DERECHOS HUMANOS EMERGENTES
Los derechos humanos emergentes son reivindicaciones legítimas de la sociedad civil dirigidas a la formulación de nuevos o renovados derechos humanos.
Hace sesenta años que se redactó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Desde entonces, tanto las sociedades nacionales como la sociedad internacional, han sufrido profundas transformaciones a medida que se intensificaba la globalización, apareciendo como resultado nuevas y apremiantes necesidades humanas. Los derechos humanos emergentes pretenden traducir estas nuevas necesidades en nuevos derechos.
Pero no todos los derechos humanos emergentes son estrictamente nuevos. La globalización plantea nuevos retos y recuerda los aún pendientes en materia de derechos humanos. Por ello, los derechos humanos emergentes son, por una parte, aquellos derechos que surgen ante la rápida y constante evolución de las sociedades globalizadas y, por otra parte, un conjunto de derechos que emergen tras haber permanecido “sumergidos” en el olvido o en la indiferencia de los estados y del conjunto del sistema internacional.
Entre los derechos humanos emergentes nos encontramos desde formulaciones estrictamente novedosas, como el derecho a una renta básica, hasta nuevas interpretaciones de derechos clásicos, como por ejemplo el derecho a acceder a los medicamentos, una prolongación del clásico derecho a la salud.
A pesar de esta dualidad entre nuevos derechos y actualizaciones de los clásicos, el concepto de derechos humanos emergentes nace de una visión integradora de los derechos humanos. Pretende acabar con la dicotomía histórica en la que se han dividido los derechos humanos: civiles y políticos y económicos, sociales y culturales. Y pretende superar las contradicciones entre los derechos colectivos y los individuales.
Los derechos emergentes suponen una nueva concepción de la participación ciudadana, dando voz a actores nacionales e internacionales que tradicionalmente han tenido un nulo o escaso peso en la configuración de las normas jurídicas nacionales, como las ONG, los movimientos sociales y las ciudades. Son, por lo tanto, reivindicaciones de la sociedad civil que aspira un mundo más justo y solidario.
Estas reivindicaciones han adoptado distintas formulaciones, entre las que destacan la Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes, elaborada en el marco del Forum Universal de las Culturas de Barcelona en septiembre de 2004, y aprobada en el Forum de Monterrey (México) en noviembre de 2007.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EMERGENTES
La Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes (DUDHE) es un instrumento programático de la sociedad civil internacional dirigido a los actores estatales y a otros foros institucionalizados para la cristalización de los derechos humanos en el nuevo milenio.
La DUDHE surge de un proceso de discusión que tiene como origen un diálogo organizado por el IDHC en el marco del Foro Universal de las Culturas Barcelona 2004, titulado “Derechos Humanos, Necesidades Emergentes y Nuevos Compromisos”.
El punto de partida de la Declaración es la idea de que la sociedad civil desempeña un papel fundamental a la hora de afrontar los retos sociales, políticos y tecnológicos que plantea la sociedad global contemporánea. Para ello se dota de la DUDHE, un instrumento adicional para facilitar el conocimiento y el debate entorno de los derechos humanos.
La DUDHE no pretende sustituir ni cuestionar los instrumentos nacionales o internacionales de protección de los derechos humanos existentes en la actualidad. No pretende negar ni descalificar la vigencia general de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Más bien, pretende actualizarla y complementarla desde una nueva perspectiva, la de la ciudadanía participativa.
ESTRUCTURA
La Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes contiene dos partes muy diferenciadas entre ellas.
1º Marco general: Valores y principios
En la primera parte se explica el marco general en el que encontramos la fundamentación (o la fundamentación o el porqué) de esta Declaración y una enumeración de los valores y principios en los que está basada su redacción.
Uno de los puntos de partida la Declaración es que los valores no son estáticos, en cada época tienen matices distintos y por este motivo resulta vital enumerarlos y definirlos. Estos valores son
la dignidad,
la vida, la igualdad,
la solidaridad,
la convivencia,
la paz,
la libertad y
el conocimiento.
También se enumeran los principios en los que está basada, que han de ser entendidos desde una perspectiva transversal. Así pues, estos principios son:
el principio de la seguridad humana,
el principio de la no-discriminación,
de la inclusión social,
de la coherencia,
de la horizontalidad,
de la interdependencia y la multiculturalidad,
de la participación política, de género, de la exigibilidad, y
de responsabilidad solidaria.
2º Catálogo de derechos
La segunda parte de la DUDHE incorpora un catálogo de más de cuarenta derechos humanos emergentes, divididos en seis títulos que tienen como hilo conductor la democracia.
En los inicios de este siglo XXI parece demostrada la necesidad de profundización de nuestros sistemas democráticos haciendo incidencia en la mejora de su calidad y en la garantía de sus preceptos. Por ello, el articulado está estructurado a través de la división de los siguientes títulos, que ilustran seis características distintas que el sistema democrático debería cumplir:
Derecho a la Democracia igualitaria;
Derecho a la Democracia plural;
Derecho a la Democracia paritaria;
Derecho a la Democracia participativa;
Derecho a la Democracia solidaria;
Derecho a la Democracia garantista.
ORÍGENES: EL FORUM DE BARCELONA 2004
El Institut de Drets Humans de Catalunya constituyó en 2003 un Comité Científico formado por académicos, activistas, políticos y miembros de organizaciones internacionales de reconocido prestigio. Durante un año debatieron y redactaron los anteproyectos que sirvieron de base para presentar un texto provisional de la entonces llamada “Carta de Derechos Humanos Emergentes” (CDHE).
El proyecto de la CDHE fue elaborado por un Comité de Redacción a partir de los anteproyectos realizados por el Comité Científico.
En el marco del Fórum Universal de las Culturas Barcelona 2004, el Institut de Drets Humans de Catalunya (IDHC), como organizador del diálogo “Derechos Humanos, Necesidades Emergentes y Nuevos Compromisos”, presentó el proyecto de la CDHE con el objetivo de debatir el texto y conseguir su aprobación en el Plenario del Diálogo.
Durante 4 días se debatió el texto y se incorporaron las ideas y sugerencias que emanaron de los 6 seminarios, donde debatieron más de 100 expertos, y que contó con la participación de unas 1000 personas. El Comité Científico que había redactado los anteproyectos también participó activamente durante el Diálogo.
Finalmente, se aprobó el texto provisional de la CDHE en el Plenario del Diálogo. Desde ese momento se abrió un periodo de consultas con la sociedad civil, con el objetivo de discutir y enriquecer el texto con diferentes perspectivas, para aprobarlo en el siguiente Forum Internacional de las Culturas, que tendría lugar en Monterrey en 2007.
DE BARCELONA A MONTERREY: DE LA CARTA A LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EMERGENTES
En el Forum de las Culturas Monterrey 2007, celebrado del 30 de octubre al 4 de noviembre, se aprobó el texto definitivo de la Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes.
En los tres años que van desde el Forum de Barcelona hasta el Forum de Monterrey, el IDHC inició un proceso de promoción de la CDHE y de consultas con la sociedad civil. El objetivo era involucrar en la discusión de la CDHE a los agentes sociales, políticos, culturales y económicos que estaban directamente implicados.
Por una parte, el IDHC inició un proceso de apoyo al texto por medio de un manifiesto.
Por otra parte, se organizaron siete seminarios participativos sobre cinco derechos humanos emergentes.
• El derecho al agua y al saneamiento,
• El derecho humano al medio ambiente,
• Los derechos relativos a la orientación sexual y a la identidad de género,
• Los derechos relacionados con la bioética y
• El derecho a la renta básica.
El objetivo de estos seminarios era presentar una serie de derechos reconocidos en la CDHE que necesitaban una reflexión más profunda, pero también involucrar a la sociedad civil organizada en el proceso de redacción de la CDHE.
Su metodología era participativa: se trataban de mesas redondas en las que se invitaba activamente a los asistentes a la participación directa y a la discusión con los ponentes invitados. Para dejar constancia, las conclusiones de estos seminarios, y en algunos casos los artículos de los ponentes, han sido publicados por el IDHC. Podéis encontrar documentación sobre estos seminarios en la sección Derechos humanos emergentes en profundidad.
Después de tres años de consultas y búsqueda de apoyos a la Carta, a finales de 2007, el IDHC participó en el Forum de las Culturas de Monterrey (México) en el marco del diálogo “Gobernabilidad y participación. Derechos Humanos y justicia”.
En el Forum de Monterrey se realizaron algunos cambios sencillos pero sustantivos en la CDHE, incorporando las conclusiones de las consultas realizadas con la sociedad civil. El más importante es el cambio de nombre de Carta de los Derechos Humanos Emergentes a Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes.
En Monterrey se aprobó el texto definitivo de la Declaración. No obstante, hay que destacar que la DUDHE es solo un punto de partida en un proceso normativo amplio que todavía no ha culminado. Su valor es el de constituirse como hoja de ruta o guía reivindicativa de una sociedad civil comprometida con el objetivo de alcanzar un mundo más justo y solidario.
NOTA: Mayor información respecto a éste tema puede encontrarse en: http://www.idhc.org/esp/1241_ddhe.asp
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