sábado, 28 de febrero de 2015

Estudios recientes sobre la crisis judicial en Bolivia



Estudios recientes sobre la crisis judicial en Bolivia - La Razón

Por: Alan E. Vargas Lima





El polémico tema de la crisis judicial en Bolivia, ha motivado en los últimos años, la realización de varios estudios y análisis de diversos expertos, en búsqueda de las principales causas y las soluciones factibles para contrarrestar los efectos perniciosos que conlleva, y que genera descontento en la población boliviana.

Una muestra de ello, fue el libro denominado: “El Estado de la Justicia Boliviana. Del Estado Republicano al Estado Plurinacional” (2013), del Dr. William Herrera Áñez, quien brindó sorprendentes resultados de encuestas realizadas sobre la justicia en Bolivia[1].

Así por ejemplo, a la pregunta de si consideraban que nuestros tribunales respetan la garantía del debido proceso, el 82,74% respondió que no y sólo el 17,26% que sí. Consultados sobre si la elección de las autoridades judiciales mejoró la administración de justicia, el 80,14% dijo que no y sólo el 19,86, que sí. Para el 75,2% de los encuestados no existe respeto al principio de igualdad jurídica, ya que la justicia discrimina a las personas por razones económicas, relaciones de poder o presiones políticas. Preguntados sobre el grado de representación de las autoridades judiciales electas por voto, después de casi dos años de ejercicio de sus cargos, el 0,8% de los encuestados respondió que se sintieron muy representados,  el 10% representado, el 45,06% poco representado y nada representado el 44,12%. Indagados sobre las causas por las que no acuden a la administración de justicia, el 30,3% dijo que por factores económicos, el 13,62% por desconocimiento de procedimientos, el 21,24% por desconfianza en el sistema judicial, el 6,64% por discriminación, el 24,42% por retardación y el 3,76% por temor a represalias.

¿Existe corrupción en el sistema? Sí dijo el 95,88% y no el 4,12%. ¿Tiene confianza en el Órgano Judicial? Sí dijo el 22,16% y no el 77,84%. ¿Existe respeto de la independencia judicial? Para el 30,5% sí y no para el 69,5% (el peor grado de confianza 77,9% está en la sede del órgano: Sucre). Una buena noticia, fue que el 64,06% cree que la justicia boliviana mejorará en el futuro, aunque de los análisis y cifras que presenta el mismo libro, se evidencia que la asignación presupuestaria destinada a la justicia, en vez de mejorar, rebajó sistemáticamente entre 2002 y 2012, dado que por cada 100 bolivianos proyectados en el PGE se destinaron 1,7 bolivianos a la justicia.

Asimismo, el autor en su estudio, se muestra crítico al actual sistema de justicia, porque en su criterio existe “mucho Gobierno y poco Estado”, lo que no permite la consolidación de un Órgano Judicial, independiente, imparcial, creíble y fortalecido, debiendo considerarse que la condición esencial de un Estado de Derecho, es precisamente que no exista ninguna forma de sumisión al poder político.

Por otro lado, el analista Henry Oporto, el pasado año nos mostraba una radiografía del sistema judicial boliviano colapsado, en su artículo denominado: “La Justicia se nos muere” (2014), mediante el cual, advertía el fracaso de la política judicial, así como los efectos deplorables de la elección popular de magistrados, lo que ha derivado en el desmoronamiento del sistema judicial, y el inevitable colapso de la administración de justicia.

En este sentido, el autor hizo notar el crecimiento de la moral judicial, dado que según datos oficiales, las causas resueltas en todas las materias, apenas alcanzaban al 31% de las causa ingresadas, mientras que las causas pendientes llegaban al 69%. Por otro lado, y en cuanto a la sobrecarga procesal en los juzgados, hizo notar la brecha existente entre el aumento de las causas y el reducido número de juzgados. Así, advertía que el promedio nacional en materia de medidas cautelares, era de aproximadamente 2.470 casos por Juez de Instrucción Penal, y que además, en las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz, este promedio llegaba incluso a una cantidad de 3.000 casos por Juez, en un solo año.

Sin embargo, no debe perderse de vista que –según el autor– la acumulación de la carga judicial, es también efecto de la persecución judicial contra opositores políticos y funcionarios de anteriores gobiernos (calificados de “neoliberales”), siendo causas que llevan años de trámite, tanto para mantener la presión sobre ellos, como también por el temor de los jueces, de cerrar o archivar esos casos.

Asimismo, también se evidenció la existencia de jueces y fiscales saturados, siendo que el drama de falta de jueces, también se reproducía en el Ministerio Público; y es que, entre los años 2008 y 2011, el número de fiscales en todo el país creció en apenas 2%, un incremento insuficiente frente al crecimiento de las causas que en ese mismo período aumentaron a cerca de un 13%. Así, entre los años 2008 y 2012, el número de causas por fiscal (como promedio nacional) en las nueve capitales de departamentos, había aumentado de 165 a 179 causas.

Otro de los problemas advertidos en aquel estudio, fue el de los presos sin sentencia, dado que haciendo una comparación con los datos de la gestión 2010, las imputaciones formales presentadas durante ese año, alcanzaron a más de 20.000 en todo el país; en cambio, las sentencias dictadas por los tribunales fueron apenas 874, y esa cifra, representaba un escaso 4% del número de imputaciones, lo que evidencia la falta de justicia para miles de personas y familias involucradas.

Finalmente, cabe señalar que el problema del hacinamiento en las cárceles, tiene como causa la falta de sentencia de los tribunales, lo que aumenta la cantidad de presos sin una sentencia ejecutoriada. Ello, considerando que la población carcelaria en Bolivia, hasta el año 2011, alcanzaba a más de 13.000, de los cuales, la mayoría eran detenidos sin una sentencia en su contra, lo que constituye una violación de los derechos humanos. Entonces, la enorme cantidad de privados de libertad, sin sentencia ejecutoriada, y que no deberían estar en las cárceles, es –según ese estudio– una de las causas principales de la sobrepoblación carcelaria.





En este último tiempo, se ha publicado un nuevo y minucioso análisis sobre la crisis judicial en Bolivia. Se trata de la obra de Pamela Delgadillo y Rogelio Mayta, denominada: “laberinto.bo Notas para un diagnóstico de la justicia y algunas propuestas” (2015)[2], y se trata de un trabajo que básicamente parte de una realidad innegable: Bolivia nunca pudo consolidar una administración de justicia creíble, independiente, eficiente y democráticamente justa; sin embargo, es aceptada todavía tal como nos fuera legada por la colonia, con una estructura jerárquica, pesada, ritualista y discriminadora.

La importancia de este trabajo, radica en su intención de aportar al análisis, mostrando una perspectiva general del problema, pero además, planteando posibles soluciones, a cuyo efecto, sistematiza los principales problemas de la administración de justicia y su complejidad, como base para repensar algunas alternativas de soluciones propuestas por los autores, cuyo meritorio esfuerzo debe reconocerse.

Es así, que los principales problemas que atraviesa la administración de justicia, y que se identifican en este estudio, se agrupan en cuatro ejes:

a) la inexistencia de una reflexión (seria y objetiva) sobre la justicia, a cuyo efecto repasan las experiencias de las reformas judiciales de los años 90’s, que según los autores, no consideraron las características socioculturales del país, lo que no permitió “trascender los limites de un ajuste que no cambia nada”. Asimismo, hacen referencia al “fetichismo legal” que hasta ahora padecemos, y que nos hace creer que todos los problemas de la sociedad, y los de la administración de justicia, se pueden resolver básicamente con leyes[3].

b) la ineficiencia del sistema judicial, para lo cual, los autores revisan la sobrecarga procesal existente en varios juzgados y tribunales, considerando que el año 2012 los tribunales penales emitieron sentencia sólo en el 0.4% de los casos atendidos, mientras que los juzgados laborales resolvieron cerca del 43% de los casos que conocieron. Asimismo, muestran también la carga de trabajo en el Ministerio Público, como complemento indispensable para el desenvolvimiento del sistema de justicia penal. Sin embargo, también se pone en evidencia la débil gestión institucional que ha sido incapaz de diseñar un plan de acción para resolver los problemas existentes.

c) las limitaciones reales y aparentes de independencia e imparcialidad, para lo cual, debiera comenzarse por la despartidización en la elección de las altas autoridades judiciales, ante la evidencia de sus limitaciones y fracasos. Pero no sólo aquello, sino que también está presente el problema endémico de la corrupción judicial, ante el cual, las soluciones legales han resultado ineficaces, siendo evidente la necesidad de cambiar la perspectiva, para abordar de mejor manera ese problema, dado que no se trata de la falta de leyes, sino de falta de voluntad en los operadores de justicia para cambiar sus actitudes.

d) las barreras del acceso a la justicia, que básicamente se tratan de barreras económicas de las personas que por falta de recursos económicos suficientes, no pueden acceder libremente al sistema judicial, o al menos permanecer allí hasta encontrar una solución efectiva; barreras originadas por la discriminación, que a pesar de las políticas nacionales impulsadas para erradicarla, aún perviven en la conducta de muchos servidores judiciales; y las barreras originadas por la insuficiencia de juzgados y tribunales, que tiene que ver con la baja asignación presupuestaria que le corresponde al Órgano Judicial en su conjunto.

Esto último, no hace más que poner en evidencia una vez más, que la justicia en nuestro país, sigue siendo excluyente y privilegiada, dado que está claramente reservada sólo para quienes tienen las posibilidades económicas para lograr un resultado favorable en estrados judiciales, en tanto que los demás, impedidos por sus limitaciones económicas, muchas veces deben conformarse con no ver materializados sus anhelos de justicia, lo que genera esa desconfianza ciudadana en la justicia boliviana.

Finalmente, lo interesante del estudio, son las propuestas de los autores, tanto para superar la falta de reflexión sobre la justicia, para mejorar la eficiencia del sistema judicial, para superar las limitaciones de independencia y corrupción, así como para lograr un mayor acceso a la justicia; a cuyo efecto, señalan una diversidad de objetivos, factibles de traducirse en acciones concretas, y que debieran ser parte de una política judicial de reestructuración integral e institucionalización de todas las dependencias del Órgano Judicial.

Con este trabajo, que básicamente se trata de una propuesta integral de acciones concretas para mejorar y optimizar el sistema de justicia en el país, los autores demuestran claramente que como sociedad boliviana, merecemos que se nos brinde una mejor administración de justicia, y en ese propósito, el libro no se agota en la reflexión sobre la justicia y sus estadísticas, sino que da un paso más allá, al proponer alternativas de solución, que es precisamente lo que debe llamar la atención de las autoridades gubernamentales en general, y de las autoridades judiciales en particular, dado que ellos tienen la responsabilidad de implementar mejoras e innovaciones en el sistema judicial, a la mayor brevedad posible.
En definitiva, se trata de una obra encomiable, y de consulta indispensable para repensar nuevas formas de lograr una organización adecuada y funcionamiento efectivo del Órgano Judicial en su conjunto, con propuestas razonables de solución, acordes a la magnitud del problema.


[1] Asimismo, la ONU, a través de Denis Racicot, en el Informe sobre Derechos Humanos en Bolivia (2014), alertó que la crisis de la justicia en Bolivia se profundizó y se caracteriza por el retraso, insuficiente cobertura, corrupción, impunidad y falta de recursos económicos. El reporte de la ONU, también advirtió sobre la persistencia del problema estructural del sistema penitenciario, tal y como reflejan el hacinamiento, el "uso excesivo de la detención preventiva, que asciende al 83,3 % de la población penitenciaria”, y la situación de los niños y niñas que viven en las cárceles.
[2] Esta nueva producción bibliográfica, también se encuentra disponible para descarga en formato PDF, en el sitio web: www.justicia-bolivia.info
[3] Este es un aspecto que hemos venido criticando desde hace bastante tiempo atrás, y recientemente, cuando en esta columna abordamos la necesidad de leyes de calidad (y no por cantidad) en Bolivia, señalamos que: “Ello no significa que se requieren más cantidad de leyes, porque ya estamos abarrotados de muchas de ellas, y no es con leyes escritas que se va a transformar (como por arte de magia) el sistema judicial, sino con leyes operativas, es decir, con leyes que tengan objetivos específicos y finalidades concretas; leyes que establezcan instrucciones claras y directas (libres de ambigüedades) a los operadores de justicia (para evitar tergiversaciones), respecto a su forma de proceder en los procesos judiciales, a fin de contrarrestar viejas y malas prácticas formales o ritualistas, que sólo perjudican a los ciudadanos que acuden a los estrados judiciales en busca de justicia.”

lunes, 9 de febrero de 2015

ANIVERSARIO: Rezago en los cambios estructurales que trae la Constitución







A seis años de la vigencia de la nueva Constitución, se evalúa la implementación de las transformaciones estructurales del Estado que propone el texto. Se observa que hay rezago en estos cambios y que el atraso no está relacionado al texto en sí, sino a factores externos.

La Razón (Edición Impresa) / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz
00:08 / 08 de febrero de 2015

El accidentado camino de la Asamblea Constituyente y los meses posteriores a su clausura —el Referéndum Constitucional y las modificaciones en el antiguo Parlamento del texto original aprobado por voto mientras llegaba una marcha de presión en enero de 2009 para que se respete el resultado electoral— dio como resultado el texto de la Constitución Política del Estado (CPE) que se publicó y entró en vigencia el 7 de febrero de 2009.

Aunque se pueda pensar que sus seis años de vida no son nada o que son el tiempo suficiente para una evaluación de fondo, lo cierto es que algunos cambios estructurales del Estado que plantea la CPE de 2009 aún quedan en el rezago, principalmente por defectos en la implementación.

Las autonomías, una mejor justicia, el desarrollo de dos de las tres formas de democracia (participativa y comunitaria), el respeto a la Madre Tierra y la inclusión de lo indígena (tema que atraviesa a las autonomías y la Justicia) no han avanzado de la manera que se quisiera, por ¿incomprensión de la CPE, falta de voluntad política, traición al texto constitucional o trabas del pesado aparato burocrático estatal?

A seis años de vigencia de la CPE, el analista Carlos Börth, el exdiputado Fabián Yaksic y el senador Carlos Romero evalúan la implementación de dos de las transformaciones del Estado mencionadas: la autonomía y la Justicia.

Con seis años de vigencia de la Constitución, ya se plantea modificarla. Atendiendo al análisis expresado por los entrevistados, se puede afirmar que los rezagos en el cambio estructural apuntan a un defecto de implementación y no a una falla del texto constitucional, el que fue destacado por el teórico Boaventura de Sousa Santos como fundacional de la constitucionalidad plurinacional, que luego fue retomada y adaptada a su realidad por Ecuador y el discurso de los españoles de Podemos, quienes también hacen guiños intertextuales con la noción de “plurinacionalidad”. “Es una Constitución que ha modificado muchas cosas y creo que su tiempo de vigencia es todavía corto. Es prematuro tomar una decisión sobre cambiar la Constitución”, dice Romero.

Al contrario, Carlos Börth no considera que sea poco tiempo y ve varios pasajes que deberían ser modificados: contradicciones, olvidos, nomenclaturas anacrónicas “debidas a los accidentes de su aprobación”. “Ya se observan incongruencias entre el texto constitucional y la realidad, se identifican cosas para modificar, aunque todo depende de cómo se procese la reforma”. Yaksic, por su parte, no habla de modificaciones, sino de que “(la Constitución) se aplique. Que se cumplan sus artículos, desde la separación de Órganos del Estado”.

LAJUSTICIA. La CPE formulaba dos innovaciones para reformar la Justicia: la elección por voto de las altas autoridades y la inclusión de la justicia indígena comunitaria. En cuanto a la Justicia, Börth dice que la CPE no tiene mayor problema, “salvo un episodio originado en los cambios introducidos en el Parlamento”. El texto de Oruro (modificado en el antiguo Congreso Nacional) incluía a los altos magistrados como susceptibles de ser revocados por referéndum. “La modificación no mantuvo la revocatoria de magistrados porque (ésta) introducía una enorme inestabilidad. Sin embargo, en el capítulo del referéndum quedó. Salvo eso, no hay mayor problema”.

En realidad, todo dependía de llevar a la práctica el planteamiento de democratización, pues al texto “no le corresponde decir qué tenían que hacer los magistrados electos más allá de sus competencias”. En los hechos, se preseleccionó a los candidatos con “severas observaciones”, que dejaron “sin legitimidad” al proceso. Luego, las autoridades electas “no hicieron nada para cambiar la Justicia”. “Los magistrados terminaron agravando la situación”, señala.

El Movimiento Al Socialismo (MAS) ha sugerido la modificación de la CPE precisamente con relación al problema judicial. El Presidente adelantó la realización de una cumbre de la justicia, cuyos resultados vayan a referéndum, lo cual implica la posibilidad de “abrir” la CPE para introducir los cambios que se vayan a proponer.

Romero señala que la democratización en la forma de elección de los operadores “no ha resuelto los problemas de corrupción”. “Más que un problema de la CPE, creo que hay que modificar los procedimientos, generar controles cruzados, modernizar los sistemas de implementación de la Justicia y atacar el núcleo de poder que permite las redes de extorsión”. El problema va más allá de la CPE. Yaksic es tajante al cuestionar que el oficialismo hoy pretenda reformar la Justicia, pues considera que el MAS es culpable de haber “empeorado lo que ya estaba mal”.

La modificación constitucional que democratizó la elección de magistrados “fue una de las grandes estafas del MAS que dejó pasar la oportunidad de cambiar la Justicia”, dice el exdiputado. “Ahora el Presidente y Vicepresidente se rasgan las vestiduras, cuando ellos son los responsables. Lo que hicieron fue un diseño perverso con una preselección que llevaba a una elección en que, se vote por el que se vote, todos eran filomasistas”.

Esto, continúa, ha permitido “la toma del Órgano Judicial”. Hoy, para hacer un verdadero cambio en la Justicia, “el Gobierno debería levantar las manos y no involucrarse, para que los ciudadanos hagamos que se cumpla la Constitución”.

AUTONOMÍAS. El diseño de tres niveles autonómicos más un ambiguo cuarto nivel, el indígena, es una de las grandes transformaciones de la nueva Constitución, en contraste con la anterior, de espíritu hipercentralista y unitarista. No obstante, las autonomías avanzan lento, solo Pando tiene estatutos vigentes. En cuanto a la autonomía originaria, según el viceministro de Autonomías Indígenas, Gonzalo Vargas Rivas, los municipios de San Pedro de Totora (Oruro), Charagua (Santa Cruz) y Huacaya y Mojocoya (Chuquisaca) ya tienen sus estatutos aprobados, pero ante la protesta de la Coordinadora Nacional de Autonomías Indígena Originario Campesinas (Conaioc), aún no se dio luz verde al referéndum para su aprobación; se aduce no haber el tiempo necesario a causa de las elecciones subnacionales del 29 de marzo; privilegiándose de este modo —se puede decir— a la democracia liberal por encima de la comunitaria.

“El Gobierno central no entiende o no quiere entender el espíritu autonómico de la Constitución. Esto es tan así que el 90% de la legislación nacional viola el régimen autonómico y se inmiscuye en las competencias subnacionales”, dice Yaksic y pone como ejemplo el Teleférico y la Ley del Presupuesto, que dataría desde el “hipercentralismo” de Banzer. “Al Ministerio de Hacienda (de Economía y Finanzas Públicas) no le resulta cómodo modificar esto, porque prefiere administrar los recursos en un molde hipercentralizado a pesar de la Constitución”.

En cambio, Romero asegura que el problema no está en el texto constitucional, si bien el diseño autonómico es “complejo”. “La lentitud de la autonomía no es atribuible a la Constitución, sino a una falta de liderazgo, de insuficiente internalización de su alcance en la población de las entidades autonómicas”. Cada autonomía debería construir su propio pacto autonómico, sugiere.

El texto constitucional de Oruro no tenía el actual diseño autonómico; éste resulta de una discusión posterior que a su vez proviene de las modificaciones hechas al documento por el Congreso de entonces.

“Sin embargo, hoy la autonomía tiene un freno de mano. En elementos clave, el Gobierno reculó incluyendo temas de locura como la destitución de autoridades, si bien luego el Tribunal Constitucional Plurinacional corrigió esto”, dice Yaksic. Evidentemente, la norma autonómica permitía la destitución de autoridades electas a sola imputación fiscal. Luego esta medida fue declarada inconstitucional, si bien bajo este argumento ya habían sido destituidos un gobernador y varios alcaldes.

Siguiendo su cuestionamiento, Yaksic señala que otro de los frenos de mano es que se sigue con el régimen financiero de la Participación Popular. “En la Ley Marco de Autonomías no se quiso debatir el cambio de ese régimen”, testimonia. Una vez más surge el alegato, según el cual el rezago no se origina en la CPE, sino en la implementación de la política.

A esto se suma —afirma el exdiputado— la creación de leyes que van contra la autonomía como la Avelino Siñani (competencia concurrente) o la futura Ley de Telecomunicaciones (competencia compartida). Por último, concluye, “no hubo una organización territorial del Estado, seguimos con una estructura territorial colonial. Tampoco se regionalizó, salvo en Cochabamba”.

MADRETIERRA. La preservación de la naturaleza o la armonía con la Madre Tierra es otro de los planteamientos de trasformación radical del Estado. Esto debió, además, modificar la matriz productiva. Sobre este punto, el exconstituyente Raúl Prada escribe en su texto La desconstitución de la Constitución: “Después del conflicto del TIPNIS (Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure), el Gobierno sabe que la Constitución es una camisa de fuerza con relación a su proyecto extractivista expansivo. Aunque haya hecho propaganda compulsivamente para acallar las contradicciones, incluso para ocultar el sentido de traición a la patria de su Ley Minera, sabe que no es suficiente la propaganda (...). Requiere de una Constitución que garantice la inversión privada extranjera, requiere atraer a las empresas transnacionales y al sistema financiero internacional. Como se puede ver, la distancia entre la ‘derecha’ y el gobierno progresista no es tan grande como para temer una revolución. Más bien, la distancia es enorme entre la práctica gubernamental y la estructura constitucional”, acusa.

Yaksic también cree que la visión de protección de la Madre Tierra, contenida en la CPE, haya sido extraviada por el Gobierno “sin regular siquiera a la minería cooperativista ni a la minería transnacional”. “Lo que menos importa es el medio ambiente, no se hizo nada en minería para amortiguar el impacto ambiental”. Sobre la posible modificación de la CPE, Prada escribe: “Mientras no se ataque a las causas del mal, se gastan esfuerzos perdiéndose en las ramas de un árbol otoñal”.

“No se cambia una Constitución para hacer reformas en el régimen jurídico. Se apunta a desmantelar la Constitución, pues sigue siendo la expresión de la movilización prolongada. El poder, es decir, el Estado-nación, que se hace llamar Estado Plurinacional, no puede aceptar la condición plurinacional, la condición comunitaria y la condición autonómica, como bases de la transición estatal. El Estado-nación subalterno, miembro del orden mundial, no puede aceptar restricciones al capital internacional, a la inversión, en la extracción de recursos naturales, digan lo que digan los indulgentes intérpretes y defensores del Estado-nación”, cierra la idea.

Por todo lo dicho, se puede concluir que pese a los accidentes de su aprobación, el rezago de la implementación de las transformaciones que incluye la nueva Constitución es ajeno al texto. A pesar de las circunstancias atropelladas de su redacción en Sucre, su aprobación en Oruro y su modificación en el Parlamento, en La Paz, se tiene un producto audaz en muchas materias que, sin embargo, encuentra obstáculos al momento de ser implementado

Hay pasajes que deben modificarse: Carlos Böhrt fue negociador de la CPE en el Congreso

Hay muchos pasajes en la Constitución que deben ser modificados; existen problemas, inexactitudes, contradicciones, resultado de cómo se procesó su aprobación: Sucre, Oruro y Parlamento. Hay que cambiar varias cosas. Aunque todos sabemos que pueden haber motivaciones políticas, como la reelección... Hay materia para modificar, el caso es cómo se procesa la reforma.