«Los mandamientos del abogado» de Eduardo J. Couture
Eduardo Juan Couture Etcheverry, prestigioso abogado y profesor uruguayo, uno de los
procesalistas más influyentes del siglo XX, nació en Montevideo el 24 de mayo
de 1904 y falleció el 11 de mayo de 1956. Ni bien se hizo abogado su vocación
de maestro lo llamó a las aulas. Hacia 1931 fue designado profesor en el curso
de Procedimiento Civil (cátedra que ejercería hasta su muerte) luego de que se
aprobara su tesis El Divorcio por voluntad de la mujer. Su régimen procesal. Así, la ocasión es perfecta para recordar al maestro y su
legado: Los mandamientos del abogado, de cuyo asunto se ocupó el portal Juristas UNAM.
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A la edad de 45 años, Eduardo Juan
Couture Etcheverry, el gran jurista uruguayo, impartió una
conferencia en el Colegio de Abogados de Buenos Aires,
reproducida en el Boletín del mismo de 1949. Tiene como génesis un esbozo
publicado en la Revista de Derecho Procesal de 1948,
de donde nace una pequeña obra jurídica de enorme contenido ético, quizá de los
más famosos textos de la literatura en la materia, Los mandamientos del abogado, mejor
conocido como El decálogo del abogado.
La
relevancia de la obra de Couture se extiende a diversos
ámbitos, pero el título señalado ya de por sí indica por qué alcanzó gran
reconocimiento entre las principales figuras del mundo jurídico, pues es (se
estima en el ámbito legal) lo que todo abogado debe tener presente a lo largo
de su vida profesional.
Perfecto
corolario de su conspicua carrera, El decálogo del abogado es el
fruto de sus años como catedrático y escritor, de abogado postulante, de
académico y ferviente amante de la aplicación del Derecho, en especial del
Procesal Civil. Quienes tuvieron cerca a tan ilustre jurista pueden
bosquejarnos el contexto en el que para el doctor Couture fueron
meditados sus mandamientos.
Así el
profesor Nelson Pilosof, por ejemplo, nos dice: «Su existencia
pareció presidida por la enseñanza de aquel pensador que nos indicó vivir con
la convicción de que mañana mismo podemos morir». De esas palabras,
grávidas de sobrecogedor llamamiento, extraemos lo más puro de la personalidad
del maestro. En una hora en que las bocas proclaman principios y las conductas
los desvirtúan; en un mundo en que se exigen derechos, pero se rehúsa asumir responsabilidades;
en una sociedad en la que hay oídos para el halago, pero no para la réplica, Couture nos
habla de tolerancia, libertad, misericordia y amor. «Es que su postura ante el
mundo y ante los hombres fue semejante a la del profeta. Habló con el lenguaje
firme y expresivo de la conducta, por temor a que el silencio de las palabras
pudiera diluirse. No exhortó: reclamó con amor el cumplimiento de los máximos
postulados en los que creyó y por los que brindó bondadoso lo mejor de sus
afanes».
También Daniel
Escalante expresa lo siguiente respecto de tan plausible
aporte: «Como
arte y política, ética y acción al mismo tiempo, consideró el doctor Couture a
la abogacía: arte de las leyes, sustentado, antes que nada, en la exquisita
dignidad de la materia confiada a las manos del artista; disciplina de la
libertad dentro del orden; como constante ejercicio de la virtud; como
constante servicio a los valores superiores que rigen la conducta humana; todas
ellas contenidas dentro de la mayor diversidad de formas que ofrece el
ejercicio profesional, y cada una de ellas con su propio estilo. Desde estos
puntos de vista formuló Los mandamientos del abogado el doctor Couture;
admirable decálogo, del que conozco, por lo menos, cuatro ediciones; hermoso
libro preceptivo de la conducta del abogado. Cada uno de los diez mandamientos
aparecen, dentro de las reducidas páginas de la obra adecuada, breve y, a la
vez, profundamente desarrollados y puntualizados; por lo mismo, todos y cada
uno son de diaria aplicación y de permanente vigencia durante la vida del
abogado que ame, según el último de dichos preceptos, a su profesión y que la
considere “de tal manera (dice textualmente) que el día en que tu hijo te pida
consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que sea
abogado”».
La genial
obra del jurista uruguayo no es únicamente válida para abogados,
sino para el ejercicio de cualquier profesión o, incluso,
para la vida misma. Tantas veces reproducido, un portal jurídico que se precie
de serlo, no puede dejar de tenerla en su cabecera, siendo así del tenor
literal siguiente:
I. Estudia. El Derecho se
transforma constantemente. Si no sigues sus pasos serás cada día un poco menos
Abogado.
II. Piensa. El Derecho se
aprende estudiando, pero se ejerce pensando
III. Trabaja. La Abogacía es una
ardua fatiga puesta al servicio de la Justicia.
IV. Lucha. Tu deber es luchar
por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la
Justicia, lucha por la Justicia.
V. Sé leal. Leal como tu
cliente al que no puedes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti.
Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con
el Juez que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú le dices y que, en
cuanto al Derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.
VI. Tolera. Tolera la verdad
ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.
VII. Ten paciencia. El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.
VIII. Ten
fe. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la
convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz,
como substitutivo bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la
Libertad, sin la cual no hay Derecho, ni Justicia, ni Paz.
IX. Olvida. La Abogacía es una
lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras llenando tu alma de rencor
llegaría un día en que la vida sería imposible para ti. Concluido el combate,
olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.
X. Ama tu profesión. Trata de considerar la Abogacía de tal manera que el día que tu
hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle
que sea Abogado.
Estos Mandamientos dejan
en deliberada imprecisión la línea divisoria de lo real y de lo ideal, de lo
que es y de lo que deseamos que sea.
El abogado
está visto, aquí, un poco como lo muestra la vida y otro poco como lo
representa la ilusión. En todo caso, aparece tal como quisiera ser el autor, el
día en que pudiera superar todas aquellas potencias terrenas que obstan, en la
lucha de todos los días, a la adquisición de una forma plenaria de su arte.
Pero la
imprecisión en la frontera que separa la presencia de la esencia, lo adquirido
de lo que aún se desea adquirir, es inherente a toda meta. Meta es, en sus
acepciones latina y griega, sucesivamente, el término de una carrera y el más
allá. Por tal motivo, nunca sabremos en la vida en qué medida la conquista es
un fin o un nuevo comienzo y por virtud de qué profundas razones, en las
manifestaciones superiores de la abogacía, no hay más llegada que aquella que
deja abiertos indefinidamente ante nosotros los caminos del bien y de la
virtud.
Es ésa, en
definitiva, en su último término, la victoria de lo ideal sobre lo real.
Fuente: https://lpderecho.pe/eduardo-couture-y-los-mandamientos-del-abogado/
Véase también: Don Eduardo Couture en Bolivia…
https://alanvargas4784.blogspot.com/2019/06/don-eduardo-couture-en-bolivia-de-donde.html
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