Los Estados deben proteger los derechos de las mujeres buscadoras de
personas desaparecidas
8 de marzo de 2023
Washington, D.C. - En el Día Internacional de la Mujer, la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reconoce y destaca el liderazgo de
las mujeres en la búsqueda y defensa de los derechos humanos ante situaciones
de desaparición forzada e involuntaria de personas, y llama a los Estados a
proteger de manera integral y garantizar el ejercicio de sus derechos, así como
sus labores de búsqueda y defensa de derechos humanos, con enfoque de género e
interseccionalidad.
Dadas las desigualdades de género preexistentes, y en algunos casos, la
ausencia del Estado, las mujeres han asumido la búsqueda de personas familiares
desaparecidas, tanto en contextos de conflicto armado, dictaduras o regímenes
autoritarios, así como de crimen organizado. Aunado a ello, experimentan
de manera diferenciada las
consecuencias económicas, sociales y emocionales de la desaparición de sus
familiares, y, además, realizan la búsqueda de la persona desaparecida en
condiciones precarias y de riesgo.
Las mujeres realizan desde búsquedas en vida en hospitales, centros de
detención, clínicas de rehabilitación, etc., hasta rastreos en terreno y en
fosas clandestinas. En este proceso, muchas se han convertido en activistas,
lideresas comunitarias y defensoras de derechos humanos, y dedican esfuerzos
también para acompañar y orientar a otras familias, participar en protestas sociales,
hacer incidencia legislativa, entre otros. En la realización de estas labores,
se enfrentan a hechos de violencia de
género, acoso, hostigamiento, amenazas e incluso asesinatos.
En adición, cuando quien es responsable la manutención del hogar es
desaparecida, las mujeres se ven obligadas repentinamente a asumir el sustento
económico de la familia, y a destinar tiempo y recursos a la búsqueda de su ser
querido. Aunado a ello, las tareas domésticas y de cuidado tradicionalmente
asignadas a las mujeres, limita aún más el tiempo disponible para invertir en
actividades remuneradas, por lo que se ven compelidas a aceptar trabajos mal
pagados, informales o inseguros, sin prestaciones sociales. Lo anterior, repercute
en un grave deterioro de la situación económica familiar.
Asimismo, la participación y liderazgo de las mujeres en las labores de
búsqueda y procesos judiciales conlleva altas sobrecargas físicas y emocionales
que ponen en riesgo su salud. Las
limitaciones del tiempo también dificultan el auto cuidado, en particular, su
alimentación, el descanso y el esparcimiento, así como el acceso a atención
médica. Están mayormente expuestas a
experimentar sentimientos constantes de frustración y desesperación en las
jornadas de búsqueda, así como sufrimiento y dolor por
la falta de justicia. De igual manera, se enfrentan al rechazo y
estigmatización de su familia o comunidad; y a sus propios sentimientos
de preocupación y culpa,
por considerar que descuidan a sus hijas, hijos u otras personas bajo su
cuidado por dedicarse a la búsqueda.
La Comisión reconoce que las acciones de búsqueda de verdad y justicia
realizadas por las mujeres son clave en el hallazgo de personas desaparecidas,
en el avance de investigaciones, y en la adopción de políticas públicas y
reformas estructurales en la materia.
La CIDH urge a los Estados a adoptar medidas integrales de protección
que tomen en cuenta las necesidades particulares y los riesgos específicos que
enfrentan las mujeres en las labores de búsqueda y defensa de derechos humanos.
Asimismo, reitera el llamado a
adoptar y ejecutar una política integral en materia de desapariciones forzadas
que atienda las afectaciones diferenciadas sobre los derechos de las mujeres
familiares de personas desaparecidas; y a que se les asegure un rol protagónico
en el diseño de la misma. Lo anterior, mediante la expedición de un marco
normativo que incluya, en particular, el acceso de las mujeres buscadoras a servicios
de salud, seguridad social y acompañamiento psicosocial con perspectiva de
género e interseccionalidad.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los
Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato
de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como
órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete
miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a
título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 038/23
#8demarzo | 𝐒𝐞𝐧𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚𝐬 𝐂𝐨𝐧𝐬𝐭𝐢𝐭𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐏𝐥𝐮𝐫𝐢𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥𝐞𝐬
emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia que debes
conocer en el 𝐃í𝐚 𝐈𝐧𝐭𝐞𝐫𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐌𝐮𝐣𝐞𝐫.
"𝐏𝐨𝐫 𝐮𝐧𝐚 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐭𝐢𝐭𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐜𝐨𝐧 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐩𝐞𝐜𝐭𝐢𝐯𝐚 𝐝𝐞 𝐠é𝐧𝐞𝐫𝐨"
Accede al
contenido de las sentencias mediante los siguientes enlaces:
𝐒𝐞𝐧𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐝𝐞 𝐀𝐯𝐨𝐜𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝟬𝟬𝟭/𝟮𝟬𝟮𝟮
𝐒𝐂𝐏 𝟬𝟳𝟬𝟱/𝟮𝟬𝟮𝟬-𝐒𝟭
𝐒𝐂𝐏 𝟬𝟭𝟮𝟮/𝟮𝟬𝟮𝟮-𝐒𝟮
𝐒𝐂𝐏 𝟬𝟲𝟭𝟵/𝟮𝟬𝟮𝟮-𝐒𝟯
𝐒𝐂𝐏 𝟭𝟮𝟮𝟱/𝟮𝟬𝟮𝟮-𝐒𝟰
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