viernes, 30 de agosto de 2019

ANUARIO de la Revista Boliviana de Estudios Constitucionales (2017 - 2018)

La Revista Boliviana de Estudios Constitucionales, se halla disponible en el siguiente enlace: https://bo.lejister.com/index.php?option=publicaciones


EL ANUARIO DE LA REVISTA BOLIVIANA DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
Alan E. Vargas Lima

La Academia Boliviana de Estudios Constitucionales (ABEC) –que se encuentra próxima a cumplir dos décadas de vigencia, desde su creación en 1999–, es una Asociación y entidad civil sin fines de lucro, de índole científico, académico, pedagógico, cívico y social, conformada por profesionales en derecho y también en otras disciplinas científicas afines, nacionales y extranjeros, estudiosos del Derecho Constitucional y sus ramas afines, constituyéndose en una institución académica que se dedica exclusivamente al desarrollo de actividades de investigación, extensión, desarrollo, promoción y difusión del conocimiento en el ámbito del Derecho Constitucional.

En este sentido, los fines que persigue la ABEC, consisten principalmente en la investigación, el fomento y difusión de los estudios, debates y análisis críticos del constitucionalismo y del derecho constitucional en el ámbito nacional e internacional, y a partir de ello, la promoción, vigencia y protección de los Derechos Humanos, la preservación y desarrollo del Estado Constitucional y Democrático de Derecho, el estímulo a una sociedad con Valores Pluralistas y Democráticos, así como la cooperación con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, para la realización de los fines señalados anteriormente.

En esa perspectiva, la ABEC ha venido cultivando de manera constante la ciencia del Derecho Constitucional en el país, convocando públicamente a distintos seminarios, cursos talleres, conferencias, etc., propiciando espacios de debate y reflexión en distintos eventos académicos que ha organizado a nivel nacional, logrando llevar adelante 4 Congresos Bolivianos sobre Derecho Constitucional en distintas ciudades, junto a 2 Jornadas Nacionales de Derecho Procesal Constitucional, que se han visto necesarias para el estudio a profundidad de estas disciplinas, y que han resultado de gran utilidad para estudiantes y estudiosos de estas ramas jurídicas en Bolivia.

Gran parte de todo este trabajo, se ha visto plasmado en más de una quincena de publicaciones colectivas coordinadas por su Presidente, el Dr. William Herrera Añez (editadas en su mayoría por el Grupo Editorial Kipus), en las cuales se ha tenido el noble acierto de recopilar el aporte doctrinal de todos y cada uno de sus miembros: estudiosos constitucionalistas de diversas partes del país y algunos profesores extranjeros, que persiguen difundir sus investigaciones y análisis críticos sobre la Constitución y sus distintas instituciones jurídicas, sin descuidar el desarrollo constante de la jurisprudencia constitucional, y los avances de la jurisprudencia interamericana.

A esta incesante actividad académica, se ha visto por conveniente adicionar la elaboración de una Revista que, con facilidad y rapidez, pueda llegar a conocimiento de los distintos profesionales Abogados y estudiantes universitarios que necesiten profundizar sus conocimientos, y así tengan a la mano una herramienta digital útil para actualizarse en torno a los alcances de la normativa constitucional vigente en el país.

De ahí que, desde el año 2017 hasta el presente, y a través de la página web de IJ Editores (https://bo.lejister.com/), se han logrado publicar 5 números de la Revista Boliviana de Estudios Constitucionales, en formato digital (ahora disponible en: https://bo.lejister.com/index.php?option=publicaciones).

Esta Revista digital, es una publicación jurídica semestral y especializada, que procura el desarrollo del estudio del Derecho Constitucional en sus diversas ramas, promoviendo el análisis, la investigación y la discusión jurídica en esta materia; por ello, el objetivo principal de la Revista, es favorecer el conocimiento y la divulgación del Derecho Constitucional, abordando diversas temáticas que son de interés general. 


Al presente, se está alcanzando ese objetivo con un gran acontecimiento editorial, como es la publicación en formato de libro, de un ANUARIO que reúne los artículos más sobresalientes de la Revista, con el aporte de los mejores exponentes del Constitucionalismo boliviano.

Así, en el primer tomo del Anuario de la Revista Boliviana de Estudios Constitucionales (Tomo I, Año 2017), aparecen aquellas contribuciones que, en su momento, estuvieron dirigidas a desentrañar los alcances del “Código del Sistema Penal Boliviano” (de efímera vigencia en el país), desde la perspectiva constitucional; así como también se incluyen algunos ensayos que explican el marco normativo, doctrinal y desarrollo jurisprudencial de las Acciones de Defensa previstas en la Constitución Política del Estado aprobada el 7 de febrero de 2009. En este sentido, sobresalen los aportes de María Micaela Alarcón Gambarte: “Análisis de la extradición en el marco del nuevo Sistema Penal Integral”; José Antonio Rivera Santivañez: “Los principios constitucionales en el proyecto de Código del Sistema Penal Boliviano”; Iván Sandro Tapia Pinto: “Los fundamentos jurídicos para la aplicación de Medidas Cautelares Constitucionales”; Betty Carolina Ortuste Tellería: “Análisis del Sistema Competencial Boliviano a partir del proceso autonómico cruceño”; William Herrera Añez: “El proceso de Acción de Libertad y su estructura”; Alan E. Vargas Lima: “La Acción de Amparo Constitucional en Bolivia”; Soraya Santiago Salame: “La Acción de Protección de Privacidad”; Ricardo Sotillo Antezana: “La Acción Popular en Bolivia”.

En el segundo tomo de esta publicación del Anuario de la Revista Boliviana de Estudios Constitucionales (Tomo II, Año 2018), se pueden encontrar diversos aportes referentes a la labor de control de constitucionalidad que desarrolla el Tribunal Constitucional Plurinacional en Bolivia, junto a estudios referentes al referéndum como mecanismo vinculante en el sistema democrático del país. Así, se destacan por su relevancia los estudios de William Herrera Añez: “El Poder Constituyente, la Constitución y el Tribunal Constitucional Plurinacional”; María Micaela Alarcón Gambarte: “Acción de Inconstitucionalidad abstracta, configuración procesal”; Alan E. Vargas Lima: “La Acción de Inconstitucionalidad en Bolivia ¿es un mecanismo idóneo para lograr la inaplicabilidad de la Constitución?”; Oscar G. Barrientos Jiménez: “Tribunal (In)Constitucional Plurinacional”; José Antonio Rivera Santivañez: “La inaplicabilidad de la Constitución para habilitar la reelección indefinida”; Betty Carolina Ortuste Tellería: “Reelección indefinida y carácter vinculante del Referéndum del 21 de febrero de 2016”; Oscar Barrientos Jiménez: “Democracia paritaria en Latinoamérica”; Ricardo Sotillo Antezana: “La recuperación de la soberanía popular en el nuevo constitucionalismo latinoamericano”; Eliana Roca Serrano: “Democracia en Bolivia”; William Herrera Añez: “Las formas de Estado”.

Como se puede apreciar, en cada uno de los tomos del Anuario de la Revista Boliviana de Estudios Constitucionales, se pueden encontrar estudios relevantes y aportes indispensables de varios autores bolivianos, que nos ayudan a comprender de manera objetiva los principales temas jurídico-políticos de coyuntura en el país, siempre desde la perspectiva de los principios establecidos por la Constitución Política del Estado, a fin de coadyuvar de mejor manera al debate y reflexión necesarias.

Por todo ello, expresamos nuestras sinceras felicitaciones al Directorio de la Academia Boliviana de Estudios Constitucionales, por la brillante iniciativa de elaborar una publicación periódica semestral en formato digital, así como el Anuario que, en formato impreso, recopila los aportes de todos(as) sus miembros, a quienes agradecemos por poner a disposición de toda la comunidad jurídica boliviana, sus amplios conocimientos que ahora se difunden no solo dentro del país, sino también más allá de nuestras fronteras. 

Éxitos, y ¡sigan adelante!




lunes, 19 de agosto de 2019

ESTUDIOS CONSTITUCIONALES - Bloque de Constitucionalidad y desarrollo jurisprudencial del Control de Convencionalidad en Bolivia


REVISTA ESTUDIOS CONSTITUCIONALES

VOL. 17, NÚM. 1 (2019)
TABLA DE CONTENIDOS
Presentación
Humberto Nogueira Alcalá
ARTÍCULOS
Ronald Chacin Fuenmayor

Williams Eduardo Valenzuela Villalobos

Alejo Joaquín Giles

Martín Risso Ferrand

María Gabriela Barros Sepúlveda

Jaime Bassa Mercado, Bruno Aste Leiva

Luis Iván Diaz García, Kevin Alberto Ritz Parra

Pablo Marshall

Juan José Guardia Hernández

Alan Vargas Lima

Ximena Medellín Urquiaga
JURISPRUDENCIA COMENTADA
Rodolfo Montecinos Ohlagaray

CENTRO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES DE CHILE - CECOCH
FACULTAD DE CIENCIAS JURÌDICAS Y SOCIALES - UNIVERSIDAD DE TALCA
SANTA ELENA 2222, SAN JOAQUÍN, SANTIAGO - CHILE
EMAIL: REVISTA.CECOCH@GMAIL.COM - FONO: 2091010 - FAX: 2093030






lunes, 5 de agosto de 2019

ACCIÓN DE LIBERTAD. Argumentación Jurídica para la defensa y protección del derecho a la vida, a la libertad física o personal, de locomoción y derechos conexos




PRÓLOGO

Mi estimado colega y amigo Erwin Franco Choque Coronel, me ha pedido muy cordialmente que escriba un prólogo para su nuevo libro sobre “ACCIÓN DE LIBERTAD. Argumentación Jurídica para la defensa y protección del derecho a la vida, a la libertad física o personal, de locomoción y derechos conexos”; gentileza que correspondo con mucha satisfacción, dado que se trata de un novedoso aporte bibliográfico proveniente de la pluma de este joven autor boliviano, que indudablemente contribuirá a la mejor comprensión sobre la naturaleza jurídica y desarrollo jurisprudencial de una de las principales garantías jurisdiccionales contempladas por la Constitución Política del Estado aprobada el año 2009.

En este sentido, debemos comenzar precisando que la finalidad con la que nació el Hábeas Corpus en Bolivia, se adscribe dentro de los fines que persiguió esta garantía desde sus primeras articulaciones jurídicas (el Interdicto romano homine libero exhibendo, el hábeas corpus inglés de 1679 y el Fuero o juicio de manifestación instituido en 1428 en el Reino de Aragón) hasta su configuración moderna, cual es la de dotar a la persona humana de un medio de defensa breve y sumario, destinado a conservar o recuperar su libertad, cuando la misma hubiere sido indebida o arbitrariamente vulnerada, como alternativa a los procedimientos ordinarios caracterizados por la morosidad en su trámite y resolución (Cfr. Sentencia Constitucional Nº0160/2005-R, de 23 de febrero de 2005).

Este entendimiento, ahora está presente en el contenido procesal del artículo 125 de la Constitución Política del Estado vigente, cuando establece que la Acción de Libertad, extiende su ámbito de protección hacia toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de su libertad personal; vale decir que en el nuevo sistema constitucional boliviano se han ampliado los alcances de ésta acción tutelar, con la finalidad de dar una efectiva protección no sólo a quienes se encuentran ilegalmente privados de libertad, sino también a quienes consideren que su libertad física o personal y su propia vida estén amenazadas[1].

La Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 0813/2012, de 20 de agosto de 2012, remontándose a los antecedentes históricos del Habeas Corpus, menciona al jurista Daniel Antokoletz, quien manifestaba que “el Hábeas Corpus como amparo de la libertad de una persona detenida, se hallaba instituido ya en el Derecho romano, pues Justiniano ya había definido el Habeas Corpus como la exhibición de un hombre libre, para ampararlo en su libertad”; entendiéndose así, que el proceso de Habeas Corpus fue instituido a fin de garantizar la presencia de la persona que se encuentra privada de libertad y evitar que la misma sea sometida a desapariciones forzosas o, en su caso, a torturas por parte de las autoridades, protegiendo de esta manera el derecho a la vida cuando está en relación con la libertad o derecho de locomoción de una persona.

En ese contexto, la Sentencia Constitucional Nº0011/2010-R de 6 de abril, ha definido la naturaleza de esta Acción de Defensa, en la siguiente forma: “La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal, sea disponiendo el cese de la persecución indebida, el restablecimiento de las formalidades legales y/o la remisión del caso al Juez competente, la restitución del derecho a la libertad física, o la protección de la vida misma, motivo por el cual se constituye en una acción tutelar preventiva, correctiva y reparadora de trascendental importancia que garantiza como su nombre lo indica, la libertad, derecho consagrado por los arts. 22 y 23.I de la CPE”.

Lo anterior, es una muestra del incesante desarrollo jurisprudencial que ha merecido esta invaluable garantía jurisdiccional, desde el comienzo de las actividades jurisdiccionales del Tribunal Constitucional en Bolivia (1999) hasta el presente, a través de los diversos entendimientos que ha desarrollado el Tribunal Constitucional Plurinacional, sirviendo de caldo de cultivo para el desarrollo del Derecho Procesal Constitucional en el país.

En consecuencia, de un tiempo a esta parte, es evidente la necesidad de un texto que logre sistematizar de mejor manera las principales líneas jurisprudenciales establecidas ahora por el Tribunal Constitucional Plurinacional, para comprender de mejor manera la naturaleza jurídica de esta garantía constitucional, configurada ahora como una Acción de Defensa inmediata y oportuna (en la Constitución), y también como un Proceso Constitucional autónomo e independiente (en el Código Procesal Constitucional), con un procedimiento de tramitación especial y sumarísimo, en resguardo de la vida y la libertad personal; lo cual ha dado lugar a establecer la subsidiariedad excepcional de esta Acción de Defensa, y la posibilidad de plantearla oralmente demandando la urgencia de su protección, en caso que así lo ameriten las circunstancias.

Estas y otras premisas establecidas por vía jurisprudencial, son de inexcusable observancia en la administración de justicia constitucional en el Estado Plurinacional de Bolivia, para su estricto cumplimiento por parte de los operadores de justicia; y ello será factible, en la medida en que las autoridades jurisdiccionales adopten una posición garantista en los casos de vulneración evidente de derechos fundamentales relacionados con la vida o la libertad de las personas; más aún si se considera que la Acción de Libertad –ampliamente conocida en el derecho comparado y en nuestra legislación abrogada como “recurso de hábeas corpus”­–, encuentra fundamento en innumerables instrumentos normativos de orden internacional como son: la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre, Declaración Universal de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, disposiciones normativas que forman parte del bloque de constitucionalidad, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 410 de la Constitución boliviana.

En ese contexto, resulta satisfactoria la aparición de este nuevo libro sobre la “ACCIÓN DE LIBERTAD. Argumentación Jurídica para la defensa y protección del derecho a la vida, a la libertad física o personal, de locomoción y derechos conexos”, elaborado por el autor Erwin Franco Choque Coronel, en cuyo contenido comienza realizando una breve referencia a la historia del antiguo Habeas Corpus, y sus antecedentes en Bolivia; para luego analizar la protección del derecho a la libertad física o personal según las normas internacionales, a cuyo efecto ha considerado necesario referirse al Control de Convencionalidad y la aplicación de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el ordenamiento jurídico interno.

Una de las particularidades de este nuevo libro, es que hace énfasis en la necesaria Argumentación Jurídica para la defensa y protección del derecho a la vida, a la libertad física o personal, de locomoción y derechos conexos; ello, bajo la premisa de que dentro los criterios para una buena argumentación en audiencia de Acción de Libertad, se debe tomar en cuenta la doctrina del Bloque de Constitucionalidad aplicable en el Estado Plurinacional de Bolivia; criterio progresista que fue desarrollado en la Sentencia Constitucional 0110/2010-R, a través de la cual se realizó una interpretación extensiva y evolutiva del art. 410.II constitucional. En ese propósito, el autor incluye en su texto, algunas pautas de interpretación constitucional, estructuradas sobre la base de principios constitucionales, y que son de indispensable consulta para la resolución de casos concretos.

Especial mención merece también, el esfuerzo realizado por el autor, en el estudio detallado y minucioso de la jurisprudencia constitucional con relación a la activación directa de la Acción de Libertad, a través de casos particulares; a cuyo efecto, y luego de haber desarrollado el alcance del derecho a la vida como componente fundamental del Bloque de Constitucionalidad, logra detallar con bastante exhaustividad los casos de activación directa de la Acción de Libertad en relación al resguardo del derecho a la vida, a la salud, a la libertad de locomoción, y otra diversidad de casos relacionados al ámbito penal, y que se manejan en el texto con bastante solvencia académica, sin haber descuidado los casos en donde se advierte una progresión jurisprudencial.

En consecuencia, ésta no es una obra literaria que pueda pasar desapercibida; sino más bien, se trata de un libro novedoso que merece especial atención, tanto por la riqueza de su contenido, como por la notable sistematización de jurisprudencia constitucional, útil y necesaria para el Abogado litigante, pero también para el estudiante y el estudioso de esta Acción de Defensa.


Alan E. Vargas Lima
Docente de Derecho Procesal Constitucional


La Paz, invierno de 2019.




[1] Cfr. VARGAS LIMA, Alan E. La Acción de Libertad en la Constitución Boliviana. Naturaleza jurídica, oralidad y subsidiariedad de acuerdo a las modulaciones de la jurisprudencia constitucional. En: Revista Iberoamericana de Derecho Procesal Constitucional. Nº 22. México: Editorial Porrúa, Julio-Diciembre 2014. Págs. 249-288. Asimismo, este trabajo fue incluido en la obra colectiva: OLANO GARCÍA, Hernán Alejandro (Coord.). Liber Amicorum: Homenaje a Marco Gerardo Monroy Cabra. Colombia: Academia Colombiana de Jurisprudencia, 2015.

martes, 30 de julio de 2019

Nuevos Cuadernillos de Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 2019





Nuevos Cuadernillos de Jurisprudencia de la Corte Interamericana:
“Corrupción y Derechos Humanos”,
“Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales”
Y actualización de los Cuadernillos sobre
“Control de Convencionalidad” e “Igualdad y no discriminación”

San José, Costa Rica, 30 de julio de 2019 - Corte Interamericana publica Cuadernillos de Jurisprudencia sobre “Corrupción y Derechos Humanos”, y “Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales” y actualizó los Cuadernillos sobre “Control de Convencionalidad” e “Igualdad y no discriminación”.

La Serie “Cuadernillos de Jurisprudencia” es una sistematización temática de los estándares internacionales en materia de derechos humanos de la Corte Interamericana.

Su objeto es dar a conocer las principales líneas jurisprudenciales del Tribunal en diversos temas de relevancia e interés regional de manera accesible.

Puede encontrar los Cuadernillos de Jurisprudencia aquí.

Estos Cuadernillos se realizaron gracias al generoso aporte de la Cooperación Alemana, a través de la Agencia GIZ (Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit) en el marco del Programa Derecho Internacional Regional y Acceso a la Justicia en América Latina II (Dirajus II), financiado por el Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ) y al trabajo de compilación y edición del Dr. Claudio Nash.


****

El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Para mayor información favor de dirigirse a la página de la Corte Interamericana http://corteidh.or.cr  o envíe un correo dirigido a Pablo Saavedra Alessandri, Secretario a corteidh@corteidh.or.cr .

Para la oficina de prensa contacte a Bruno Rodríguez Reveggino a prensa@corteidh.or.cr

Puede suscribirse a los servicios de información de la Corte aquí.

Para dejar de recibir esta publicación biblioteca@corteidh.or.cr.

También puede seguir las actividades de la Corte en Facebook, Twitter
(@CorteIDH para la cuenta en español y @IACourtHR para la cuenta en inglés), Flickr, Vimeo, Instagram y Soundcloud.

lunes, 24 de junio de 2019

DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL BOLIVIANO


Comentarios acerca de un libro de
DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL BOLIVIANO


Por: Alan E. Vargas Lima
Docente de Derecho Procesal Constitucional


DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL BOLIVIANO. Es el título que lleva el nuevo libro del Ministro de Justicia, Dr. Héctor Arce, que ha sido presentado hace unos meses en instalaciones del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), como también en las principales Facultades de Derecho del país (Santa Cruz y La Paz, por ejemplo). Con este motivo, aprovecho la oportunidad para trazar algunos apuntes y observaciones críticas al libro, desde el punto de vista estrictamente académico, apoyado en la experiencia que brinda la docencia universitaria, y con el único afán de expresar las necesidades de aprendizaje de los estudiantes de esta disciplina, que ciertamente ha sido insertada de manera relativamente reciente entre los Planes de Estudio de las Universidades de nuestro país.

A primera vista, el texto tiene una simpática presentación: lleva un prólogo del Dr. José Luis Gutierrez Sardán (rector de la UASB), quien rememora el momento en que conoció al autor, su notable trabajo con el Dr. Manuel Morales Dávila (Docente de la UMSA) y la defensa del entonces diputado Evo Morales. A lo anterior, se añade un prefacio del autor del libro, en donde además de señalar algunos de los importantes cambios que se han introducido en la vida institucional del Estado, a través de la Constitución promulgada el 7 de febrero de 2019, reconoce que este nuevo libro en realidad se trata de una versión ampliada y actualizada, de su anterior libro sobre “Recursos Constitucionales” que publicara hace dos décadas atrás en el año 1999 (con posteriores ediciones en los años 2002, 2004, 2006 y 2009), a partir de la adopción de sistema de control de constitucionalidad concentrado en Bolivia.

Ahora bien, el nuevo texto publicado por el autor, se divide en dos partes: una primera parte dedicada -según dice- al Derecho Procesal Constitucional, y una segunda parte dedicada a los "procedimientos constitucionales"(sic). En la primera parte –y en lugar de desarrollar el concepto y características del Derecho Procesal Constitucional–, se dedica a describir algunos conceptos sobre Derecho Constitucional y Constitución (rindiendo tributo a su maestro Manuel Morales Dávila), sistemas de control de constitucionalidad y algunas notas sobre la Jurisdicción Constitucional en Bolivia, para terminar  con una breve revisión de la Jurisdicción Constitucional en América Latina.

En la segunda parte comienza haciendo un resumen del contenido del Código Procesal Constitucional, para luego desarrollar por capítulos (resumidos en 5 a 8 páginas) cada una de las Acciones de Defensa y los Recursos Constitucionales vigentes. Sin embargo, en cada capítulo, tan solo se limita a señalar un concepto, los antecedentes históricos, las características de la Acción o Recurso de que se trate, y luego resume el procedimiento, reiterando lo ya establecido en el Código Procesal Constitucional y en la nueva Ley que establece las Salas Constitucionales en Bolivia; de todo lo cual, es difícil identificar un aporte propio del autor, y lo que llama la atención, es que no se mencionan las principales líneas jurisprudenciales establecidas por el TCP sobre cada uno de los institutos jurídicos que se estudian en el texto.

Así por ejemplo, se omite mencionar las líneas jurisprudenciales que –a través de subreglas– ha establecido el TCP respecto a la posibilidad de presentación oral de la Acción de Libertad, así como la subsidiariedad excepcional de la misma; no se hace mención al desarrollo jurisprudencial de la inmediatez y subsidiariedad que rigen la tramitación de la Acción de Amparo Constitucional, las subreglas existentes en la actualidad sobre el computo de los seis meses establecidos constitucionalmente para su interposición en forma oportuna, la medida de la aplicación de estos parámetros en la Acción de Protección de Privacidad, etc.

Creo que talvez lo único actualizado del texto –según mi criterio–, sean las 8 páginas de Anexo al final, en donde se resume en un cuadro explicativo, la jurisprudencia relevante del TCP (2012 - 2013) sin haber dejado de mencionar la polémica SCP 0084/2017.

Particularmente, considero que para la adecuada elaboración y posterior publicación de un libro sobre Derecho Procesal Constitucional, no es suficiente que la obra escrita exista o salga a la luz pública, sino más bien pienso que debe poseer un contenido lo suficientemente relevante que demuestre su utilidad concreta, y justifique la conveniencia de su aparición en determinada época, para alcanzar un propósito pedagógico específico; valoración que ciertamente queda librada al criterio del lector. De ahí que, es necesario precisar que cualquier obra sobre esta materia, deberá ineludiblemente considerar los estudios doctrinales existentes, las modificaciones legislativas recientes y, sobre todo, la constante evolución y desarrollo jurisprudencial de los institutos objeto de estudio de la disciplina.

Por ello –y principalmente por mi responsabilidad docente, en la cátedra de Derecho Procesal Constitucional– me corresponde hacer notar que si bien el texto concierne a la materia, lamentablemente no indaga –ni siquiera someramente– sobre los orígenes y desarrollo científico de la disciplina; tampoco da cuenta de sus avances actuales y su tendencia a la codificación en el caso de Latinoamérica; no hace referencia alguna al desarrollo normativo que ha tenido el Derecho Procesal Constitucional en Bolivia; ni mucho menos ofrece un acercamiento a la conceptualización de la disciplina, que sea mínimamente aceptable y comprensible para los estudiantes de pregrado y posgrado –a quienes se dirige la publicación, según el autor–.

De ahí que, se extraña que en el texto no se aborden algunas de las principales temáticas esenciales del Derecho Procesal Constitucional, tales como: los sistemas de control de constitucionalidad (control plural en el caso de Bolivia), sus características diferenciadoras y sus manifestaciones en otros países; los principios y criterios de interpretación constitucional; la naturaleza de las sentencias constitucionales, clasificación, alcances y efectos jurídicos; la jurisprudencia constitucional y sus modulaciones.

En consecuencia, se olvida por completo que esta disciplina –como bien precisa Rivera Santivañez–, realiza un estudio teórico-doctrinal, normativo y jurisprudencial sobre los sistemas de defensa de la Constitución (a través del control de constitucionalidad), analizando su fundamento jurídico y político, los diversos modelos de control de constitucionalidad que se han adoptado en el mundo (difuso, concentrado y mixto), los mecanismos y vías de control, defensa e interpretación de la Constitución, y finalmente también estudia los procedimientos jurisdiccionales que deben emplearse para efectivizar el control de constitucionalidad (en el ámbito normativo, competencial y/o tutelar), comprendiendo el conjunto de actividades desarrolladas por los jueces y tribunales encargados de administrar justicia constitucional, tales como la interpretación constitucional, la legitimación activa y pasiva, los procedimientos de tramitación de los recursos y/o acciones constitucionales, las sentencias constitucionales en cuanto a sus efectos vinculantes, incluyendo además el estudio de la jurisprudencia constitucional[1].

Con todo lo expresado hasta aquí, no pretendemos desmerecer el trabajo destacable realizado por el autor; sin embargo, por estas y otras omisiones que se aprecian a primera vista, se ve truncado el propósito perseguido, de constituirse en “un texto de consulta sobre la materia, así como un manual de los procedimientos constitucionales en Bolivia”; dado que en razón de éstas y otras temáticas indispensables de que carece el texto, difícilmente podría llenar las expectativas de estudiantes y profesionales, que coadyuve tanto a su formación profesional, como al ejercicio adecuado de la profesión en estrados judiciales, con conocimiento de causa y con información actualizada.

En consecuencia, es importante que los estudiantes, estudiosos y profesores de Derecho Procesal Constitucional, sometan a un estudio crítico serio este nuevo aporte bibliográfico, y puedan valorarlo de manera responsable, a fin de identificar las principales necesidades pedagógicas en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la disciplina en Bolivia.




[1] Véase: RIVERA SANTIVAÑEZ, José Antonio. Temas de Derecho Procesal Constitucional. Pág. 19. Asimismo, recomiendo revisar el trabajo de: VARGAS LIMA, Alan E. “El Nuevo Régimen Codificado de los Procesos Constitucionales en Bolivia”. La Paz, Diciembre de 2012. Ensayo publicado en el Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano, Bogotá 2013, pp. 205-219. Disponible en la Sección Publicaciones del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica, de la Fundación Konrad Adenauer Stiftung: http://www.kas.de/rspla/es/publications/; y también en el Blog Jurídico: Tren Fugitivo Boliviano (http://alanvargas4784.blogspot.com/).