CIDH
llama a proteger libre determinación de los pueblos indígenas
Servindi, 12 de agosto, 2026.-
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llama a los Estados de la
región a preservar los avances y seguir fortaleciendo el derecho a la libre
determinación como un derecho inherente, preexistente e histórico de los
pueblos indígenas u originarios.
Este derecho comprende la facultad de decidir sobre las
propias formas de gobernanza y autogobierno, llevar a cabo prioridades de
desarrollo en tierras y territorios ancestrales, y mantener la cultura e
identidad hacia el futuro.
Por ello, constituye una condición necesaria para el
ejercicio de otros derechos, tanto individuales como colectivos indica la CIDH
en un pronunciamiento público con motivo del Día Internacional de los Pueblos
Indígenas.
Un informe
clave
El
llamado de la CIDH se efectúa al cumplirse cinco años de la publicación del informe "Derecho
a la libre determinación de los Pueblos Indígenas y Tribales", que marca
un hito en el reconocimiento de este derecho reconocido por las
Declaraciones Americana y de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas.
Tras cinco años de la publicación del informe, la región ha
mostrado un avances en
el reconocimiento de la libre determinación, con marcos normativos que amplían
la autonomía territorial y el autogobierno de pueblos indígenas y tribales.
No obstante, el progreso no ha sido lineal. Se han
experimentado retrocesos y
persisten desafíos estructurales,
como la falta de consulta y consentimiento previos, libres e informados en proyectos que
afectan territorios ancestrales.
A ello se agregan los desalojos forzados
de comunidades de sus territorios ancestrales; la expansión de industrias extractivas sin
garantías adecuadas; y la criminalización de
líderes y lideresas indígenas que defienden el
territorio.
Los avances normativos e institucionales alcanzados en
materia de autonomía y autogobierno de los pueblos indígenas y tribales no
deben verse revertidos,
ya sea por cambios normativos,
recortes presupuestarios o
falta de voluntad política para
su implementación.
La consulta libre,
previa e informada y, cuando aplique, la obtención del consentimiento,
siguen siendo componentes esenciales de este derecho, y su garantía exige
procesos culturalmente adecuados, de buena fe y orientados a lograr acuerdos.
La Comisión insta a los Estados de la región a incorporar
las recomendaciones del informe en sus políticas públicas, a consolidar y
proteger los avances normativos e institucionales ya logrados.
De igual modo convoca a fortalecer el diálogo con las
autoridades y organizaciones representativas de los pueblos indígenas y
tribales para la construcción de nuevas relaciones basadas en el respeto a su
libre determinación.
La CIDH reitera su disponibilidad para colaborar
técnicamente con los Estados y con los pueblos indígenas y tribales en la
implementación de este derecho, y reconoce el trabajo de sus líderes,
lideresas, organizaciones representativas en su defensa y la lucha de cada
persona indígena.
Dato:
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización
de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la
observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano
consultivo de la OEA en la materia.
La CIDH está integrada por siete miembros independientes que
son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no
representan a sus países de origen o residencia.
Fuente:


No hay comentarios:
Publicar un comentario