lunes, 14 de septiembre de 2015

LA REELECCIÓN: un debate a fondo de la democracia boliviana







El debate sobre la forma de modificar la Constitución en vista a una repostulación de Morales tendrá su necesario espacio, pero ahora hay que detenerse en las implicaciones de una posible reelección para la política en Bolivia.

La Razón (Edición Impresa) / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz
00:07 / 13 de septiembre de 2015

Las organizaciones sociales orgánicas al Movimiento Al Socialismo (MAS) y sus militantes no debaten si se modificará o dejará intacta la Constitución Política del Estado (CPE) de 2009, discuten si la modificación debe allanar el camino a una repostulación indefinida o a una adicional, con límite, para Presidente y Vicepresidente del Estado; una repostulación, naturalmente, que busca una futura reelección.

Se reconoce que este debate, aunque al parecer solo sea de forma, es de capital importancia para el futuro inmediato de la democracia y del país y, sin duda, su discusión encontrará su lugar en diferentes espacios de la opinión pública; sin embargo, aparentemente se ha dejado de lado el significado de la reelección en general para el país, para la democracia, para el sistema de partidos, para la manera de hacer política en Bolivia y para la propia construcción del Estado Plurinacional.

Un hecho probable en este tema, por ejemplo, es que si la modificación de la CPE tiene lugar, en el futuro vendrán otros políticos de otros partidos que podrán quedarse, constitucionalmente, lustros en el poder. Habría que preguntarse si eso es deseable, conociendo la débil institucionalidad estatal y sabiendo lo sencillo que ha sido para distintos Ejecutivos de los gobiernos de turno cooptar al resto de los poderes, merced a la mencionada debilidad.

Lo anterior se dice con una mirada prospectiva, hacia adelante; no obstante, si se vuelca la vista a la historia de Bolivia, destaca lo que muchos analistas (entre ellos la exsenadora Érika Brockmann) llaman el “imaginario” caudillista de la política boliviana. La historia lo demuestra una y otra vez. Los partidos tienen la vida de su caudillo: muerto (biológica o políticamente) el caudillo, muerto el partido.

ANTECEDENTE. Hay que ver —con el objetivo de hacer consideraciones sobre las maneras de hacer política en Bolivia— un par de ejemplos concretos del “prorroguismo” en la historia. Empero, como bien dice el sociólogo Fernando Mayorga, en ningún caso la historia implica de por sí un determinismo, el hecho de que la historia siempre tienda a repetirse. No se quiere decir, en absoluto, que lo que se narra a continuación es lo que va a suceder en caso de que se viabilice una reelección hoy, sino que no se puede abordar el tema de la actual pretendida repostulación sin ver, si quiera por encima, los casos del pasado de la política boliviana.

¿Cómo terminó sus días el mariscal Andrés de Santa Cruz (de quien en cinco días se recuerdan los 150 años de su muerte) tras estar cerca de diez años en el poder (hasta 1839)? Pasó de la adulación al repudio; de que el Congreso le regale por ley la hacienda Chica en Luribay (La Paz), a la condena total, también por ley. Después de haber acumulado Santa Cruz un poder inimaginable, el Congreso boliviano, que antes lo adulaba, lo atacó con la mayor de las virulencias. Así, en la inauguración del Congreso de 1839, todos los diputados denostaron al Mariscal. Se promulgó una ley que dice: “Se declara a don Andrés de Santa Cruz, presidente que fue de Bolivia, insigne traidor a la patria, indigno del nombre de boliviano, borrado de las listas civil y militar de la República y puesto fuera de la ley desde el momento en que pise su territorio” (Crónicas Parlamentarias, Moisés Alcázar).

Isidoro Belzu también intentó perpetuarse en el poder poniendo a su yerno Jorge Córdova (mandato de 1855 a 1857). Esto no gustó nada a sus detractores que hicieron un golpe de Estado. Luego del golpe tuvo lugar la matanza de Yáñez en la cárcel del Loreto (hoy Asamblea Legislativa), donde se ejecutaron a 60 seguidores de Belzu y al mismo Córdova. El número de muertos es enorme para la densidad demográfica de La Paz del siglo XIX.

Otro caso fue el de Víctor Paz Estenssoro en 1964. Tras modificar la Constitución para buscar una tercera reelección (la cual “ganó”), juró en agosto de ese año. Esto dio a René Barrientos Ortuño (su Vicepresidente) el pretexto que necesitaba para golpear y valió a Paz el rechazo y resentimiento del resto de los líderes emenerristas, quienes le dieron la espalda. Un caso parecido fue el de Hernando Siles, presidente de 1926 a 1930. Intentar prorrogar su administración motivó a Carlos Blanco Galindo a derrocarlo por la fuerza. Se recuerda estos casos solo por ser los que más se adecuan a in-tenciones en el pasado de permanecer en el poder.

PARTIDOS. Las referidas consideraciones históricas, no obstante, pueda que no hablen de manera, sino indirecta del caso actual, pero sí hablan directamente de los modos de hacer política que han tenido sus diversas expresiones, además del comportamiento o actitud de políticos durante diferentes “sistemas de partidos” (si es que se es flexible con el uso de esta noción) y distintas democracias, en épocas disímiles.

Entonces, ¿cómo ver el caso actual? El analista Julio Aliaga lo observa desde una conducta de los partidos vinculada al caudillismo y a su vocación de poder una vez en el gobierno. Esta conducta sería una constante entre 1952 y la actualidad. Mientras que Fernando Mayorga lo analiza desde la debilidad o absoluta desaparición del sistema de partidos, mediante una observación del panorama regional de las reelecciones. Un punto en común en los dos entrevistados es que una buscada reelección es vista desde la falta de institucionalidad partidaria; empero, el enfoque de ambos se opone.

Para Aliaga, la historia de 1952 a nuestros días muestra una constante: los partidos que han llegado al poder tienden a modificar su manera de hacer política en función a “reproducirse” en este poder. Él llama a esa conducta “movimientismos”, lo cuales llegan al poder con una serie de reivindicaciones de cambio estructural; pero, una vez en el lugar de poder las abandonan privilegiando las demandas circunstanciales en busca de mantener una popularidad que les permita permanecer en el Gobierno. Según el analista, esto es lo que perdió al Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR, partido en el que militó) y “le está sucediendo al Movimiento Al Socialismo”. Para sostener la aseveración, Aliaga pone el ejemplo de lo que llama la “obsesión” del MAS por penetrar electoralmente en el oriente. En busca de llegar a ese electorado, el partido de gobierno ha pactado “con los gamonales de siempre, ha abandonado el indigenismo y la defensa de la Madre Tierra”. Los “movimientismos” se vinculan, según este sociólogo, a una “cultura política caudillista” de la zona andina (Bolivia, Perú, Ecuador y Colombia, especifica). El caudillismo y la vocación de poder son las constantes de la historia política, asevera.

Asimismo, es ampliamente reconocido que la primacía del líder carismático es un síntoma de una institucionalidad partidaria débil. Mayorga, en cambio, apunta que la “vocación de poder” es una característica del ser humano y no aporta mucho a una lectura de posibles reelecciones.

“Lo que está en discusión es la caracterización del proceso político del proceso de cambio, ver qué matiz político se ha forjado, qué implicaciones tiene esto en términos de la construcción del Estado Plurinacional, más que ciertos códigos supuestamente inmutables de la democracia representativa”.

La búsqueda de una futura reelección es algo “generalizado” en la región, solo que con algunas “distintas postulaciones institucionales”: algunas persiguen la reelección discontinua, otras la indefinida; unas la buscan mediante cambios constitucionales, otras, vía referéndum, y otras, desde el Congreso.  “El tema ha estado presente sobre todo en aquellos países en que se ha diluido o debilitado el sistema de partidos”, apunta Mayorga.

En Bolivia, el sistema de partidos, de acuerdo con Mayorga, se ha diluido y su reconfiguración no se ha dado aún. En cambio, en aquellos casos nacionales, donde todavía hay institucionalidad partidista (Brasil y Chile) hubo arreglos políticos institucionales para mantener la lógica de la repostulación discontinua. En ambos países, sus presidentes en determinado momento tenían muy elevados índices de popularidad, pero no optaron por una reforma constitucional para buscar su reelección.

En otros casos, se hizo una reforma constitucional por la mayoría política que ostentaban, como es el caso de Hugo Chávez en Venezuela (tras dos intentos) y Rafael Correa en Ecuador (mediante mayoría congresal); no fue posible en Argentina con Cristina Fernández de Kirchner, detalla.

“No es una particularidad de Bolivia”, destaca. Explicar esto mediante el caudillismo “no es necesariamente pertinente”, aunque hay varios datos de la historia que avalan esa hipótesis —apunta— no significa que vaya a repetirse. También hay que recordar que el primer borrador de la CPE incluía la reelección o postulación a reelección indefinida, y que fue eliminada en la negociación de 2008 en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

¿Cómo se rutiniza (se hace rutinario) el liderazgo carismático? Mayorga dice que Evo Morales “tiene una presencia fuerte en el escenario internacional y altermundista y tiene mayores gamas para rutinizar su liderazgo, pero el MAS ha decidido por la vía de la reelección en el marco de la reforma constitucional”.

¿Quién pide una nueva postulación a la reelección? “El pueblo”, señalan los voceros del MAS. Sin embargo, aquí hay que apuntar lo que Mayorga hace notar para dar cuenta de la complejidad de la organización partidaria del MAS. Existe una ‘hibridación’, mezcla o combinación del liderazgo de Evo Morales, lo que se ve, por ejemplo, en su difusa situación, cuando al mismo tiempo es Presidente del Estado, presidente de su partido y presidente simbólico de las seis Federaciones del Trópico de Cochabamba.

Dicho esto, ¿quién pide la reforma constitucional para la repostulación de Evo Morales? Los movimientos sociales del Pacto de Unidad, quienes también ocupan una posición difusa entre ser organizaciones corporativas de gremios específicos y, además, participar del Estado (muchos de sus dirigentes son funcionarios de gobierno, diputados o senadores) y, a un mismo tiempo, son militantes del MAS. El sujeto “pueblo”, que pide la postulación del Presidente para ser reelecto, entonces, se complejiza y se torna ambiguo.

Está en debate si será indefinida o no: Evo Morales, presidente

Está en debate de los movimientos sociales, si será por cinco años más, diez años, indefinido. Yo no quiero meterme a este debate. Saben mi posición”. En esa conferencia del 7 de septiembre, Morales insistió en que la propuesta no fue inducida “ni manipulada” por el partido de gobierno, sino que fue una decisión de la Coordinadora Nacional por el Cambio (Conalcam).

Quién pide la reforma para la reelección?: Fernando Mayorga, sociólogo

La fuente discursiva (de la repostulación) busca legitimidad, entonces proviene de las organizaciones sociales; se institucionaliza a través de la bancada parlamentaria (frontera entre sindicato y partido); pero el origen discursivo tiene que ser la organización social para dar legitimidad social a la propuesta, aunque su formulación jurídica se haga en la bancada. Luego va al cuerpo electoral.

‘Caudillismo’ en la política boliviana: Julio Aliaga,  sociólogo

Es el caudillismo autoritario de la cultura política boliviana. Cuando se han bajado las banderas del indigenismo, socialismo y no queda nada, solo queda “matar a tu madre para ir al baile de los huerfanitos”.  Es decir, vacíos de contenido a cambio de popularidad, sumados a vacíos democráticos y ascenso social son el cuadro perfecto para la reelección de cualquier caudillo, no solo de Evo.

Precisiones del Vicepresidente: Álvaro García Linera, vicepresidente

Yo recomendaría que la palabra precisa no sea “reelección” sino “repostulación”, porque la elección es para que la gente decida con el voto si lo elige o no. Lo que las organizaciones están debatiendo a nivel de las comunidades es la repostulación, ésa creo que es la mejor palabra que habría que debatir. (Durante el acto de inauguración del Congreso de “Bartolinas” en Santa Cruz).

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Dichos oscilantes sobre la repostulación

 

Desde 2006, el MAS osciló entre negar y afirmar sus intenciones de encaminar la postulación del presidente Evo Morales para ser reelecto consecutivamente.

La Razón (Edición Impresa) / Ricardo Aguilar Agramont
00:06 / 13 de septiembre de 2015

El camino que desembocó en la reforma constitucional para una prevista postulación a la reelección osciló de un lado a otro por nueve años. Una y otra vez, desde 2006, el Movimiento Al Socialismo (MAS) desmintió que tuviera intenciones de plantear la reelección en el debate y menos considerarla en la realidad. Sin embargo, a un tiempo lanzaba insinuaciones sobre una repostulación. Luego vino la Ley de Aplicación Normativa y Evo Morales se postuló y fue reelegido por una tercera ocasión. Entonces comenzaron otra vez los desmentidos sobre la cuarta postulación. El MAS fue aún más lejos y se llegó a debatir la repostulación indefinida, haciendo uso de los dos tercios que cuenta en la Asamblea Legislativa.

¿Cuándo empieza la ruta de afirmaciones y desmentidos? En base a una ayuda memoria facilitada y elaborada por Rafael López, se reconstruye lo dicho al respecto. Por razones de espacio, es imposible mencionar todo lo que se dijo sobre las repostulaciones en estos nueve años (de 2006 a 2015), pero se intentará al menos destacar las representativas...

Tras ganar abrumadoramente la elección de 2005, el MAS llegó al Palacio el 22 de enero de 2006 en medio de una efervescencia casi generalizada de la población que se identificó con su proyecto político.

Con solo dos meses en el poder, el 24 de mayo, parlamentarios oficialistas anunciaron sus intenciones de llevar la idea de la reelección a la Asamblea Constituyente (AC). La elección de constituyentes se realizaría el 2 de julio.

El vicepresidente Álvaro García Linera corrigió a los diputados: “La posición oficial del MAS es que no va a proponer la reelección (en la Asamblea Constituyente). (...) De principio creemos que un mandato de cinco años es un tiempo suficiente para cumplir un conjunto de programas”.

Jorge Lazarte, luego constituyente, replicó: “debería prohibirse la reelección por la experiencia histórica en el país, que consiste en que los presidentes de la República terminan utilizando el aparato del Estado para reelegirse”.

Luego, es conocido que el primer borrador de Constitución propuesta por el MAS incluía la reelección indefinida. Esto luego cambió a dos elecciones seguidas. No obstante, una vez cerrada la AC, el texto se negoció y fue cambiado en La Paz entre oficialistas y opositores. El tema de la repostulación para una posible reelección fue el meollo de la negociación.

Una vez que hubo consenso, se quedó en una reelección consecutiva para viabilizar el referendo. En el festejo por la promulgación de la Ley de Convocatoria del Referendo Constitucional, en octubre de 2008, Evo Morales dijo: “Quiero que sepan (que) por la unidad del país, por la nueva Constitución Política del Estado boliviano, la propuesta que hicieron dos constituyentes bajo el pedido de los movimientos sociales con dos reelecciones inmediatas para Evo Morales, yo renuncié por la unidad del país”.

De acuerdo con este pacto político, Morales acortaría su mandato para que se convocase a elecciones en 2009. Al ganar los comicios el MAS, la oposición creyó que estaba ante la primera y única reelección consecutiva posible de Evo Morales.

El 10 de enero de 2009, en un congreso de su partido, el presidente dijo que el MAS no está en el Gobierno de paso, ni de visita, sino “para toda la vida”. Fue tempranamente, ese mismo año, el primero de su segunda administración, que empezó el debate sobre la contabilización de los periodos, dado a que la nueva Constitución había entrado en vigencia. El MAS posicionó que habiendo una nueva CPE, todo empezaba de cero: “en términos técnicos, en aplicación del principio de irretroactividad de la ley, el actual periodo constitucional (en referencia al de 2006-2010) no debería aplicarse para el cómputo”, escribió en marzo de 2009 el actual ministro de Gobierno, Carlos Romero.

En febrero de 2013, la posición del MAS se fue aclarando: “En mi opinión, para mí la consulta (de la reelección de 2014 al Tribunal Constitucional Plurinacional) está por demás”, dijo Morales.

“Se quiere dar una puñalada por la espalda a la democracia, la Constitución es muy clara al respecto y solo puede haber una reelección que ya ha ejercido el presidente Evo”, replicó el líder de Unidad Nacional, Samuel Doria Medina, aquella vez.

En mayo de ese año, el MAS optó por hacer una ley con un nombre neutral: Ley de Aplicación Normativa. Sin embargo, dentro de esta norma estaba la confirmación de lo que Romero dijera en 2009, es decir que la gestión de entonces (2010-2015) era la primera y habilitaba a Morales y a García Linera. En julio de 2014, antes de las elecciones de octubre, el MAS comienza a hablar abiertamente de la repostulación indefinida.

“La reelección indefinida no va a definir (solo) la Asamblea Legislativa o alguien por ahí, si es que la Asamblea así lo decide obviamente será lanzada a referéndum” (Sic), dijo ese mes el diputado Edwin Tupa. En septiembre, se hacen muchas declaraciones pidiendo la repostulación con fines de reelección indefinida desde organizaciones orgánicas al MAS, así se pronunció, por ejemplo, la Central Obrera Boliviana (COB).

A esto Morales respondió, a mediados de septiembre, con una negación categórica: “Vamos a respetar la Constitución Política del Estado en el tema de la reelección”. Además recordó que él propuso que las autoridades electas tengan como máximo 60 años.

En esa misma conferencia dijo que quería retirarse y abrir un restaurante: “Yo me encargaré de servir la comida y ofrecer cerveza (...). Mi propuesta es que el expresidente y los dos exalcaldes vayan a Cochabamba, al Chapare o al Chaco, y el presidente sea mesero. Vamos a cobrar baratito la comida y vamos a cobrar la foto. ¿Un expresidente mesero? De eso vamos a cobrar caro, de verdad”. El día de la elección, el 14 de octubre de 2014, el Presidente otra vez electo dijo a la BBC, hablando en tercera persona: “No es necesario que Evo sea presidente hasta 2025”.

El 20 de enero de 2015 diría otra vez que no habría una nueva postulación para ser reelecto, lo que contradecía a las organizaciones sociales del MAS. Así, Leonilda Zurita señaló: “Trabajamos nueve años, ahora estamos iniciando (otro mandato), si el pueblo decide, define; primero es escuchar al pueblo para mandar. Si el pueblo decide, define, nosotros lo haremos (modificar la Constitución para facilitar la postulación en vista a una posible reelección)”.

De enero a la fecha, han sido numerosas las alusiones directas a una postulación indefinida hasta que en septiembre se supo que existe un borrador de proyecto de ley de reforma. Extraoficialmente se dice que incluye dos elecciones adicionales. A esta altura, no hay duda de que el referendo por las modificaciones que la Asamblea Legislativa Plurinacional vaya a proponer es algo que sucederá.


lunes, 31 de agosto de 2015

Estatuto Departamental de La Paz ¿frena o acelera la autonomía?








El Estatuto Departamental de La Paz es el objeto de una discusión en un gobierno departamental dividido entre los que administran sus poderes: el Ejecutivo (Sol.bo) y el Legislativo (MAS).

La Razón (Edición Impresa) / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz
00:07 / 30 de agosto de 2015

El mayor problema del referendo para los estatutos departamentales y las cartas autonómicas municipales que se llevará a cabo el 20 de septiembre en La Paz, Cochabamba, Oruro, Potosí y Chuquisaca es, sin duda, la limitada socialización de los contenidos de estos documentos hasta el presente. Restan poco más de 20 días y los electores, en su gran mayoría, ignoran las cartas y estatutos. Por esto, y en específico para el caso del estatuto del departamento de La Paz, en el aspecto concreto de si frenan o aceleran el régimen autonómico, se pone sobre la mesa la discusión que tiene lugar sobre este documento a ser votado.

El debate ha tenido por protagonistas al Movimiento Al Socialismo (MAS) y a Soberanía y Libertad (Sol.bo). Mientras Sol.bo (que domina el Ejecutivo departamental) ha sido crítico y desea que se hagan ajustes al texto, el MAS (que tiene la mayoría en la Asamblea Departamental) defiende y quiere que se apruebe el documento tal cual está.

Hay que recordar que desde la aprobación de la Ley Marco de Autonomías Andrés Ibáñez (julio de 2010), el proceso de implementación ha caminado posiblemente más lento de lo deseable por diferentes razones. Mientras la oposición culpa al Gobierno central de la marcha tarda del régimen autonómico, el Ejecutivo nacional responsabilizó a las asambleas departamentales y a los concejos municipales por la tardanza en la redacción de sus documentos autonómicos, por su falta de capacidad de lograr consensos políticos.

En todo caso, en un evidente apremio, se quiso llegar a las subnacionales de febrero con los estatutos y cartas. No se pudo. Luego, a causa de la crisis del Tribunal Supremo Electoral (TSE), el proceso se prorrogó hasta el 20 de septiembre.DIVERGENCIA. En el caso de La Paz, la primera fuerza política departamental, Sol.bo, dice que el estatuto se hizo con desprolijidad a causa de una premura “que no se explica”, por lo que está lleno de errores técnicos, según  Fabián Yaksic, director del Servicio Departamental de Fortalecimiento Municipal y Comunitario de la Gobernación paceña. Su contraparte, el MAS, en voz de su asambleísta departamental Gustavo Torrico, asegura que hacer cambios al estatuto devendrá en postergar las autonomías por una década. Para el Gobierno, dice el político de Sol.bo, “parecer” autonomista es útil para “su penetración electoral en oriente”; para ello, debe hacer “simulacros” de autonomismo en occidente.

Para el exasambleísta nacional del desaparecido Movimiento Sin Miedo (MSM), la sincronía de los referendos en cinco departamentos es una prueba de que al Gobierno no le interesa que se tengan los mejores estatutos y cartas posibles, sino que se apruebe la “simulación” de autonomismo de la que habla al promoverse, en el caso paceño, un documento lleno de errores. “Cada autonomía tiene sus propios ritmos y dinámicas. No es posible que los cinco departamentos coincidamos. Cada estatuto tiene que haber sido tratado en forma distinta”, asegura Yaksic.Entonces, viene la pregunta de rigor: ¿qué aportan los estatutos departamentales de La Paz al desarrollo de su autonomía? De acuerdo con Yaksic, el origen del retraso y falta de avance está en la Ley Marco de Autonomías, a causa de la que “persisten frenos al ejercicio pleno del régimen autonómico, especialmente en los aspectos competenciales y el régimen económico financiero”.

Respecto a las autonomías, no hay un “valor agregado en lo autonómico” que no sea una reproducción de esa Ley Marco y la Constitución. “Es decir, que si se aprueba o no, sería irrelevante, ya que las autonomías seguirán con los mismos límites que esas dos normas le ponen. No vamos a ser ni más ni menos autonómicos con este estatuto. Incluso se le devuelve competencias al nivel central”. Yaksic concluye en que la orientación es “centralista”. Esto es refutado por Gustavo Torrico, asambleísta departamental por el MAS. “Hay una ley marco. Si la autonomía le da un número de competencias, no puedes darle 12 a partir de ahí”.

ECONOMÍA. En cuanto al régimen económico, para el miembro del Ejecutivo paceño queda claro que construir un Gobierno Autónomo Departamental dependerá de la “base material”, es decir, de los recursos económicos y financieros que se requieren para el ejercicio de la autonomía.

“(En los estatutos) no hay un régimen financiero que se ajuste a las autonomías, este vacío de la ley marco se reitera ahora y se da más control al nivel central que cuando no habían autonomías”. Los estatutos son contradictorios al respecto porque el capítulo tercero referido a la Administración Fiscal Departamental establece “candados” a la posibilidad de que sea un pacto fiscal el que resuelva la actual estructura “inequitativa” de distribución, generación y administración de recursos fiscales.

Si bien en el artículo 58 (“Se establecerá la Administración Fiscal-Financiera, que se constituye en el órgano rector económico departamental, con capacidad para gestionar todos sus recursos financieros en el marco de la Constitución Política del Estado y las leyes vigentes. Esta capacidad incluye la autonomía presupuestaria y de gasto en la utilización de sus recursos, así como de las transferencias no condicionadas que perciban procedentes de otras instancias del Estado”. Sic) se habla de “autonomía presupuestaria y de gasto en la utilización de sus recursos”, en el artículo 59 se establece que se “constituirá e implementará el Tesoro Departamental en sujeción a los principios, normas y procedimientos emitidos por el Órgano Rector del Nivel Central del Estado”. “Esto va en franca contradicción con el artículo 58 como con la Disposición Transitoria Cuarta referida al pacto fiscal (“El Gobierno Autónomo Departamental de La Paz promoverá un nuevo pacto fiscal de acuerdo con los resultados del censo para una redistribución equitativa de los recursos”).

“Para no agravar la ya concentración excesiva de aspectos presupuestarios en el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, parece innecesario que sea el Estatuto el que defina autolimitaciones que además ya están establecidas en normas nacionales”, sostiene Yaksic. Torrico le contradice. El líder de los Satucos expresa que se establece un manejo autonómico de los ingresos de manera independiente.

“Se promueve la creación de las empresas departamentales con lo que se puede lograr su propio régimen tributario”, afirma. El estatuto, en efecto, pone como una de las competencias del Ejecutivo la creación de empresas departamentales. Se promueve el empleo mediante la actividad agrícola, piscícola, el turismo y el apoyo financiero a los emprendimientos, apunta Torrico.

Existe un pacto por La Paz con un plan de desarrollo para el departamento con miras a 2020, “los estatutos van a dar el ordenamiento jurídico a ese norte”. No obstante, Yaksic precisamente critica que los estatutos, tal como están, parecen un mero plan de desarrollo, lo cual no es propio de un documento de esta naturaleza y es algo que se puede realizar sin necesidad de unos estatutos.

SUJETO PLURINACIONAL. La Constitución de 2009 tiene como uno de sus mayores avances, en el tema de la inclusión, al reconocimiento de un nuevo sujeto de derecho del todo novedoso: el indígena originario campesino, que es una abstracción de un solo sujeto de derecho.

Los estatutos de La Paz desagregan a este sujeto al referiste al “indígena originario y campesino”, como si fueran dos distintos. Además de desintegrarse el sujeto de derecho, critica Yaksic, los estatutos se refieren a los sujetos desagregados de tres maneras que no son uniformes (a veces se dice “naciones y pueblos indígena originarios y campesinos”).

¿Es preocupante esta desuniformidad? Según Sol.bo esto puede traer serias complicaciones por el artículo 5: “El Departamento de La Paz está organizado territorialmente en provincias, municipios, territorios indígena originarios y campesinos y regiones cuando éstas sean creadas”.  Esto significaría que los interculturales (campesinos) podrían exigir sus territorios, así como existen los territorios indígenas.

Torrico niega que esto sea una complicación: “Desde luego que no, porque el Mallku de un Estado es la  Constitución. Hay una ‘y’ que será un error de transcripción, pero no es para decir que a partir de eso los campesinos van a tener territorios y representaciones propias en la Asamblea. Esa objeción es hilar muy fino”.

El referendo, no obstante, parece que llegará de manera irrevocable con los estatutos tal como están ahora. Yaksic concluye que si bien hay contenidos importantes (“como el Título VI. Planificación del Departamento, sobre los que se puede trabajar para generar condiciones de desarrollo departamental”), “lo evidente es que de aprobarse en referendo con las contradicciones, deficiencias y vacíos, será muy difícil hacia adelante corregir los mismos, pues para ello se requerirá otro largo proceso y un nuevo referendo”. En cambio, Torrico señala que no hay ninguna dificultad en hacer las correcciones después de la votación del 20 de septiembre y que siempre es posible mejorar un texto.

Yaksic indica que hacer los cambios para tener un mejor estatuto antes de un referendo no significaría mayor inconveniente más allá de una prórroga de la votación; no obstante, Torrico asevera que si se pospone el acto, hacer cambios retrasaría el proceso una década.

El masista asegura que los cambios se pueden efectuar sin mayor dificultad después del referendo; para Yaksic, en cambio, si se lo modifica antes de votar, no se empezaría de cero, pues el actual documento serviría de base... Posiciones tan contrapuestas obligan a los votantes a consultar por sí mismos el documento estatutario en la página del Tribunal Supremo Electoral: http://tse.oep.org.bo

Un combo autonómico tutelado por el Gobierno: Fabián II Yaksic,  director de Fortalecimiento  Municipal del  departamento.

Son cinco departamentos que hemos estado jalados de la nariz por el Gobierno. Es una suerte de combo autonómico tutelado que nos quieren imponer. En 2009, al Gobierno le convenía mostrarse autonomista, entonces auspicia haciendo aprobar el sí en estos departamentos. Ahora nos hacen votar por los cinco estatutos que tienen una base uniforme en su redacción: la tutela del Gobierno.

Si gana el ‘no’, la autonomía se posterga: Gustavo Torrico, asambleísta departamental de La Paz por el MAS.

Si hipotéticamente gana el “no”, diez años nos vamos a quedar sin autonomía. No es que después del “no” nos vamos a poner de acuerdo para otro estatuto. Somos políticos, tenemos posiciones y visiones; por tanto, esta asamblea no va a poder construir otro estatuto. Si logran hacer otros en cinco años, luego aparecerán otros partidos y se volverá a cuestionar y se repetirá ese ciclo.

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Estatutos privilegian la representación territorial

 

Una breve descripción de la forma de organización de los gobiernos autónomos departamentales, según sus proyectos de estatutos, muestra la tendencia de privilegiar la representación de asambleístas por territorio, en desmedro de los por población.

La Razón (Edición Impresa) / Ricardo Aguilar Agramont
00:06 / 30 de agosto de 2015

En las formas de organización de los gobiernos que figuran en los cinco estatutos a ser puestos en consideración el 20 de septiembre, destacan dos aspectos: uno común y otro disímil. El rasgo que se repite es el de priorizar la representación territorial por encima de la poblacional en sus modos de distribución de asambleístas. Lo disímil es que solo tres de ellos incluyen la figura de vicegobernador.

Todo lo que se dice a continuación será realidad en el hipotético caso de que estos estatutos sean aprobados. Todos ponen énfasis en las tres formas de democracia que reconoce la Constitución Política del Estado (CPE), es decir las democracias directa y participativa, representativa, y comunitaria.

Asimismo, una constante es la mención de la separación de dos poderes: Ejecutivo y Legislativo, aunque varía el orden y la forma (para unos casos primero se habla de las democracias y en otros aparece antes el tema de la independencia de los poderes).

La separación de los dos poderes nunca excluye la coordinación entre ambos. Esto, que corresponde a una organización republicana, es común a los cinco estatutos que serán sometidos al voto el 20 de septiembre y están en correspondencia con la CPE. En distintos órdenes, los documentos especifican las funciones de sus Ejecutivos y Legislativos.

Las principales funciones de las cinco asambleas departamentales son esencialmente tres: deliberar, fiscalizar y, naturalmente, legislar. En este aspecto, hay una coincidencia exacta; también es idéntica la obligación de la alteridad y alternancia de género para la composición de sus miembros; las diferencias se encuentran en lo cuantitativo.

ASAMBLEÍSTAS. La Asamblea de Potosí será compuesta por 16 asambleístas, uno por cada provincia y 16 por población, más uno por “pueblos y naciones indígena originario campesinos”. Entonces, se tiene que se privilegia la representación por territorio, a pesar de que —como sucede en todo el territorio nacional— el volumen de la densidad poblacional se concentra en las áreas urbanas y no rurales.

Lo mismo sucede con La Paz, que tendrá 20 asambleístas por territorio, otros 20 por población y cinco para los pueblos y naciones indígenas. El Estatuto de Oruro repite la decisión de privilegiar la representación territorial por sobre la poblacional, pues si bien el número de representantes por territorio (uno por cada provincia, 16) es idéntico al de los asambleístas por población, es sabido que existe mayor población en las ciudades que en el área rural.

El patrón se repite en cada caso. Así, en Cochabamba se tiene que son 16 uninominales (territorio) y 16 plurinominales (población), más dos representaciones por minoría para los pueblos originarios indígena campesinos. Por último, Chuquisaca no escapa a esta manera de ver la representatividad territorial favorecida frente a la poblacional. Este departamento tendrá 25 asambleístas, tres de ellos para los pueblos originario indígena campesinos, 11 por población y 11 por territorio.

Con la fecha de los referendos a la vuelta de la esquina, no se podrá elaborar un sistema que dé como fruto asambleas acordes con la disimetría poblacional entre el área rural y las ciudades capitales, pero no puede dejar de subrayarse que el área rural tendrá más representantes en los legislativos departamentales que los centros urbanos. Posiblemente esto vulnere el principio de la democracia representativa de “un ciudadano un voto”, pero, por otra parte, esto también puede ser entendido como la inclusión de sectores históricamente excluidos por la democracia boliviana. Ambas visiones son posibles.

No tendría objeto transcribir las atribuciones específicas enumeradas en cada documento. Basta decir que —aparte de las tres atribuciones generales ya señaladas (deliberar, legislar y fiscalizar)— las competencias específicas oscilan entre 25 y 30, a excepción de Cochabamba que no escatimó en detallar 41 atribuciones.

EJECUTIVOS. Los ejecutivos también tienen ciertos matices y además hay patrones. La mayor diferencia está en aquellos estatutos que incluyen la figura del vicegobernador y los que no. Algunos de estos cinco departamentos optaron por añadir esta autoridad, antes inexistente en el ordenamiento departamental, para evitar lo que sucedió en Tarija, Pando y Beni, donde mediante una cláusula, hoy inconstitucional, se destituyó a sus autoridades electas y se posesionó a otras que no pertenecían al partido del gobernador destituido.

De aprobarse sus estatutos, ése no será el caso de La Paz, pues no existirá un vicegobernador. Su ejecutivo estará compuesto por el gobernador electo y secretarios departamentales. En caso de destitución o algún imprevisto, será el presidente de la Asamblea Legislativa Departamental el que asuma el cargo. Esto trae complicaciones en la gestión actual porque el Legislativo es del Movimiento Al Socialismo (MAS) y el Ejecutivo de Soberanía y Libertad (Sol.bo).

En Potosí tampoco existirá vicegobernador. La composición del Ejecutivo es mucho más detallada que en La Paz. Se compondrá de Gobernador, secretarios, delegados provinciales, autoridades de instituciones descentralizadas, y otras que puedan crearse por ley departamental.

Los estatutos de Chuquisaca sí adoptan la figura del vicegobernador, y, además, la de subgobernadores. El vicegobernador puede reemplazar temporal o permanentemente al gobernador. El subgobernador, en cambio, se dedica a la gestión de las regiones departamentales y es elegido por el gobernador. Por último, están los secretarios departamentales.

En Cochabamba, el Ejecutivo se conforma por gobernador, vicegobernador, secretarios y subgobernadores. La constante se repite: el vicegobernador puede suplir temporal o permanentemente a la primera autoridad electa. Oruro, según sus estatutos, se compondrá de gobernador, vicegobernador, secretarios y subgobernadores. Otra vez, el segundo a cargo puede sustituir al gobernador electo.

Se tiene entonces que tres de los cinco estatutos optan por incluir esta nuevo personaje a la administración política departamental. ¿Porqué La Paz y Potosí no incluyeron esta opción?, es una interrogante que queda pendiente. Ésta es, a grandes rasgos, una descripción general de las formas de gobierno que plantean los cinco estatutos puestos a votación. Por supuesto, lo más óptimo es consultar los textos en extenso, los que se encuentran en formato PDF en la página del Tribunal Supremo Electoral: http://tse.oep.org.bo