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Derechos humanos y corrupción: Algunos aspectos relevantes del reciente
informe publicado por la CIDH
Claudio Nash*
El tema de la corrupción ha ido ganando un espacio
propio en la discusión de derechos humanos (DDHH) a nivel internacional y el
Informe sobre “Derechos Humanos y
Corrupción” de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es el
esfuerzo más completo de abordaje integral del tema que haya hecho por un
organismo internacional a la fecha.
La clave para valorar los alcances del informe está
en la completa caracterización del fenómeno de la corrupción en las
Américas que formula la CIDH y las consecuencias multidimensionales que de ahí
deriva para la protección de los derechos humanos. A partir de este
enfoque integral se puede configurar una nueva forma de enfrentar la corrupción
desde una perspectiva de derechos humanos a nivel nacional e internacional. Ese
es el principal aporte del informe.
En el cap. 2, la CIDH describe la corrupción que sufre la región como un
fenómeno que tiene características estructurales, donde concurren elementos
institucionales (concentración de poder, discrecionalidad, ausencia de control,
impunidad) y culturales (tolerancia a la corrupción) que explican las distintas
formas de corrupción presentes en el continente. Así, encontramos corrupción
generalizada en actos cotidianos junto a casos de gran corrupción sistémica o
macrocorrupción, que en algunos países llega a niveles de complejas formas de
captura del Estado, cooptación de instituciones e incluso desviación
institucional con fines delictivos.
Sostiene el informe que la preocupación de la CIDH
por la corrupción surge por el impacto negativo que
tiene dicho fenómeno en la democracia, el estado de derecho y los derechos
humanos. Esto claramente es una visión más amplia que un entendimiento de la
corrupción solo como un tema económico y justifica que los órganos de
protección internacional lo incorporen como una temática de preocupación
regional.
Para la CIDH, la corrupción puede estar ligada a
las violaciones de derechos humanos como la causa
directa de ilícitos internacionales atribuibles al Estado; en otros, será un
antecedente necesario, previsible y suficiente para que se produzca su
violación. Asimismo, en un enfoque novedoso, se analiza la manera en que los
distintos tipos de corrupción presentes en la región se vinculan con contextos
de violaciones de derechos humanos (masivas y sistemáticas, individuales y
estructurales), lo que constituye un insumo interesante para una mirada
estratégica por parte de las ONGs dedicadas a estas materias.
Como era de esperarse, porque es un acercamiento
que está presente en toda la literatura sobre corrupción y derechos humanos, el
informe desarrolla (en forma algo desordenada, pero de todas maneras
comprensible) algunos temas que han tenido especial presencia en el trabajo de
la CIDH y que dan cuentan de situaciones donde la corrupción está teniendo un
gran impacto en el goce y ejercicio de derechos en la región. Así, se analiza
el impacto en materia de derechos económicos, sociales, culturales y
ambientales y sobre la libertad de expresión.
Más interesante es que el informe desarrolla,
ampliamente (cap. 3), la relación entre las obligaciones generales en
materia de derechos humanos (respeto, garantía y no discriminación) y el
fenómeno de corrupción, para clarificar cuándo este debe ser considerado un
antecedente para configurar responsabilidad internacional del Estado, cómo se
configura el daño y el surgimiento de la obligación de reparación integral a
víctimas directas y la sociedad en su conjunto. Este es un aporte sustancial ya
que permitirá construir las argumentaciones para futuros casos sobre corrupción
ante el sistema internacional y recoger la argumentación de la CIDH para configurar
los estándares que obligan a los Estados.
Un aspecto medular del informe es el impacto de la
corrupción en materia de administración de justicia (cap.
4). La CIDH destaca el rol de la administración de justicia en la lucha contra
la corrupción, tanto como uno de los instrumentos para enfrentar y corregir
situaciones de corrupción y también como un poder estatal que tiene que
controlar la actividad de los otros poderes en el marco de una sociedad
democrática. Se concluye que la administración de justicia puede ser víctima de
actos de corrupción, con lo que se afecta su necesaria independencia; y,
también puede ser un agente de corrupción, donde se ve afectada la correcta
administración de justicia a los ciudadanos que acceden a ella.
Un aspecto novedoso en esta materia es que la CIDH
da una serie de ejemplos concretos de formas en que la corrupción impacta el
ámbito de la administración de justicia y las medidas que se han tomado para
controlarla (independencia institucional y personal), poniendo énfasis en los
peligros de crear condiciones de corrupción interna. Asimismo, se analiza la
forma en que el ejercicio de derechos humanos vinculados con el debido proceso
puede ayudar a controlar la corrupción judicial limitando los espacios de
discrecionalidad y asegurándose de formas de control. De igual forma, en este
apartado, se analizan las medidas que los Estados deben tener en consideración
para no deslegitimar la necesaria lucha contra la corrupción, en particular, se
profundiza en los estándares en materia de debido proceso respecto de personas
acusadas de actos de corrupción.
Junto con la administración de justicia, la CIDH
trata, también dentro del Fortalecimiento Institucional, el rol que tiene
el aparato electoral en la lucha contra la
corrupción. El objetivo general de este apartado es analizar el impacto
multidimensional de la corrupción en materia de financiamiento, de los derechos
políticos y, particularmente, los derechos político-electorales (corrupción
política en un sentido amplio). En este apartado la CIDH trata con especial
detalle el tema del financiamiento de la política, poniendo énfasis en los
riesgos de corrupción y su impago en el sistema democrático y en el principio
de igualdad.
Luego, en el capítulo 5, la CIDH realiza un
completo análisis sobre el impacto de la corrupción sobre personas y grupos de especial preocupación, sean porque
estamos ante víctimas de la corrupción o grupos que se encuentran afectadas por
dicho fenómeno en forma agravada y desproporcionada en el goce y ejercicio de
sus derechos humanos.
Un primer análisis está dirigido a la situación de
personas que están en contextos de riesgo atendida su labor en la lucha contra
la corrupción (defensores de derechos humanos y medioambientalistas,
periodistas y personas que trabajan en medios de comunicación). De la misma
forma, dedica un apartado para analizar el impacto que tiene el fenómeno de la
corrupción respecto de quienes denuncian actos de corrupción. La recomendación
primordial de la CIDH es proteger adecuadamente a estos actores relevantes en
la lucha contra la corrupción bajo estándares propios de la protección de
defensores/as de DDHH. Una especial preocupación manifiesta la CIDH en relación
con operadores de justicia que sufren amenazas en el cumplimiento de sus funciones;
así, el informe recuerda las medidas cautelares que ha dictado para proteger a
jueces y juezas en Guatemala y El Salvador y subraya la importancia de que los
Estados creen un entorno seguro para los operadores de justicia a través de
medidas preventivas y cambios estructurales cuando sea necesario.
En segundo lugar, el informe aborda el impacto
diferenciado que tiene el fenómeno de la corrupción respecto de distintos
grupos que se encuentran en situación de vulnerabilidad en el goce y ejercicio
de sus derechos, sea por razones de discriminación histórica (mujeres,
población LGTBI, niñas, niños y adolescentes, afrodescendientes, pueblos
indígenas y tribales y personas mayores) sea por situaciones particulares en
las que se encuentran los titulares de derechos (situaciones de movilidad
humana, discapacidad, y de privación de libertad). Se pone énfasis en las
afectaciones desproporcionadas y diferenciadas de la corrupción en estos grupos
y la necesidad de mitigar dichos efectos negativos.
En el capítulo final (cap. 6), se analiza el
enfoque de derechos humanos en las políticas públicas de
lucha contra la corrupción. En este apartado se desarrollan los principios que
deben estructurar un enfoque desde una perspectiva de derechos humanos para
enfrentar el fenómeno de la corrupción y se propone un conjunto de medidas que
deben adoptar los Estados para dar concreción a estos principios en pos de
lograr erradicar la corrupción que impide el pleno goce y ejercicio de derechos
humanos en la región.
La idea que guía este apartado sobre políticas
públicas anticorrupción con perspectiva de derechos humanos es que el fenómeno de corrupción estructural que sufre la región, que
tiene consecuencias negativas para el sistema democrático, el estado de derecho
y los derechos humanos, requiere esfuerzos proporcionales al problema.
La CIDH plantea que los Estados están obligados a adoptar todas las medidas
legislativas y de otro carácter para garantizar el pleno goce y ejercicio de
los derechos humanos para no incumplir sus obligaciones internacionales en la
materia. La recomendación del informe es que estas medidas deben ser
integrales y coordinadas para alcances efectivamente dicho fin.
En síntesis, estamos
ante un esfuerzo serio por parte de la CIDH para abordar el tema de la
corrupción desde una perspectiva de derechos humanos. El informe recoge parte
importante de las demandas de la sociedad civil en esta materia. Ahora, lo que
viene, es verificar que este informe se transforme efectivamente en un punto de
partida para adoptar un nuevo enfoque en materia de lucha contra la corrupción
y que los órganos de derechos humanos de la región (Comisión y Corte) avancen
en la implementación de un control internacional de los DDHH que haga realidad
esta nueva perspectiva que propone el informe.
*Académico, Universidad de Chile
Disponible en: https://bit.ly/3qdcIMO |
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