Genocidio: Sentencia por Octubre concluye que hubo ‘masacre sangrienta’
CULPABLES DE MASACRE SANGRIENTA
Culpables. Cinco ex jefes militares y dos ex ministros de Goni fueron condenados.
La Razón – 31 de agosto de 2011
La justicia boliviana concluyó ayer que en octubre del 2003 se cometió un “genocidio bajo la modalidad de masacre sangrienta”, delito por el que condenó a penas de entre tres a 15 años de prisión a siete colaboradores del gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada.
La decisión judicial, que se dio a conocer tras siete días de debate para el fallo y ocho años de proceso, fue recibida con insatisfacción, aunque con esperanza, por las víctimas de esos acontecimientos, en los que perdieron la vida 64 personas y 497 resultaron heridas.
La esperanza radica no sólo en la condena, que confirma que la administración de Sánchez de Lozada cometió un delito, sino también en la tipificación, por la que se deduce que el expresidente sería el principal responsable de un “genocidio bajo la modalidad de masacre sangrienta”, que se castiga con la pena máxima: 30 años de prisión.
Por ello, las víctimas de octubre ya piensan en viajar a Estados Unidos y el fiscal general, Mario Uribe, se anticipó en pedir a ese gobierno que sea coherente en la lucha contra la criminalidad e impunidad y “no proteja a personas involucradas en hechos con consecuencias graves, como la masacre sangrienta de septiembre y octubre del 2003”.
Hizo el mismo pedido a España y Perú, países que también acogen a otros colaboradores de Sánchez de Lozada.
No obstante, las víctimas esperaban una condena más dura, especialmente en el caso de los dos exministros, Adalberto Kuajara y Erick Reyes Villa, quienes recibieron penas de tres años de prisión, pero que en los hechos se traducirán en sólo cinco o seis días tras las rejas, ya que después que este viernes en la tarde se dé lectura íntegra a la sentencia podrán tramitar su perdón judicial.
“Nos deja con sabor a poco”, comentó por ejemplo Rogelio Mayta, el abogado de los familiares de los fallecidos. Para el dirigente de la Central Obrera Boliviana, Bruno Apaza, la sentencia fue “benévola”. El senador del MAS Eugenio Rojas sugirió su revisión para que otros ex ministros de Gonzalo Sánchez de Lozada no la usen como antecedente a su favor.
La condena para los militares no provocó tanta molestia, aunque la exigencia era de 25 años de prisión. El general Juan Véliz, por ejemplo, recibió 15 años y seis meses de prisión, al igual que Roberto Claros Flores.
Los generales José Quiroga Mendoza y Luis Alberto Aranda recibieron 11 años y Gonzalo Alberto Rocabado 10 años. Véliz, antes de ingresar junto a los otros sentenciados al penal de San Roque, dijo que la condena es política y que los principales responsables de los enfrentamientos son los dirigentes sindicales que comenzaron las protestas el 2003 y que luego fueron librados de culpa por un decreto de amnistía aprobado por el exmandatario Carlos Mesa.
Para la abogada de oficio de Sánchez de Lozada, Elizabet Vargas, este juicio “pasará a la historia como uno de los capítulos más oscuros de la justicia boliviana, porque no se ha juzgado a los verdaderos responsables y se ha sentenciado a funcionarios públicos que sólo cumplieron las leyes”.
Por el contrario, para el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas en Bolivia, Denis Racicot, el juicio es un antecedente fundamental para la lucha contra la impunidad.
"Creo que la historia judicial del país nunca ha visto un juicio con tantas evidencias, entonces es muy importante todo el trabajo realizado por los abogados de las víctimas en este caso".
En todo caso, desde ayer la cárcel de San Roque, ubicada prácticamente en el centro histórico de Sucre, cobró mayor notoriedad porque tiene como moradores a los miembros de la cúpula militar del año 2003 y a dos exministros sentenciados por haber cometido genocidio.
Erick Reyes Villa es el interno 263, Adalberto Kuajara el 264, el general Roberto Claros Flores el 265, el general Gonzalo Rocabado el 266, el almirante Luis Alberto Aranda Granados el 267 y al general José Oswaldo Quiroga le fue asignado el número 268.
En su primera noche, cuatro de ellos fueron ubicados en una celda y los otros pasaron la noche en el comedor. Por normas internas, los reclusos disponen el espacio que ocuparán los nuevos reos.
Sentencia por el caso
Segundo mandato
- 6 de agosto del 2002
Comienza el segundo mandato de Gonzalo Sánchez de Lozada. Su primera gestión fue entre 1993-1997, en la que aplicó una política de capitalización de empresas del Estado.
Guerra por el impuestazo
-12 y 13 de febrero del 2003
Militares y policías se enfrentan en la plaza Murillo. Los policías protestan por la decisión del Gobierno de cobrar impuestos a los salarios. Mueren 33 personas.
Gas por Chile
- 14 de agosto del 2003
El consorcio Pacific LNG ratifica que el gas boliviano debe salir por un puerto de Chile y descarta una salida por Perú para la venta de gas a Estados Unidos.
Marcha por reinvidicación
- 2 de septiembre del 2003
Empieza en Caracollo la marcha por la “reivindicación nacional” encabeza por exmilitares, policías y dirigentes de El Alto, exigiendo la industrialización del gas y no venta por Chile.
Promesa de Goni
- 14 de septiembre del 2003
El Gobierno inicia en Tarija la campaña de información y diálogo sobre el proyecto de exportación de gas por ultramar a mercados del exterior.
Movilización social
-19 de septiembre de 2003
En el día nacional de la defensa del gas, sectores sociales marchan en La Paz contra la exportación de gas a mercados de México y Estados Unidos, por puerto chileno.
Genocidio: La sentencia permitirá extraditar a Goni y ocho exministros
Los sentenciados por el caso Octubre
La Razón – 31 de agosto de 2011
A dos años de instalado el juicio de responsabilidades por octubre del 2003, dos ministros del gabinete del expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada, además de cinco militares de su Alto Mando, fueron sentenciados ayer a distintos tiempos de privación de libertad.
La Corte Suprema de Justicia consideró para el fallo los delitos de genocidio (artículo 138), homicidio (251), lesiones gravísimas (270), lesiones graves y leves (271), privación de libertad (292), vejaciones y torturas (295), delitos contra la libertad de prensa (296), allanamiento (298), resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y las leyes (153) del Código de Procedimiento Penal.
Se dictó la sentencia contra dos exministros, Adalberto Kuajara y Erick Reyes Villa, y cinco excomandantes del Alto Mando Militar: Roberto Claros, Gonzalo Rocabado, Osvaldo Quiroga, Alberto Aranda y Juan Véliz Herrera
Los miembros del tribunal del juicio de responsabilidades, antes de dictar la sentencia, rechazaron la excepción de extinción de la acción penal por prescripciones de los delitos previstos y sancionados por los artículos 153 (resoluciones contrarias a la Constitución), 296 (delitos contra la libertad de prensa), 298 (allanamiento de domicilio), 271 (lesiones graves y leves), 292 (privación de libertad) y 295 (vejaciones y tortura), todos del Código Penal, que fueron planteados por la defensa de los sentenciados.
El rechazo, según el documento de la sentencia, se dio debido a las observaciones de los artículos 118-5ta de la Constitución Política del Estado y la Ley 2445 del 2003, de los juicios de responsabilidades contra el Presidente, Vicepresidente, ministros de Estado y prefectos, por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.
Rogelio Mayta, abogado de las víctimas de la masacre, aseguró que este fallo es un acto de “justicia y reivindicación que acreditará que la masacre no fue una invención, sino una verdad jurídica”.
La sentencia, según el jurista, permitirá buscar la extradición de las otras nueve exautoridades que huyeron del país, entre ellas el expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada y el exministro de Defensa Carlos Sánchez Berzaín. “Éste es un precedente para la construcción de institucionalidad en nuestro país, para que en el futuro ningún otro presidente vaya a sentir la tentación de sacar a las Fuerzas Armadas para reprimir la protesta social”, declaró a La Razón.
Germán Quiroz, abogado del excomandante del Ejército Juan Véliz Herrera, afirmó que la sentencia condenatoria por delitos de genocidio y masacre sangrienta contra dos exministros y cinco exmiembros del Alto Mando Militar del año 2003 "criminaliza el rol constitucional de las Fuerzas Armadas de defender el orden público en el país".
Quiroz aseguró que acudirán ante la Corte Interamericana de Justicia para denunciar el fallo porque lo consideran político y además exigió la presencia de los dirigentes de las jornadas de octubre, quienes, según el abogado, deben ser sentenciados por alentar al enfrentamiento.
"¿Dónde están los dirigentes que convocaban a la radicalidad, a enfrentarse a las Fuerzas Armadas?, no están aquí; las estructuras de movilización y acción política de septiembre y octubre del 2003 no están aquí. Es más, no está la Policía Nacional. Se está escribiendo la historia de septiembre y octubre del 2003 sobre la espalda de las Fuerzas Armadas", aseguró Quiroz.
Adalberto Kuajara A.
Sentencia • A tres años de prisión por complicidad con el delito de genocidio bajo la modalidad de masacre sangrienta, previsto y sancionado en la segunda parte del artículo 138 del Código Penal.
Antecedentes • Fue ministro de Trabajo de Gonzalo Sánchez de Lozada (del 5 de agosto del 2003 al 17 de octubre del 2003), no obstante, su firma no aparece en el Decreto 27209 del 11 de octubre, que dispone el resguardo de camiones cisterna por el Ejército para abastecer de gasolina a la ciudad de La Paz, antecedente por el que su sentencia es mínima.
Prisión • Tres años de reclusión en San Roque (Sucre).
Erick Reyes Villa B.
Sentencia • A tres años de prisión por complicidad con el delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, previsto y sancionado en la segunda parte del artículo 138 del Código Penal.
Antecedentes • Fue ministro de Desarrollo Sostenible (del 5 de agosto del 2003 al 17 de octubre del 2003). La exautoridad no firmó el Decreto 27209 del 11 de octubre, que dispone el resguardo de camiones cisterna por el Ejército para abastecer de gasolina a la ciudad de La Paz, motivo por el que su sentencia también es mínima.
Prisión • Tres años de reclusión en San Roque (Sucre).
Roberto Claros F.
Sentencia • A 15 años y seis meses de prisión por el delito de autor mediato del delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, previsto y sancionado por la segunda parte del artículo 138 del Código Penal.
Antecedentes • Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas (8 de agosto del 2002 al 24 de noviembre del 2003).
Antecedentes • Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas (8 de agosto del 2002 al 24 de noviembre del 2003).
Prisión • Cárcel de San Roque hasta el año 2027.
Juan Véliz Herrera
Sentencia • A 15 años de prisión por ser autor mediato del delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, previsto y sancionado por la segunda parte del artículo 138 del Código Penal.
Antecedentes • Comandante General del Ejército (8 de agosto del 2002 al 24 de noviembre del 2003).
Prisión • Cárcel de San Roque hasta el año 2027.
Osvaldo Quiroga M.
Sentencia • A 11 años de prisión por el delito de autor mediato del delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, previsto y sancionado por la segunda parte del artículo 138 del Código Penal.
Antecedentes • Comandante de la Fuerza Aérea (8 de agosto del 2002 al 24 de noviembre del 2003).
Prisión • Cárcel de San Roque hasta el año 2022.
Luis Alberto Aranda G.
Sentencia • A 11 años de prisión por ser autor mediato del delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, previsto y sancionado por la segunda parte del artículo 138 del Código Penal.
Antecedentes • Comandante de la Fuerza Naval (8 de agosto del 2002 al 24 de noviembre del 2003).
Prisión • Cárcel de San Roque hasta el año 2022.
Gonzalo Rocabado M.
Sentencia • A 10 años de prisión por el delito de autor mediato del delito de genocidio, bajo la modalidad de masacre sangrienta, previsto y sancionado por la segunda parte del artículo 138 del Código Penal.
Antecedentes • Jefe del Estado Mayor. Comandante a.i. de las FFAA (8 de agosto del 2002 al 24 de noviembre del 2003).
Prisión • Cárcel de San Roque hasta el año 2021
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