lunes, 15 de agosto de 2011

TIPNIS: ejercicio de las mutaciones en el poder

Discurso ‘pachamamista’ en la mira


TIPNIS, ejercicio de las mutaciones en el poder

La Razón – 14 de agosto de 2011
El autor, exsenador suplente de Poder Democrático y Social (Podemos), cuestiona el discurso ambientalista (pachamamista e indigenista del gobierno de Evo Morales, en relación con sus afanes de consumar un proyecto caminero en el Parque Nacional Isiboro Sécure.

Si queremos salvar al planeta hay que exterminar el sistema capitalista, porque es individualista y no está en armonía con la madre tierra”, dijo Evo Morales el 21 de abril del 2008, en una de sus tantas alocuciones “pachamamistas”, reflejando en este caso el espíritu, elevado a doctrina constitucional, con el que el Movimiento Al Socialismo (MAS) intenta volver a las raíces originarias de la cultura y descolonizar a la sociedad nacional.
Desde 2005, pero particularmente desde la aprobación de la nueva Constitución el 2009, el Gobierno ha alentado políticas públicas que van en procura de incrementar la autonomía y autodeterminación en los pueblos indígenas de Bolivia. En este contexto, la sincronía entre cultura y territorio ha sido exhibida como crucial en la definición de la etnicidad de los 36 pueblos que le han dado nombre al Estado Plurinacional.
Se desprende de la doctrina constitucional que la posesión de tierra es capital para la sobrevivencia de las aspiraciones étnicas, en la medida en que contribuye al derecho a la autodeterminación sobre problemas de jurisdicción interna, tales como el medio ambiente y el desarrollo.
En ese punto, la Constitución Política del Estado (CPE) parte del principio de que los “indígenas” fueron los habitantes originales del territorio y que con soberanía sobre él protegerán y preservarán su cultura. Estos privilegios involucran el derecho inherente a la autodeterminación y gobierno, y al reconocimiento de soberanía dictada en los capítulos cuarto y séptimo de la Carta Magna (Derechos de las Naciones y Pueblos Indígena Originarios Campesinos y Autonomía Indígena Originaria Campesina, respectivamente).
Ya en detalle, la CPE, en su artículo 304, incisos VI y VII, señala que son atribuciones exclusivas de la autonomía indígena “mantener y administrar caminos y preservar áreas protegidas”. Asimismo, el Artículo 30, inciso XV, demanda que las comunidades originarias sean “consultadas (…) cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles”.
Por ello, el intento del Gobierno de construir el segundo tramo de la carretera que conecta Villa Tunari con San Ignacio de Moxos a través del Territorio Indígena del Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), contradice la vanidad indigenista del gobierno del presidente Evo Morales, pero también su discurso ambientalista y anticapitalista.
Apunto las siguientes razones:
Primero, construir un camino sobre un parque nacional ya es una agresión al discurso de protección de la Pachamama de la que tanto se jacta el Órgano Ejecutivo, pues causaría un daño ambiental severo advertido por las propias reparticiones gubernamentales tales como el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap), sin mencionar a la infinidad de organizaciones no gubernamentales filo masistas que han quedado perplejas ante el anuncio. Al respecto, el Presidente ha dicho graciosamente que la región ya ha sido destruida por “madereros de derecha” (citó a Wálter Guiteras) y que el área protegida ya no es tal cosa. Cabe preguntarse entonces, ¿cuál la responsabilidad del Estado para que tamaña calamidad ocurra? Le faltó decir al Presidente que entre los depredadores están también grupos de cocaleros que están sembrando coca despreocupadamente.
Segundo, la construcción de una carretera en medio de una TCO (Tierra Comunitaria de Origen) dice poco del espíritu suma qamañista del Mandatario, pues encarna el desarrollismo en su expresión más capitalista. Ya la pasión presidencial por el fútbol —uno de los dejos del imperialismo británico que no se ha podido descolonizar de la agenda presidencial— ha dejado sus dudas al respecto, no sólo por la proliferación del césped artificial no biodegradable alentada desde el despacho, sino por el inglés cada vez más abundante de Su Excelencia (foul, offside, corner, penalty y fair play). Sin embargo, el proyecto de la carretera en el TIPNIS decolora sustancialmente el espíritu comunitarista gubernamental al atentar contra los principios de soberanía que le dan fundamento a lo plurinacional.
Finalmente, el elemento más notable de la controversia es la contrariedad que, no sólo la carretera, sino la tozudez del Gobierno a llevar a cabo su proyecto, le causa al discurso “indígena originario”, pues ante las muchas cláusulas constitucionales que protegen el interés de los indígenas del TIPNIS, el Órgano Ejecutivo se las ha arreglado para borrar con la boca, lo que escribiera con los movimientos sociales. Pues sí, en un acto que mueve al asombro, el Gobierno ha dicho que la consulta vía referéndum que los indígenas del área reclaman (prevista en la Constitución como hemos visto) no sería de ningún modo vinculante. Esta aseveración —hecha nada más y nada menos por el ex CEJIS (Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social) Carlos Romero— muestra que lo de la autonomía indígena es apenas un canto de sirenas para engarzar al electorado étnicamente diferenciado.
¿Disminuiría en algo el ascendiente masista sobre los indígenas, impugnar de este modo el discurso indigenista? Al respecto, el giro del Ejecutivo podría tener fundamentos en la importancia electoral de los afectados. Según el Censo del 2001, el 62% de los bolivianos afirma ser de una de las 36 etnicidades reconocidas por la CPE (38% afirma no tener pertenencia étnica). Sin embargo, es importante subrayar que el 56% (del total nacional) se destaca como aymara (25%) o quechuas (31%), lo que significa que el 90% de los autoidentificados étnicamente en Bolivia son de tierras altas. Apenas el 6% de los consultados por el Censo 2001 afirma pertenecer a alguna de las etnicidades de las tierras bajas (curioso que esta minoría constituya el 90% las naciones originarias).
Por otro lado, aymaras y quechuas, al estar diseminados por todo el territorio nacional (la mayoría en las zonas periurbanas de las ciudades del eje y muchos otros como colonizadores de las tierras del oriente), no han arraigado su cultura al territorio como lo han hecho las comunidades de las llanuras. En este sentido, el espíritu antiindigenista de la carretera no contradice los elementos primordiales de la formación de la identidad étnica del grueso del electorado masista. Asimismo, el MAS no ha conseguido el voto masivo de las etnicidades del área, sobre todo de los moxeños (quienes son mayoría en el TIPNIS), pues su preferencia no llega al 50%, a diferencia de lugares equivalentes en la provincia Omasuyus de La Paz, donde el voto a favor del MAS llega al 90% entre los indígenas.
Si la apuesta del Gobierno es puramente electoral, no debe olvidar que fue una marcha de minorías étnicas de tierras bajas en 1991 (Tierra y Territorio) la que creó la conciencia de cambio en las comunidades indígenas del país, dando forma a la demanda de la Asamblea Constituyente. No vaya a ser que, como entonces, unos pocos, levantando las banderas de las causas justas, terminen encajando al Gobierno del cambio en el prejuicio de lo “neoliberal”.
Rafael Loayza Bueno es periodista y docente de Sociología en la UMSA y la UCB

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No se hacen caminos al andar

El TIPNIS y el camino recorrido


La Razón – 14 de agosto de 2011
Según el análisis del experto, el Gobierno no sólo está entrampado en consideraciones políticas impulsadas por los indígenas del TIPNIS, sino también por una serie de variables: ambiental y social, el reconocimiento jurídico del rol de las áreas protegidas y de las TCO y el blindaje jurídico.

Caminante no hay camino, se hace camino al andar”. Ojo. Este verso no aplica para construir carreteras; en este caso se planifica, se diseña, se consulta, se ajusta, se licita y se ejecuta. Es la única forma de que, al volver la vista atrás, se vean carreteras y no “estelas sobre la mar”.
Compartía esta reflexión hace algunos días con los amigos en Facebook, para tratar de ordenar un poco las ideas acerca de lo que está sucediendo con el proyecto del tramo II de la carretera Villa Tunari–San Ignacio de Moxos.
Pero más allá de la carga política coyuntural sobre el proyecto, existen consideraciones de fondo y estructurales que harían de aquél un proceso complejo y costoso en cualquier periodo de gobierno, considerando las regulaciones de hace 10 años y más aún bajo las normas constitucionales actuales. Veamos cuáles son las condiciones de su complejidad.
La base del problema radica en que el mencionado tramo II, que corta por la mitad la TCO (Tierra Comunitaria de Origen) y el área núcleo del TIPNIS (Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro-Sécure), que cuentan con protecciones jurídicas especiales. Frente a esto tenemos las siguientes consideraciones imprescindibles:
Inclusión de la variable ambiental y social. Estos elementos esenciales en el diseño de cualquier proyecto se incorporaron de manera obligatoria e inexcusable en la Ley de Medio Ambiente de 1992, cuando en su artículo 5, numeral 5, establece que la Política Nacional de Medio Ambiente debe contribuir a mejorar la calidad de vida de la población a través de “la incorporación de la variable ambiental en los procesos de desarrollo nacional”, y en el artículo 78 establece que el Estado creará los mecanismos y procedimientos necesarios para garantizar “la participación de comunidades tradicionales y pueblos indígenas en los procesos del desarrollo sostenible y uso racional de los recursos naturales renovables, considerando sus particularidades sociales, económicas y culturales, en el medio donde desenvuelven sus actividades.”
Hay que recordar que esta ley tiene el carácter de orden público, interés social, económico y cultural, y es anterior inclusive a las reivindicaciones territoriales de los pueblos indígenas que fueron incorporadas cuatro años más tarde en la Ley INRA 1715. Por tanto, no es aceptable plantear en el caso del TIPNIS una supuesta dicotomía entre desarrollo y conservación, porque esta discusión fue resuelta en el año 1992, cuando esta misma ley definió como paradigma de crecimiento el “desarrollo sostenible” como concepto sincrético que une los dos extremos de la cuerda y crea las herramientas para plantear el crecimiento económico del país, tomando las medidas que aseguren la calidad de vida para las generaciones futuras.
Reconocimiento jurídico del rol de la áreas protegidas y de las TCO.  En esa misma línea, el Estado boliviano decidió que las áreas protegidas constituyen elementos esenciales de su proceso de desarrollo, como lo menciona el artículo 385 de la Constitución Política del Estado (CPE): Las áreas protegidas constituyen un bien común y forman parte del patrimonio natural y cultural del país; cumplen funciones ambientales, culturales, sociales y económicas para el desarrollo sustentable.
Y lo propio hizo con los territorios indígenas, a los que se les transfirió un sinnúmero de atribuciones de autogestión territorial en la misma CPE, que dice en su artículo 403, I: Se reconoce la integralidad del territorio indígena originario campesino, que incluye el derecho a la tierra, al uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables en las condiciones determinadas por la ley; a la consulta previa e informada y a la participación en los beneficios por la explotación de los recursos naturales no renovables que se encuentran en sus territorios (…). Por tanto, el que ahora existan movilizaciones sociales alrededor de estas áreas es producto de su existencia tangible y concreta, fruto de la realidad y de su reconocimiento constitucional.
Blindaje jurídico. El problema se agrava, porque estas dos categorías territoriales constituyen espacios bajo protección especial en el sistema jurídico boliviano. En efecto, las áreas protegidas son, por definición, espacios destinados a la conservación de la biodiversidad, sujetos a regulación especial y autoridad especial, en este caso el Sernap (Servicio Nacional de Áreas Protegidas), que por ley tiene la tuición sobre absolutamente todas las actividades que se realizan dentro de un área protegida; y al  TIPNIS, mediante los decretos supremos 7401, del 22 de noviembre de 1965, y 22610,  del 24 de septiembre de 1990, se le ha otorgado la categoría de mayor protección jurídica que Bolivia asigna, que es el “parque nacional”, donde están absolutamente prohibidas las actividades de desarrollo y más aún cuando éstas se plantean dentro de la llamada “área núcleo”, que es el espacio con mayor valor de conservación, para lo cual el Estado boliviano ha invertido millones de dólares en mantenerlo así a perpetuidad.
Lo propio sucede con la categoría de TCO, cuando en la introducción, la propia CPE dice: “Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta  Constitución y la ley”.
Frente a estos grandísimos obstáculos legales, la famosa “consulta pública” es apenas la punta del iceberg que el Gobierno debe sortear para construir de manera no violenta el tramo carretero en cuestión.
Las preguntas que saltan primero son: ¿por qué frente a tanta complejidad no se inició hasta ahora la Evaluación de Impacto Ambiental? ¿Cómo el Sernap encontrará justificativos para autorizar esta obra sobre un área núcleo, sin dejar desprotegido hacia adelante a todo el Sistema Nacional de Áreas Protegidas?
Los programas de mitigación de impacto ambiental y compensación social son carísimos en este tipo de proyectos. ¿Cómo se van a financiar si ni siquiera se conocen los impactos? Las variables ambientales y sociales son tan importantes como las tecnológicas y económicas si este proyecto mantiene el diseño propuesto.  ¿Cuándo una obra será ambiental o socialmente inviable? ¿Cuál será la base de la política ambiental boliviana si este proyecto es posible?
En fin, las consideraciones pueden sumar y seguir; lo cierto es que todos estos elementos no son imprevistos, sino consideraciones absolutamente obvias, que algún funcionario público pensó que podrían pasarse por alto, y que ahora tienen a todo el Gobierno entrampado en un callejón angosto, oscuro y solitario.
Ricardo Saucedo Borenstein es Abogado y experto en Derecho Ambiental.


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