamar la provincia de Atacama y dijeron que les parecía que le tocaba correr la suerte del Departamento de Potosí. Tarija, por decisión de su pueblo, secundando al Mariscal Sucre, que reclamaba su restitución a Bolivia por seguridad geopolítica, fue reincorporada al seno de la patria por los legisladores de 1826. En definitiva, el año mismo de su independencia, Bolivia tomó posesión real de la costa de Atacama, sin oposición alguna. Numerosas leyes y decretos, de amplia publicidad, atestiguan el ejercicio jurisdiccional de la República sobre ella, y esa soberanía se expresó, asimismo, en el régimen constitucional del país, y diversos actos administrativos respaldan igualmente el dominio nacional del Litoral.

LA AMBICIÓN CHILENA POR EL GUANO EN LA PROVINCIA DE ATACAMA

Como se ha señalado, la provincia de Atacama, con el puerto de Cobija como capital, fue erigida en Distrito Litoral, independiente de Potosí, con gobierno propio, en 1829, aumentándose de ésta manera el número de los departamentos de la República. De ahí que, los más reputados autores y varios documentos de alta jerarquía, correspondientes a la época republicana, revelan que Bolivia poseía con título legal el Litoral atacameño, y la propia legislación chilena, empezando por sus primeras Constituciones, excluyó el Desierto de Atacama del dominio de aquel país.
En este período, no se registraron actos jurisdiccionales de Chile en el Desierto de Atacama, salvo por algunas explotaciones clandestinas de guano por parte de súbditos de aquella nación, y que motivaron medidas disciplinarias de las autoridades bolivianas. Ni siquiera con ocasión de la Guerra contra la Confederación Perú-Boliviana, Chile alegó derechos sobre el territorio de Atacama. Recién cuando la explotación del guano alcanzó un incremento considerable con el descubrimiento de grandes depósitos, abriéndose el mercado europeo, Chile optó por declarar mediante Ley de 13 de octubre de 1842 de propiedad nacional las guaneras del Litoral atacameño desde Mejillones, lo que obligó al Gobierno de Bolivia, a acreditar ante el Gobierno de “La Moneda”, la Misión de Olañeta con la expresa finalidad de protestar por aquella insólita medida y pedir su inmediata derogación.
Aquella invasión ilegal del territorio boliviano, fue completada con la creación de la provincia de Atacama, lo que no figuraba en la geografía política de Chile hasta entonces. Con la dictación de esas dos leyes usurpadoras y la gestión de Olañeta, quedó trabada la controversia diplomática entre ambos países, la misma que 37 años después se resolvió a favor de Chile, con la Guerra (de conquista) del Pacífico.
El despojo consumado del Litoral, hizo nacer en Chile la conciencia de la justicia y el derecho que le asisten a Bolivia para integrarse al mar; así surgió el Tratado de Transferencia de Territorio de 1895 por el cual Chile se obliga a entregar a Bolivia, en la forma y extensión que adquiera, los territorios de Tacna y Arica, y en todo caso una caleta análoga a la Vítor, capaz de satisfacer ampliamente las necesidades y el porvenir de su industria y comercio. Sin embargo, posteriormente la ambición se apoderó de los gobernantes chilenos, olvidando deliberadamente la deuda contraída con Bolivia, que en su lugar es amenazada a través de la Nota del Ministro Koning de 1900, sucumbiendo entre la debilidad de la nación y la prepotencia de Chile, al firmar el Tratado de 1904, por el que renunció a su costa legendaria, siendo dicho Tratado un instrumento viciado por la fuerza, la ilegalidad y la injusticia, que no representa un ajuste definitivo de paz entre las dos naciones.

Ahora, los invito a leer la versión completa de estas notas, en el siguiente enlace:



La Reivindicación Marítima en la Constitución de Bolivia - 2012

jueves, 29 de marzo de 2012

La Administración de Justicia en Bolivia según la ONU



Nuestro país, en la actualidad, se encuentra caracterizado por una dosis considerable de perplejidad respecto a la administración de justicia, esto se corrobora con el informe anual de la Oficina del Alto Comisionado sobre Derechos Humanos (OACDH) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La Gaceta Jurídica / Ery Iván Castro Miranda
00:00 / 27 de marzo de 2012

A manera de contextualización, debemos establecer cuál es el rol principal de esta oficina, así mencionamos que la ONU es una organización internacional constituida en 1945 (para suceder a la Sociedad de Naciones, creada por el Tratado de Versalles en 1919) por los Estados que aceptaron cumplir las obligaciones previstas por la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco el 26 de junio de 1945), producto de la segunda guerra mundial, a fin de salvaguardar la paz y la seguridad internacional y de instituir entre las naciones una cooperación económica, social y cultural. La ONU empezó a existir oficialmente el 24 de octubre de 1945.

Dentro de la estructura de la organización se encuentra la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos con su sigla OACDH, misma que forma parte de la Secretaria de las Naciones Unidas que representa el compromiso del mundo frente a los ideales universales de la dignidad humana.

El Alto Comisionado encabeza la OACDH y dirige los esfuerzos de la Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos, es decir, esta oficina se encarga de promover, proteger y dirigir los esfuerzos globales en materia de Derechos Humanos para todos.

Actúa objetivamente ante los casos de violaciones de Derechos Humanos en el mundo, también constituye un foro para identificar, resaltar y elaborar respuestas a los problemas actuales de Derechos Humanos y opera como el principal centro de coordinación para la investigación, la educación, la información pública y las actividades de promoción de los Derechos Humanos en el sistema de las Naciones Unidas.

Toda vez que los gobiernos tienen la responsabilidad primordial de proteger los Derechos Humanos, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos presta asistencia a estos gobiernos, a través del aporte de conocimientos especializados y capacitación técnica en las esferas de la administración de justicia, la reforma legislativa y el proceso electoral, todo ello para facilitar la aplicación de las normas internacionales de Derechos Humanos en la práctica, así también apoya a otras entidades encargadas de proteger estos derechos para que puedan cumplir con sus obligaciones y a particulares para que puedan ejercer sus derechos.

Cambios en la organización

La OACDH promociona y estimula el respeto por los Derechos Humanos de todos sin distinción de raza, sexo, lengua o religión, tal como se estipula en la Carta de las Naciones Unidas, esta labor es crucial en un momento en que las Naciones Unidas es objeto de su más profunda reforma.

En la medida en que se hace frente a los constantes desafíos que se plantean en el nuevo milenio, la comunidad internacional coloca de manera inequívoca los Derechos Humanos en primer plano en sus esfuerzos por abordar diversas cuestiones apremiantes en todo el mundo; así, nuestro país reconoce aquello en el sentido de que la propia Constitución Política del Estado (CPE) señala que el bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios Internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario… (Artículo 410, párrafo II).

La OACDH también presta asistencia, recibe, examina las denuncias directas de las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos y hace llamamientos a los gobiernos en nombre de las víctimas; asimismo, apoya a las dimensiones normativas y de supervisión mediante los comités de expertos independientes que tienen el mandato de supervisar que los Estados parte cumplan con las obligaciones de los tratados, para ello se reúnen periódicamente para examinar los informes presentados por los Estados parte y formular sus recomendaciones al respecto.

Condiciones de la labor

Algunas de estas respuestas incluyen la supervisión de las situaciones de Derechos Humanos sobre el terreno y la puesta en marcha de proyectos, como la capacitación técnica y el apoyo en las esferas de la administración de justicia, la reforma legislativa, la ratificación y la educación de los tratados en materia de Derechos Humanos, elaborados en cooperación con los Estados miembros.

Esta Oficina también procura garantizar la aplicación de las normas internacionales de Derechos Humanos a través de una mayor implicación en los países para tratar de establecer contacto con quienes más lo necesitan, ya que desempeñan un papel primordial en la labor de identificar, trazar y elaborar respuestas a los problemas de Derechos Humanos en estrecha colaboración con los gobiernos del mundo, el sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones no gubernamentales y los miembros de la sociedad civil.

En tanto que, la sociedad civil juega un papel preponderante porque actúa como asesor dentro de la OACDH en lo relativo a políticas y estrategias que permitan incrementar y fortalecer las alianzas y cooperaciones para una promoción y protección efectiva de los Derechos Humanos, de convertir estos derechos en realidad.

Sobre el país

En consecuencia, la OACDH realizó un informe anual sobre los Derechos Humanos en nuestro país y entre las principales conclusiones del documento se encuentra lo relativo a la administración de justicia, el racismo y toda forma de discriminación, la consulta a los pueblos indígenas y la violencia contra las mujeres, entre otras.

Para el análisis del informe simplemente nos centraremos en lo relacionado a la administración de justicia, toda vez que para la OACDH existe un deterioro, estancamiento, crisis del sistema judicial y se menciona que “la crisis de la administración de justicia de Bolivia se agravó durante el último año y se caracterizó por el estancamiento en la aplicación del derecho a la consulta de los pueblos indígenas, la polémica elección popular de jueces y los altos niveles de violencia contra las mujeres”.

El informe de referencia es puntual y acertado porque refleja de manera fidedigna la situación de los Derechos Humanos y la justicia en nuestro país; es evidente una concentración de poder, por tanto obvia la inexistencia de la independencia deseada, ya que todos los órganos de poder del Estado están concentrados en manos de un solo partido en función de gobierno, toda vez que se tiene injerencia abierta en las decisiones que toma el Órgano Judicial. Por ello, en el informe se pide que los esfuerzos de las autoridades nacionales contribuyan a la consolidación de la independencia judicial y se coadyuven a la implementación de las reformas urgentes y necesarias para superar la crisis estructural del sistema de administración de justicia.

Como decíamos, el informe se aproxima a la realidad sobre la crisis existente en la administración de justicia, ya que debemos considerar que el problema de la justicia en nuestro Estado es estructural y adolece de muchas fallas, entre ellas procesos lentos y que no es completamente gratuita, ya se dijo que el problema no está en eliminar los timbres de ley, sino en ejercer un control estricto en los administradores de justicia, porque es a ese nivel donde encuentra su falla el principio de gratuidad, toda vez que estos funcionarios son susceptibles de ingresar en la corrupción.



lunes, 26 de marzo de 2012

Chile incumple el Tratado de 1904 estrangulando a Bolivia...


Gobierno acusa a Chile de violar el Tratado y estrangular a Bolivia


El vicecanciller Juan Carlos Alurralde reiteró ayer que Chile incumple el Tratado de 1904 y acusó a éste de “estrangular” a Bolivia con políticas que traban el libre tránsito. En Santiago, el canciller Alfredo Moreno lamentó que Bolivia excluya el diálogo.
La Razón / Paulo Cuiza / La Paz
01:52 / 26 de marzo de 2012
En una entrevista concedida a la radio estatal Patria Nueva, Alurralde señaló que el comercio boliviano es víctima de este “estrangulamiento” chileno. Como prueba presentó al menos cinco ejemplos de las trabas chilenas al libre tránsito boliviano que violan el Tratado de 1904. Al citar a uno de ellos, calificó a la privatización del puerto de Arica como el “golpe más fuerte, más certero” de Chile al comercio exterior boliviano.
En Santiago, el canciller chileno,Alfredo Moreno, afirmó al diario El Mercurio que si Bolivia persiste en abandonar el diálogo bilateral para buscar entendimientos que faciliten aún más la integración, estaría renunciando a la única vía verdadera y fructífera para encontrar caminos que beneficien a ambas naciones.
Críticas. Alurralde criticó algunas actitudes de Chile como el prohibir el ingreso de bolivianos a Iquique en horas de la madrugada por una política de las autoridades locales,el cierre del puerto de Antofagasta a la exportación de minerales,la paralización del ferrocarril Arica-La Paz,la no cesión del puerto de Iquique, la reducción en el puerto de Arica de los volúmenes de nitrato de amonio (para explosivos) de 2.000 a 1.200 toneladas, la construcción de recintos extraportuarios (alejados de la costa) para Bolivia en Arica e Iquique. “Tengo todo un fólder con los incumplimientos de Chile alTratado de 1904”, dijo.
Las declaraciones de Alurralde surgieron dos días después de que el presidente Evo Morales pidiera al Gobierno chileno dejar de ser un “mal vecino”, por su actitud “inamistosa”, cuando Bolivia busca una salida soberana al océano Pacífico, a través de tribunales internacionales, acción anunciada el 23 de marzo de 2011.
Según Alurralde, la privatización del puerto de Arica a la Terminal Puerto Arica (TPA) le significó a esa empresa un ingreso neto de un millón de dólares pagado con dinero proveniente de recursos bolivianos.
“Su política (de Chile)hacia Bolivia es feudal, conservadora, no ha variado y no permite una verdadera integración”, señaló. Alurralde sugirió al presidente Sebastián Piñera y a su canciller, Alfredo Moreno, observar el grado de incumplimiento del Tratado de 1904 y verificar lo que sucede en los puertos chilenos. El Tratado de Paz fue firmado en 1904 y puso fin a la Guerra del Pacífico de 1879. Bolivia perdió 400 kilómetros de costa. Alurralde dijo ayer que las puertas al diálogo con Chile están abiertas.
Demanda marítima boliviana
Proceso
El vicecanciller Juan Carlos Alurralde afirmó que la demanda marítima no pude ser debatida a través de la prensa. Su redacción tomará su tiempo porque “una demanda no es un juego, es una cosa seria”, señaló. Afirmó que el equipo de especialistas debe centrarse en detalles jurídicos del recurso que es lo que más pesa. Mencionó que una vez que la demanda sea presentada, el pueblo boliviano podrá conocer  los detalles de la misma. Recordó que a Perú, en su litigio con Chile, le tomó cuatro años redactar   su denuncia.
Alurralde cree que hay ‘una paz armada’
El vicecanciller Juan Carlos Alurralde consideró ayer que Bolivia y Chile sobrellevan “una paz armada”, impuesta por el Tratado de 1904. Criticó el gasto militar que efectúa el Gobierno chileno para el equipamiento de sus unidades.
“El gasto militar de Chile es excesivamente alto. Chile tiene un gasto de $us 2,7 billones, si no me equivoco, en los últimos años, absolutamente desproporcionado, inmenso y no condice con las condiciones que tenemos de paz en el continente, de paz con los vecinos”, sostuvo Alurralde.
En Perú, Bolivia, al igual que Argentina somos pacíficos, prosiguió el Vicecanciller que se preguntó:¿Para qué, entonces, este armamentismo?”. Bolivia y Chile mantienen, desde el 23 de marzo de 2011, congeladas sus relaciones debido al anuncio del presidente Evo Morales de recurrir a tribunales internacionales para demandar una salida soberana al océano Pacífico.
“Vemos que realmente con ese Tratado de 1904, que se ha impuesto a Bolivia, es una paz armada que actualmente rige las desigualdades y las inequitativas relaciones que tenemos, a las que obliga este acuerdo, este tratado impuesto luego de una guerra de conquista”, declaró el Vicecanciller a medios estatales.
Moreno dice que defiende falsedades históricas
El ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Alfredo Moreno, afirmó ayer que “ni las falsedades históricas” que defiende Bolivia “ni las desmedidas expresiones de sus autoridades” apartarán a Chile de fortalecer la cooperación entre ambos países.
“Si (Bolivia) persiste en abandonar el diálogo bilateral para buscar entendimientos que faciliten aún más la integración, estaría abandonando la única vía verdadera y fructífera para encontrar caminos que beneficien a ambos pueblos”, señaló el jefe de la diplomacia chilena en declaraciones al diario El Mercurio.
El viernes, Moreno aseguró que Morales describió “una versión interesada de la historia que distorsiona el presente y que utiliza expresiones ofensivas y hace cargos infundados que no se condicen con la buena vecindad y en su discurso reclama y que Chile ha ofrecido”.
Moreno recalcó ayer que “ni la suspensión de sus relaciones diplomáticas, ni su negativa de vendernos una sola molécula de gas, ni las falsedades históricas, ni las desmedidas expresiones de sus autoridades, nos apartarán de nuestra política de perseverar en fortalecer la cooperación entre ambos pueblos”.

El Debate sobre la Pena de Muerte en Bolivia...


Justicia con sentencia capital

Antes de hablar de pena de muerte...

La Razón / Rolando Villena Villegas
ANIMAL POLÍTICO / 25 de marzo de 2012
En cuanto a la pena de muerte se debe considerar que existe un presupuesto referido a que ésta no es una acción espontánea que sea parte de una política razonada teóricamente; más bien, es una respuesta de indignación social ante problemas estructurales graves dentro de la comunidad.
Así, los debates en torno a la pena capital no deben circunscribirse a la simple determinación de su pertinencia legal, sino al planteamiento de aquellos factores que constituyen el núcleo que nos ayude a entender las causas que impulsan a un ser humano a robar una garrafa aún a riesgo de ser linchado o, por el contrario, que otro se indigne de tal forma que llegue a matar o consentir la muerte de quien le despojó de lo que tiene.
En ese sentido, debemos razonar acerca de la situación de pobreza de hombres y mujeres, sobre todo jóvenes, que experimentan la imposibilidad de desarrollar un proyecto de vida al tener que dedicar sus esfuerzos hacia una realidad que no avizora perspectivas y, que al sentirse ajenos a los valores de una sociedad distante, no conciben al delito como un acto contrario al derecho, sino como una alternativa de vida.
Es menester analizar los fundamentos del fracaso de los mecanismos destinados constitucionalmente a brindar seguridad, y evidenciar realidades como aquélla en la que el avance de una investigación policial depende del financiamiento que pueda dar la víctima; o que un acusado muera en celdas policiales mientras supuestamente está bajo custodia; o que existan operativos policiales de los que se levanten cuestionamientos sobre su veracidad; o que los efectivos no tengan las condiciones mínimas para realizar sus funciones; o que un porcentaje de uniformados realice actividades administrativas en lugar de las que le son propias; o, más aún, que el uniforme policial sea utilizado como medio para cometer abusos, actos de corrupción.
También debemos reflexionar acerca de la crisis del sistema judicial, en el que la retardación constituye a la regla, además de la existencia de operadores de justicia que actúan más por presión o temor que en favor del cumplimiento de la Constitución y la ley. Esa crisis está motivada también por abogados inescrupulosos que, olvidando los postulados de su profesión, lucran con el dolor.  
Además de lo dicho, hay que pensar que la pena de muerte no es más que un vestigio de un sistema vindicativo (de venganza) antiguo, en el que una ejecución sanciona otra y no tiene el poder disuasivo de la comisión de delitos graves que permita bajar la criminalidad. Al contrario, los delincuentes se muestran más avezados e indolentes al tomar la determinación de quitar la vida a sus víctimas, sabiendo incluso la drasticidad de la sanción emergente del crimen cometido.
Por ello, compartimos el razonamiento del Tribunal Constitucional Sudafricano al sostener que “nos engañaríamos a nosotros mismos si creyésemos que la ejecución de (...) un número comparativamente reducido de personas cada año (...) es la solución al índice inaceptablemente elevado de delincuencia (...) ya que el mayor elemento disuasorio de la comisión de delitos es la probabilidad de que los delincuentes sean detenidos, condenados y castigados”.
Las falencias del sistema penal boliviano, presto por diversas razones a la discriminación, podrían dar lugar a la imposición de la pena de muerte a algunos, mientras que quizás otros que hayan cometido delitos similares o peores se libren del castigo, ya sea porque las primeras no hayan tenido recursos económicos suficientes para contratar asistencia competente o, en su caso, fueren juzgados por tribunales que se comportaran más severamente por diversos factores como la corrupción o la presión social. 
Es de reconocer que nuestra justicia no está exenta del “error judicial” por el cual, erróneamente, se podría condenar a muerte a un inocente. Una realidad evidenciada por Amnistía Internacional en diversas partes del mundo es un ejemplo de lo aseverado, con el que cientos de condenados a la pena capital lograron escapar a la sanción impuesta por el surgimiento de pruebas posteriores que demostraron que la sentencia se debió a una conducta indebida del Ministerio Público o la Policía, al uso de testimonios, pruebas o confesiones poco fiables, o una asistencia inadecuada. 
Ahora bien, más allá de los argumentos señalados, hay que tomar en cuenta que la finalidad de una pena es, por una parte, proteger a la sociedad del delito y, por otra, lograr la enmienda y reinserción del condenado a través de una cabal comprensión de la ley (artículo 3 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión). Por tanto, no constituye ésta una medida vindicativa (de venganza) que pretenda eliminar a un miembro del grupo social que haya quebrantado el orden público.
Se debe recordar que el Estado boliviano es parte de los instrumentos que forman el bloque de constitucionalidad del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos sobre la Abolición de la Pena de Muerte, ratificada por la Ley 3423; del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, relativo a la Abolición de la Pena de Muerte; y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y no son susceptibles de reforma interna y que imposibilitan el restablecimiento de la pena capital.
Por ello, si bien es cierto que nadie puede quedar indiferente ante un crimen que vulnera el derecho a la integridad o a la vida de una persona, pues, nuestra naturaleza como miembros de esta gran familia humana nos provoca sentimientos de justicia, no es menos cierto que los mismos sentimientos que, en realidad son valores, no deben permitirnos concebir la idea de restablecer la pena de muerte como una forma de solución sin considerar previamente la esencia de que esas dimensiones deshumanizantes son las causas del problema.
Pedir la pena de muerte, en el fondo de este complejo asunto, es reconocer que como comunidad hemos fracasado. En la medida que esa toma de conciencia sea unánime, estaremos en condiciones de dar el salto cualitativo que nos permita reconstruir nuevos tejidos sociales en el escenario del nuevo Estado Plurinacional, del que todos estamos convocados a ser parte, donde necesariamente debe prevalecer la capacidad de convivir entre todas y todos los bolivianos apegados a la Constitución Política del Estado, al ordenamiento jurídico vigente, a la normativa nacional e internacional de los derechos humanos constitucionalizados, con aquellos valores de usos y costumbres liberadores que colocan la vida en el centro de los instrumentos jurídicos, de los pueblos indígena originario campesinos de los que emergen los principios del equilibrio entre la comunidad y el Estado.
Para ello, se hace cada vez más imperioso aceptar nuestras diferencias étnicas, sociales, culturales, religiosas, políticas o económicas, como los mejores espacios para resolver los problemas que ahora nos acucian. Logrando esos avances estaremos en mejores condiciones de enfrentar retos para los problemas a futuro.

Justicia con sentencia capital

La inviabilidad de la pena de muerte en Bolivia

La Razón / Juan Antonio Sueiro
ANIMAL POLÍTICO / 25 de marzo de 2012
Para profundizar este tema, es necesario analizar paso a paso todas las razones para no cometer la peor violación del mayor y fundamental derecho humano por medio de una gran injusticia: la vida. La función represiva y sancionadora del delito va desde la época primitiva hasta nuestros días; es decir, desde la venganza privada que desarrolló la retribución igual del daño hasta el derecho público humanista protector de valores jurídicos, tanto del actor como de la víctima, mediante la evolución del derecho sancionador.
En la antigüedad existía la venganza privada para castigar a quien ha causado daño, sin que aquélla sea desproporcional e ilimitada al daño causado por la ofensa. Por tal motivo aparece la Ley del Talión: “ojo por ojo y diente por diente”, con la cual se debía infringir el mismo daño al agresor y no se podía devolver un mal mayor que el recibido. Los pueblos del pasado aplicaron como castigo la proporcionalidad del perjuicio; es decir, quien mata debe morir, que en la evolución histórica del Derecho Penal, los diferentes pueblos del mundo establecieron como la pena de muerte, y que en nuestro país prevaleció en la República hasta que fuese abolida por la Constitución Política del Estado de 1967, y sustituida por la pena de 30 años de presidio, aunque el dictador Hugo Banzer ordenó fusilar a un inocente en el año 1973, en contra del reciente precepto constitucional de 1967.
La sanción de pena de muerte va extinguiéndose en el transcurso del tiempo ante la aparición del derecho humanístico, de acuerdo con la historia, cuando se conforman organismos de Estado del planeta para revolucionar los derechos humanos de las personas, por sobre todo el derecho a la vida como base esencial de los demás derechos. El origen fue debido al oprobio vivido en Europa durante la Segunda Guerra Mundial, donde el genocidio contra la humanidad practicado por el fascismo español perpetrado por Franco contra el pueblo español, el fascismo nazi al mando de Hitler contra el pueblo judío, corroborado por Mussolini,  y donde se realizaron toda clase de muertes por razón de pensamiento, raza u origen. Pensando que todo lo vivido en aquella parte del planeta no debe repetirse es que los estados se reunieron en las Naciones Unidas para aprobar la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, en la que prevalece como precepto fundamental el derecho a la vida.
En Bolivia, son muchas las razones para la inaplicabilidad de la mentada pena de muerte. Como vemos, está prohibida por la actual Constitución Política del Estado, la que hemos aprobado todos los ciudadanos bolivianos mediante voto en referéndum; este precepto prevalece desde la Carta Magna de 1967.
Además, somos parte del contexto internacional en el que formamos parte de organizaciones que en los diferentes convenios y tratados emanados se establece la prohibición de dicha práctica. Por último, la razón por la que no se puede reinstaurar la pena de muerte a cogoteros y toda clase de asesinos es por la sencilla situación de que no se posee medios adecuados para determinar, en casi la totalidad de los casos, la culpabilidad a ciencia cierta del verdadero asesino, toda vez que las ciencias forenses en nuestro país se limitan a simples y aberrantes presunciones, por no contarse con los medios especiales para tal fin, tanto del ente investigador como el del ofendido. Por ende, por un análisis adecuado de la realidad en nuestro país, aplicar la pena de muerte sería la más grande aberración en la situación presente.
Otras de las razones de la inaplicabilidad, creo, es que estamos en una sociedad culturalmente corrupta, donde vemos a diario que algunos investigadores policiales, fiscales, jueces, abogados y magistrados sólo se avocan a intereses personales, es decir, a percibir un quantum económico a cambio de favorecer la causa de quien ha invertido, dejando en situación impune el delito, por lo que la pena de muerte sólo sería una cruel injusticia para el desposeído económicamente, como sucedió y viene sucediendo hasta hoy en día; es una situación lamentable para tratar de imponer una pena que no amerita retroactividad en la vida de quienes padezcan la injusticia de ser inmolados.
Hoy, en la zona andina, por presión social, se instaura sentencia por el sindicado, sentencias de las más crueles que hemos podido observar; es decir, bajo la indignidad de la tortura y el vejamen contra la humanidad como la quema en vida, el entierro en vida y otras atrocidades por algún delito reparable. Lo peor es que muchas veces se realiza con el gran error de identificación del verdadero culpable, ya que la sola sindicación vale para que se comentan estas bestialidades producto de la perversión que arroja la ignorancia generalizada de los actores, en desconocimiento del cuerpo legal del ordenamiento jurídico nacional e internacional para el tratamiento penal de los infractores. Lo más grave es que estas situaciones son mostradas a la población sin ningún cuidado mediante medios visuales que lastiman la cognición de los seres humanos.
De toda esta cruda realidad, establecemos en concreto, en común acuerdo con muchas personalidades que han expresado su opinión con base en realidades y motivos, que no se puede revalidar esta cruel sanción. Todos los fundamentos desarrollados por el ser humano son a favor de la vida y en contra de la pena de muerte, donde el intelecto de estas personas han establecido y dejado de lado esta vieja práctica de la antigüedad que en su época fue más justa que la que hoy pretenden implementar en barrios y comunidades andinas, toda vez que en el pasado se castigaba en igual medida al delito y no de manera desigual como se viene realizando.

NOTA DEL AUTOR DEL BLOG:
¿Reimplantar la Pena de Muerte en Bolivia?; ya no es posible, dado que la misma Constitución Política del Estado aprobada el año 2009, establece expresamente (artículo 15 parágrafo I): “Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes. No existe la pena de muerte”; ello en concordancia con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). Pueden ver mi opinión fundamentada sobre el tema en este Blog.
Asimismo, y para contextualizar éste comentario, les invito a leer un pequeño trabajo de análisis e investigación de mi autoría, sobre: “LA PENA DE MUERTE EN LA LEGISLACIÓN BOLIVIANA. Evolución histórico-normativa y su proyección internacional”. Monografía histórico-descriptiva sobre la anterior vigencia y actual abolición constitucional de la pena capital, escrita en la ciudad de La Paz (Bolivia), en el mes de Diciembre de 2009. Publicado en: “LA GACETA JURÍDICA”, Bisemanario de circulación nacional, en ediciones consecutivas desde fecha 14 de diciembre de 2010, al 18 de enero de 2011. Ahora disponible para consulta gratuita en la Biblioteca Virtual del sitio web: http://www.derechopenalenlared.com/; también disponible en Scribd: http://es.scribd.com/doc/59472122; y en este Blog Jurídico: Tren Fugitivo Boliviano http://alanvargas4784.blogspot.com/

¿Gas por Mar? Sí, pero no, aunque talvez...

‘Ni una molécula de gas para Chile’, aunque tal vez...

El gas como un ‘arma’ de negociación con Chile
La Razón / Ricardo Aguilar Agramont
ANIMAL POLÍTICO / 25 de marzo de 2012
Es difícil sostener que no se posea un color político cuando se trata del comercio, como afirmó a La Razón el diputado chileno del Partido por la Democracia (PPD) Jorge Tarud. La filosofía política muestra que no se pueden encontrar en la “realidad” sino construcciones impregnadas de ideología —definida ésta última como un proceso de producción de significados, signos y valores en la vida cotidiana, y no como otras corrientes la consideran: una comunicación sistemáticamente deformada (ambas interpretaciones tomadas del teórico Eagleton). Precisamente, afirmar que para los negocios no importan las ideologías es una proposición altamente ideologizada, tanto como lo está la aserción categórica de “ni una molécula de gas para Chile”, dicha por el expresidente Carlos Mesa y reiterada por el exministro boliviano de Hidrocarburos José Luis Gutiérrez, en una reunión en 2011.
De hecho, la construcción de significaciones que los bolivianos hacen sobre Chile está ideologizada desde la infancia; la ocupación por la fuerza de las costas de Bolivia en 1879 determina una manera negativa de ver todo lo que tenga que ver con el vecino país transandino.
Tal vez olvidando este imaginario vigente en la actualidad o ignorándolo (involuntaria o deliberadamente), o quizá sólo subestimándolo, el jefe de bancada de senadores del Movimiento Al Socialismo (MAS), Eugenio Rojas, propuso reconsiderar la decisión de no vender gas a Chile expresada en el referéndum del gas realizado en 2004 durante el gobierno de Carlos Mesa.
En promedio, en los días que pasaron de marzo, diariamente se vendieron 30,1 millones de metros cúbicos (MMm3) al Brasil, 8,2 a la Argentina y 7,3 se consumieron en el mercado interno. Rojas hizo el planteamiento bajo el supuesto de que, eventualmente, Brasil deje de comprar este hidrocarburo en unos años. En ese caso, ¿qué haremos con 30 MMm3 de gas?, se pregunta esta autoridad.
“En 2019 se concluye el contrato de venta a ese país, ¿cuál será nuestro mercado ese momento? Además, hay una crisis energética en Chile, aunque nunca podremos renunciar a una salida soberana al océano Pacífico”, añade el legislador del MAS.
La declaración creó un debate sobre el que las asociaciones de víctimas y heridos de la Guerra del Gas, de octubre del 2003 (en contra de la venta de esta fuente de energía a Chile y de su exportación a través de este país), inmediatamente pronunciaron su descuerdo. A nueve años de este conflicto y a ocho del referéndum vinculante de 2004 (que dictaminó que no se venda gas a Chile) se puede ver que no sólo en Bolivia, sino también en el país vecino, las opiniones se encuentran divididas.
El diputado chileno del PPD Jorge Tarud dice a La Razón: “Nosotros comerciamos con todos los países del mundo, sean de derecha, de izquierda o monarquía. Si hubiese una propuesta concreta de comerciar gas, la estudiaríamos de muy buena fe, sin que ésto sea una condición territorial. Chile compra su gas en el exterior y todo depende del precio, aunque tenemos absolutamente cubierta la demanda”.
Es contraria a esta opinión la del recientemente nombrado vicepresidente del Senado chileno, Alejandro Navarro, quien en contacto con este medio dice que el uso del gas como un elemento de negociación en el problema marítimo no es criticable y que Bolivia tiene derecho de hacerlo.
Pero, para el expresidente Carlos Mesa hay una mala lectura de muchas de las cosas que se hicieron en su gobierno. De hecho, la pregunta 4 del referéndum por el gas (ver infografía) habla de utilizar el gas como un recurso estratégico para lograr una salida soberana al Pacífico. “Eso no quiere decir, en absoluto, ‘gas por mar’ —como interpretan muchos—, eso es algo que nunca planteé, hay que subrayarlo. La negociación del tema marítimo no debe estar directamente relacionada al tema del gas”, precisa en una charla con La Razón.
De acuerdo con el canciller de Bolivia de la gestión de Mesa, Armando Loaiza, el tema del gas se ha alterado completamente. “Ellos (los chilenos) no podrían aceptar bajo ninguna circunstancia ‘gas por mar’. Además, estamos en una situación enrarecida por la posible demanda internacional que quiere plantear Bolivia. Aunque me parece interesante la autocrítica sobre la política del gas que hace gente del Gobierno”, expresa la exautoridad. No obstante, para Mesa, la integración no sólo energética, sino en otros sentidos, va después de una solución a la salida al mar para Bolivia.
Todas estas afirmaciones cruzadas (sobre el problema entre ambos países) se acercan o alejan a diferentes conceptos de nación y aluden indudablemente a diferentes construcciones ideológicas, pues, la sola idea de país no puede sino estar recubierta de política como, por ejemplo, la afirmación categórica de Tarud: “Si Morales dice que se va a demandar a Chile en una corte internacional será el peor error, pues terminarán las conversaciones bilaterales, sería el fin del diálogo”. O como la convicción de Alejandro Navarro, quien parece hablar precisamente de la ideologización del tema cuando dice: “Una franja Chile-Bolivia es posible, algunos dirán que se trata de comunismo, otros de nacionalismo o de socialismo; aunque pensamos que el sueño de Bolívar, el americanismo, es posible”.
‘Bolivia tiene derecho a usar el gas en la mesa’ - Alejandro Navarro, vicepresidente del Senado de Chile
Hay una agenda de 13 puntos abierta entre Bolivia y Chile. Ésta no excluye ni el gas ni el mar. Está claro que tenemos abundante mar y Bolivia abundante gas. Nosotros hemos propiciado una fórmula en la que estos elementos no sean utilizados como una presión, sino que ambas ventajas pueden ser convergentes.
Para Chile es interesante contar con gas boliviano. Tenemos grandes problemas energéticos que se han intentado suplir con la creación de termoeléctricas que son altamente contaminantes y han generado conflictos sociales en la costa nacional. Creo que si el gas sirve para afectar la posibilidad de un acuerdo histórico con Bolivia es bienvenido.
Hay quienes en Chile pensamos que Bolivia tiene derecho a exigir una salida al mar. Aunque creemos que una con soberanía ahora no es posible por condiciones históricas que han hecho que la recepción para esto en Chile sea altamente negativa. Sin embargo, creo que la costa no va a tener el valor que hoy se le asigna en 20 o 30 años, por lo que hay que perseverar en la línea de trabajo de los 13 puntos sin exclusiones: si el gas puede ser un elemento de negociación, Bolivia tiene el derecho de usarlo en la mesa; creo que no sería una actitud ni criticable, ni que Chile debería sacar de claro, ni de manera inmediata. En el diálogo, la propuesta se discute y evalúa; sin embargo, no sé si el pueblo boliviano está en condiciones de aceptar una fórmula de ‘gas por mar’, lo mismo que los chilenos ‘mar por gas’.
(En cuanto a las negociaciones), creo que el mejor camino es el bilateral. El tratado de 1904 pone la opción trilateral que incluye a Perú, que por cierto ha sido un obstáculo para que las negociaciones entre Bolivia y Chile avancen. Comprendo la decisión del presidente Morales, sin embargo, Chile ya se encuentra en un diferendo con Perú en La Haya.
En caso de que Bolivia vaya a un tribunal internacional, la acción se mezclará con la de Perú y generará confusión; aunque se trata de una decisión soberana del pueblo boliviano y del presidente Morales.
Yo sólo aspiro a que no ocultemos la cabeza como el avestruz y que tomemos el desafío entre nuestros países de este planteamiento de más de 130 años. Creo que el mecanismo adecuado es sentarse y poner las cartas sobre la mesa. Bolivia ha mostrado estabilidad política y social: se ha visto que los últimos tres presidente chilenos se han entendido con un solo mandatario boliviano, lo cual es bueno.
‘Chile verá la idea como un chantaje’: Carlos Mesa, expresidente de Bolivia
La propuesta tiene una hipótesis errada: que se pueda negociar el gas a cambio de soberanía marítima. Si es ésa la idea que tienen sobre vender gas a Chile, entonces se van a chocar contra un muro porque Chile lo va a entender como un chantaje. Un país con poder económico no va a aceptar esa insinuación.
‘La propuesta es una cortina de humo’: Raúl Lema Patiño, expresidente de YPFB (MNR)
El planteamiento no tiene sentido. Chile no necesita el gas boliviano. Ésta es una nueva cortina de humo que hace el Gobierno para cubrir los problemas que no puede solucionar. Hicieron un golpe de Estado a Sánchez de Lozada bajo el pretexto de no vender gas a Chile y ahora quieren hacerlo.
‘Es inaceptable condicionar la venta’: Jorge Tarud,diputado de Chile por el PPD
Somos un país abierto al mercado internacional: no tenemos ideología para el comercio. Se puede realizar acciones de este tipo con países de izquierda o de derecha. No tenemos problema de estudiar una propuesta concreta de comprar gas a Bolivia; lo que es inaceptable es una condición territorial.
‘Chile ya no necesita el gas de Bolivia’: Armando Loaiza, excanciller de Bolivia
Me parece interesante que autoridades de este Gobierno, que en 2003-2004 tuvieron una posición muy tajante respecto a la venta y exportación de gas a/y por Chile hacia México, Estados Unidos, estén reconsiderando el tema tras un análisis; aunque Chile ya no necesita del gas boliviano.
‘Chile también tiene una deuda jurídica’: Juan C. Aldurralde, vicecanciller de Bolivia
Se puede hablar de mecanismos de integración (la venta del gas es una carácter energético) y sólo se avanzará en ella si se resuelve la herida histórica con Chile. Es claro, hay posibilidad de integración, pero Chile no sólo tiene una deuda ética, sino también una jurídica con Bolivia y deben ser pagadas todas.
‘Hay que buscar nuevos mercados’: Eugenio Rojas, senador de la bancada del MAS
No se trata de vender gas a cambio de mar, aunque hay que buscar nuevos mercados. Si no quieren comerciar nuestro gas a Chile, entonces ¿a quién vamos a vender si Brasil deja de comprarnos? Paraguay y Uruguay son mercados muy pequeños y lo peor es que vendemos a Argentina y ellos a Chile.
‘No se aceptará gas por mar’: José Manuel Edwards, diputado de Chile
Chile tiene muchas necesidades energéticas. A Chile le conviene comprar gas boliviano, como a Bolivia le conviene venderle gas a Chile, aunque el pueblo chileno no aceptará negociar “gas por mar”. No creo que sea un chantaje, sino simplemente que es una idea que no tiene destino.