La Resolución de 1979 tiene plena vigencia y los triunfalismos de Chile sobre su supuesto ‘éxito diplomático’ al retirar Bolivia el tema marítimo para la próxima Asamblea de la OEA son falsos. El artículo desenmascara la impostura chilena y la verticalidad de que haya anticipado lo que otros países piensan sobre el asunto, antes de que esos Estados lo hagan.
La Razón / Javier Murillo de la Rocha
00:00 / 02 de junio de 2013
El incidente suscitado en torno a la inclusión o no del tema marítimo en la próxima Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) y el tono prematuramente triunfalista del comunicado de la Cancillería de Chile al respecto requieren de algunos comentarios para situar el problema en su perspectiva correcta.
Cabe hacer notar, en primer término, que una resolución aprobada por la Asamblea General sólo puede ser anulada siguiendo el mismo procedimiento y ante la instancia que la adoptó, es decir, sometiendo a votación un nuevo proyecto que modifique o anule la anterior. Pero, en ningún caso, mediante acciones libradas a la decisión de un órgano de menor jerarquía, como es la Comisión Preparatoria, en la que Chile planteó el caso, en un reflejo nervioso y precipitado que, aparentemente, habría contagiado a nuestra Misión Permanente. En resumen, la citada comisión no tiene atribuciones para eliminar el tratamiento de ningún asunto que esté respaldado por una resolución de la Asamblea.
Más allá del incumplimiento manifiesto de los plazos, procedimientos y mandato a los que debe sujetarse la Comisión Preparatoria que elabora el proyecto de agenda para las deliberaciones de la Asamblea, que seguramente ha actuado bajo la “imparcialidad” que garantiza el Secretario General de la Organización, es pertinente realizar ciertas puntualizaciones sobre el fondo de este importante asunto.
Como se sabe, desde que se logró, mediante una exitosa gestión diplomática, que la Asamblea General de la OEA aprobara la Resolución 989, el 18 de noviembre de 1989, el Informe sobre el Problema Marítimo de Bolivia se convirtió en tema permanente de todos los periodos de sesiones de dicha Asamblea. Se consolidó de esta forma el apoyo a la causa marítima de Bolivia a partir de la célebre resolución de 1979, causa que fue declarada, a la vez, de interés hemisférico.
Los argumentos esgrimidos por Chile ante la indicada comisión son inconsistentes. Más allá de la tediosa repetición de que se trata de un asunto bilateral y que por lo tanto la OEA no tiene competencia sobre el mismo, nadie iba a promover, como sostiene la diplomacia de Santiago, debates o pronunciamientos de los Estados que podrían incidir en la demanda presentada ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Este argumento se desarrolla en el comunicado triunfalista enfatizándose que una vez que esta cuestión ha sido sometida al conocimiento de un sistema de solución de controversias, su tratamiento debe mantenerse al margen de otros mecanismos y organizaciones.
En otros términos, Bolivia no podría, en concepto de Chile, abordar el tema marítimo en ningún ámbito de concertación ni mediante tratativas directas mientras dure el proceso ante la CIJ.
Esta atropellada afirmación contradice lo que consagra el Reglamento de la Corte, en su artículo 88, el cual abre la posibilidad para que las partes lleguen “a un arreglo amistoso,” antes de que se haya pronunciado con el fallo definitivo sobre el fondo del contencioso. Aquí cabe una afirmación y una pregunta: la Corte no se opone ni interfiere con mecanismos e iniciativas que pudieran llevar a un acuerdo amistoso. De lo contrario, ¿cómo podría alcanzarse el mismo si queda vedado para las partes cualquier otro procedimiento o mecanismo de concertación que permitan concretar el referido acuerdo? Pretender que de ahora en adelante Bolivia no podrá ni siquiera referirse al tema, porque así lo dispone la Corte, responde, a todas luces, al propósito largamente perseguido por Chile de acallar los legítimos reclamos de nuestro país para resolver su enclaustramiento.
No en vano la declaración del Gobierno de Santiago enfatiza en que el incidente comentado “pone término a décadas de un tratamiento injustificado de la aspiración marítima de Bolivia en la OEA”.
Pero hay más: en el malhadado comunicado que comentamos se afirma que los argumentos expuestos por Chile ante la tantas veces citada comisión recibió una amplia acogida a sus puntos de vista, “que le permitió llegar con un sólido y mayoritario respaldo a la reunión.” La pregunta es ¿desde cuándo los Estados representados ante la OEA endosan sus votos, que es expresión de su soberanía, a uno solo de los miembros del organismo, en este caso Chile, y lo facultan para declarar en su representación sobre decisiones que únicamente pueden manifestarse cuando se las somete formalmente a votación en el marco de la Asamblea General? Nos imaginamos que esta declaración pública del Gobierno de Chile, que pretende anticipar cómo se habrían pronunciado los países miembros, incurre en aspectos de soberanía indelegables de los Estados, lo cual ha debido causar indignación entre éstos.
En suma, a pesar de las elaboradas argucias de la diplomacia chilena, nadie podrá impedir que Bolivia presente un informe al 43 periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, precisamente, porque tiene la obligación de hacerlo desde el momento en que la solución del problema marítimo de Bolivia ha sido declarada de interés hemisférico y porque se ha tomado un nuevo rumbo a partir del 24 de abril. El país y los Estados que constituyen la OEA estarán pendientes de ese informe.
La Resolución 989 tiene plena vigencia, lo mismo que las diez que la precedieron, que traducen la importancia que los Estados miembros del sistema le han otorgado a esta controversia internacional, pendiente de solución, y porque al margen de los frenéticos esfuerzos de Chile por sacar el tema de la agenda, no se conoce criterio alguno que lleve a pensar que los países que conforman el organismo regional habrían cambiado de actitud sobre el problema marítimo, porque los apoyos a las causas justas que deben promoverse desde ese ámbito no prescriben, y porque los asuntos vitales como la solución al enclaustramiento geográfico que nos afecta no se resuelven porque alguien quiera borrarlos de una agenda.
Llevar la cuestión marítima a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia no es un acto inamistoso y confirma la tradición internacional de Bolivia de optar siempre por la solución pacífica de las controversias. El prestigio de las naciones no se mide por el PIB ni por los éxitos económicos, sino por la voluntad que demuestren para honrar sus compromisos, reparar daños y superar injusticias, por su aporte a la convivencia solidaria entre pueblos vecinos y la construcción de un ambiente estable de paz, como el fundamento irreemplazable para proyectar la unidad continental.
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Durante más de 30 años Bolivia mantuvo el tema marítimo en la agenda de la Asamblea General de la Organización de Estados Americano (OEA), organismo que en variadas resoluciones exhortó a Chile y a Bolivia a realizar negociaciones encaminadas a dar a este último una conexión territorial libre y soberana con el océano Pacífico.
El 31 de octubre de 1979, sobre la base de negociaciones políticas y diplomáticas verdaderamente encomiables, conducidas y ejecutadas directamente por el entonces presidente de Bolivia, Wálter Guevara Arze, el canciller Gustavo Fernández Saavedra y el representante permanente ante la OEA, Gonzalo Romero, La Paz logró el apoyo contundente a la demanda marítima de los países del hemisferio a través de una resolución histórica para los bolivianos, que declaró “de interés hemisférico permanente encontrar una solución equitativa por la cual Bolivia obtenga acceso soberano y útil al océano Pacífico”.
Bolivia conservó ese respaldo inclusive en épocas de dictadura (1980 y 1981). A partir de 1982, la Asamblea de la OEA otorgó a las partes la facultad de solicitar la inclusión del tema marítimo en los siguientes periodos de sesiones, a objeto de informar del avance de las negociaciones propiciadas por este organismo.
En 1983, la Asamblea aprobó por aclamación y con el respaldo de Chile la Resolución 668, reiterando la necesidad de encontrar una fórmula que haga posible dar a Bolivia una salida soberana al océano Pacífico, sobre bases que consulten las recíprocas conveniencias y los derechos e intereses de las partes involucradas.
Sin embargo, en la reunión de 2012 celebrada en Cochabamba, frente al asombro de todos los bolivianos, perdimos el respaldo obtenido en 1979 y sostenido durante 33 años. Los países que invariablemente nos brindaron su incondicional apoyo dieron un viraje abrupto y optaron por apoyar la tesis chilena, que asigna carácter bilateral a la solución del conflicto.
Ni siquiera los países del Alba (Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América) respaldaron al país y el Gobierno boliviano exhibió la derrota como si fuera un éxito.Al cabo de un año, la Cancillería boliviana sorprende nuevamente al país, esta vez con la ingrata noticia de la exclusión del tema marítimo de la agenda de la próxima Asamblea de la OEA a realizarse en Guatemala.
Sobre esta noticia hay dos versiones: por un lado, Chile atribuye el retiro del tema a la excelente gestión desplegada por su diplomacia ante las cancillerías de los países signatarios de la OEA, los que se habrían comprometido a apoyar la eliminación del tema boliviano de la agenda de Guatemala. Del otro, la Cancillería boliviana sostiene que dicho retiro obedece a una decisión gubernamental soberana, emergente de la judicialización del tema, radicado ya en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya. Asimismo, las autoridades del Gobierno aseguran la reposición posterior del informe marítimo en la agenda de la OEA y afirman que Bolivia podrá seguir efectuando su reclamo ante la comunidad internacional.
Ambas declaraciones son relativas: Chile ha manifestado que de acuerdo con el Estatuto de la Corte y la Carta de la OEA, Bolivia se encuentra inhibida de impulsar otros mecanismos de solución de controversias en forma paralela a la solicitud planteada en la Corte. En tal caso no podría recurrir ni a mediaciones ni a negociaciones directas.
En realidad, es el Pacto de Bogotá que en su artículo IV dispone que, iniciado uno de los mecanismos pacíficos (buenos oficios y mediación, investigación y conciliación, vía judicial o arbitraje), no podrán instaurarse otros procedimientos antes de terminar aquél. Esta disposición se complementa con el artículo XIV que prohíbe la mediación de los estados partes estando la controversia sujeta a otro de los procedimientos establecidos en el Pacto.
Al respecto, habría que analizar si la sola lectura del informe marítimo en el plenario de la OEA infringía o no las citadas disposiciones, en lo cual amerita también determinar cuál es el rol de la OEA en este asunto: ¿brinda sus buenos oficios, es mediadora, investiga o es conciliadora?
Respecto a la negociación directa, ésta no cabe en la restricción mencionada. La negociación es el único mecanismo de solución pacífica de disputas que puede intentarse y activarse en cualquier estado del conflicto, inclusive cuando éste se encuentra en sede judicial o en sede arbitral. En tal situación, si las partes deciden intentar la solución negociada y llegan a un acuerdo, el tribunal judicial aceptará la voluntad de las partes vía desistimiento conjunto. Si se trata de un tribunal arbitral, éste validará el acuerdo en el laudo final.
Volviendo a la exclusión del informe boliviano, no hay duda de que la Asamblea General de la OEA ha sido el escenario más importante para el tema marítimo. Sin embargo, no fue posible conseguir que este organismo logre persuadir a Chile a honrar las resoluciones emitidas. No obstante, Bolivia no declinó jamás, persistió y año tras año presentó ante el plenario de la OEA un informe inherente al estado de las negociaciones, informando al hemisferio de la renuencia de Chile a negociar y de su inobservancia al mandato de la OEA.
Considero que Bolivia pudo llevar nuevamente el tema a la OEA. Las numerosas resoluciones de la Asamblea otorgan a las partes la posibilidad de informar anualmente del avance de las negociaciones. Todo parecía indicar que éste era el escenario propicio para participar al continente y a la OEA de la decisión de Bolivia de llevar el asunto a los estrados internacionales, decisión forzada por la renuencia de Chile a negociar, conforme lo había dispuesto la OEA.
Se trataba estrictamente de informar, no de intentar un voto resolutivo, extremo que posiblemente vulneraría la restricción establecida en el Pacto de Bogotá. El escaso conocimiento sobre el tema y la improvisación han lastimado una vez más la sensibilidad nacional. El camino en la Corte Internacional de Justicia será largo y complicado. Ojalá la improvisación no gane la batalla. La Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima (Diremar) y la Cancillería boliviana deben estar preparadas para enfrentar ese desafío.
1 comentario:
Muy buen informe. Para los apasionados de las embarcaciones, les dejo la página de Deproa net donde encontrarán muchos artículos interesantes
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