Desde nuestra “Asociación Juristas de Iberoamérica” (ASJURIB), nos complace comunicar y compartir la celebración del primer aniversario de nuestro OBSERVATORIO DE JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN IBEROAMÉRICA, el cual, por mediación de nuestro Presidente, el Jurista y Ciudadano Iberoamericano Dr. Andrés Guerrero, y a propuesta e impulso del Jurista boliviano y Ciudadano Iberoamericano Alan E. Vargas Lima, miembro de nuestra “Asociación Juristas de Iberoamérica” (ASJURIB) y Coordinador General del Observatorio mencionado, se instaló con fecha 13 de mayo de 2021, con la misión esencial de promover la difusión, la interpretación y el análisis de la jurisprudencia establecida por los principales Tribunales y Cortes Constitucionales de Iberoamérica, verificando, al mismo tiempo, el desarrollo de los estándares internacionales establecidos por la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Para la conmemoración de este primer
aniversario de nuestro Observatorio
de Justicia Constitucional en Iberoamérica, MIEMBROS DEL GRUPO DE
TRABAJO DEL OBSERVATORIO, desde su amplia experiencia y conocimiento en la
materia, nos han compartido, altruistamente, algunos artículos de
crónica jurisprudencial, con relevancia para la tutela judicial efectiva de
los Derechos Humanos, que iremos publicando a lo largo de este mes de julio
2022.
En esta ocasión, tenemos el honor de
publicar la contribución que nos brinda el insigne Jurista venezolano DR.
ALLAN R. BREWER-CARÍAS, Profesor emérito de la Universidad Central de
Venezuela, con una extensa trayectoria profesional que puede consultarse en:
https://allanbrewercarias.com/categoria-de-biografa/resumen/
El Dr. Brewer-Carías nos
remite su comentario a unas sentencias recientes de la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, en las cuales, el Juez
Constitucional, ha actuado a la vez, como “legislador positivo” y como
”constituyente.”
LA SALA CONSTITUCIONAL CONTRA TODO:
DE CÓMO REFORMÓ LA LEY QUE LE PROHIBE REFORMAR LEYES, Y DE PASO HIZO UNA
MUTACIÓN ILEGÍTIMA DE LA CONSTITUCIÓN PARA AVALAR LA USURPACIÓN POR EL
LEGISLADOR DE LAS PROPIAS COMPETENCIAS CONSTITUCIONALES DEL TRIBUNAL SUPREMO; Y
PARA CAMBIAR EL QUÓRUM PARA LA ELECCIÓN DE SUS PROPIOS MAGISTRADOS, Y EL
CARÁCTER ÚNICO DEL PERÍODO DE 12 AÑOS DE SU ELECCIÓN.
Comentarios a las
inconstitucionales sentencias No 81 y 83 de 15 y 21 de marzo de 2022 que
declararon “constitucional” la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo
de Justicia de 2022.
Documento: Contribución Dr Allan R. Brewer-Carías _[...]
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Nuestro agradecimiento al Dr.
Allan R. Brewer-Carías por su deferencia con la Comunidad
Jurídica, en general, y con el Observatorio de Justicia Constitucional
en Iberoamérica de nuestra “Asociación Juristas de Iberoamérica”
(ASJURIB), en particular.
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(*) Declaración de
Salamanca (España) 2018 – Ciudadanía Iberoamericana
https://www.juristasproiberoamerica.org/resumen-conclusiones-y-declaraci%C3%B3n-de-salamanca-2018/
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