Carta de Intención de Creación de Principios de la Asociación
Euroamericana para la Protección de Derechos Fundamentales
Las
políticas de protección de los derechos humanos han provocado cambios profundos
en los sistemas jurídicos del mundo y en la concepción del Estado.
Transformando la comprensión del Estado de Derecho a un Estado que se rige bajo
la garantía in dubio pro homine, surgiendo el Estado
Constitucional de Derecho, y más recientemente, el Estado Convencional de Derecho,
por el reconocimiento de principios tutelares y derechos intrínsecos a la
persona humana que fueran advertidos desde tiempos de la consagración de la Carta Magna Libertatum, la Declaración
de los Derechos del Hombre y el Ciudadano bajo el contexto de la Revolución
Francesa y la Declaración de los Derechos de Virginia en la Revolución
Americana, como con la creación de las distintas Constituciones del mundo.
Pero
también, con el surgimiento de la política internacional de protección de los
Derechos Humanos, con la creación de organismos internacionales que actúan
desde ámbitos regionales y universales, como consecuencia de la experiencia de
la I y II Guerra Mundial, a los fines de promover la paz y evitar conflictos
que pudieran extinguir la humanidad, como promover el desarrollo y la
integración de las naciones, y evitar la barbarie ocurrida en Europa con los
actos de genocidio y la persecución.
Suscribiéndose
con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de
los Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, una serie de principios universales de
protección, como la determinación de los derechos inherentes a la persona
humana y su dignidad, que son de carácter inalienable, irrenunciable,
indivisible e independiente, de goce progresivo y sin discriminación alguna,
siendo de obligatorio cumplimiento para los Estados generar las condiciones
para la garantía de su protección, como el respeto de la dignidad humana.
La suscripción posterior de diversos tratados
y convenios internacionales en distintas materias, han permitido la evolución
de los derechos humanos a las nuevas generaciones de derechos, ocurriendo la
protección tutelar más allá de la persona humana, reconociendo derechos
respecto a las personas jurídicas, el medio ambiente, la cultura y la
civilización, la tecnología y la biotecnología, el internet y la innovación.
Pero también,
ha generado la evolución de los diversos sistemas de control, como el control
moral, el control político, el control jurisdiccional y el control
constitucional, como sistemas de protección tutelar y garantías, como el Amparo
Constitucional, el Habeas Corpus y el
Habeas Data, en aras de garantizar
las mejores condiciones sociales, jurídicas y administrativas para la
protección de los derechos humanos en el ámbito interno del Estado; y en el
ámbito externo, con la creación de mecanismos internacionales de protección,
para generar la responsabilidad internacional del Estado, cuando éste omite,
rechaza o se hace incapaz de dar respuesta efectiva a las necesidades de las
personas e incumple su obligación de otorgar garantías y brindar protección
tutelar.
Sin
embargo, los esfuerzos globales para promover garantías tutelares en las esferas
nacionales para las libertades básicas de los seres humanos, garantizando su
pleno disfrute y protección, y de incidir en la normativa interna la
consagración de los derechos intrínsecos de la persona humana que han
trascendido en la esfera internacional a través de los tratados y convenios
internacionales, no han eliminado la problemática grave de su violación que
cotidianamente afectan a distintas personas e intereses en distintas naciones
del mundo.
Surgiendo
la Asociación
Euroamericana para la Protección de Derechos Fundamentales como una
iniciativa internacional que sirva de plataforma para el intercambio
intercontinental del conocimiento científico y promoción de ideas, considerando
las distintas experiencias pasadas y presentes, vividas en el continente
Europeo y continente Americano.
Entre
los fines de la Asociación, se encuentra el desarrollar el intercambio y
análisis sobre distintos tópicos que generan la problemática humanitaria en
ambas regiones. Siendo de especial interés los fenómenos como la desigualdad,
la restricción de libertades, la pobreza, la violencia, la ignorancia, la
discriminación, la trata de personas, la esclavitud, la persecución, la
injusticia, entre otros fenómenos de distintos rangos de afectación en Europa y
América.
Observándose
con gravedad la ocurrencia de fenómenos de violación masiva y sistemática de
derechos humanos, surgidos por la perpetración de políticas antijurídicas y de
arbitrariedad por parte del Estado y los agentes administradores del poder, a
los fines de favorecer actos de corrupción, inconstitucionalidad e
ilegitimidad, generándose graves crisis humanitarias, como las que se viven en
Venezuela y Nicaragua, afectando el Estado de Derecho, la democracia, la
efectividad de la justicia, las condiciones mínimas del respeto y protección de
las personas y la estabilidad de la región.
Para
ello acoge la Asociación, como propios, los principios internacionales sobre
derechos humanos establecidos en la Declaración Universal de los Derechos
Humanos adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de
diciembre de 1948, reafirmando la fe en los derechos fundamentales del hombre,
en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de los derechos
de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas. Constituyéndose el
respeto y tutela de los derechos y garantías fundamentales, libertades públicas
y la dignidad humana como valor superior que persigue la Asociación.
De la
misma manera, acoge como propios, los principios establecidos en el Pacto
Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto Internacional de
los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobados en la Asamblea
General de las Naciones Unidas (1966), y los establecidos en la Carta de la
Organización de los Estados Americanos dónde se aprobó la Declaración Americana
de los Derechos y Deberes del Hombre (1969), la Convención Americana sobre
Derechos Humanos (1969) y sus protocolos adicionales, reafirmando los valores
de la institucionalidad democrática, la libertad, la justicia social, la
inclusión, fundamentado en el respeto de los derechos esenciales del hombre,
reconociendo el sistema universal de protección de derechos humanos y el
sistema interamericano de protección de los derechos humanos.
En
tal sentido, la Asociación propone en cuanto a lo académico, desarrollar una
plataforma de producción y conceptualización doctrinal, ofertando una carpeta
de servicios científicos, proponiendo la publicación al menos de una obra
científica anual, y la realización de un Congreso al año. Siendo propositivos y
convertirnos en un órgano consultivo de las decisiones relativas a los derechos
humanos, creando así una carpeta de aportes a la academia.
Para
la Asociación, también es importante promover el comportamiento ético de las
personas e incluir el principio ético como fundamento de la política tutelar
del Estado, por cuanto la ética incrementa el valor de la libertad, permitiendo
la preeminencia de los principios democráticos en la nación, y la correcta
aplicación de la normativa interna y de los tratados y convenciones
internacionales que garantizan el respeto de los derechos y garantías
fundamentales, a los fines de la realización de la paz, la justicia, la
igualdad y el respeto de la dignidad humana, por lo que, concerta integrantes
que gozan de méritos académicos y solvencia moral, comprometidos en lograr el
desarrollo integral de la política internacional de protección de los Derechos
Humanos y su integración en cada una de nuestras naciones.
Bogotá (Colombia), 10 de septiembre
de 2018.
Convención de la Asociación de Juristas Euroamericanos para la defensa de los Derechos Fundamentales (Bogotá, Colombia) |
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