martes, 23 de enero de 2024

CORTE IDH CELEBRARÁ SU 164 PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES


 

LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CELEBRARÁ SU 164 PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES

 

San José, Costa Rica, 23 de enero de 2024.- La Corte Interamericana celebrará, entre el 24 de enero y el 9 de febrero de 2024, su 164° Período Ordinario de Sesiones. El cual se desarrollará de forma híbrida, combinando actividades presenciales y virtuales.

Las audiencias públicas y la Ceremonia de Apertura del Año Judicial Interamericano 2024 se transmitirán a través las redes sociales del Tribunal.

I. Ceremonia de Apertura del Año Judicial Interamericano 2024

El lunes 29 de enero de 2024 a partir de las 9:30 (hora de Costa Rica) se celebrará la Ceremonia de Inauguración del Año Judicial Interamericano 2024. Durante el evento se realizará la toma de posesión de la nueva Directiva, integrada por la Presidenta, Jueza Nancy Hernández López (Costa Rica) y el Vicepresidente, Juez Rodrigo Mudrovitsch (Brasil).

En la misma, se realizará la conferencia magistral “Revolución tecnológica, plataformas digitales e inteligencia artificial” impartida por el señor Luís Roberto Barroso, Presidente del Supremo Tribunal Federal de Brasil.

II. Sentencias

La Corte deliberará las Sentencias sobre los Casos Contenciosos:

a) Caso Asociación Civil Memoria Activa Vs. Argentina1

El caso se relaciona a la presunta responsabilidad internacional del Estado en relación con el atentado terrorista perpetrado contra la sede de la Asociación mutual Israelita Argentina (“AMIA”) ocurrido el 18 de julio de 1994 en Buenos Aires, el cual provocó la muerte de 85 personas y heridas de gravedad en perjuicio de al menos otras 151 personas, así como la alegada situación de impunidad en la cual se encuentran los hechos.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

b) Caso Vega González y otros Vs. Chile2

El caso se refiere a la alegada responsabilidad internacional del Estado chileno por la aplicación del instituto de la “media prescripción” o “prescripción gradual” en el marco de los procesos penales de 14 peticiones relativas a delitos de lesa humanidad perpetrados contra 48 personas en el contexto de la dictadura cívico-militar chilena.

Puede encontrar más información sobre el caso aquí.

III. Sentencias de Interpretación

La Corte continuará con el proceso de deliberación de la Sentencia sobre el Caso Contencioso:

a) Sentencia de Interpretación del Caso Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica Vs. Colombia3

Luego de notificada, la Sentencia estará disponible aquí.

IV. Audiencias Públicas

La Corte llevará a cabo audiencias públicas en los siguientes Casos Contenciosos:

a) Caso Ubaté y Bogotá Vs. Colombia4

El caso se refiere a la responsabilidad internacional del Estado colombiano por la desaparición forzada de Jhon Ricardo Ubaté y Gloria Bogotá en el marco de un operativo policial realizado por la Unidad Antiextorsión y Secuestro de la Policía (UNASE) en 1995, así como la subsecuente impunidad de estos hechos.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

La audiencia pública se realizará de manera presencial el martes 30 de enero de 2024 a partir de las 9:00 (hora de Costa Rica).

b) Caso Reyes Mantilla y otros Vs. Ecuador

El caso se relaciona con la alegada responsabilidad internacional del Estado de Ecuador, por la supuesta deteción ilegal y arbitraria de Walter Ernesto Reyes Mantilla, Vicente Hipólito Arce Ronquillo y José Frank Serano Barrera entre 1995 y 1996, por la duración de la detención preventiva, por los alegados actos de agresiones y amenazas durante la detención, así como por la supuesta falta de agarantías judiciales en los procesos penales seguidos en su contra. Con relación al señor Serrano, consideró que el Estado es responsable por la falta de información al mismo sobre su derecho a comunicarse con el Consulado de su país. A su vez, durante la detención del señor Reyes las autoridades policiales decomisaron el auto en el que se encontraba, propiedad de su hijo, y luego el auto no fue devuelto una vez fueron absueltos de los cargos.

La audiencia pública de este caso se celebrará el lunes 5 de febrero de 2024 a partir de las 9:00 (hora de Costa Rica).

c) Caso Aguirre Magaña Vs. El Salvador

El presente caso se relaciona con la alegada responsabilidad internacional de El Salvador por la supuesta falta de debida diligencia en la investigación penal llevada a cabo por las graves lesiones sufridas por Miguel Ángel Aguirre Magaña, las cuales le causaron una discapacidad.

Puede encontrar más información sobre el caso aquí.

La audiencia pública se realizará el martes 6 de febrero de 2024 a partir de las 9:00 (hora de Costa Rica).

d) Caso Capriles Vs. Venezuela

El caso se refiere a la alegada responsabilidad internacional del Estado por las violaciones de los derechos políticos, a la libertad de expresión, al principio de legalidad y a la protección y garantías judiciales en perjuicio de Henrique Capriles, en el marco de su participación política como candidato presidencial en las elecciones del 14 de abril de 2013.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

La audiencia pública se celebrará el martes 6 de febrero de 2024, desde las 14:30 (hora de Costa Rica).

e) Caso Galetovic Sepunar y otros Vs. Chile5

El caso se refiere a la alegada responsabilidad internacional del Estado por la falta de acceso a un recurso judicial efectivo para la reparación por la confiscación de una radio durante la dictadura, en perjuicio de Mario Galetovic Sapunar, Daniel Ruiz Oyarzo, Carlos González Jaksic, Oscar Santiago Mayorga Paredes, Hugo René Formantel Díaz y Néstor Edmundo Navarro Alvarado.

Conozca más sobre el caso aquí.

La audiencia pública de este caso se realizará el miércoles 7 de febrero de 2024 a partir de las 9:00 (hora de Costa Rica). Si desea ser parte del público presencial de esta audiencia, puede reservar su espacio aquí.

f) Caso Da Silva y otros Vs. Brasil6

El caso se refiere a la supuesta falta de debida diligencia en la investigación del supuesto homicidio del trabajador rural e integrante del Movimiento Sin Tierra (MST), Manoel Luiz da Silva, ocurrido el 19 de mayo de 1997 en la Hacienda Engenho Taipu, localizada en el Minicipio de São Miguel de Taipu en el estado de Paraíba. Se indica que el alegado homicidio fue cometido por actores no estatales. Asimismo, el caso versa sobre la alegada situación de impunidad en la que se encontrarían los hechos.

Encuentre más información sobre el caso aquí.

La audiencia pública de este caso se celebrará el jueves 8 de febrero de 2024, desde las 9:00 (hora de Costa Rica).

g) Caso Muniz Da Silva Vs. Brasil7

El caso se refiere a la supuesta responsabilidad internacional de Brasil por la alegada desaparición forzada de Almir Muniz da Silva, trabajado rural y defensor de los derechos de las y los trabajadores rurales en el estado de Paraíba, en Brasil, y por la supuesta situación de impunidad de los hechos hasta la fecha. El 9 de mayo de 2001 el señor Muniz da Silva habría testificado ante la Comisión Parlamentaria de Investigación sobre la supuesta violencia en el campo y la formación de milicias rurales en el estado de Paraíba, señalando la actuación de policías en supuestos actos de violencia contra trabajadores rurales de la región. El 23 de diciembre de 2000 Almir Muniz da Silva habría sido amenazado de muerte por uno de los policías que había denunciado.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

La audiencia pública de este caso se realizará el viernes 9 de febrero de 2024 a partir de las 9:00 (hora de Costa Rica).

V. Supervisión de Cumplimiento de Sentencias, Medidas Provisionales, así como cuestiones administrativas

Asimismo, la Corte supervisará el cumplimiento de diversas Sentencias e implementación de las Medidas Provisionales que se encuentran bajo su conocimiento y cuestiones procesales de diferentes Casos Contenciosos. También, verá diversos asuntos de carácter administrativo.

Se informará regularmente respecto al desarrollo de las diversas actividades de este 164° Período Ordinario de Sesiones.

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La composición de la Corte para este Período de Sesiones será la siguiente: Jueza Nancy Hernández López, Presidenta (Costa Rica); Juez Rodrigo Mudrovitsch, Vicepresidente (Brasil); Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México); Juez Ricardo C. Pérez Manrique; Jueza Verónica Gómez (Argentina) y Jueza Patricia Pérez Goldberg (Chile).

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1 La Jueza Verónica Gómez no participará en la deliberación de la Sentencia de este caso por ser de nacionalidad argentina, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte.

2 La Jueza Patricia Pérez Goldberg no participará en la deliberación de la Sentencia de este caso por ser de nacionalidad chilena, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte.

3 La composición de la Corte para esta Sentencia de Interpretación será la siguiente: Jueza Elizabeth odio Benito, Presidenta (Costa Rica); Juez Patricio Pazmiño Freire, Vicepresidente (Ecuador); Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor (México); Juez Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina) y Juez Ricardo Pérez Manrique (Uruguay). El Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia) no participará de la deliberación de la Sentencia de Interpretación por ser de nacionalidad colombiana. La Corte sesionará en forma virtual con la antigua composición del Tribunal que continuó con el conocimiento y deliberación del Caso Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica Vs. Colombia.

4 El Juez Humberto Antonio Sierra Porto no participará en la deliberación de la Sentencia de este caso por ser de nacionalidad colombiana, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte.

5 La Jueza Patricia Pérez Goldberg no participará en la Audiencia Pública de este caso por ser de nacionalidad chilena, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte.

6 El Juez Rodrigo Mudrovitsch no participará en la Audiencia Pública de este caso por ser de nacionalidad brasileña, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte.

7 El Juez Rodrigo Mudrovitsch no participará en la Audiencia Pública de este caso por ser de nacionalidad brasileña, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte.

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El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Para mayor información favor de dirigirse a la página de la Corte IDH www.corteidh.or.cr o envíe o envíe un correo dirigido a Pablo Saavedra Alessandri, Secretario a corteidh@corteidh.or.cr. Para la oficina de prensa contacte a Gabriela Sancho prensa@corteidh.or.cr

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