miércoles, 4 de marzo de 2026

CORTE IDH: NICARAGUA ES RESPONSABLE POR AGRESIONES Y HOSTIGAMIENTOS CONTRA EL FISCAL


 

NICARAGUA ES RESPONSABLE POR AGRESIONES Y HOSTIGAMIENTOS CONTRA EL FISCAL PARTIDARIO OPOSITOR JAIME ANTONIO CHAVARRÍA MORALES Y SUS FAMILIARES, COMETIDOS DESDE EL PROCESO ELECTORAL DE 2008

San José, Costa Rica, 4 de marzo de 2026. En la Sentencia del caso Chavarría Morales y otros Vs. Nicaragua, notificada hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró a la República de Nicaragua responsable por las violaciones a derechos humanos cometidas a partir del 27 de julio de 2008 en perjuicio del señor Jaime Antonio Chavarría Morales y sus familiares1.

El resumen oficial y el texto íntegro de la Sentencia pueden encontrarse aquí.

Los hechos del caso se produjeron en un contexto sostenido de debilitamiento de las instituciones democráticas en Nicaragua, que se intensificó a partir de 2007. Desde entonces, se instauró un clima de hostilidad y persecución contra personas opositoras al gobierno, que ha restringido su participación en los asuntos públicos y procesos electorales, colocándolas en situaciones de especial riesgo y vulnerabilidad. En el marco de lo anterior, en las elecciones municipales de 2008 se denunciaron diversas irregularidades y actos, inclusive de intimidación, dirigidos a obstaculizar que votantes opositores ejercieran el derecho al sufragio.

El señor Chavarría Morales, que integraba el Partido Liberal Constitucionalista, opositor al gobierno, el 27 de julio de 2008 intervino como fiscal de verificación electoral, en el proceso correspondiente a las elecciones municipales de ese año, en el centro ubicado en la escuela “Josefa Toledo de Aguerrí”, en el Distrito Cuatro de Managua. En tal proceso de verificación, necesario para ejercer el sufragio, los ciudadanos nicaragüenses constatan su inclusión en el Padrón Electoral.

El señor Chavarría Morales presentó una impugnación a las autoridades del centro, quejándose de su cierre antes del horario previsto, cuando quedaban personas pendientes de verificarse. No obstante, las autoridades del centro se negaron a recibir la queja. Él y algunos de sus familiares, quienes se encontraban en el lugar porque allí les correspondía realizar su verificación, fueron objeto de insultos y amenazas por parte de un fiscal del partido político gobernante, Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN). Cuando se retiraban del lugar, el señor Chavarría Morales, sus hijos e hija, Jeffer Joaquín, Jaime Antonio y Cindy Alicia, fueron interceptados y atacados por un grupo numeroso de personas, instigadas por dirigentes sandinistas del distrito. Los hechos fueron presenciados por agentes policiales que se abstuvieron de intervenir. El señor Chavarría Morales y sus familiares, quienes sufrieron diversas lesiones, lograron huir en su vehículo, al que los agresores intentaron incendiar.

El 27 de julio de 2008 el señor Chavarría Morales denunció lo sucedido a la Policía Nacional. El 11 de noviembre de 2009, el Ministerio Público ejerció acción penal contra varios presuntos responsables. La acusación fue rechazada en tres ocasiones por la autoridad judicial interviniente, tras lo cual el Ministerio Público cesó el impulso procesal y la causa fue finalmente archivada en mayo de 2016. El señor Chavarría Morales y sus familiares presentaron otras denuncias, en diversos ámbitos, que no derivaron en actuaciones o resultados concretos.

Luego de las acciones emprendidas por el señor Chavarría Morales tras los hechos del 27 de julio de 2008, diversos integrantes de su familia y él fueron objeto de diversos actos de agresiones, hostigamiento e intimidación. Estos se prolongaron a lo largo del tiempo y varios tuvieron relación con el avance del trámite del caso ante la Comisión y la Corte Interamericanas. Produjeron distintas afectaciones en la vida familiar, inclusive respecto a niñas y niños. Uno de los integrantes de la familia se fue del país en 2014 a causa de las amenazas y el acoso policial.

La Corte Interamericana destacó que quienes realizan labores de fiscalización o veeduría electoral, incluso por parte de partidos políticos, contribuyen directamente a la defensa del orden democrático y del derecho de la ciudadanía a elecciones libres, por lo que deben ser reconocidos como defensores de derechos humanos. Por tanto, el Estado debe asegurar que puedan desempeñar sus funciones de manera y segura, sin intimidaciones ni represalia y sin sin riesgos sustanciales a sus derechos humanos o los de sus familias.

El Tribunal evaluó que, por lo ocurrido el 27 de julio de 2008, el Estado violó los siguientes derechos del señor Chavarría Morales: integridad personal, libertad de pensamiento y de expresión, derechos políticos, derecho a la igualdad ante la ley y derecho a defender derechos humanos. De igual modo, determinó la responsabilidad estatal por la afectación al derecho a la integridad personal en perjuicio de Cindy Alicia Chavarría Alonso, Jeffer Joaquín Chavarría Alonso y Jaime Antonio Chavarría Alonso.

Además, el Tribunal consideró que el Estado no realizó actuaciones diligentes para investigar los hechos en un plazo razonable. Por ello, entendió que violó los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de las cuatro personas nombradas.

Por último, la Corte entendió que el Estado tuvo responsabilidad por los hechos de amenazas, hostigamiento y agresiones posteriores a julio de 2008, dada la participación o aquiescencia de agentes estatales en algunos de ellos y por la falta de adopción de acciones de protección e investigación. Concluyó, por ello, que Nicaragua es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal y a la protección de la familia, así como por la afectación al proyecto de vida, de todos los integrantes de la familia del señor Chavarría Morales considerados víctimas en el caso. Además, determinó violaciones a los derechos de la niñez y al derecho de circulación y de residencia en perjuicio de los integrantes de la familia que, según el caso, eran niños o niñas al momento de los hechos o tuvieron que irse de Nicaragua a causa de ellos.

Por todo lo anterior, el Tribunal declaró que Nicaragua violó los artículos 5.1, 8.1, 13, 17, 19, 22.1, 23.1.a y b, 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1. del mismo tratado.

Por motivo de estas violaciones, la Corte ordenó al Estado implementar distintas medidas de reparación.


1Se trata de las siguientes personas: i) su esposa, Margarita Blanca de la Concepción Alonso Flores; ii) sus hijos e hijas, Jaime Antonio Chavarría Alonso, Jeffer Joaquín Chavarría Alonso, Cindy Alicia Chavarría Alonso y Eugenia Margarita Chavarría Alonso; iii) sus yernos y nueras, Norman José Guillen Silva, Luis Alberto Matos Castro, Ángela Elisa Munguía Leiva y Nerling del Carmen Moreno Chavarría; y iv) sus nietos y nietas, Jaime Antonio Chavarría Moreno, Grace Alejandra Chavarría Moreno, Astrid Belén Chavarría Munguía, Jeffer Isaac Chavarría Munguía, Camila Monserrat Matos Chavarría, Fergie Anabelsys Chavarría Silva y Alaia Margarita Chavarría Silva.


La composición de la Corte para la emisión de la presente Sentencia fue la siguiente: Jueza Nancy Hernández López, Presidenta (Costa Rica); Juez Rodrigo Mudrovitsch, Vicepresidente (Brasil); Juez Ricardo C. Pérez Manrique (Uruguay), Jueza Patricia Pérez Goldberg (Chile), Juez Alberto Borea Odría (Perú) y Juez Diego Moreno Rodríguez (Paraguay).

El Juez Rodrigo Mudrovitsch y el Juez Ricardo Pérez Manrique hicieron conocer a la Corte su voto conjunto concurrente y parcialmente disidente. La Jueza Patricia Pérez Goldberg dio a conocer al Tribunal su voto concurrente. El Juez Alberto Borea Odría dio a conocer a la Corte su voto parcialmente disidente.


El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Para mayor información favor de dirigirse a la página de la Corte Interamericana www.corteidh.or.cr o envíe un correo electrónico a Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, a corteidh@corteidh.or.cr. Para la oficina de prensa contacte a Danniel Alejandro Pinilla, Director de Comunicaciones y Prensa, en prensa@corteidh.or.cr.

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