miércoles, 17 de enero de 2024

CIDH adopta resolución sobre el derecho a la participación de niñas, niños y adolescentes


 

CIDH adopta resolución sobre el derecho a la participación de niñas, niños y adolescentes

16 de enero de 2024


Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución No. 05/23 sobre la participación de niñas, niños y adolescentes. La misma tiene por objetivo fortalecer el trabajo interno de la propia Comisión para promover la participación transversal, efectiva y a largo plazo en los distintos mecanismos que integran su mandato. Esta resolución constituye un avance hacia el empoderamiento de la niñez y adolescencia en los procesos de toma de decisiones.

La Carta Democrática Interamericana establece que la participación ciudadana en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho humano fundamental, el cual se extiende a niñas, niños y adolescentes. Asimismo, el derecho a la participación de esta población está reconocido en varios instrumentos internacionales, por la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y en la resolución AG/RES. 2905 de la Asamblea General de la OEA que establece diálogos intergeneracionales como forma de promover la participación de la niñez.

Por su parte, la Comisión estableció como prioridad en su Plan Estratégico 2023-2027 ampliar los espacios de participación de niñas, niños y adolescentes, teniendo en cuenta todos los componentes del derecho a la participación, el derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información.

Con base en lo anterior, la Resolución incorpora los principios aplicables de manera transversal a todas las acciones que involucren la participación de niñas, niños y adolescentes en el ámbito de la CIDH. Asimismo, desarrolla las medidas necesarias para la implementación de esta resolución, de manera progresiva, en el transcurso de la ejecución del Plan Estratégico 2023-2027.

Entre ellas, se contempla: i) la adecuación de los contenidos y documentos publicados por la CIDH; ii) la elaboración y difusión de explicaciones de fácil comprensión sobre la utilización de los distintos mecanismos, y iii) el fomento de un papel destacado para niñas, niños y adolescente durante los períodos de sesiones en los temas que les conciernen, en particular, en las audiencias temáticas.  Sumado a ello, como mecanismo de gestión y seguimiento, se establece la planificación anual de actividades para promover la participación de niñas, niños y adolescentes en los diversos mecanismos de la CIDH.

La CIDH agradece a Save the Children y la Red Latinoamericana de Niñas, Niños y Adolescentes (REDNNyA's) por el apoyo recibido en la realización conjunta de encuentros intergeneracionales previos a la aprobación de esta Resolución.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 015/24

10:30 AM

 

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️ Casos y precedentes sobre derechos de la niñez y adolescencia en la Corte IDH

 

La CIDH ha sometido casos relacionados con los derechos de la niñez y adolescencia ante la Corte IDH. Este proceso, que culmina con la sentencia del tribunal interamericano, ha contribuido al desarrollo de una gran variedad de decisiones sobre el tema.


Casos sometidos ante la Corte IDH

Caso “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros) vs. Guatemala

  • Derechos abordados: la vida, la libertad e integridad personal, la prevención y sanción de la tortura respecto de los derechos del niño (art. 19 de la Convención Americana).
  • La Corte IDH señaló que los adolescentes tienen derecho a la vida, y que el Estado tiene la obligación de brindarles protección integral, afianzando su seguridad, bienestar y desarrollo. Asimismo, destacó la importancia de salvaguardar su integridad personal y prohibir la tortura.
  • Consulta los audios de la audiencia pública del caso.

Caso Guzman Albarracín y otras vs. Ecuador

  • Derechos abordados: la integridad personal, la educación, la autonomía progresiva, la salud, las garantías judiciales y derechos de la mujer.
  • La Corte IDH estableció que niñas y niños tienen derecho a un ambiente y espacio educativo libres de violencia.
  • Además, la Corte IDH determinó que los Estados deben erradicar los estereotipos de género del sistema judicial y contextos educativos, enfatizando la importancia de considerar la perspectiva de género en casos de violencia contra las mujeres.
  • Consulta el video de la audiencia pública del caso.

Caso Yean y Bosico vs. República Dominicana

  • Derechos abordados: al nombre, la identidad, la nacionalidad, libertad de conciencia y religión, reconocimiento de la personalidad jurídica e integridad personal.
  • La Corte IDH fijó importantes precedentes en relación con los derechos de las personas apátridas y su derecho a la identidad y nacionalidad.
  • Consulta los audios de la audiencia pública del caso.

Caso Masacre de Mapiripán vs. Colombia

  • Derechos abordados: la protección judicial, vida, integridad personal, circulación y residencia, libertad personal y garantías judiciales.
  • La Corte IDH proporcionó importantes precedentes en la protección de los derechos humanos en situación de violencia generalizada, subrayando la obligación del Estado para prevenir y sancionar violaciones a los derechos fundamentales.
  • Consulta los audios de la audiencia del caso.

Caso Comunidad Indígena Yakye Axa vs. Paraguay

  • Derechos abordados: derechos de niñas y niños, propiedad privada, protección judicial, vida, integridad personal y garantías judiciales.
  • La Corte IDH estableció que se violaron los derechos de niñas y niños de la comunidad indígena por la falta de garantías para proteger sus derechos, como el acceso a un nivel de vida adecuado y la preservación de la identidad cultural. Además, determinó que la privación de medios de subsistencia tradicionales afectó negativamente, vulnerando los derechos de la niñez de la comunidad.
  • Consulta el video de la audiencia de supervisión de cumplimiento del caso.

Caso Ramírez Escobar y otros vs. Guatemala

  • Derechos abordados: vida familiar de niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo, garantía de ejercicio y titularidad de los derechos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y adopción de medidas especiales de protección reconociendo la vulnerabilidad y necesidad de cuidado especial.
  • La Corte IDH reiteró la importancia del derecho de que niñas, niños y adolescentes a ser escuchados considerando la toma de decisiones en temas que afectan su vida. Asimismo, estableció parámetros claros para que en los procesos de adopción se respete el principio del interés superior del niño o la niña.
  • Consulta el video de la audiencia pública del caso.

Caso V.R.P., V.P.C. y otros vs. Nicaragua

  • Derechos abordados: integridad personal, justicia, vida privada y familiar, derechos de la niña, igualdad ante la ley, protección y garantías judiciales, no discriminación.
  • La Corte IDH evaluó casos de violencia contra niñas y niños, considerando su vulnerabilidad. El caso sentó precedente en la jurisprudencia interamericana sobre la protección de los derechos de niñas y niños frente a la violencia.
  • Consulta el video de la audiencia pública del caso.

Caso Furlán y familiares vs. Argentina

  • Derechos abordados: protección judicial, integridad personal, garantías judiciales, derechos de niñas, niños y adolescencia, desarrollo progresivo y propiedad privada.
  • La Corte IDH reiteró que las niñas y los niños deben gozar de medidas pertinentes especiales y más específicas para proteger sus derechos que aquellas que se decretan para personas adultas. Asimismo, resaltó la obligación que tiene el Estado para asegurar que niñas y niños, así como personas con discapacidad, gocen de un auténtico acceso a la justicia, siendo beneficiarios de un debido proceso legal en condiciones de igualdad respecto de aquellos que no padecen dichas desventajas.
  • Consulta el video de la audiencia pública del caso.

Caso "Instituto de Reeducación del Menor" Vs. Paraguay

  • Derechos abordados: protección judicial, desarrollo progresivo, derechos de niñas y niños, vida, integridad personal, libertad personal y garantías judiciales.
  • La Corte IDH determinó que hubo violaciones a los derechos de niñas y niños por acciones en contra del derecho a la vida, la integridad personal, la libertad personal y las garantías judiciales de adolescentes y jóvenes privados de libertad en ese instituto.
  • Consulta los audios de la audiencia pública del caso.

Caso Mendoza y otros vs. Argentina

  • Derechos abordados: de niñas y niños, protección judicial, integridad personal, libertad personal y garantías judiciales.
  • La Corte IDH estableció que el Estado es responsable por violar el derecho a la protección de la niñez por condenar a las víctimas a prisión perpetua por hechos que ocurrieron cuando aún eran niños.  Así también, subrayó que familiares de las víctimas sufrieron un daño contra su integridad personal, ya que sufrieron dolor y angustia por la imposición de la pena a las víctimas, lo que les causó desintegración familiar y afectaciones físicas.
  • Consulta el video de la audiencia pública del caso.


Recomendaciones y soluciones amistosas emitidas por la CIDH

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos, a través de sus decisiones, ha establecido importantes precedentes para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Así también, la Comisión ha contribuido con determinaciones y recomendaciones que enfatizan la importancia de asegurar el acceso a la información y participación efectiva en los procesos de toma de decisiones relativas a la educación, salud y proyectos de vida.

Caso 12.551 Paloma Angélica Escobar Ledezma y otros vs. México

La CIDH concluyó que el Estado es responsable de la transgresión de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, a los derechos de niñas y niños, así como a la igual protección de la ley, ya que el Estado no actuó con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia que sufrió la víctima, ni tampoco implementó medidas especiales de búsqueda por su condición de niña desde su desaparición.
 
La Comisión recomendó al Estado:

  • Completar la investigación oportuna, seria e imparcial sobre la desaparición y muerte.
  • Reparar plenamente a familiares de la víctima.
  • Implementar políticas estatales integrales y coordinadas que garanticen la prevención, investigación, sanción y reparación, como la no repetición de los casos de violencia de género.
  • Fortalecer la capacidad institucional para combatir la impunidad frente a casos de violencia contra las mujeres a través de investigaciones criminales efectivas con perspectiva de género.
  • Consulta la ficha de seguimiento de recomendaciones del informe del caso.

 Caso 11.364 Jailton Neri Da Fonseca vs. Brasil

La CIDH recalcó que este caso, relativo a detención arbitraria y ejecución extrajudicial, no fue aislado y que reflejaba un perfil de conducta ilegal por parte de la policía militar. Asimismo, estableció que el respeto a los derechos de la niñez constituye un valor fundamental de la sociedad que busca la justicia social y los derechos humanos, para el reconocimiento de la personalidad individual de cada niña, niño y adolescente como titulares de derechos.
 
La CIDH recomendó al Estado:

  • Realizar una investigación completa, imparcial y efectiva de los órganos que no sean militares.
  • Modificar el art, 9 del Código Penal Militar y el art. 82 del Código de Procedimiento Penal Militar a efecto de eliminar la competencia de investigación de violaciones a derechos humanos cometidas por policías militares, y transferir dicha competencia a la policía civil.
  • Adoptar e instrumentar acciones inmediatas para asegurar el cumplimiento de los derechos establecidos en la Convención Americana, la Convención sobre derechos de la niñez y otros.
  • Reparar plenamente a familiares de la víctima.
  • Consulta la ficha de seguimiento de recomendaciones del informe del caso.

 Caso 12.009 Leydi Dayan Sánchez vs. Colombia

La CIDH determinó la responsabilidad del Estado por la violación del derecho a la vida, debido a la falta de respuesta con debida diligencia para investigar y sancionar a los responsables, dado que la muerte de la víctima se produjo, en estado de indefensión, como consecuencia del accionar de agentes estatales y ella no fue objeto de las medidas especiales de protección con motivo de su edad y condición de vulnerabilidad.
 
La Comisión recomendó al Estado:

  • Realizar una investigación imparcial y efectiva ante la jurisdicción ordinaria.
  • Reparar a familiares de la víctima en forma integral.
  • Reconocer públicamente su responsabilidad sobre las violaciones a la Convención Americana.
  • Adoptar medidas de capacitación, vigilancia y aplicación de la ley para que los agentes del Estado cumplan los principios de necesidad, excepcionalidad y proporcionalidad, particularmente en situaciones que involucren presencia de niñas, niños y adolescentes.
  • Consulta la determinación de cumplimiento total de recomendaciones del informe del caso.


Soluciones amistosas

Caso 12.426 y 12.427 Niños Castrados de Marañón vs. Brasil

En ambos casos se denunció la mutilación y el asesinato de niños en el Estado de Marañón, por lo que se alegó que el Estado había violado las obligaciones en la Declaración y Convención Americana sobre derechos humanos, ya que las autoridades locales presentaron retraso injustificado en la búsqueda de los niños, y en las averiguaciones para determinar la responsabilidad sobre estos crímenes.

Caso 12.941 Nicolasa y familiares vs. Colombia

En el presente caso el Estado reconoció la responsabilidad por la violación a los derechos a la integridad personal, garantías judiciales, honra y dignidad, igualdad y derechos de la niñez establecidos en la Convención Americana; y por ignorar obligaciones de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Ello, al permitir el desplazamiento forzado de Nicolasa y sus familiares, y no llevar a cabo una investigación adecuada sobre la violación sexual de la niña, en dos ocasiones.

 Caso 11.805 Carlos Enrique Jaco vs. Honduras

En este caso se denunció la detención de Carlos Enrique y su internamiento en un centro penal para adultos sin que las autoridades se hubieran cerciorado de su edad mediante un examen médico previo. Esta situación desembocó en su fallecimiento a manos de otro reo, hechos que no se investigaron ni sancionaron. El Estado violó el derecho a la vida, integridad personal, libertad y seguridad personal, garantías judiciales, derechos del niño y a la protección judicial de la víctima.

 Caso 12.848 Señora N vs. Panamá

En este caso, se denunció la responsabilidad internacional del Estado por negligencia médica cuando la víctima tenía 15 años, debido a adquirir el VIH mediante transfusión de sangre en un hospital público. El Estado violó el derecho a la vida, integridad personal, garantías judiciales, derechos del niño y protección judicial de la víctima.

Las sentencias en los casos mencionados, así como las determinaciones, recomendaciones y acuerdos de solución amistosa muestran el potencial de cambio y progreso en la defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes en la región y sirven de ejemplo para la no repetición. Además, dejan patente la necesidad de seguir avanzando en medidas concretas para garantizar que los derechos de la niñez se protejan de forma efectiva.

 


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